lunes, 13 de julio de 2026

HIENAS CON PIEL DE OVEJA

 

📄Utilizar la palabra lobo sería una ofensa para este animal salvaje pero con códigos, hienas es el termino adecuado para los alcaldes y candidatos a las alcaldías en el todo el país, ver y escuchar a esta gente ofreciéndonos el oro y el moro, el cielo y las estrellas con tal de conseguir el ansiado voto que los lleve a la alcaldía del distrito o provincia por la que postule y una vez conseguido el caro anhelo, si te vi no te conozco, las promesas se las lleva el viento y las palabra son solo, eso,  palabras y nada más…

Escuchar a los candidatos ofrecer trabajo honesto y digno, con las personas idóneas, con las más capacitadas y aptas, tanto profesional como moral, funcionarios con experiencia en el puesto indicado y no aventureros chicheñó: funcionarios que llegan solo para lucrar descaradamente a ordenes de su alcalde y sus ansias de enriquecerse a como de lugar. Hay algo que la gran mayoría de electores olvida y es el hecho de no prestar importancia a los candidatos a regidores, si bien es cierto que estos no hacen campaña directa y llegan al cargo por el candidato ganador, es cierto que con sus votos esta gente saca adelante las fechorías de su jefe bajo la figura del “acuerdo de concejo” … después a llorar a la playa y no hay adonde quejarse.

La cruda realidad se impone cuando el ex candidato y ya alcalde empieza a designar a sus funcionarios de confianza, hay que recordar que estos tipejos son de confianza del alcalde y no de la de nosotros como pueblo, como vecinos, como contribuyentes. Ahora se impone la verdad dura y peluda: nosotros pueblo, obedecemos; ellos, alcalde y funcionarios de confianza, mandan, ordenan, imponen. Así de simple y sencillo, no hay más, punto final.

 

FUNCIONARIOS DE CONFIANZA (DEL ALCALDE)

Entre los principales candidatos a la alcaldía de Comas tenemos a Raúl Díaz Pérez, Ulises Villegas tras la figura de Yuriko y Mónica Acuña Jara… Jean Pool Granados y Roxana Ari no son más que testaferros o títeres del ex capo di tutti capi, del UNO, del rey de los figuretis, que pretende de esta forma cubrir los candidatos de mayor chance, porque si no gana uno de los suyos se le viene la noche con la primera auditoria que investigue su gestión y la de su ex teniente alcaldesa.

Raúl Díaz designó a su prima hermana, MAYBI GEORGINA PEREZ SILVA, como subgerente de Salud sin contar con la experiencia general y especifica debida -el que la haya hecho su mujer posteriormente es irrelevante- lo único que nos debe importar es el delito cometido: designación y aceptación indebida del cargo, art. 381 del CP.

Lo mismo sucedió con la designación de su primer gerente municipal en la figura del inútil de NICANOR WIGBERTO BOLUARTE ZEGARRA, tipejo sin la menor experiencia municipal, al que tuvo que despedir al poco tiempo por su incapacidad e ineptitud.

Ulises Villegas Rojas, campeón de campeones en la designaciones de funcionarios de confianza mediocres, incapaces y corruptos, para empezar sus tres gerentes municipales: YANINA ABANTO ABANTO, NORA FLORIANO SERNA y FANNY FLORES PURIZACA… el inamovible gerente de Administración Guillermo Nue Olazábal; la ex subgerente Elizabeth Sulca Solano de Control y operaciones, Licencias de funcionamiento y Transporte, además de gerente de Desarrollo Económico, Desarrollo Social; el subgerente de Catastro y obras privadas, ingeniero geógrafo Rolando Malásquez Ramos; el subgerente de Limpieza Pública Enrique Anampa Vílchez; el subgerente de fiscalización, bachiller en sociología, Abel Peralta Quiroz y como estos muchos infelices que aceptaron cargos para los que nunca estuvieron preparados.

 

📄LA LEY DEL EMBUDO

Mónica Acuña Jara, candidata de PODEMOS con la asesoría -je je je, “asesoría” de Miguel Saldaña- (UN SENTENCIADO E INHABILITADO POR DELITO DE COLUSIÓN EN AGRAVIO DE MUNICOMAS), es culpable de la designación y encargatura del gerente municipal, José Huamanchumo Bernal y de Elba Mercedes Gamarra López, ambos incursos en la violación del art. 381 del CP, designación y aceptación indebida de cargo, con el agravante para la Gamarra López de no contar con el informe de verificación de datos en su RGM de encargatura, lo que vuelve nula dicha  encargatura y la hace pasible de otra denuncia penal.

Mónica Acuña también es culpable de la designación indebida de Héctor Ascencios Carranza como gerente de Desarrollo social y de la Mujer sin contar con el debido perfil de idoneidad, de haber designado como subgerente de Orientación al ciudadano a Deysi Linn Ortiz Tarazona, sin cumplir con el perfil necesario.

Pero de si de culpas se trata, no hay otra que la muestre en toda su dimensión de mujer conchuda y desvergonzada cuando dice combatir la proliferación de propaganda electoral prohibida, esa que cuelgan en los postes de luz violentando la ley al respecto:

📄La colocación de propaganda electoral en postes de alumbrado público no solo constituye una infracción a la normativa electoral, sino que representa un riesgo eléctrico para el personal que instala y para la población en general, poRque podría generar un corte de servicio eléctrico.

La alcaldesa de Comas exhortó a los partidos políticos a respetar la Resolución N.º 0112-2025-JNE, reglamento que prohíbe el uso de infraestructura eléctrica para fines proselitistas. Recordó que los postes forman parte de redes energizadas que operan bajo el Código Nacional de Electricidad, por lo que cualquier manipulación indebida puede provocar cortocircuitos y generar interrupciones del servicio eléctrico que afecten a la población. El Código Nacional de Electricidad (Suministro 2011), en su Artículo 217 (inciso A.4: Obstrucciones), prohíbe colocar letreros, carteles, anuncios y otros accesorios en las estructuras de soporte eléctrico (postes). Los postes deben mantenerse libres de clavos y objetos que dificulten el mantenimiento o representen un riesgo de electrocución. [1]

Desde el punto de vista técnico, la instalación de banners, afiches o paneles implica trepar o sujetar estructuras metálicas y trabajar a escasa distancia de conductores de media y alta tensión. En estas condiciones, el riesgo de electrocución es alto, especialmente si no se cuenta con equipos de protección ni capacitación especializada. El peligro se incrementa durante la temporada de lluvias, ya que la humedad y las precipitaciones pluviales facilitan la conducción eléctrica.

La Municipalidad de Comas recuerda a la ciudadanía, organizaciones políticas y candidatos que la Ordenanza Municipal N.° 721/MDC prohíbe la colocación de propaganda electoral en postes de alumbrado público y de electricidad, por lo que continuará realizando acciones de fiscalización y control para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente. 



Si esto es cierto, que lo es y Mónica Acuña, promueve el retiro de la propaganda electoral de los malos candidatos en sendos operativos de Ornato como se muestra en las siguientes imágenes, ¿por qué no hace lo mismo con estas otras QUE TAMBIÉN ESTÁN PROHIBIDAS? La ley del embudo en todo su esplendor.



_

jueves, 9 de julio de 2026

YURIKO, YURIKO, YURIKO = ULISES, ULISES, ULISES


📄En Comas decir Yuriko es decir Ulises y decir Ulises es decir Ulises Villegas, el ex alcalde y ahora prófugo de la justicia gracias a una sentencia condenatoria por corrupto: colusión agravada. Santo no es, inocente mucho menos, ¿y quién es Yuriko? Ella es la secretaria general de SOMOS PERÚ en Comas y la candidata a la alcaldía comeña… Yuriko Niño de Guzmán Tengan. En esta nota no vamos a tratar de como llegó a ser secretaria general del partido somista en unas cuestionables elecciones internas, no, nada de eso, aquí vamos a intentar dar a conocer quién es esta señora de forma clara y precisa, objetiva, sin adornos ni publicherrys de por medio.

Para empezar… ¿podemos considerar como persona política a esta señora? No, ni hablar. En principio no tierne experiencia partidaria conocida, no ha sido militante de ningún partido o movimiento político conocido o por conocer -nada- salió de la nada como hincha de Ulises Villegas en 2018 y para 2022 ya era una de las más cercanas colaboradoras del candidato y luego alcalde de Comas. ¿Cómo lo hizo? Para muchos, misterios del Orinoco, para muy pocos que conocerían la verdad, dicen que fue a punta de mostrar una fidelidad canina y una falta de escrúpulos a prueba de balas, ¿verdad o mentira? Vaya uno a saber, lo cierto es que Yuriko escaló a velocidad de crucero para convertirse en mano derecha de MAL JUGAO en muy poco tiempo, poquísimo, dirían algunos.

A Yuriko la conocimos hace mucho tiempo cuando trabajaba como administradora o algo parecido en el video pub WOODSTOCK de la zona conocida como el Bulevard del Retablo, de propiedad de un tal Sander Souza Vela, propietario de otros negocios similares en la misma zona, no le sabemos de ningún otro trabajo hasta la época en que se unió a Villegas Rojas y apareció en MUNICOMAS a partir de 2023 al lado del ya entonces alcalde y con quien ha gobernado hasta noviembre de 2025 desde un puesto de confianza en la gerencia municipal como locadora de servicios y con un poder absoluto sobre funcionarios de confianza, gerentes, subgerentes y los referidos locadores como veremos más adelante, personas a las que manejaba con puño de hierro, dándose el lujo de amenazar a las mismas funcionarias de primer nivel que obedecían sus órdenes sin contradecirlas.

PUNTO FINAL, el programa dominical de LATINA fue uno de los primeros en realizar un informe periodístico sobre las controvertidas y para muchos delincuenciales prácticas de Ulises Villegas y Yuriko Niño de Guzmán en torno a las llamadas “porristas”, que no eran más que locadoras de servicios contratadas para diferentes áreas del municipio comeño y que luego eran utilizadas como porristas del alcalde Ulises Villegas y obviamente preparando la campaña de Yuriko a la alcaldía en 2026. Claro que esto se fue al carajo cuando el entonces ganador y triunfador fue sentenciado y tuvo que ponerse a buen recaudo de la justicia por ahora, mientras tanto la señora Yuriko afronta su campaña electoral con el respaldo económico y politiquero de su amigo y patrón, porque si hay algo que no debemos olvidar nunca, jamás, es que Yuriko es el títere y Ulises el titiritero: en un hipotético triunfo de Yuriko en octubre, sería Ulises quien manejaría las riendas del poder de 2027 a 2030, NO LO OLVIDEN.

_

lunes, 6 de julio de 2026

PARASITO AULLADOR II EN 2026


📄Como olvidar esas palabras cargadas de odio y desprecio, vertidas por un sujeto impresentable, que así agradecía el voto que le habían dado los comeños y los trabajadores municipales al elegirlo alcalde de Comas, increíble pero cierto, esto sucedía en una ceremonia que contaba con la presencia de la vicepresidenta del país y del jefe de región Lima de la PNP y un numeroso grupo de trabajadores al que no se le había permitido el acceso directo a dicha ceremonia para evitar sus justos reclamos laborales. El video que presentamos nos evita escribir dichas palabras injuriosas y ofensivas.



Raúl Díaz es el nombre de este sujeto que hizo una de las peores gestiones que se recuerden en Comas, uno de sus primeros actos de corrupción fue la designación del inútil y pendejo gerente municipal de nombre Wigberto Boluarte Zegarra, mediocre abogaducho cuyo único mérito era ser el hermano de Dina Boluarte, vicepresidenta de Pedro Castillo y punto... un par de designaciones politiqueras en SENCICO y la DRELM y nada que agregar. Ese bagaje lo acreditó para el máximo cargo en un municipio, que le quedó grande desde el principio.

En el 2016, Wigberto Boluarte fue viceministro de Promoción del Empleo durante el Gobierno del expresidente Ollanta Humala. Posteriormente, el 2017 se desempeñó como asesor legal de gerencia en el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (Sencico).

Para enero de 2019 este tipejo no podía acreditar experiencia alguna en temas municipales, pero, aun así, Raúl Díaz Pérez se zurró en los comeños y lo hizo su gerente municipal hasta el 26 de setiembre del mismo año, ¿hay responsabilidad en esta designación indebida? Sí, la hay y es por la infracción al art. 381 del Código Penal, ¿aún se puede denunciar? Por supuesto, y no solo eso, Weberto Boluarte tendría que devolver los 8 sueldos cobrados ilegalmente, pero obviamente eso no va a pasar porque los politiqueros comeños se cagan de miedo…

Raúl Díaz Pérez es el mismo desgraciado que nos regaló la designación del miserable gerente de Seguridad ciudadana y subgerente de Fiscalización al mismo tiempo que le hizo la vida a cuadritos a miles de comerciantes, mypes y vecinos de Comas: José Carlos Jara Alvarado, otro abogaducho que vino exclusivamente a joder y a llenarse los bosillos y los de su patrón a costa de los comeños, pruebas al canto:

📄 jueves, 22 de diciembre de 2022


Descontando 6 días hábiles, dos sábados y un domingo son los días que faltan para que la supercorrupta gestión de Raúl Díaz Pérez termine sin pena ni gloria, pero con muchos millones en su cuenta personal. Una gestión pavorosa, caracterizada por la mediocridad absoluta de la mayoría de sus funcionarios. Si queremos pecar de perfeccionistas, tenemos que agregar ineptitud e incapacidad, una falta clamorosa de honestidad y decencia, además, claro está, la rampante corrupción que arrancó desde el primer día de gestión.

Hemos tenido gestiones corruptas, por supuesto que sí, pero de lejos esta es la peor sin duda alguna. Hemos tenido la desgracia de contar con los más impresentables sujetos, y obvio que con otras caras y nombres esto ha seguido sucediendo hasta el día de hoy, basta ver a tres personajes de ficción febril como funcionarios, Goñe Blas, Coarite Choquehuanca y Ninahuamán Tello de asesores de alcaldía, y, por último de lo que sea, están esos corruptos al rojo vivo:

Percy Carrión, Alan Baltuano; Oscar Arias, aquel que emitió dos informes con el mismo número pero con diferentes textos para no perjudicar a Percy Carrión, precisamente cuando el robo de las planchas metálicas; chupamedias a granel, como Vladimir Guerrero Jiménez, Himer Sobero, Heiner Cubas.

Los resultados de la designación de pésimos funcionarios se vio desde el primer momento, esta gestión marcó un hito en Comas, un antes y un después. Con Miguel Saldaña tuvimos 12 años de fatalidad, 12 años de feroz corrupción sin medida ni clemencia como reza la letra de un valse peruano, pero la gestión de Raúl Díaz está llena de maldad insolente, de desprecio total por los vecinos. Cómo olvidar a esa tipeja, Katty Panseco, como secretaria de alcaldía, sin ningún título ni experiencia ni capacitación. Hemos tenido casi 10 gerentes de Administración Tributaria y un poquito menos en Administración y Finanzas y así sucesivamente hasta la subgerencia de Maestranza.

Durante estos 47 meses y 21 días, Raúl Díaz Pérez nos ha sacado la mierda con esas pendejadas del MALL PLAZA COMAS; esa del CONSORCIO DORDIS y los mototaxistas; el brutal apretón de cuello que nos aplicó la escoria del chugurino con SILASA, ese contrato leonino con la empresa chalaca mafiosa que asaltó Comas con sus grúas, y nadie dijo ni michi todo el tiempo que operó esta empresa corrupta.

Hay otros casos, posiblemente como el del METROPOLITANO y su maldito corredor vial que no nos sirve a la mayoría de comeños para nada. La cereza de la torta: ya finalizando esta putrefacta e innoble gestión, es la contratación de locadores de servicios como fiscalizadores municipales con la estricta consigna de extorsionar a todo mundo en Comas. No hay diferencias, chupa el grande, chupa el chico, no hay pierde con estas lacras. El incendio provocado de la camioneta de transportes, que luego fuera llevada a un taller particular para un debido maquillaje de planchado y pintura, ¿por qué y para qué, Pañalón Tena?

Para terminar la nota, no podemos dejar de recordar las palabras del ignorante que tenemos de alcalde cuando se refirió a los trabajadores municipales comeños, calificándolos como parásitos que aúllan por cobrar sueldos sin trabajar… Qué ironía de la vida, este alfalfa funcional se atrevió a ofender a los trabajadores y al idioma castellano. Los parásitos no aúllan, imbécil.


_

viernes, 3 de julio de 2026

CORRUPCIÓN IMPARABLE EN MUNICOMAS : JULIO 2026


📄El Perú viene atravesando una de las más severas crisis de corrupción en su historia, involucra a funcionarios de la administración pública, sobre todo en los gobiernos municipales, originando severos impactos en el desarrollo político, social y económico del país.

La corrupción vista de esta manera, con datos estadísticos de organizaciones privadas o la CGR, Defensoría del Pueblo o X ONG no encuentran mayor recepción en la sociedad peruana, son las denuncias hechas por medios independientes las que transmiten de manera real y efectiva los casos de corrupción en la función pública: cuando los vecinos se enteran de las fechorías de los funcionarios de confianza de los alcaldes locales y provinciales. En nuestro caso nos ocupamos mayormente de asuntos municipales, porque son los que están más cerca de los vecinos y sus acciones sobre todo malas son las que nos afectan de forma inmediata.


Nuestro querido Comas, pasa por momentos dramáticos a escasos 6 meses de terminar con esta nefasta y corrupta gestión edil que empezara en enero 2023 con Ulises Villegas Rojas y que podría terminar en diciembre 2026 con Rosa Ayales o nuevamente con la alcaldesa por sucesión, Mónica Acuña Jara. Los candidatos a la alcaldía comeña son más de lo mismo, tantos lo nuevos como los ya conocidos. Gente como Raúl Díaz o Nico Kusunoki, que tienen la concha de decir a voz en cuello que fueron buenos alcaldes; gente como Roxana Ari y Jean Pool Granados que van por la segunda y cuarta postulación; Yuriko Niño de Guzmán, la candidata somista que emerge como la sucesora del prófugo ex alcalde Villegas Rojas… ¿qué tienen en común estos sinuosos personajes, aparte de postular a la alcaldía de Comas? Que todos guardan silencio sepulcral sobre las fechorías de los actuales funcionarios villeguistas y moniquistas: son ciegos, sordos y mudos al mango, al rojo vivo, pruebas al canto.

La ejecutora coactiva administrativa de MUNICOMAS es la abogada Claudia Mayori Manziny Lazo, nombrada en junio de 2024 a través de la RGM Nº 454-2024-GM/MDC, la misma que desde su llegada a Comas ha hecho gala de una anomia impresionante, entendiéndose este término como el más profundo desprecio por la ley, desgraciadamente para los comeños y foráneos, tanto particulares como empresas, esta conducta reiterada de la fémina nunca ha sido objeto de control o fiscalización alguna con los resultados que veremos a continuación…

Algo elemental en todo funcionario coactivo es reconocer y aceptar los requisitos que debe cumplir en la aplicación de la ley coactiva, y asimismo, dejar de lado el siguiente artículo de la ley no solo resulta ofensivo sino hasta ridículo en el desempeño de sus funciones:

📄Artículo 15.- Resolución de Ejecución Coactiva.

15.1 La resolución de ejecución coactiva deberá contener, bajo sanción de nulidad, los siguientes requisitos:

d) La identificación de la resolución o acto administrativo generador de la Obligación, debidamente notificado, así como la indicación expresa del cumplimiento de la obligación en el plazo de siete (7) días;

15.2 La resolución de ejecución coactiva será acompañada de la copia de la resolución administrativa a que se refiere el literal d) del numeral anterior, su correspondiente constancia de notificación y recepción en la que figure la fecha en que se llevó a cabo, así como la constancia de haber quedado consentida o causado estado.


Claro como el agua de manantial, entonces, ¿por qué estas denuncias han sido presentadas ante las autoridades pertinentes de MUNICOMAS?


Pero esto no es lo único que muestra el arsenal de abusos de la referida funcionaria, también exhibe con total impudicia: su desprecio absoluto por las reglas de juego judiciales como en el caso de las REVISIONES JUDICIALES que son de obligatorio cumplimiento, salvo para la Manziny Lazo y su socio, Fernando Rivero.


La ejecutora coactiva de marras viola la ley con total impunidad, no hay control alguno sobre sus acciones; que esta funcionaria diga a sus victimas que el expediente que debe sostener el embargo de su cuenta bancaria y que ha sido objeto de embargo, debe pedirlo por transparencia, cuando esta es su obligación primordial, es de una corrupción extrema. Un tipo de corrupción nunca antes vista, al menos no en Lima Metropolitana. 

Pero siendo esto particularmente aberrante, no lo es que estos actos no sean fiscalizados y sancionados con el mayor rigor, Claudia Manziny Lazo realiza estas acciones corruptas desde su llegada a Comas y sin pudor alguno… embarga cuentas a sabiendas que el origen de las presuntas sanciones municipales están fuera de la ley, provienen de actos administrativos contaminados, silencios administrativos declarados barreras burocráticas ilegales por INDECOPI y aun así ha actuado, sigue actuando y seguirá actuando. Desde noapaguenlaluzvol2 exigimos al Procurador Municipal, Dr. Humberto Hidalgo Reátegui una severa investigación y la denuncia pertinente a la Fiscalía anticorrupción.

_

martes, 23 de junio de 2026

LA HISTORIA COMO FARSA EN COMAS


📄Cuando en noviembre de 2025, Ulises Villegas era condenado a 6 años de cárcel e inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos por corrupción, nadie imaginaba la desgracia que se cernía sobre el pueblo comeño. Conforme a ley, la alcaldía comeña era asumida por la primera regidora Mónica Acuña Jara, abogada de profesión y por ende conocedora del derecho, con amplia experiencia como regidora, alguna vez lo fue en Puente Piedra y con dos periodos en Comas, de 2019 a 2022 con Raúl Díaz Pérez de alcalde y de 2023 a 2026 con el prófugo ex alcalde Ulises Villegas Rojas… ¿Aprendió algo en estos tres periodos como regidora? Todo parece indicar que no, absolutamente no. Lo que haya podido aprender le entró por una oreja y le salió por la otra.


Apenas asumió el poder, lo primero que hizo fue rodearse de impresentables, ayayeros y chupamedias, dispuestos a levantarse en peso el distrito: no se percató ni le interesó si sus designados y contratados reunían los requisitos mínimos exigidos por ley o por los instrumentos de gestión, al carajo con esas nimiedades, yo soy la ley y punto, soy autónoma, misma Ulises con falda. Dice una frase célebre "la historia se repite primero como tragedia y luego como farsa" y  eso es exactamente lo que está pasando en Comas, desde la designación de Yanina Abanto en enero de 2023, pasando por Nora Floriano y luego Fanny Flores Purizaca a manos de Ulises Villegas y recientemente en este 2026 con Mónica Acuña de alcaldesa tuvimos a un remedo, a una caricatura de gerente municipal: José del Carmen Huamanchumo Bernal. Sujeto que accedió al más alto cargo administrativo de nuestra municipalidad solo por ser amigo de la referida alcaldesa y no por meritocracia...



Ahora -hace pocas horas- nos comunican que el reemplazo de Huamanchumo es alguien con casi las mismas características en lo que se refiere al perfil de idoneidad, ya sea por la ley Nº 31419, DS Nº 053 o la ley Nº 32507 y ante la ausencia de estas, los instrumentos de gestión, MOF, ROF, MCC y demás... la flamante gerente municipal, la abogada (reparen en este punto) Elba Mercedes Gamarra López ha aceptado la encargatura de este cargo sabiendo que su “experiencia” municipal nace de un acto delictivo como lo fue y sigue siendo su primera designación como subgerente de RRHH en Carabayllo.


La R. de A. Nº 392-2020-GM/MDC de fecha 01 de octubre de 2020 designaba a Elba Mercedes Gamarra López como sub gerente de RRHH en la municipalidad de Carabayllo, por esas fechas no existía la ley 31419 y había que contar con el MOF de la entidad… ¿qué señalaba y exigía este instrumento de gestión en esa época como requisitos para dicho cargo? Aquí lo tenemos:


Ahora bien, ya sabemos que el MOF exigía y exige 5 años de experiencia general y 2 años de experiencia específica, ¿con que experiencia contaba Elba Mercedes Gamarra López por esas épocas? Bueno, como experiencia general podía acreditar su paso por la UPCI (Universidad Peruana Científica e Informática) como docente universitaria desde el 04 de enero de 2018 al 1ro. de agosto de 2019, fecha en que SUNEDU le denegó la licencia institucional y cesaron los contratos de docentes. Con las cosas así, la susodicha solo podía acreditar un año y medio de experiencia y le quedaban 3 años y medio en el aire por cumplir… por lo que la Gamarra López aceptó de manera indebida el cargo, infringiendo el art. 381 del CP.

De ahí para adelante todas sus designaciones devienen en ilícitas ya que la supuesta experiencia nace de un acto administrativo nulo de pleno derecho como lo fue la resolución de alcaldía de Carabayllo Nº 392-2020-GM/MDC que la designó ilegalmente.

📄El axioma del "fruto del árbol envenenado" (o del árbol prohibido) se puede aplicar conceptualmente a esta situación, ya que se basa en el principio de que un acto ilícito originario no puede generar efectos válidos hacia el futuro.

1. El vicio de origen (El árbol envenenado)

  • El acto ilícito: La aceptación del cargo sin cumplir los requisitos es un delito (en el caso de Perú, sancionado por el artículo 381 del Código Penal).
  • La consecuencia: Al ser la designación un acto nulo de pleno derecho por contravenir la ley, todo el tiempo ejercido en ese puesto nace de una ilegalidad.

2. La experiencia pretendida (El fruto)

  • Invalidez del "mérito": La experiencia acumulada en un cargo obtenido de forma delictiva está "contaminada".
  • Principio de legalidad: El Estado no puede validar, convalidar ni premiar el tiempo de servicios derivado de una infracción penal o administrativa. Permitirlo significaría legalizar los efectos de un delito.

3. Aplicación en futuras designaciones

  • Tacha del historial: Si la persona pretende postular a otro cargo estatal usando esa experiencia, la entidad pública o los órganos de control (como la Contraloría) deben desestimar ese tiempo de servicios.
  • Nuevas sanciones: Si un funcionario posterior acepta esa experiencia ilegal como válida para darle un nuevo cargo, ese nuevo funcionario podría incurrir también en el delito de nombramiento ilegal, al validar un requisito inexistente en la práctica legal.

En resumen, la experiencia ganada en un cargo aceptado ilegalmente es jurídicamente inexistente para fines de carrera pública o futuras designaciones, pues nadie puede beneficiarse de su propio dolo o de un acto ilícito previo.

📄Nulidad de pleno derecho del tiempo de servicio viciado

El TSC aplica estrictamente las causales de nulidad del artículo 10 de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444).

  • El criterio: Cuando una entidad pública constata que un funcionario accedió a un cargo sin cumplir los requisitos mínimos de las bases o el Clasificador de Cargos, el TSC ordena la nulidad de oficio del proceso de selección o de la designación.
  • Efecto retroactivo: La resolución de nulidad "retrotrae los actuados" al momento del vicio. Esto significa que, administrativamente, los efectos jurídicos del nombramiento se extinguen. Si bien el trabajo físico se realizó, no genera derechos de carrera ni puede acumularse válidamente como "experiencia oficial" legítima para escalar en el Estado.


Estos últimos argumentos son absolutamente necesarios que sean conocidos por la opinión pública y las autoridades encargadas del control en la administración pública, la Sra. Elba Mercedes Gamarra López jamás debió ser desinada como funcionaria en los municipios de San Miguel, San Juan de Lurigancho y esencialmente en Comas, donde no solo es subgerente de RRHH sino encargada de la gerencia municipal, nada menos, el más alto cargo dentro de la estructura de cualquier municipalidad. 

📄Al parecer, de los 4 abogados involucrados en esta maniobra a todas luces ilegal y hasta delictiva, ninguno recuerda que el TC ya determinó en su momento que los términos, nombramiento, designación, contratación y encargatura significan lo mismo para efectos de responsabilidad penal.

El Tribunal Constitucional (TC) y la legislación (como el Artículo 381 del Código Penal) establecen que cualquier funcionario que realice cualquiera de estas cuatro acciones sin que la persona cumpla los requisitos legales, comete un delito contra la administración pública.

_

viernes, 19 de junio de 2026

VALIENTE DIRIGENTE VECINAL DENUNCIA GRAVE INDICIOS DE CORRUPCIÓN DE ALCALDESA DE COMAS Y PIDE GARANTIAS PARA SU VIDA


📄¿INFLARON EL PRESUPUESTO DE REMODELACIÓN DE PARQUE INCA ATAHUALPA DE LA II ETAPA DE LA URB SAN AGUSTÍN DE 600 MIL SOLES A MÁS DE UN MILLON 400 MIL SOLES, MÁS DEL DOBLE Y CON QUE FINALIDAD...?

A VISTA Y PACIENCIA DE REGIDORES QUE NO FISCALIZAN Y DE LA JEFA DEL OCI DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS SE CONSUMÓ ESTÁ ADULTERACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL PARQUE.

Edith Ortiz Paniagua, la valiente dirigente vecinal del parque Inca Atahualpa de la II etapa de la urbanización San Agustín, lanzó una grave denuncia contra la gestión de la alcaldesa MÓNICA ACUÑA JARA, de incrementar sin conocimiento de los pobladores la partida económica del PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2025 asignado al parque por un monto de 600 mil soles que fue aprobado por el ex alcalde Ulises Villegas Rojas y por la entonces primera regidora Mónica Acuña Jara, hoy alcaldesa, ambos firmaron el documento así como también los demás regidores.

Cuando ULISES VILLEGAS era el alcalde aprobó y comunicó a los vecinos de la partida económica de 600 mil soles, pero para sorpresa de los pobladores la aumentaron a más de 800 mil soles y luego a más de un millón 400 mil soles, sin anular, ni dejar sin efecto el presupuesto participativo 2025 aprobado con un código CUI que fue cambiado por otro nuevo código CUI para el incremento de más de un millón 400 mil soles, lo que confirma la dualidad del documento que por ley no procede, evidenciando un grave delito de acuerdo a la ley orgánica de municipalidades

Según el especialista en gestión pública y ex gerente municipal MOISÉS SALGADO DIAZ, no se puede modificar, ni tener dos presupuestos participativos paralelos con códigos CUI que han sido modificados, porque evidencia un flagrante delito en perjuicio de los recursos municipales y contra los intereses del pueblo. 

📄Salgado Díaz sostuvo que se debió anular el presupuesto participativo del 2025 de 600 mil soles e informar a los vecinos que se va aprobar uno nuevo con un monto superior al millón 400 mil soles. 

Por su parte, Edith Ortiz Paniagua anunció que presentará la denuncia y documentación a la Contraloría General de la República, Fiscalía de prevención del delito, Congreso de la República y otros organismos de control, tras informar que pedirá GARANTIAS PERSONALES para proteger su vida y la de su familia, ya que vienen recibiendo amenazas mediante mensajes de WhatsApp y llamadas telefónicas.

EN LA NARIZ DE LOS REGIDORES OCURRE ESTE NUEVO ESCÁNDALO

Otra vez queda comprobado que COMAS tiene regidores que NO FISCALIZAN, que poco o nada les interesa lo que pasa administrativamente en la municipalidad: "solo les importa COBRAR SUS DIETAS" y por ahí un presunto "cariñito del despacho de alcaldía" que por eso callan, ante los sistemáticos escándalos que remecen la gestión de la CONTROVERTIDA ALCALDESA.

Ante un hecho como el que se describe —donde se denuncia un presunto incremento injustificado y paralelo de un presupuesto público (inflado de S/ 600 mil a más de S/ 1.4 millones) mediante la alteración de códigos CUI (Código Único de Inversión)—, nos encontramos ante indicios de delitos graves contra la Administración Pública en el marco del Código Penal peruano.

Bajo las leyes de nuestro país, la alcaldesa y los regidores estarían incurriendo en diferentes figuras penales según su nivel de participación y sus funciones (ejecutivas o de fiscalización). Aquí se detallan los delitos específicos:


📄1. Delitos en los que incurriría la Alcaldesa (y funcionarios ejecutores)

Como máxima autoridad administrativa, la alcaldesa provisional es responsable de la correcta aplicación de los fondos públicos. Si se demuestra que direccionó o consintió el incremento injustificado, los delitos serían:

Colusión (Art. 384 del Código Penal): Este delito se configura cuando un funcionario público, interviniendo por razón de su cargo en cualquier etapa de la contratación pública, pacta o se "colude" con terceros para defraudar al Estado. El incremento desproporcionado del presupuesto suele ser el mecanismo para beneficiar a una empresa constructora a cambio de un beneficio ilegal.

Peculado (Art. 387 del Código Penal): Ocurre si el funcionario se apropia o utiliza, para sí o para otros, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo. "Inflar" un presupuesto es una de las formas más comunes de desviar dinero público que luego sale de las arcas municipales de forma ilegal.

Falsedad Ideológica (Art. 428 del Código Penal): Al crearse presuntamente un doble presupuesto con la manipulación de códigos CUI falsos o duplicados para evadir el presupuesto participativo original, se están insertando declaraciones falsas en documentos públicos.

Malversación de Fondos (Art. 389 del Código Penal): Si el dinero asignado formalmente en el Presupuesto Participativo para un fin fue desviado o alterado afectando el servicio o la planificación original del Estado sin el marco legal correspondiente.


📄2. Delitos en los que incurrirían los Regidores

Por ley (Ley Orgánica de Municipalidades N.° 27972), los regidores tienen la función obligatoria de fiscalizar la gestión municipal. No pueden argumentar "desconocimiento". Su inacción frente a un hecho evidente los expone a:

Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales (Art. 377 del Código Penal): Se configura cuando un funcionario público, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo. Al ignorar las denuncias vecinales y no fiscalizar la dualidad de los códigos CUI, están incumpliendo flagrantemente sus deberes constitucionales.

Complicidad en Colusión o Peculado: Si la fiscalía demuestra que el silencio de los regidores se debió a un pacto implícito, o como dice el texto, a cambio de un "cariñito" (coima / soborno), dejan de ser omisos y pasan a ser cómplices o coautores de los delitos de corrupción de la alcaldesa. En ese escenario, también entraría el delito de Cohecho Pasivo Propio (recibir donativos o ventajas para dejar de hacer su trabajo).


📄3. Delitos respecto a las amenazas a la dirigente

Las amenazas que está recibiendo la dirigente vecinal Edith Ortiz a través de WhatsApp y llamadas telefónicas constituyen un delito independiente y sumamente grave:

Coacción (Art. 151 del Código Penal) y Amenazas: Utilizar la violencia o la amenaza para impedir que una persona haga lo que la ley no prohíbe (en este caso, denunciar la corrupción). Dado que busca silenciar una denuncia pública, la Fiscalía de Prevención del Delito y la Policía Nacional deben actuar de inmediato otorgándole las garantías para su vida.


El rol de la OCI (Órgano de Control Institucional):

El Jefe de la OCI, al depender directamente de la Contraloría General de la República, también podría ser denunciado por omisión de funciones o negligencia grave si, teniendo las alertas del Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI) sobre el cambio del CUI, no inició las acciones de control simultáneo o posterior.

La ruta legal que ha mencionado la dirigente (Contraloría y Fiscalía) es la correcta. Al existir un cambio de código CUI sospechoso, la Contraloría puede congelar las cuentas de la obra de manera preventiva mientras la Fiscalía Anticorrupción interviene las oficinas de la Municipalidad de Comas para incautar los expedientes técnicos.

Ron Lazard



HIENAS CON PIEL DE OVEJA

  📄 Utilizar la palabra lobo sería una ofensa para este animal salvaje pero con códigos, hienas es el termino adecuado para los alcaldes...