miércoles, 5 de agosto de 2026

PALABRA DE MUJER… MENTIROSA 🤡


📄Hace muy poco, Mónica Acuña Jara - alcaldesa de Comas, publicaba un flyer en redes sociales donde suelta de huesos decía cojudeces como estas: “NO TENGO DENUNCIAS, NO TENGO INVESTIGACIONES, NO TENGO JUICIOS” … un poco más y eS la madre Teresa de Comas, ¿pero será cierto eso? Porque la firme esa señora es capaz de soltar cualquier barbaridad que le salga de la boca, como rocas en un huayco.


Bueno pues, nosotros no nos quedamos con los brazos cruzados y decidimos ver que podíamos encontrar entre las andanzas de CARMEN MÓNICA y esto fue lo que encontramos:


Señora, se olvidó usted eso del “para mentir y comer pescado hay que tener mucho cuidado”… 

Usted se ha acostumbrado a mentir como a respirar, miente con una naturalidad asombrosa y recién ahora abre la boca hasta por gusto cuando debería ser más cauta en lo que dice, parecía que los 7 años como regidora, tanto con Raúl Díaz como con Ulises Villegas la habían vuelto muda😶, pero ahora que es alcaldesa de Comas sí habla hasta por los codos. Lo malo es que habla tonterías, hace tonterías y eso más temprano que tarde le va a pasar la factura, en tan solo 8 meses como alcaldesa está dejando huellas de su paso por el municipio comeño y de qué manera.

Es una lástima que ni la DIRCOCOR, ni el equipo de auditores que estuvo hace pocos días hayan hecho un buen trabajo en esos remedos de investigaciones, porque usted y nosotros los comeños sabemos que la suya es una gestión corrupta, podrida y nefasta: 



📄Usted no ha traído la corrupción a Comas, pero sí ha hecho y está haciendo lo imposible para que esta se institucionalice, se enquiste como ladilla en MUNICOMAS. está usted terminando el trabajo iniciado por ese enemigo de Comas que fue y es el ex alcalde y ahora prófugo de la justicia: Ulises Villegas Rojas💸.


NO SE OLVIDEN, MAÑANA TODOS CON REPLICA TV



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lunes, 3 de agosto de 2026

MAFIA EN CEMENTERIOS DE COMAS

 

📄En la reciente aparición de un tiktok en redes sociales se viene mostrando a la señora Karina Solano Anchante denunciando un grosero caso de extorsión en su agravio al interior del Cementerio 19 de junio en Comas: en las imágenes se ve al administrador del cementerio, Federico Vargas Alvarado, escuchando las quejas de la señora como si el asunto no fuera con él, para luego retirarse presto al darse cuenta que lo estaban grabando…



El video de arriba nos releva de mayores explicaciones al respecto, por lo que pasamos a explicar que es ATTICA o la asociación a la que alude Vargas como la empresa a la que hay que pagarle los 2,300 soles, ¿por qué motivos y en base a qué ley o norma? Eso es lo que vamos a tratar de dar a conocer a nuestros lectores y a la opinión pública en general.

ATICCA es una asociación civil privada de trabajadores independientes inscrita en Registros Públicos. Por ende, el convenio no los convierte en empleados públicos municipales.

  • Acuerdo de Co-Gestión de Espacio Público: Al tratarse de un cementerio de administración municipal (el Cementerio Mártires 19 de Julio / Belaunde), la alcaldía delega mediante este convenio la custodia operativa, el mantenimiento del ornato y la limpieza diaria a los 15 asociados de ATICCA.
  • Sustento en Obras Recientes: El convenio se ha consolidado estrechamente con la entrega de la renovación integral del cementerio (que incluye oficinas administrativas, capilla y servicios higiénicos). El acuerdo estipula que los asociados co-administran el cuidado diario de esta nueva infraestructura junto con la comuna.

📄Limitaciones Legales del Convenio

El documento delimita estrictamente que la asociación no tiene potestad tributaria ni comercial autónoma. Esto significa que:

  1. El cobro formal de tasas por derechos de sepultura, exhumación o traslado de cadáveres se realiza directamente ante las ventanillas de la Municipalidad de Comas según su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).
  2. Los asociados están autorizados únicamente a cobrar de forma independiente por sus servicios directos de mano de obra (mantenimiento de tumbas, guiado o nichos) bajo las tarifas sociales acordadas con el municipio.


ATICCA (Asociación de Trabajadores Independientes del Cementerio Central de Carmen Alto y anexos) es la organización formal encargada del cuidado, orden y limpieza del Cementerio De Belaunde. Este camposanto —también conocido formalmente como el Cementerio Mártires 19 de Julio— se encuentra ubicado en la Quinta zona de Carmen Alto, en el distrito de Comas.

La asociación, que fue constituida legalmente en el año 1994, opera bajo un convenio formal con la Municipalidad Distrital de Comas para garantizar la gestión comunitaria del espacio.

📄Integrantes y Conformación de ATICCA

La asociación civil está conformada internamente por:

  • Los 15 asociados fundadores y permanentes: Trabajadores independientes y cuidadores locales dedicados plenamente a las faenas diarias dentro del camposanto.
  • La junta directiva: El liderazgo histórico de la organización ha estado encabezado por dirigentes vecinales del sector, destacando la gestión de Don Mario Quincho Ramos, quien ejerce como presidente de la institución.
  • Comitivas de trabajo interno: Equipos autogestionados que se dividen las tareas operativas de seguridad de los linderos, mantenimiento de accesos y la coordinación con las floristas locales para el control sanitario (prevención del dengue junto al personal del Ministerio de Salud).


Hasta aquí tenemos la versión Disney, maquillada, de cuentos de hadas que nos presenta google, versión que obviamente le ha sido proporcionada con anterioridad, pero que en la dura realidad no pasa de ser un cuento chino más que las diversas gestiones ediles comeñas nos han ofrecido hasta ahora… la gente de ATTICA no son los caballeros andantes que dicen ser, ni los trabajadores municipales y la alcaldesa son lo que quieren aparentar, para empezar, ¿cuál es el bendito convenio del que tanto hablan y en el que se escudan los integrantes de esa asociación?

No hay, no existe ningún convenio vigente entre ATTICA y MUNICOMAS, que les permita meter las manos en las actividades propias de los cementerios municipales comeños, ATTICA Y ATTICUNA SON DOS ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE, reconocidas como tales en el RUOS de la muni comeña desde hace mucho tiempo, pero esos reconocimientos no implican ningún compromiso con estas personas y mucho menos darles el manejo de las labores de construcción de nichos, tumbas o guiados, o lo que signifique esto, porque hay un secretismo único con las actividades de esta asociación y eso no es bueno para nada.

“En el discurso oficial de inauguración y en los informes del evento, se reconoció explícitamente que la construcción del cerco perimétrico y las mejoras del camposanto fueron autofinanciadas y ejecutadas gracias al esfuerzo, recursos y mano de obra de los propios trabajadores y las asociaciones civiles. La municipalidad no realizó una inversión económica directa de sus fondos públicos para levantar esos muros”.


MONICA CONFIRMA QUE LA MUNI NO PUSO UN SOL PARA LAS OBRAS DEL CEMENTERIO 19 DE JULIO

“No existe un convenio interinstitucional firmado ni un presupuesto participativo asignado para el financiamiento de dicha obra, operando los trabajadores de ATTICA de forma autónoma e independiente para el sostenimiento del Cementerio Belaúnde”.

En marzo de este año, publicamos dos informe cuyo objetivo fue dar a conocer las actividades de esta asociación en complicidad de una seudo coordinadora de cementerios, apoyada por el ex alcalde de Comas, Ulises Villegas y que continua actualmente con el apoyo de la alcaldesa, Mónica Acuña Jara para sus actividades non sanctas, ahora en agosto de 2026 lo volvemos a poner a su disposición ya que nada ha cambiado en las actividades de Anita Sandoval Casallo y los trabajadores municipales destacados en los tres cementerios de Comas.


📄I. ANTECEDENTES

De acuerdo con los informes de fiscalización emitidos por la autoridad de salud, se ha verificado la situación administrativa, sanitaria y legal de los cementerios municipales del distrito de Comas denominados:

·Cementerio “Luz Eterna”

·Cementerio “Paz y Libertad”

·Cementerio “Mártires 19 de Julio”

Las intervenciones de supervisión realizadas por la Dirección de Redes Integradas de Salud (DIRIS Lima Norte) determinaron que dichos cementerios no cumplen con los requisitos técnicos, sanitarios y documentarios exigidos por la normativa vigente.

II. BASE LEGAL

1. Ley N.º 26298 – Ley de Cementerios y Servicios Funerarios.

2. Decreto Supremo N.º 003-94-SA

Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios.

3. Decreto Supremo N.º 093-2021-SA

Modificación del Reglamento de Cementerios y Servicios Funerarios.

4. Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N.º 27972

5. Ley N.º 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

6. Ley N.º 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

III. HECHOS OBSERVADOS

De la documentación analizada se advierte que los cementerios municipales antes mencionados no cuentan con los siguientes requisitos obligatorios:

Autorización sanitaria de funcionamiento otorgada por la autoridad de salud.

Instrumento de Gestión Ambiental (EIA o PAMA) aprobado.

Certificado de habilitación.

Licencia municipal de funcionamiento.

Licencia de construcción para las infraestructuras existentes.

Programas sanitarios de control (desratización, desinsectación).

Asimismo, se ha constatado que las observaciones formuladas por la autoridad sanitaria no han sido levantadas a la fecha.

IV. ANÁLISIS LEGAL

1. Responsabilidad de la Municipalidad

De acuerdo con la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, las municipalidades son responsables de la administración, regulación y control de los cementerios ubicados en su jurisdicción.

En ese sentido, corresponde a la Municipalidad Distrital de Comas:

Gestionar la autorización sanitaria.

Garantizar el cumplimiento de condiciones técnicas y sanitarias.

Controlar las construcciones dentro del cementerio.

Supervisar las actividades funerarias.

La ausencia de estas condiciones constituye un incumplimiento de la normativa vigente.

2. Construcciones ejecutadas por organizaciones sociales

Se ha advertido que organizaciones sociales denominadas:

·                    ATTICA

·                    ATTICUNA

estarían realizando inversiones en infraestructura dentro de cementerios municipales, tales como:

Construcción de nichos

Cerco perimétrico

 Velatorio

Capilla

Oficinas administrativas

Servicios higiénicos

Sin embargo, no existe evidencia de convenios, contratos o concesiones formalmente aprobados por la Municipalidad Distrital de Comas que autoricen dichas intervenciones.

3. Uso de bienes públicos

Los cementerios municipales constituyen bienes de dominio público, cuya administración corresponde exclusivamente al gobierno local.

Por lo tanto:

-Ninguna organización privada o social puede invertir, construir o explotar económicamente un cementerio público sin autorización formal.

-Cualquier intervención sin convenio constituye uso irregular de bienes públicos.

4. Posible aprovechamiento económico

Las inversiones realizadas por organizaciones externas podrían estar vinculadas a:

-Venta de nichos

-Cobro por entierros

-Administración de velatorios

-Control de espacios funerarios

Lo cual podría constituir explotación económica irregular de un servicio público municipal.

V. CONCLUSIONES

1 Los cementerios municipales no cuentan con autorización sanitaria ni con los requisitos técnicos exigidos por la normativa vigente.

2 Las observaciones realizadas por la autoridad sanitaria no han sido levantadas por la Municipalidad Distrital de Comas.

3 Se ha identificado la participación de organizaciones sociales en la construcción de infraestructura dentro de los cementerios sin evidencia de convenios formales con la municipalidad.

4 Esta situación podría configurar uso irregular de bienes públicos y explotación económica informal de un servicio municipal.


La actual gestión municipal en manos de la alcaldesa (e) Mónica Acuña Jara tiene la obligación legal de explicar por qué razones, o motivos ilegales, mantiene en el cargo de “coordinadora de cementerios” a la trabajadora Anita Sandoval Casallo. Y es esta misma la que es objeto de una investigación preparatoria a raíz de una denuncia penal presentada en su contra por la ciudadana Jessica Yulissa Vento como denunciante y ante el segundo despacho de la Primera Fiscalía Anticorrupción de Lima Norte  con denuncia con carpeta fiscal Nº 435-2023...  Anita Sandoval según la investigación fiscal labora en el área de la subgerencia de Salud, pero en ningún caso como COORDINADORA DE CEMENTERIOS, ya que ese cargo no existe según el ROF y el MOF de MUNICOMAS.

Cabe resaltar que la denuncia penal contra la SANDOVAL CASALLO viene desde el año 2023 y no se ha hecho algo por remediar la permanencia de la denunciada en el área donde se produjo la presunta comisión del delito de COHECHO PASIVO IMPROPIO que conlleva una pena de 5 a 8 años de prisión efectiva, tanto Ulises Villegas prófugo ex alcalde así como Mónica Acuña, actual alcaldesa, sigue protegiendo a esta trabajadora municipal sin el menor reparo. Lo cual podría ser una muestra de que goza de protección al más alto nivel y no solo de la alcaldesa sino de su jefe inmediato que es el subgerente de salud, el sacamuelas Wilmer Johan Reyes Ramírez y por supuesto el jefe de jefes, el filosofo y futbolero gerente Héctor Asencios Carranza de quien nadie se explica como ha llegado hasta ese puesto... de zanganear en un PARMET donde lo envió Ulises Billegas, a pasar a la gerencia de Desarrollo Social y de la  Mujer: fina cortesía de Mónica Acuña. ¿Por qué? Vaya usted a saber.


➤Al final de la presente nota, queda flotando en el aire la respuesta a la obvia pregunta del inicio:

¿por qué debería pagarle Karina Solano Anchante, según la versión del trabajador municipal, Federico Vargas Alvarado, la suma de 2,300 soles a la “asociación” que no es otra que ATTICA? A la empresa que no cuenta con algún documento oficial que le permita hacer labores de algún tipo dentro de los tres cementerios municipales de Comas, al menos no oficial ni legalmente hasta donde se sabe...

 

Anónimo 9 de marzo de 2026 a las 10:32 a.m.

La misma alcaldesa, Mónica Acuña, reconoció en su discurso, el día de la inauguración del cerco perimétrico del cementerio Mártires 19 de julio, que esa obra era de una asociación amiga y que a cambio la muni les daba facilidades para el desempeño de sus trabajos en el cementerio, claro que no dijo que esas facilidades era la construcción de cientos de nichos para ventas a futuro a precios escandalosos aprovechando el dolor y la premura de tiempo de los deudos, tampoco dijo una palabra sobre las obritas construidas, la capilla, la plancha metálica sobre grueso soportes metálicos que sirve como velatorio, la oficina administrativa con SS HH a medio construir, si hasta oficina propia tienen los sinvergüenzas de la asociación, se dice que ATTICA habría invertido casi medio millón de soles en esas obras, ¿a cambio de qué? hablen corruptos, empezando por la Sandoval Casallo, el sacamuelas y el filósofo, la calabaza no se queda atrás y el prófugo tampoco.


CONTINUARÁ.

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viernes, 31 de julio de 2026

🚨 ¡OTRA MENTIRA MÁS EN CAMPAÑA! A INDEPENDENCIA SE LE RESPETA 🚨


El candidato Evans Sifuentes sigue armando un cuento de hadas con la seguridad del distrito. Ahora sale a decir que él construyó "la primera central de monitoreo de Lima Norte". ¡FALSO de toda falsedad! ❌

Vecino, ten memoria e infórmate: En Lima Norte no somos ignorantes. Para el año 2009, el distrito vecino de Los Olivos ya tenía en funcionamiento una central de monitoreo equipada en la parte alta de su "Palacio de la Juventud" (Casa de la Juventud). Cuando Sifuentes recién llegó a la alcaldía en 2011, la tecnología de videovigilancia ya corría por Lima Norte desde hacía años. ¡Deje de inventar hitos históricos! El Ermitaño tiene historia: Así como miente con las cámaras, miente diciendo que creó las rondas urbanas en 2012. La vigilancia comunitaria nació del sudor y valentía de nuestros fundadores en El Ermitaño en los años 60, cuando se protegían las calles a punta de silbato y organización popular. 🏛️ Y las casetas tampoco son suyas: Esos módulos de dos pisos que usa de fondo para sus fotos no son obra distrital, son los módulos PARMET financiados y entregados por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Basta de engañar para conseguir votos. Las obras hechas por Lima Metropolitana y los logros del pueblo no deben mal utilizarse en un folleto de campaña. ¡¡¡Independencia ya despertó!!!! ¡¡¡Miénteles a otros, al pueblo se le respeta!!!👎👎👎👎👎

Durante la gestión de la alcaldesa Susana Villarán, se construyeron y entregaron dos (2) Puestos de Auxilio Rápido Metropolitano (PARMET) en el distrito de Independencia.

La inauguración y entrega oficial de estos dos módulos se realizó el 4 de noviembre de 2014. Ambas estructuras fueron ubicadas en zonas estratégicas seleccionadas por las juntas vecinales debido a sus altos índices de delincuencia. La construcción de estas dos sedes estuvo a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima y demandó una inversión total de 298 mil 682 nuevos soles.

La gestión del alcalde Evans Sifuentes Ocaña en Independencia (2011-2018) planificó un total de seis (6) Puestos de Auxilio Rápido (PAR) distritales e interdistritales mediante proyectos de seguridad ciudadana integrados con la Mancomunidad de Lima Norte.

A diferencia de las iniciativas metropolitanas, estas infraestructuras se articularon para funcionar de manera descentralizada bajo el control del Serenazgo local y el patrullaje integrado.


📄Uno de los casos que a nuestro juicio muestra de cuerpo entero a Evans Sifuentes Ocaña como un sujeto corrupto y cínico fue la designación de Rubén Rivera Chumpitaz a quien designó como subgerente de Contabilidad infringiendo las normas de dicha época como veremos a continuación...

Rivera Chumpitaz se titula en 2009 como CP y es designado en 2011, es en base a esa primera designación trucha y luego Evans Sifuentes lo va llevando de la mano hasta designarlo en 2013, gerente de Administración y finanzas y en 2015 culmina con la designación como la máxima autoridad municipal, nada menos que la gerencia municipal en tan solo 4 años.

Los requisitos que regían en INDEPENDENCIA para los cargos que obtuvo Rivera Chumpitaz durante su permanencia en dicho municipio eran los siguientes:

  • Subgerente de Contabilidad (2011): Título profesional universitario en Ciencias Contables, colegiatura y habilitación vigente. Requería especialización en Contabilidad Gubernamental o Finanzas públicas y experiencia mínima de tres a cuatro años en jefaturas contables del sector público.
  • Gerente de Administración y Finanzas (2013): Título profesional en Administración, Contabilidad, Economía o afines. Exigía conocimientos certificados en el Sistema Administrativo Municipal y un mínimo de cinco años de experiencia general, con no menos de tres años ocupando cargos directivos en gestión pública.
  • Gerente Municipal (2015): Formación universitaria (Titulado) en Derecho, Economía, Administración o afines. Se le exigía título de maestría o estudios de postgrado, y una amplia experiencia acreditada (generalmente de cinco a seis años) en gerencia pública, dirección de personal y modernización del Estado.

No hay ningún documento oficial, currículum público ni registro que certifique que RUBEN RAFAEL RIVERA CHUMPITAZ contaba con experiencia laboral contable real en ese periodo.


1. El vacío de la "Supuesta" Experiencia (2009 - 2011)

No hay rastro oficial: No existe constancia en el Sistema Electrónico de

Contrataciones del Estado (SEACE), órdenes de servicio, ni resoluciones

previas que acrediten que el señor Rubén Rafael Rivera Chumpitaz haya

ejercido funciones jefaturales en el sector público o privado durante esos

dos años.

Insuficiencia temporal: Incluso si se asumiera que trabajó desde el primer

día posterior a su titulación en 2009, el tiempo físico transcurrido hasta su

nombramiento en 2011 es matemáticamente inferior a los 3 años mínimos

exigidos por el clasificador de cargos para una Subgerencia de

Contabilidad. Por ende, no existía forma legal de convalidar dicho

requisito.

2. La nulidad en cadena (Efecto Dominó)

Como bien señala, en el derecho administrativo peruano prima el principio de legalidad y causalidad:

Si la designación de 2011 como Subgerente de Contabilidad es nula por no

cumplir el perfil mínimo de experiencia previa, el tiempo que permaneció

ilegalmente en ese puesto no genera experiencia válida para el Estado.


Para sus posteriores designaciones como Gerente de Administración

Finanzas (2013) y Gerente Municipal en 2015, la oficina de Recursos

Humanos de la Municipalidad de Independencia contabilizó y validó esos

años como "experiencia directiva en el sector público".


Al restarse esos años —por provenir de un acto viciado en 2011—, el sujeto

queda automáticamente sin la experiencia requerida para los cargos más

altos. El resto de las designaciones devienen en técnicamente nulas, ya

que se usó un "derecho aparente" y un récord laboral viciado para saltar a

las gerencias.     

3. Responsabilidad Penal Directa

Bajo este escenario real, la Contraloría procesa estos casos bajo el delito de Nombramiento y Aceptación Ilegal de Cargo (Artículo 381 del Código Penal). El argumento central de la fiscalía en estos casos es precisamente que el funcionario "fraguó" su ascenso en la administración pública escalando peldaños mediante designaciones de confianza que arrastraban una ilegalidad de origen.

·         El Acto de Origen Viciado (2011): La investigación del blog demuestra que el investigado se tituló en 2009 y que a la fecha de su designación como Subgerente de Contabilidad (2011) transcurrieron menos de los 3 años de experiencia exigidos. Al no haber registro ni tiempo físico material para acumular dicha experiencia profesional, la resolución de designación constituye un acto delictivo por parte de quien lo nombró y de quien lo aceptó.

·         La Experiencia "Viciada" o "Contaminada" (2013 y 2015): Nuestra investigación puede demostrar ante la fiscalía que los cargos de Gerente de Administración y Finanzas (2013) y Gerente Municipal (2015) se sostuvieron sobre un récord laboral "ficticio e ilegal". Al ser nulo el cargo de 2011, los años acumulados en él no pueden computarse legítimamente como experiencia específica de dirección pública para acceder a las gerencias del más alto nivel.

·         El Perjuicio al Correcto Funcionamiento de la Administración Pública: El delito tipificado en el artículo 381 no requiere un perjuicio económico; se consuma de forma instantánea al vulnerar el principio de legalidad, la idoneidad del servicio civil y las normas de control de SERVIR para el acceso a plazas de confianza.


📄Algo anecdótico sobre estos 2 sujetos es el hecho de haber sido separados del expediente judicial 4950-2020 poco tiempo antes del inicio del juicio oral contra Ulises Villegas y sus cómplices por el delito de colusión agravada contra  la muni de Independencia, vale recordar que ambos sujetos eran alcalde y gerente municipal respectivamente cuando ocurrieron los hechos por los que sentenciaron condenatoriamente a Villegas Rojas y su banda...

¿Por qué razones fueron separados del caso este par? Misterios del Orinoco, suponemos que fue por alguna leguleyada como la excepción de naturaleza de acción y el secretismo que rodeó este juicio a pesar de ser mediático por el figuretismo de Villegas Rojas, quien actualmente sigue prófugo de la justicia.

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PALABRA DE MUJER… MENTIROSA 🤡

📄 Hace muy poco, Mónica Acuña Jara - alcaldesa de Comas, publicaba un flyer en redes sociales donde suelta de huesos decía cojudeces como e...