viernes, 8 de abril de 2022

¿A QUÉ SE DEDICA EL “COMANDO TUCUY RICUY”?


¿Cuáles son las funciones asignadas a esta “unidad especializada”?

¿Qué ocurre con aquellos trabajadores y funcionarios públicos que actúan sin estar premunidos de potestad o poder delegado?

¿En serio el Concejo Municipal de Comas ha introducido modificaciones a sus instrumentos de gestión, sin aprobarlos con la ordenanza que ordena la ley?

 

Mucho se habla del “comando” Tucuy Ricuy, flor de los ojos del alcalde Raul Díaz Pérez, la mayor de las veces nada bueno, desde sus operativos gigantes atrapamoscas, varios públicos chuecos, hasta una reveladora acta de nacimiento con yaya, que dejan al descubierto las verdaderas razones de su cómodo clandestinaje.




 Sobre el anonimato que prefieren estos “comandos” y sus jefes se ha gastado mucha tinta, pero remataremos este extremo señalando que no se veía desde los años 80, cuando fuerzas especiales y altamente entrenadas de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas combatían al terrorismo, y aun así han sido perfectamente identificables, sino vean los numerosos procesos judiciales a los que se les han sometido a algunos miembros de estas fuerzas acusados de abuso u otros crímenes, así que y solo por mera comparación podemos concluir que no se trataría de miedo a la publicidad.

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 Sin embargo en Comas, el Jefe de estos señores, aprendices de cazadores de pájaros fruteros, y las autoridades, sin el más mínimo respeto por el estado de derecho, ocultan ilegalmente los nombres de estos SERVIDORES PUBLICOS en el ejercicio de sus funciones, violentando normas expresas y ello a pesar de que con Ley Nº 31297, Ley del servicio de serenazgo municipal, en su Art. 22 se dispone que “Los serenos municipales se sujetan al régimen previsto en el artículo 37 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, mientras se implementa en las municipalidades el régimen establecido en la Ley 30057, Ley fdel Servicio Civil”, y es que en estos regímenes laborales generales la labor y el servidor son públicos, escrutables y fiscalizables, y nada más lejos del ilegal y sospechoso anonimato que quieren imponer tanto William Valladares como el Alcalde de Comas.

 Pero tal vez, solo tal vez, nuestro desconocimiento de la norma de creación de esta unidad especializada y sobre todo de las FUNCIONES ESPECIALES Y EXCLUSIVAS que el honorable Concejo de Comas les ha asignado a estos ya famosos “comandos” anónimos Tucuy Ricuy, a través del Acuerdo de Concejo Nº 022-2021/MDC, del 16-julio-2021, no nos deja acompañarlos ni reconocer la heroicidad publicitada por sus jefes, así que mejor desentrañemos las misteriosas funciones establecidas en la norma de creación y así enterarnos, de una buena vez, a que se dedica formalmente este “comando”.

A ver veamos pues, párrafo por párrafo esta creación…

 

“Acuerdo de Concejo Nº 022-2021/MDC

VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 16 de julio del 2021, el Informe N° 038-2021-FRL-OBSC-GSC/MC, el Informe N° 315-2021-GSC/MDC, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Memorando N° 283-2021-GSC/MDC, Memorando N° 290-2021-GSC/MDC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Memorando N° 777-2021-GM/MDC, Memorándum N°831 2021-GM/MDC de la Gerencia Municipal, el Informe N°136-2021-GPP/MDC de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 318-20214-GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; respecto al proyecto de Acuerdo de Concejo que "DECLARA, DE NECESIDAD PUBLICA, INTERÉS LOCAL Y POLÍTICA SECTORIAL LA CREACIÓN, DENTRO DE LA SUBGERENCIA DE SERENAZGO, DE LA GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA, DEL GRUPO ESPECIALIZADO DEL SERENAZGO DENOMINADO "COMANDO TUCUY RICUY”, y;”

Observación 1.- La Subgerencia de Seguridad Ciudadana a cargo del tanta veces criticado My. (r) William Valladares Escobedo, no ha emitido opinión alguna que justifique la creación de una unidad especializada dentro del serenazgo comeño y a través del Informe N° 308-2021-SGS-GSC/MDC que suponemos, por falta evidente de sustento técnico, no figura en vistos del Acuerdo de Concejo, se ha limitado a enumerar las normas que autorizan la formación del serenazgo distrital a pesar de que el Acuerdo crea un “comando” dentro de la Subgerencia de Serenazgo y le atribuye dependencia jerárquica, funcional y presupuestal de esta misma Subgerencia.

 

PRIMER CONSIDERANDO:

“Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 30305,Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;”

Observación 2.- Solo señala la relación de dependencia jerárquica normativa.

 

SEGUNDO CONSIDERANDO:

“Que, el segundo párrafo del artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades. Ley N° 27972, establece que, la autonomía establecida en la Constitución para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer Actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;”

Observación 3.- Solo señala la relación de dependencia jerárquica normativa.

 

 TERCER CONSIDERANDO:

“Que, el artículo 41° de la Ley N° 27972,Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;”

Observación 4.- Solo señala la relación de dependencia jerárquica normativa.

 

CUARTO CONSIDERANDO:

“Que, el artículo 85° de la Ley N° 27972,Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades distritales en materia de seguridad ciudadana ejercen las funciones exclusivas de organizar el servicio de serenazgo o vigilancia municipal cuando lo crea conveniente de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial respectiva;”

Observación 5.- Solo señala la relación de dependencia jerárquica normativa, además de una función de carácter general.

 

QUINTO CONSIDERANDO:

“Que, el artículo 2° de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece que se entiende por Seguridad Ciudadana a la acción integrada que desarrolla el Estado con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, a erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos;”

Observación 6.- Solo se señala una definición de carácter general.

 

SEXTO CONSIDERANDO:

“Que, el Decreto Legislativo N° 1135, que aprueba la Ley de Organización Funciones del Ministerio del Interior, establece que ejerce competencia exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público, es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y tiene como funciones entre otras, garantizar, mantener y restablecer el orden interno y el orden público; prestar protección y ayuda a las personas y a la comunidad, garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado, prevenir, investigar y combatir la delincuencia;”

Observación 7.- Solo señala a que dependencia del estado se le atribuye ser el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.

 

SEPTIMO CONSIDERANDO:

“Que, el artículo 1° de la Ordenanza N° 638-MML, establece la creación del Serenazgo Metropolitano de Lima (SEMEL) con la finalidad de contribuir a asegurar la convivencia pacífica, el control de la violencia urbana y la previsión de los delitos y faltas en Lima;”

Observación 8.- Solo señala la creación del llamado Serenazgo Metropolitano de Lima (SEMEL).

 

OCTAVO CONSIDERANDO:

“Que, el Decreto de Alcaldía N° 003-2016-MML, aprueba el Reglamento de la Ordenanza N°638-MML, cuyo artículo 24°, numeral 4, establece la implementación de la Unidades Especializadas de Serenazgo, personal con instrucción y entrenamiento especializado en diversas técnicas de seguridad ciudadana o afines, que cumplan labores especificas adicionales a las funciones básicas del serenazgo;”

Observación 9.- Señala la posibilidad legal de creación de unidades especializadas de Serenazgo.

 

NOVENO CONSIDERANDO:

“Que, mediante Ordenanza N°448/MC, del año 2015, se formaliza la creación y organización del servicio de serenazgo en el distrito de Comas, para mantener el orden interno del distrito, mediante acciones preventivas de patrullaje y de seguridad en todas sus modalidades sin que implique la sustitución de las competencias de la Policía Nacional del Perú, facultando al Alcalde para que disponga las acciones administrativas con el fin de desarrollar adecuadamente el servicio de Serenazgo;”

Observación 10.- Se señala la norma de creación del servicio de serenazgo de Comas, y un resumen de sus funciones generales y, aunque no nombra expresamente el Articulo (Cuarto), al revisar la norma marco provincial, Ordenanza N° 638-MML, se verifica que es una copia literal de parte del Artículo 5º.- de este último.

Observación 11.- Se señala que el serenazgo realiza acciones de “seguridad en todas sus modalidades”, la que hace alusión a las establecidas con Artículo 24º del Decreto de Alcaldía N° 003-2016-MML, reglamento de la Ordenanza N° 638-MML, a saber Serenazgo a pie, Serenazgo ciclista, Serenazgo motorizado, y Unidades especializadas del serenazgo (Brigada canina, Brigada de rescate, y Operaciones tácticas o Grupos de Intervención Rápida -GIR).

 

DECIMO CONSIDERANDO:

“Que, mediante Resolución Ministerial N° 772-2019-IN, se aprueba el Manual del Sereno Municipal, estableciendo las funciones, facultades, deberes, derechos y procedimientos del sereno municipal, considerando en el Capítulo IV-Funciones Generales Especificas, numeral 1.a. Vigilar e informar situaciones o comportamientos irregulares o ilegales que evidencien la comisión o actos preparatorios de delitos, faltas y contravenciones que se produzcan en su sector de vigilancia. En casos de delitos y faltas flagrantes podrán retener al presunto implicado, poniendo en forma inmediata al retenido a disposición de la Policía Nacional del Perú, en aplicación de la Ley Nº 29372, Ley de Arresto Ciudadano y del Código Procesal  Penal, Decreto Legislativo Nº 957;”

Observación 12.- Solo es una transcripción de una norma de carácter general, del ente rector del sistema de seguridad ciudadana.

 

DECIMO PRIMER CONSIDERANDO:

“Que, de acuerdo al Informe Técnico N° 1 del Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI, correspondiente al segundo semestre 2020, el Distrito de Comas ocupa el cuarto lugar a nivel metropolitano en denuncias por comisión de delitos;”

Observación 13.- Datos estadísticos importantes, y que resumen los proporcionados a través del Observatorio Metropolitano de Seguridad Ciudadana, que a su vez se nutren de la información elaborada por las dependencias de serenazgo y los CODISEC de los 43 distritos capitalinos, y el propio del MININTER, y que se refieren al mapa del delito, e indirectamente a la jerarquización de las zonas de atención (puntos rojos, puntos negros, etc.).

 

DECIMO SEGUNDO CONSIDERANDO:

“Que, de acuerdo al Informe N° 308-2021-SGS-GSC/MDC, recomienda que resulta idóneo y procedente que mediante Acuerdo de Concejo se declare de necesidad pública y de interés local, como parte de una política sectorial de la seguridad ciudadana, el de fortalecer las acciones de observación y vigilancia desarrollada por el Grupo Especializado del Serenazgo, denominado "Comando Tucuy Ricuy" y que en coordinación, apoyo y acción conjunta con las Unidades Especializadas de la Policía Nacional vienen ejecutando intervenciones efectivas y eficientes en la detección y captura de infractores de la ley;”

Observación 14.- Señala la norma de creación del servicio de serenazgo de Comas, y un resumen de sus funciones generales y, aunque no nombra el Articulado expreso (Cuarto), al revisar la Ordenanza N° 638-MML se verifica que es una copia literal del Artículo 5º.- de este último.

Observación 15.- Lo repetimos y por su importancia, la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, a cargo del tanta veces criticado My. (r) William Valladares Escobedo, no ha emitido opinión alguna que justifique, técnicamente, la creación de una unidad especializada dentro del serenazgo comeño, con una ausencia notoria de un resumen del mapa de la criminalidad del distrito de Comas, el incremento de los índices de delito y sensación de inseguridad en puntos y/o zonas específicas, las tareas concretas que propondría, las funciones específicas que le correspondería desarrollar a la unidad especializada a crear, la estructura funcional y de mando y de flujo de información, directrices y de retroalimentación del sistema.

En fin, a través del Informe N° 308-2021-SGS-GSC/MDC, que, suponemos, por la evidente carencia de información, exposición de motivos, y de sustento técnico, no ha sido incorporado en la parte de Vistos del Acuerdo de Concejo, no ha aportado ni una sola propuesta de funciones específicas a desarrollar por el “comando” que propone crear.

 

DECIMO TERCER CONSIDERANDO:

“Que, del marco legal expuesto y de los informes precedentes, se considera de prioridad que el Concejo Municipal, exprese a través del presente acuerdo, su voluntad de declarar de necesidad publica, interés local y política sectorial la creación, dentro de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, del grupo especializado del serenazgo denominado “COMANDO TUCUY RICUY”;”

Observación 16.- La declaratoria de necesidad pública debe encontrar sustento en los hechos y la ley y solo vemos una vaga exposición de normas que no explican la razón de tal decisión política.

 

DECIMO CUARTO CONSIDERANDO:

“Estando a lo expuesto y, de conformidad con la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley N°27972, con el voto POR UNANIMIDAD de los señores regidores; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta para la ejecución de los acuerdos adoptados;”

Observación 16.- El Artículo 104º del Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Municipalidad de Comas, aprobado con Ordenanza Nº 584/MDC, no establece la posibilidad legal de creación de unidades especializadas dentro del serenazgo, ni las labores de seguimiento e inteligencia como parte de estas funciones, lo cual implica que el Acuerdo de Concejo Nº 022-2021/MDC se encuentra en franca contradicción con la ley al modificar el ROF (aprobado con Ordenanza), a través de un acto de menor nivel (Acuerdo de Concejo).

Observación 17.- Aunque no nos extraña que los regidores del Concejo Municipal de Comas, por enésima vez, hayan abdicado de sus atribuciones, en el caso concreto de la Comisión Permanente de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Planificación, Presupuesto y Tributación Municipal, presidida en ese entonces por el Regidor William Martin Montañez Quiroz, la creación de la unidad especializada dentro del serenazgo implica la modificación del ROF de Comas al incorporar implícitamente funciones no contempladas (numeral 14 del Art. 88 de la Ordenanza Nº 604/MDC, que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas), la modificación del Plan Operativo Institucional -POI al incorporar la ejecución de acciones y actividades no establecidas para el año 2021 y siguiente (numeral 3 del Art. 88 de la Ordenanza Nº 604/MDC), y la afectación del gasto público a través de la modificación indirecta del Presupuesto Institucional -PIA al implicar gasto no presupuestado en personal, recursos, adiestramiento, etc. (numerales 2 y 11 del Art. 88 de la Ordenanza Nº 604/MDC). Todas ellas, omisiones de pronunciamiento relacionadas con modificaciones de instrumentos de gestión municipal, lo que convierte al Acuerdo de Concejo en un instrumento irrito e ilegal por haber sido adoptada en la forma no prevista en la ley.

Observación 18.- En el caso concreto de la Comisión Permanente de Regidores de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transportes, presidida en ese entonces por el Regidor Willy Bruce Paredes Calla, la creación de la unidad especializada dentro del serenazgo, a través del Acuerdo de Concejo Nº 022-2021/MDC, a pesar de que aborda directamente políticas de control y seguridad integral (numeral 1 del Art. 94 de la Ordenanza Nº 604/MDC), actividades que mejorarían el control y represión de la delincuencia común (numeral 2 del Art. 94 de la Ordenanza Nº 604/MDC) y la fiscalización y emisión de normas sobre acciones y planes de seguridad ciudadana (numeral 4 del Art. 94 de la Ordenanza Nº 604/MDC), todas ellas omisiones de obligaciones de pronunciamiento concreto, relacionadas con políticas de estado en materia de seguridad ciudadana, lo que echa sombras de ilegalidad sobre el Acuerdo de Concejo, por haber sido adoptada en la forma no prevista en la ley.

Observación 19.- Por si esto fuese poco, en el caso concreto de la Comisión Permanente de Regidores de Asuntos Jurídicos, presidida en ese entonces por el Regidor Richard Martin Arroyo Segura, a pesar de que la creación de la unidad especializada dentro del serenazgo, a través del Acuerdo de Concejo Nº 022-2021/MDC, implica la modificación de instrumentos de gestión municipal a través de un acuerdo de concejo (numeral 1 del Art. 89 de la Ordenanza Nº 604/MDC), y al abordar, de manera general políticas públicas en materia de seguridad ciudadana, omite la obligación de pronunciamiento concreto, relacionado con la legalidad del proyecto de Acuerdo de Concejo sometido a aprobación del Concejo Municipal, lo que una vez más, echa sombras de ilegalidad sobre el Acuerdo de Concejo por haber sido adoptado en la forma no prevista en la ley.

Observación 20.- Si bien el Artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, ordena que “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”, lo que explica el expresado como justificación de la emisión del acto administrativo, la larga lista de omisiones detectadas en este inicial acercamiento al análisis del Acuerdo de Concejo Nº 022-2021/MDC, no explican porque se ha creado una unidad especializada dentro del serenazgo, SIN FUNCIONES CONCRETAS, afectando instrumentos de gestión vigentes (Plan Operativo Institucional, Presupuesto Institucional, y Reglamento de Organización y Funciones), es decir, planes, erario público y funciones concretas establecidas, violentando el procedimiento regular establecido en las normas nacionales y la  propia normativa municipal, quedando pendiente de análisis, si la inobservancia reiterada de la ley en la producción del Acuerdo de Concejo Nº 022-2021/MDC implica su ilegalidad y de las acciones del llamado Comando Tucuy Ricuy, amén de las probables faltas administrativas y hasta delitos de los directamente responsables de este descalabro.

Se encuentra en cuestión la creación de este “comando”, su dependencia orgánica y/o funcional, la determinación del régimen de sus efectivos, la ilegal e indirecta modificación de instrumentos de gestión municipal y al carecer de funciones concretas definidas… la legalidad de su propio accionar.

 

¿NECESIDAD PÚBLICA?

Hemos querido dejar para el final, una observación que nos parece relevante y preocupante, la adopción del concepto de NECESIDAD PUBLICA para justificar la creación del “Comando Tucuy Ricuy” en Comas, y que aparece señalado hasta en dos oportunidades en el Acuerdo de Concejo Nº 022-2021/MDC, en la parte de VISTOS (“DECLARA, DE NECESIDAD PÚBLICA, INTERÉS LOCAL), y en su Artículo Primero ("DECLARAR, DE NECESIDAS PÚBLICA, interés local y política sectorial la creación, dentro de la Subgerencia de Serenazgo, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, del grupo especializado del Serenazgo denominado "COMANDO TUCUY RICUY”), así que, intentaremos un acercamiento para entender de qué se trata este concepto:

 

A.   No existe legislación nacional que haya establecido el concepto NECESIDAD PUBLICA, la delimitación de su ámbito de aplicación, normado algún tipo de procedimiento, establecido requisitos, vigencia, responsabilidad administrativa en su producción, etc.

B.    Sin embargo es de público y universal uso en la producción normativa nacional, así que, en algún momento “el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de su Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico, se ha pronunciado al respecto (Informe N° 036-2013-JUS/DNAJ), …, atendiendo a los siguientes parámetros:

  • 1.    Que su contenido esté vinculado al bien común.
  • 2.    Que se contribuya a la realización de la dignidad humana.
  • 3.    Que se fortalezcan los principios democráticos y la convivencia pluralista.
  • 4.    Que permita evaluar otros dispositivos normativos que contengan derechos y deberes constitucionales, así como legales.
  • 5.    Que integre un proceso de toma de decisión y sea materializado por los entes competentes del Estado.”

 

Y en este caso, si bien no es una norma ni menos opinión vinculante, el Alcalde con 15 años de asesor parlamentario, no ha tenido cuidado en la norma que ha aprobado con el honorable Concejo Municipal comeño, a ver veamos:

Observación 21.- Al no establecer con claridad las funciones del “Comando”, ha dejado al libre criterio de los miembros de esta unidad especializada y su Jefe, las acciones a ejecutar, inventándose ilegalmente atribuciones e imponiendo la discrecionalidad absoluta en la toma de decisiones, lo que afecta gravemente los principios democráticos de legalidad y convivencia democrática.

Observación 22.- Esta aparente oscuridad en las funciones del “Comando” y la imposición de una absoluta discrecionalidad de sus acciones no permite evaluar la legalidad de sus acciones, el respeto a los derechos constitucionales de los intervenidos, estableciendo una zona oscura y vedada al escrutinio público, afectando la transparencia de actos efectuados por servidores públicos, que  por definición  también son públicos.

Observación 23.- Las decisiones, acciones, y operativos realizados por esa unidad especializada no forman parte de acciones formales, “no dejan huella”, no producen partes ni reportes ni estadística, no es posible rastrearlas ni fiscalizarlas y se ejecutan con un comando invisible a la ciudadanía.

Todo lo cual nos aterra, porque es notoria la ausencia de parámetros democráticos en la materialización del Acuerdo de Concejo Nº 022-2021/MDC, y el peligroso sesgo autoritario que va tomando en su vida diaria, en el ejercicio de la discrecionalidad absoluta de esta unidad especializada que, hasta ahora, ha escapado del control de legalidad y transparencia de sus acciones. 

Aunque a estas horas hay regidores que están repensando los errores cometidos y su participación en ilícitos, en general los miembros del Concejo Municipal de Comas deben responder por esa mala costumbre de levantar la pezuña sin pensar ni osar preguntar.

 No sabemos si es por miedo o por vergüenza a admitir su ignorancia en los asuntos que se someten a su voto y decisión, pero lo cierto es que, después de más de tres años de ejercicio de producción normativa, no han aprendido nada, meten la pata todos los días y dan vergüenza ajena al  tenerlos como representantes de la colectividad.

Lo cierto es que el “comando Tucuy Ricuy” nació muerto, anónimo y, obvio, y como pasa con lo que NO EXISTE: sin historia ni derechos, que pena.

 

Atentamente,

    Salomón Márquez.

 



52 comentarios:

  1. Vaya vaya, bien guardadito se la tenían esos tucuy ricuy y su jefe Valladares Escobedo, la creación trucha de ese comando, partiendo de la fecha de su creación y sus funciones que no existen en el Acuerdo de Concejo Nº022-2021-MDC, eso da para una denuncia penal por varios delitos y ahí llevan para la finca los regidores que aprobaron ese adefesio delictivo.

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  2. Fija la denuncia penal contra el gerente de Asesoría Jurídica de Comas, el abogadillo John Giraldo, el tramposo que no paga sus deudas tributarias, el informe que hizo debe ser inconsistente al mango igual que él.

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  3. ¿Ahora vamos a ver si esos "comandos especializados" Tucuy Ricuy son serenos o no? si están en planilla, si figuran en el Registro Nacional de Serenos o realmente son lo que ellos quieren ser, fantasmas, anónimos que trabajan sin horario, ni identificación, enmascarados y sin rendir cuentas a nadie de sus actos, salvo a su jefe Valladares, vale recordar que los directamente responsables de esta cagada son en sociedad los regidores y los funcionarios que crearon este frankenstein comeño, no es casual que de 1,146 municipios con serenazgo en todo el Perú solo Comas cuente con un comando clandestino, ¿por qué será? y la PNP ahora si tiene la obligación de insistir en su pedido de identificación de esos sujetos conforme a la orden del jefe de Región Policial de Lima.

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  4. Se le paseó el alma a la congresista Alva Prieto o la sorprendieron con la moción de saludo al comando fantasma Tucuy Ricuy el pasado 02 de febrero por su primer aniversario de creación, ¿qué pasó tía? usted saludaba por un 05 de febrero y para esas fecha esa basura no existía, recién el 16 de julio se aprobaba el AC 022-2021.MDC, saludos adelantados por 5 meses, esa tía está más perdida que Valladares y sus 30 tarados que se alucinan comando.

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  5. A ver, chape su ley de transparencia y lea usted el artículo que dice 16 y que dice e), allí dice clarito que está prohibido informar sobre el armamento y material logístico comprometido en operaciones especiales y planes de seguridad y defensa del orden interno. ¿sabe que los coches de serenazgo son parte de la logístico? ¿lo entiende?
    Que bravo el salvaje ignaro que ha escrito tamaña estupidez y con toda la conchaza del mundo señala "chape su ley de transparencia, ahí dice clarito que está prohibido informar sobre el armamento y material logístico comprometidos en operaciones especiales y planes de seguridad, pero eso no es todo, el remate es de antología, ¿sabe que los coches de serenazgo son parte de lo logístico?" disculpen amigos, pero sin comentarios.

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  6. JA JA JA, ¿Qué armamento usan los tucuy ricuy aparte de sus cerebros quemados por la merca que quitan a los microcomercializadores y el alcohol barato que consumen? acaso sus pezuñas malolientes, comprometidos en operaciones especiales y planes de seguridad, uyuyuy curuju, este alcalde está más cojudo de lo que se pensaba, con estos babosos dice que nos da seguridad, si se alucinan comandos especializados que se comparan con la PNP y la FF AA ya que solo ellos pueden usar armamento y participar en operaciones especiales, estamos jodido de firme con estos payasos.

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  7. La parte inicial del informe periodístico del blog así como la parte final nos traen sobre la mesa cuatro preguntas que revelan una condición básica en el la gestión de Raúl Díaz Pérez y su entorno más cercano de funcionarios de confianza, el desprecio total y absoluto por las leyes, desde las designaciones de gente que no cumple con el perfil necesario, pasando por el desdén del que ha hecho gala Reyna Torres por los mandatos judiciales de reposición y cronogramas de pago, pero es ahora que los comeños vemos con asombro como entre el alcalde, sus regidores (la mayoría por ignorancia y verguenza de estar en comisiones de cuyos alcances no saben nada) y sus funcionarios como en este caso el sujeto al que califican de jefe refiriendose al subgerente y gerente de Serenazgo y Seguridad Ciudadana, William Valladares Escobedo, las tres preguntas iniciales deben y tienen que ser contestadas, si no ahora lo tendrán que hacer en la fiscalía, con relación a la cuarta interrogante, es similar situación, ¿cuándo fue de interés público crear ese comando especializado tucuy ricuy? pero queda una duda preocupante y sumamente peligrosa sobre todo para el pueblo al que se supone protege esta gente.
    ¿Cuáles son las funciones asignadas a esta “unidad especializada”?
    ¿Qué ocurre con aquellos trabajadores y funcionarios públicos que actúan sin estar premunidos de potestad o poder delegado?
    ¿En serio el Concejo Municipal de Comas ha introducido modificaciones a sus instrumentos de gestión, sin aprobarlos con la ordenanza que ordena la ley? nuevamente más de lo mismo, preguntas que merecen respuesta urgente.

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  8. Oe viejo qué fue, sube mi comentario. Ya te hemos dicho, nosotros no pedimos coima como tu alucinas desgraciado de mierda. Podrás criticarnos de todo menos de coimeros, seguro tú habrás pedido como dice el ladrón cree que todos son de su condición. Segundamente, nosotros nos encargamos del orden interno, por eso que la ley de la transparencia nos protege

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    1. El Ministerio del Interior tiene las siguientes funciones:
      Art. 7mo. Formular, dirigir, coordinar y evaluar las políticas de prevención del delito.
      Art. 8vo. Garantizar, mantener y restablecer el orden interno y el orden público, prestar protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado; prevenir, investigar y combatir la delincuencia; así como vigilar y controlar las fronteras a través de la Policía Nacional del Perú.
      ¿A ver payaso donde dice el DL Nº1135 que el comando especializado tucuy ricuy del serenazgo de Comas se ocupa del orden interno en Comas? deja la droga y el alcohol barato, eso te quema el coco chibolito tierno y descerebrado, que buena, nos ocupamos del orden interno, bueno siquiera un tucuy ricuy chistoso aunque bruto.

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  9. "A ver pues, qué vas a hacer viejito, si ya los tombos te abandonaron hace rato o por qué crees que ante el pedido del jefe Valladares ya no siguieron con la denuncia que querías?" Este retazo de comentario vino dentro de un comentario mayor que no publicamos en su integridad por su contenido vulgar y obsceno, pero revela de ser cierto, algo que ha llamado la atención de muchos, ¿el por qué de la indolencia del DEPINCRI COMAS en cumplir con las ordenes emitidas por su comando tanto DIVPOL NORTE 2 como la REGPOL en solicitar las identidades con nombre y apellidos de ls integrantes del comando tucuy ricuy? el problema va a reventar si es que los responsables de la transparencia de la muni comeña se niegan a cumplir con la ley, viene la apelación al TTAIP y ante la reiterada negativa municipal eso llega a hasta el MINJUS y de ahí a la fiscalía penal de turno, lo mismo va a pasar con el pedido de la regidora Roxana Ari Acuña.
    Que interesante aquello de que porque crees que la policía no siguió adelante con la denuncia ante el pedido del jefe Valladares, nunca hubo denuncia alguna hasta donde se sabe, lo que hay es una orden superior de solicitar información y si ese comentario fuera cierto habría gente respondiendo por esa gravisima omisión de funciones si es que no hay muchos más delitos en esas sospechosas omisiones.

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  10. "Lea pues tío qué es orden interno ¿acaso eso no nos encargamos los serenos Tucuy Ricuy?" Otra perla de un tucuy ricuy bruto y estúpido, ¿acaso de eso no nos encargamos los serenos tucuy ricuy? lo único que demuestran estas bestiezuelas es una clamorosa falta de comprensión lectora, el mantenimiento del orden interno y el orden público es función exclusiva de la PNP y de nadie más, en algunas oportunidades con el apoyo de las FF AA pero jamás de serenos, ¿si es que realmente lo son? que según un ACUERDO DE CONCEJO al parecer ilegal, pertenecen a un comando especializado llamado tucuy ricuy, no les pido que lean algo que escapa por completo a sus cerebros mononeuronales, pero calladitos se ven menos feitos.

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  11. Las escandalosas violaciones a la intimidad y/o privacidad de los trabajadores municipales de Comas por parte del desaforado jefe de RR HH y de su compinche en estas infracciones a la ley, la médico ocupacional Giovana Slee Chamochumbi, esa que atiende a los trabajadores en un ambiente público y no como debiera ser en un ambiente privado como señala la ética médica y que respalda las bestialidades abusivas de psicópata Reyna Torres para con los modestos trabajadores municipales, obligar a mostrar su tarjeta de vacunaciones constituye una grosera falta constitucional, la vacunación no es obligatoria y menos aún mostrarla en público porque llama a discriminación, tal para cual ese par de mostrencos.

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  12. ¿Yo me pregunto que parte de lo escrito en este informe o artículo, me inclino por lo primero, no entienden estos señores del comando especializado tucuy ricuy del serenazgo comeño? si es tan sencillo de entender, ese acuerdo de concejo es un documento municipal no es un decreto legislativo, en el mejor de los casos tampoco les da facultades para las que ustedes creen tener derecho, como esas de cazar delincuentes, mantener el orden interno, esas son tareas exclusivas de la policía que ningún acuerdo u ordenanza les podría conceder, si ustedes son serenos conforme a ley actúen como tales y dejen de creerse policías, no lo son y dejen de exigir anonimato y actuar enmascarados pero sobre todo recuperen su dignidad, Valladares es un subgerente más como lo fue Baltuano o Hidalgo y ellos nunca les dijeron a los serenos que eran o se creyeran policías y que ellos eran los jefes, respétense a si mismos señores.

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  13. ¿Cuántos precandidatos hay hasta el momento en Comas? por lo menos 20, desde los más conocidos como Saldaña o Villegas, Jean Pool o Gupioc, Alexis Bañes o Condori y la señorita Ari Acuña como la única mujer entre tantos varones, pregunta, ¿cuántos de ellos se han pronunciado sobre las andanzas del comando tucuy ricuy y sus violaciones a la ley? ninguno ha dicho una sola palabra sobre este tema y en verdad sobre nada de lo que pasa en Comas, grúas de SILASA, sobre población laboral de locadores con el tiempo necesario para ir a un juicio por reposición y ganarlo, funcionarios de medio pelo totalmente mediocres y absolutamente corruptos, un personal de mierda entre fiscalizadores tributarios y fiscalizadores de control y operaciones, con un sugerente haciendo simulacros de multa y clausura de tiendas y mercados, pero aún así ni uno solo abre la boca para protestar y denunciar estas pendejadas que no son de ahora, esto empezó en enero de 2019 y terminará el 31 de diciembre de este año con tucuy ricuy incluidos, salvo mejor parecer.

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  14. Una pregunta ociosa para los vecinos de Comas, ¿cuántos funcionarios de confianza ha contratado y despedido o rotado de área el alcalde Raúl Díaz Pérez desde Enero de 2019 a la fecha? 100, 200, más o menos, ¿usted qué dice vecino? no cuentan los familiares como José Espinoza el testaferro, la Maybi Silva la "doctora", Haruko Pachacamac y sus 6,000 al mes.

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  15. ¿Será cierto que la inefable Luzmila Cordova Jimenez es la responsable de los inspectores de mototaxis en la subgerencia de Transporte y Tránsito de Comas? pero lo curioso del caso es que esta señorita estaría entregando los stickers de revisión técnica directamente a los dirigentes de las empresas y no a los inspectores previa revisión aprobada de los vehículos, encima los mismos choferes revisan sus mototaxis sin intervención municipal, que tal poder de Luzmilita, tanto pesa todavía Percy Carrión en la gestión de Raulito Díaz, ya veremos.

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  16. Resulta intolerable la conducta inmoral y malcriada de la tipa que funge de subgerente de Participación Vecinal, la mediocre abogada y eterna postulante a cargos públicos con los mismos mediocres resultados hasta que se sacó la Tinka con su designación en esta corrupta gestión edil de Raúl Díaz Pérez, hablamos de Martha Quineche Barturén cuyas aventuras postulando pueden ser vistas en internet en cualquier momento, ahora a cargo del manejo de las elecciones para el CCLD viene haciendo lo que quiere con la complicidad de sus locadores de servicios como Katty Panduro y tres pobres diablos más que la pegan de promotores sociales y no son más que peones pagados con nuestro dinero para apoyar la campaña electoral del protegido del alcalde, pero leamos el siguiente comentario de una vecina de Collique:
    "Soy dirigente de Collique y quiero hacer una queja contra la Municipalidad de Comas. Los vecinos de comas deben saber que de acuerdo a ley la sociedad civil debe elegir a sus representantes ante el CCLD. Sin embargo esta gestión no ha realizado dicha elección desde el 2019. Sin embargo este año sucede un hecho que demuestra el poco interés que tiene el alcalde por las organizaciones. Sin la debida difusión este año han llevado a cabo la inscripción de los delegados, muchas de las dirigentes nos hemos enterado muy tarde. Han publicado un cronograma y no se respeta además que hemos recibido un trato malcriado de la sugerente de participación vecinal y de sus trabajadores. Han pedido requisitos que son difíciles de conseguir cuando no hay el respectivo plazo. Ayer tenían que publicar los delegados inscritos y no hay nada en la página de la municipalidad. Creo que lo que busca el alcalde es que muy pocos participemos. La municipalidad nos corta nuestro derecho de participar.

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  17. Señor periodista felicito a usted y a sus colaboradores por su trabajo. Abordan temas que muchos tienen miedo difundir respecto a la problemática de los distritos de Lima y de sus municipios. Con respecto al artículo referido a la existencia del mal llamado comando Tucuy Ricuy y del Acuerdo de Concejo 022-2021 debo indicar lo siguiente : Es un Acuerdo que nace muerto. No tiene lo fundamental de toda norma que es la debida motivación. No sabemos para qué existe este grupo de personas, cuando ya hay en la Municipalidad de Comas un cuerpo de Serenazgo. Acaso se quiere hacer paralelismo a la Policía Nacional usurpando de esta denominación, funciones, etc. Si este mal llamado comando ocasionara una muerte ¿quien asumiría la responsabilidad? teniendo en cuenta que estos señores no son serenos. Así mismo su propia existencia ya vulnera una serie de normas. No sabemos en qué condiciones de trabajo realizan sus actividades ¿Tienen contrato? ¿Cuánto ganan?, etc. Vemos que hay varios indicios de faltas administrativas, delitos penales. Sean estos usurpación de funciones, omisión de funciones, etc.

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  18. Lo que ocurre en Comas desde el comienzo de esta infausta gestión dizque municipal a manos de Raúl Díaz Pérez y su banda criminal con el saqueo inmisericorde de nuestras menguadas arcas ediles, con la contratación de funcionarios incapaces e ineptos y un entorno familiar nos hace pensar que muy bien podrían encajar las sabias palabras de Don Luis García Miró al iniciar su columna de opinión de hoy día sábado 09 de abril en EXPRESO:
    "Este es el desgobierno de la vergüenza. Acorralado por su incapacidad, vencido por la incultura, diezmado por la chabacanería, y enredado en sus mentiras, el gobierno que aun preside Pedro Castillo se desmorona pública, lenta, indecentemente, en medio de una sociedad absorta por la miseria de gente que está llevando las riendas de su país".
    Si tan solo cambiáramos el nombre de Pedro Castillo por Raúl Díaz y país por distrito, el cambio caería como anillo al dedo y se aplicaría a Comas como por un tubo.

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  19. Ulises Villegas hechos y no palabras, tú eres abogado o al menos así dice tu título de la UIGV, entonces no hables tanto sobre las grúas y el contrato lesivo a los intereses del pueblo comeño, ahí no hay nada de ordenamiento de los espacios públicos solo el robo descarado del dinero de los dueños de vehículos, haz la respectiva denuncia penal contra los responsables de ese atraco a mano armada, preocúpate de los problemas del distrito comeño y cierra la boca de tus ayayeros, quedas mal con eso de que sabes todo y tienes experiencia, ese Gerson Quintana calladito se vería menos feito.

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  20. Las coincidencias entre Castillo Terrones y su paisano Raúl Díaz Pérez, alcalde de Comas son terroríficas en cuanto al criterio al designar funcionarios de confianza con características similares en cuanto a idoneidad, la mediocridad, la incapacidad y la improvisación traen como consecuencia que esa obsecuente lealtad al poder de turno traen como consecuencia al haber optado por la mediocridad abandonando la esencial meritocracia en la búsqueda de la excelencia de los funcionarios públicos y concretamente de los funcionarios responsables de conducir una gestión municipal que solo ve al vecino y al contribuyente como una cuenta bancaria a rapiñar y saquear.

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  21. En el Perú y en el mundo civilizado, la motivación es un requisito esencial de validez del acto administrativo.
    Por supuesto que no para aquellos aspirantes a “vigilantes” o “justicieros” anónimos, con ínfulas de villanos antihéroes, para los que la ley es un estorbo.
    Pero para información de los desubicados, Comas no se parece en nada a Amnesty Bay, Residencia costera de Aquaman, o Central City, ciudad natal de Barry Allen, el Flash más popular, o a Coast City, la ciudad del Green Lantern Hall Jordan. ..., ni Metropolis, Smallville, o Star City.
    No…
    En el mundo civilizado no existe acto sin motivación fáctica (hechos) y jurídica (sustento legal).
    Porque “La motivación es la declaración de las circunstancias de hecho y de derecho que han inducido a la emisión del acto. Está contenida dentro de lo que usualmente se denomina “considerandos”. La constituyen, por tanto, los presupuestos o razones del acto. Es la fundamentación fáctica y jurídica del acto administrativo con que la Administración sostiene la legitimidad y oportunidad de su decisión, y aclara y facilita la recta interpretación de su sentido y alcance” (Cassagne, Juan Carlos, Derecho Administrativo, tomo II, 7.a ed., Buenos Aires: Ediciones Abeledo Perrot, p. 345)
    Y, por ello, una lectura del Acuerdo de Concejo Nº 022-2021/MDC, que nos sumerge en un mundo ignoto e inmotivado, en una lista interminable de generalidades, en una vacua referencia a los aspectos facticos y materiales que deberían servir de justificación en la formación del acto administrativo, nos revela que, en esencia, efectivamente, el Acuerdo de Concejo Nº 022-2021/MDC, nació muerto, en un acto de grotesca arbitrariedad, en la que el honorable Concejo Municipal comeño, se ha permitido, una vez más, decidir sin decir porque.
    Estos chicos políticamente inmaduros, a pesar de sus años, no se cansan de sorprendernos con su eterna incapacidad para legislar y gobernar.

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    1. Tal cual se dijo desde el comienzo, ese acuerdo de concejo nació muerto como los tucuy ricuy, sencillamente no existen legalmente y esa congresista Alva Prieto felicitaba un cadáver.

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  22. Los desubicados integrantes del comando especializado ¿en qué? tucuy ricuy creen estar en SIN CITY, esa película donde los héroes y villanos comparten roles similares en los que no existe la ley y el orden, así las cosas en Comas tenemos a uno seudo serenos con infulas de unidad de elite del serenazgo comeño que según ellos tienen el rol de combatir la delincuencia por un lado y mantener el orden interno por otro, olvidando, con la ayuda de su jefe Valladares que ese es el papel que la Constitución le ha otorgado a la PNP de manera exclusiva y no compartida con ningún comando especializado menos de tipo municipal, en mi modesta opinión deben intervenir las autoridades pertinentes del MININTER y la PROCURADURÍA DE LA PNP por este acto arbitrario del Concejo de Comas, alcalde y funcionarios de confianza involucrados en ese acuerdo de concejo irrito de pleno derecho, algo más, la indolencia y desidia mostrada por el jefe del DEPINCRI COMAS que hasta la fecha no ha demostrado la energía y comando necesario para hacer cumplir una orden de dos jefes policiales en una solicitud de información, LA REGPOL y la DIVPOL NORTE 2, desde el 31 de enero y 8 de febrero del presente año fechas de las solicitudes del DEPINCRI COMAS y la respuesta malcriada y fuera de lugar de William Valladares Escobedo vía oficio Nº166-2022-SGS-GSC/MDC del 14 de febrero 2022 ya han transcurrido 54 días y aquí no pasa nada con lo solicitado por el jefe de la Región Policial de Lima, SIN CITY o GOTHAM en acción, solo falta EL GUASÓN ¿o ya está encarnado en la figura de Raúl Díaz Pérez o William Valladares? no hay duda estamos en el Perú y en Comas para más señas.

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  23. Muy grave la denuncia de los padres de familia y la directora del Centro Educativo Inicial San Francisco de Asís en Santa Luzmila de Comas, no hay apoyo del programa QALI WARMA y la estructura del colegio está en pésimo estado con columnas que presentan serias grietas, techos de calamina que deben ser cambiados de inmediato, baños sin puertas y demás carencias, pero lo que no dijo la reportera de AMERICA TV es que tanto DEFENSA CIVIL como el reparto de raciones QALI WARMA le corresponde al municipio de Comas, y pensar que dichas raciones alimentarias se reparten en las partes altas del distrito comeño por la locadora de servicios Katty Panduro y la subgerente de Participación Vecinal Martha Quineche contando con la omnipresente presencia del precandidato del partido del alcalde de Comas, Robinson Gupioc, primero son los niños después la política miserables.

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  24. Frases de un comentario anónimo de un seudo tucuy ricuy "Pero ya aburre con su obsesión hacia nuestras personas, al final y al cabo como dijo mi hermano, ya la policía se aburrió del asunto y por eso no ha hecho nada más. tu sueño de que nos enjuicien ya se esfumó", vaya, así son las cosas ahora en la administración pública de un lado y del otro, la PNP pide información que es pública al serenazgo de Comas sobre los integrantes de un seudo comando especializado llamado tucuy ricuy, el jefe de estos contesta con oficio que eso no es posible si antes esa misma PNP no le entrega copia certificada de los actuados policiales a partir de la orden telefónica de la REGPOL para verificar que el pedido sea por algo serio y no caprichos de algún policía, pasan 50 días y el responsable de la gestión policial, el jefe del DEPINCRI COMAS se ha olvidado de su tarea, misterios del Orinoco o es cierta la versión del "comando", la policía ya se olvidó del asunto, piña pues tucuy ricuy, nosotros no.

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  25. "Valiente" comentario anónimo de un "comando" tucuy ricuy que nos muestra algo que de ser cierto debería causar la repulsa inmediata de las personas decentes que sabemos hay en la Municipalidad de Comas y especialmente en la PNP: "A LLORAR AL RÍO VIEJO ROSQUETE!!! LOS TOMBOS YA ARCHIVARON EL ASUNTO!!! A ver onde mierda está los nombres que ibas a sacar??? JAJAJAJAJAJA espera sentado noma oe cobarde".
    Esta es la tercera vez que uno de estos supuestos "comandos especializados" del serenazgo comeño denominados tucuy ricuy hacen gala de un pretendido archivamiento a la solicitud de información hecha por la jefatura de la Región Policial de Lima a través de la DIVPOL NORTE 2 y esta a su vez por el DEPINCRI COMAS al subgerente del serenazgo comeño William Valladares, ¿pensarán igual los jefes de INSPECTORÍA GENERAL PNP sobre este asunto? huele bien raro este caso, ya que ha transcurrido buen tiempo y no es posible que un desubicado sujeto que funge de funcionario público y sus ocasionales subordinados crean que se puede hacer lo que quiera con el imperio de la ley sin tener consecuencias legales, ¿si la solicitud de información de la REGPOL al municipio comeño ha sido retirada? la PNP le debe una explicación a la opinión pública no tanto por el blog en si mismo sino por el respeto que se debe a si misma como institución, seuo.

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  26. Señor gurmester el otro día leí una noticia sobre la falta de transparencia de la Subgerencia de participación vecinal sobre el ccld. Yo soy dirigente de collique, que por motivos laborales no pude inscribirme en la fecha establecida en el cronograma, sin embargo ahora domingo me entero que el señor horacio ha seguido inscribiéndo a ciertas personas fuera de lo establecido en el cronograma. Una dirigente amiga me señaló que le llamaron a ella el viernes para que se inscriba, teniendo en cuenta que el jueves acabó el plazo, y que iban a realizarlo hasta el lunes. La persona que le llamó le dijo que era por orden de la subgerente de participación vecinal. Esta situación convierte el tema del CCLD en un escándalo. No hay nada transparente, se busca solo que participen dirigentes afines al alcalde o a un candidato que tiene el apoyo del alcalde. Me han comentado que los trabajadores de participación vecinal Renzo, Cubas, Horacio, Katy y la sugerente de participación vecinal utilizan la oficina, el auto, los bienes para apoyar a Gupioc.

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    1. Una raya más, ¿al tigre? bueno fuera, a la cebra de la corrupción rauldiizta enquistada en todo el aparato municipal comeño, esas maniobras descaradas en apoyo del precandidato del alcalde son muestras del desprecio por la ley que siente el cajacho, sumen esto su cercanía con Castillo Terrones y tenemos la receta perfecta del abuso de poder en esta campaña electoral, el uso de bienes del estado como las raciones del programa QALI WARMA, las infracciones al reglamento del CCLD son pan de todos los días para una abogadita de medio pelo que no sabe que hacer para mantenerse en el cargo y continuar comiendo caliente todos los días aún a costa des su dignidad, cuidado que a medida que pasen los días esta situación se va agravar porque tienen que ver la forma de que no gane alguien no comprometido con la corrupción de esta gentuza y le diga no al borrón y cuenta nueva.

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  27. Estos párrafos de la columna de Hugo Palma en PERU 21 de hoy día 10 de abril son de campeonato, de antología, vale leerlos, verdad que sí.
    "¿Y qué se puede hacer? Conocerlos. Con apoyo informático, inscribamos candidatos y/o elegidos para presidente, vice, congresistas, gobernadores regionales, alcaldes o concejales, del 2000 a la fecha. También partidos y frentes y el oscuro peregrinaje de muchos de ellos entre agrupaciones, ideologías, programas, convicciones, ubicaciones, cargos, actuaciones y votos. Obviamente, también sanciones penales, procesos, denuncias; y si hubiere, datos amplios y verificables de su formación, actividades, pago de impuestos, trato a su familia y más. Idealmente debieran promover y participar en ese esfuerzo institutos de investigación, medios de comunicación y voluntarios. ¿Quién apoya la idea? El resultado debería producir horror y repudio. Y eso es bueno, porque el pueblo necesita conocer lo que efectivamente son, hicieron, hacen y quieren seguir haciendo.
    Y facilitaría que ingresaran a la política no prontuariados, competentes, experimentados, honestos y cuyas actuaciones, visiones y propuestas demuestren amor al país; en evidente contraste con la maloliente verborrea que, salvo pocas excepciones, desgobierna, maltrata y empobrece al pueblo y ensucia el nombre del Perú".

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  28. Valladares ¿piensas por ventura pobre hombre que al cerrar temporalmente las puertas de la gestión policial en torno al pedido de información sobre el comando tucuy ricuy por presiones politiqueras y "ordenes" superiores has terminado con el problema? despierta infeliz, ahora has abierto las puertas administrativas vía leyes 31433 y 27806, fiscales por que cuando niegues la información solicitada te va a caer la apelación respectiva al TTAIP y de ahí a la Procuraduría del MINJUS para luego aterrizar en la Fiscalía Penal de Turno y en una al juez penal, si le han ganado a Palacio de Gobierno por el caso Sarratea, con mayor razón a un pobre diablo como tú y además está el art. 10mo. literal 4 de la ley 31433 que acaba de modificar los artículos 9, 10, 13, 20, 239 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades en relación a varios temas entre ellos la fiscalización de los regidores, ahora ya no hay, no existe el barajo del concejo o el alcalde, ahora el funcionario a cargo de la entrega de la información es el responsable penal del asunto, paciencia es lo que más tenemos en este blog y en cinco meses más ustedes ya son historia, peor aún si cae Castillo Terrones, ¿cómo la ves jefe? no al borrón y cuenta nueva dicen por ahí.

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  29. En la puerta del mercado el parral ubicada en la av Honduras hay un montículo de basura y desmonte hace tiempo, nada hace la municipalidad por multar a los directivos de ese mercado, es un nido de ratas.

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  30. No se que sucede con los funcionarios de la municipalidad de Comas y de los dirigentes de los parques que permiten que libremente los candidatos a la alcaldía de Comas hagan lo que quieran con estos espacios destinados para el deporte.

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    1. Mesraim Arioc Via Huerta tu tienes la respuesta como subgerente de Control y Operaciones de Comas, eso pasa cuando se designa a un bachiller en administración como jefe de la policía municipal.

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  32. En esta campaña electoral el que la está haciendo linda es el periodista masgo, porque se le ve en todas las actividades de los candidatos a la alcaldía de Comas, seguro le dan su sencillo porque a todos les dice que van a ganar y otras franelas más. Sin embargo no se le escucha al periodista preguntar a los candidatos que opinión tienen de los llamados comando tucuy ricuy, del tema de las grúas, etc.

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    1. Masgo periodista, ya pues, a ese solo le interesa chapar su guita con el cuento de la campaña, de los problemas de Comas y sus vecinos, nada, de la reactivación económica menos, de los problemas de los trabajadores municipales tampoco si no van con su plata para pagar el publicherry respectivo.

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  33. Triste papel que juega ahora el mal llamado Obama de Comas, de acérrimo seguidor de Gupioc, ahora se le ve como jefe de barra de Ulises.

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  34. Dura de cerebro o fresca como la lechuga la tía Monica Acuña, con total pana y elegancia dijo hoy día en Trapiche que la zonal 14 estaba olvidada hacía mucho tiempo, sin calles ni veredas, pero asaltada diariamente por los fiscalizadores tributarios, de control y operaciones y los comandos del jefe, 39 meses como regidora y recién arrocha parte de los problemas de esa abandonada zona comeña, sinverguenza caradura.

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  35. Todavía hay imbéciles y tarados que consideran la gestión de Nico Kusunoki como la peor de todas en la historia de Comas, ni siquiera la de Miguel Saldaña puede ser considerada como la peor, ni la tercera gestión donde gobernó de la manito con Ulises fue tan mala y corrupta como esta porquería que tenemos ahora con el CDSM de Raúl Díaz Pérez y su organización criminal, ahora canta y baila con el prosor de presidente, espérate que caiga y ya veremos, no siempre va a tener los favores políticos y las ordenes superiores para ayudarlo a presionar a la policía y que suspendan gestiones de información, nada es eterno chugurino, menos el poder y en pocos meses más estarás de vuelta en quesolandia.

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  36. OE VIEJO ENTIENDE, A LOS TOMBOS YA NO LES IMPORTAS!!! QUE ESO NO TE QUEDA CLARO??? YA TU BERRINCHE POR LOS NOMBRES DEL TUCUY RICUY QUEDÓ EN EL PASADO. DEJA DE HACER BILIS POR LAS HUEVAS Y BUSCA OFICIO, HAY CHAMBA EN LA MUNI SI TE PORTAS BIEN PUEDES OBTENER UN BUEN PUESTO A VER SI ASÍ DEJAS DE FREGAR POR LAS HUEVAS.

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    1. Estimado pobre diablo, como se nota que en tu cerebro anencefálico solo existe como fuente de trabajo la palabra municipalidad, no concibes otra forma de trabajo que no sea la muni, yo ya tengo un oficio, preocúpate tú infeliz por lo que venga más adelante, los tombos, como los llamas despectivamente, tienen sus propios problemas que no son los míos, nosotros vamos a seguir hasta el fin con este asunto del comando tucuy ricuy, tenemos de nuestro lado la ley y el debido respeto por las normas, ustedes infringen la ley con sus afanes de actuar como policías, basados en un acuerdo de concejo usurpador y que en su momento tendrá que ser anulado y sus responsables denunciados penalmente, mientras tanto seguimos esperando los plazos de ley para que se accionen la ley 31433 y sobre todo la 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información, esas presiones politiqueras y las ordenes superiores de malos jefes policiales a los PNP encargados de tramitar la orden telefónica de la REGPOL nos interesan un carajo, ¿suficiente tucuy ricuy de pacotilla? si no es así, piña pues descerebrado.

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  37. Fuentes cercanas a la alcaldía comeña informan que ya fue una abogaducha de medio pelo en una subgerencia utilizada como caja de resonancia de la campaña de apoyo al abogado, ingeniero y empresario trucho Chupioc, chau Marthita, nadie te va a extrañar en Comas, salvo los pezuñentos y ayayeros de Renzo, Horacio y Cubas.

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  38. Empiezan a aparecer calles y avenidas sucias en Comas, señal que la empresa encargada de recoger la basura en Comas ya se aburrió de la falta de puntualidad en sus pagos y los diezmos a pesar de esas tardanzas, ahora es fácil ver los camioncitos destartalados y viejos tipo D 300 reciclando en plena Tupac Amaru, uy carajo, y hay verano para rato, ahí está pues por poner a un burro en el lugar de un ingeniero ambiental, fuera Durand Mallma.

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  39. Sr. Burmester leía el informe de su blog sobre los tucuy ricuy y no pude menos que sonreir por los fragmentos de los comentarios de esos lumpen, es increible que esa gente reclame funciones policiales en base a un acuerdo de concejo cuya base son los informes de dos comisiones de regidores, una de Asuntos Jurídicos presidida por un alfalfón como Richard Arroyo Segura que de Derecho sabe lo que usted y yo sabemos de física de partículas, integrada por una abogada del montón que no ejerce y un politólogo de quinta además de dos ignaros en lo que sea, la segunda Comisión de Seguridad Ciudadana y Control Municipal presidida por el mismo politólogo de la anterior comisión y neófito en asuntos legales al igual que el resto de integrantes, en pocas palabras, ¿qué podían parir esas comisiones compuestas por puros analfabetos funcionales? nada bueno, un documento gaseoso sin base ni fundamentos que ha creado un pequeño monstruito apadrinado por un par de corruptos como Raúl Díaz y William Valladares.

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  40. Esta gestión de Raúl Díaz Pérez en Comas es el colmo de la improvisación y verguenza ajena, ni bien acababan de botar de Participación Vecinal a la mediocre Martha Quineche Barturén en una le dieron el mismo cargo a....., un antropólogo, increíble pero cierto, un antropólogo nada menos, ¿qué hace ahí este señor, qué hará Clifford Vladimir Villegas Reyes? investigará los orígenes del Curaca de Chugur y toda la panaca chugurina, por 7,000 soles al mes podría investigar hasta al prosor del sombrero y al jefecito William, puta, que buenos son para gastar la plata del pueblo en cojudeces.

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  41. Buena Sr. Burmester, la hizo linda con la campaña contra esa tipeja que dirigía Participación Vecinal, la Quineche Barturén malcriada y prepotente estaba de más en Comas, solo servía para decir si a la mafia del alcalde y su campaña en favor de Gupioc.

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  42. Bien cara de palo es esa sinverguenza de la subgerente de ejecutoría coactiva de Comas, la "doctora" bamba Rodha Fernanda Carrillo Montero, dice "nosotros cumplimos con nuestro trabajo de embargar", claro a los pequeños empresarios y comerciantes si les embarga de todo, cuentas bancarias, predios con inscripción en SUNARP así como inscripciones en INFOCORP, pero a los grandes deudores como ANYPSA, ARGUELLES, REPERSA, UNICACHI, HUMTEC y a esa empresa colombiana antes llamada PROTRANSPORTE y que ya cambió de nombre pero todo Comas los ve diariamente trabajando y jodiendo en la Av. Universitaria con la ampliación de nuestra avenida Universitaria para su beneficio no para el nuestro, esa basura conocida como EL METROPOLITANO que debe impuesto predial y arbitrios desde 2014 a la fecha no le embarga nada, ¿por qué no va y le cierra las puertas, le embarga los buses, le pone muretes o manda soldar las puertas de entrada y salida, sus cuentas bancarias? a ver pues, ¿por qué? ahí si no pasa nada con esta atorrante abusiva, ya te vas de Comas maldita arrastrada y servil corrupta como todos esos vagos coimeros que dicen trabajar contigo, infeliz.

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    1. Que comentario para más estúpido. Quiere que dejen sin transporte público a la mayoría de gente que trabaja fuera del cono donde viven. Le molesta porque hacen trabajos en la berma central que no era más que un terral. Que se puede esperar de los chupamedias de la vedette.

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  43. Ni la Comisión Permanente de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Planificación, Presupuesto y Tributación Municipal -2021, presidida en ese entonces por el Regidor William Martin Montañez Quiroz, ni la Comisión Permanente de Regidores de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transportes -2021, presidida en ese entonces por el Regidor Willy Bruce Paredes Calla, ni la Comisión Permanente de Regidores de Asuntos Jurídicos -2021, presidida en ese entonces por el Regidor Richard Martin Arroyo Segura, en fin…., ninguna de las Comisiones de regidores que se encontraban legalmente obligadas a pronunciarse sobre esta ilegal o, en todo caso, cuestionable iniciativa, emitieron opinión, hicieron valer sus fueron ante el soberano cajamarquino, no dijeron esta boca es mía, ni siquiera para decir… ¡¡ chicheño !!, se mearon ellos pantalones, y dieron rienda suelta a su flojera mental y personalidad felipesca.
    Este es el nivel del cuerpo edilicio comeño, una masa amorfa de ciudadanos inconfiables, cuya función principal es fiscalizar y legislar con seriedad en favor del pueblo comeño, pero que se dedican a vacacionar, con una pobre participación, responsables de dejar la cancha libre a la corrupción y a los alcaldes comeños que encarnan esta perversa actividad por más de 41 años consecutivos, y a los que no les encargaría ni el chupete de mi bebé.
    La iniciativa llegó al Concejo Municipal sin pronunciamiento previo de ninguna de las tres Comisiones de Regidores señaladas, y a pesar de tener competencia y obligación de emitir opinión formal en un procedimiento que crea una instancia que afecta el Reglamento de Organización y Funciones-ROF (al que se le agrega tácitamente la conducción y programación de actividades de estas unidades especializadas…), que afecta el Plan Operativo Institucional (al incorporar tácitamente actividades no programadas y menos presupuestadas), que afecta las finanzas municipales a través del Presupuesto Institucional de Apertura -PIA (al incorporar tácitamente actividades no presupuestadas), la seguridad ciudadana, los derechos de los vecinos, etc., etc., y a pesar del evidente vacío en la iniciativa que no ha propuesto ni una sola línea respecto a las funciones específicas (que justifican su existencia), los deberes, derechos y prohibiciones de los miembros de esta unidad especializada, sus líneas de mando y dependencia, el registro de sus actividades y la evaluación periódica de sus metas y logros, ergo, por la propia naturaleza de su formación….
    No, los regidores abdicaron olímpicamente de sus obligaciones legales y reglamentarias, como siempre, y como siempre les ganó la flojera mental, porque es más fácil levantar la pezuña que leer, investigar, entrevistarse con los interesados (vecinos organizados y autoridades, sobre todo policiales y Ongs especializadas, etc.), pensar, y elaborar una propuesta consensuada y discutida…, porque justamente para eso se les elige y paga sus dietas…
    En resumen, los regidores no hicieron su tarea, el producto administrativo salió con omisiones flagrantes y contradicciones legales, pero, eso sí, cobraron puntualmente por levantar la mano…

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  44. Pide usted mucho señor, ni todas las comisiones de regidores de Comas juntas podrían producir un oficio o memorando invitando al cumpleaños del chugurino, de solo imaginar que un sujeto impresentable como ese payaso de Richard Arroyo Segura fue presidente de la comisión de asuntos jurídicos responsable de la parte legal del acuerdo de concejo que creaba el comando tucuy ricuy da ganas de meterlo preso, con razón esos cretinos se alucinan policías cazadores de delincuentes y responsables del orden interno en Comas, especializados en apretones y demás pendejadas propias de gente fulera y no de serenos respetuosos de la ley.

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  45. El colmo, botan a la Martha Quineche y nos traen a su clon, ese antropólogo de quinta que ha asumido la subgerencia de Participación Vecinal es otro bueno para nada que ha postulado en diversas entidades sin resultados positivos, en 2013 postuló a la MML y fue declarado NO ADMITIDO, de igual forma lo hizo en la región Callao en 2015 y la misma vaina, NO APTO, ojo que era para técnico social y en 2013 postuló al MINAM para un puesto de auxiliar de educación y también terminó NO APTO, no jodan, pero si es apto en Comas y para subgerente de Participación Vecinal en 2022 con Raúl Díaz, que tal concha de este pobre diablo sin verguenza.

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