lunes, 9 de marzo de 2026

ANALISIS DE LA SITUACIÓN SANITARIA Y LEGAL DE LOS CEMENTERIOS DE COMAS

 

Hemos revisado y analizado la información y, desde el punto de vista legal, administrativo y de gestión pública, la situación que se describe es bastante delicada. Hacemos un análisis ordenado para que tengan claridad sobre las implicancias.

1. Situación sanitaria y legal de los cementerios

El informe señala que los cementerios “Luz Eterna”, “Paz y Libertad” y “Mártires 19 de Julio” presentan incumplimientos graves de la normativa sanitaria y administrativa.

Entre los documentos que no existen o no fueron presentados están:

  • Autorización sanitaria de funcionamiento
  • Estudio ambiental (EIA o PAMA) aprobado
  • Certificado de habilitación
  • Licencia municipal de funcionamiento
  • Licencia de construcción
  • Programa de desinfección y desratización

Esto significa que operan sin cumplir requisitos básicos del reglamento sanitario.

El informe también concluye que:

  • La Municipalidad de Comas es la responsable de regularizar estos cementerios.
  • Las observaciones hechas por la autoridad sanitaria no han sido levantadas.

2. Responsabilidad institucional de la Municipalidad

El punto más importante es este:

Los cementerios son municipales.

Por lo tanto, la Municipalidad es responsable de:

  1. Obtener la autorización sanitaria.
  2. Gestionar las licencias.
  3. Garantizar las condiciones sanitarias.
  4. Controlar las obras dentro del cementerio.

Si todo esto no se ha cumplido, existe responsabilidad administrativa municipal.

3. Intervención de asociaciones (ATTICA y ATTICUNA)

Aquí aparece el aspecto más preocupante jurídicamente.

Según indican:

  • Son organizaciones sociales de base.
  • No existe convenio con la Municipalidad.
  • Sin embargo:
    • Construyen nichos
    • Construyen cerco perimétrico
    • Hacen velatorio
    • Construyen capilla
    • Construyen oficinas administrativas

Esto genera una situación irregular o potencialmente ilegal.

4. Problemas legales que se pueden configurar

1. Uso de bienes públicos sin autorización

Los cementerios municipales son bienes de dominio público.

Nadie puede: construir, invertir, explotar económicamente

sin: concesión, convenio, contrato o autorización municipal formal.

Si no existe documento, podría ser ocupación irregular del bien público.

2. Posible administración paralela del cementerio

Si estas asociaciones: construyen nichos, venden espacios, o administran servicios funerarios entonces se podría estar configurando: administración informal de un servicio público municipal. Eso es muy grave.

3. Posible aprovechamiento económico

La pregunta es muy válida: ¿Por qué invertirían dinero en un cementerio público?

Las posibilidades usuales en este tipo de casos son: 1. Venta de nichos 2. Cobro por entierros
3. Cobro por velatorios 4. Control de espacios funerarios

Es decir, podría existir explotación económica informal del cementerio.

4. Riesgo de responsabilidad de funcionarios

Si las autoridades municipales permitieron esto, podrían configurarse: omisión de funciones, abuso de autoridad ó administración irregular de bienes públicos

En algunos casos incluso responsabilidad penal si hubo: tolerancia indebida, beneficio económico ó falta de control deliberada.

5. Problema sanitario grave

Además del aspecto administrativo, hay un riesgo sanitario real:

Un cementerio sin: autorización sanitaria, estudio ambiental, control de lixiviados, control sanitario

puede generar: contaminación del suelo, contaminación de agua subterránea, proliferación de vectores.

Por eso la norma permite incluso clausura sanitaria.

6. Lo más irregular de todo el caso

Lo que más llama la atención en el informe y en lo que mencionan es:

1. Cementerios funcionando sin autorización sanitaria
2. Obras construidas sin licencia de construcción
3. Obras hechas por asociaciones privadas sin convenio
4. Posible explotación económica informal

Esto configura un vacío de control municipal muy grave.


7. La hipótesis es correcta

La pregunta central:

¿A cambio de qué invierten estas organizaciones dinero en un cementerio público?

Desde el análisis institucional, la respuesta lógica es:

  • Construcción informal de nichos
  • control del entierro
  • venta de espacios funerarios
  • manejo del velatorio
  • influencia en la administración del cementerio.

Si eso ocurre sin contrato con la municipalidad, sería una situación irregular que debe investigarse.

8. Lo que jurídicamente se debería hacer

Las acciones institucionales normales serían:

1. Auditoría municipal del cementerio
2. Revisión de ingresos por nichos
3. Verificación de contratos o convenios
4. Intervención sanitaria
5. Regularización o recuperación administrativa

Incluso podría intervenir: Contraloría, Fiscalía, Autoridad de salud.

CONCLUSIÓN

El informe confirma que los cementerios municipales de Comas funcionan sin cumplir requisitos sanitarios ni documentarios, y además existiría intervención de asociaciones sin convenio formal, lo que puede implicar:

  • uso irregular de bienes públicos
  • explotación económica informal
  • responsabilidad administrativa municipal.

1. INFORME TÉCNICO – LEGAL

Situación de los Cementerios Municipales del Distrito de Comas

INFORME TÉCNICO – LEGAL N.º ___ – 2026

I. ANTECEDENTES

De acuerdo con los informes de fiscalización emitidos por la autoridad de salud, se ha verificado la situación administrativa, sanitaria y legal de los cementerios municipales del distrito de Comas denominados:

  • Cementerio “Luz Eterna”
  • Cementerio “Paz y Libertad”
  • Cementerio “Mártires 19 de Julio”

Las intervenciones de supervisión realizadas por la Dirección de Redes Integradas de Salud (DIRIS Lima Norte) determinaron que dichos cementerios no cumplen con los requisitos técnicos, sanitarios y documentarios exigidos por la normativa vigente.

II. BASE LEGAL

  1. Ley N.º 26298 – Ley de Cementerios y Servicios Funerarios.
  2. Decreto Supremo N.º 003-94-SA
    Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios.
  3. Decreto Supremo N.º 093-2021-SA
    Modificación del Reglamento de Cementerios y Servicios Funerarios.
  4. Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N.º 27972
  5. Ley N.º 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
  6. Ley N.º 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

III. HECHOS OBSERVADOS

De la documentación analizada se advierte que los cementerios municipales antes mencionados no cuentan con los siguientes requisitos obligatorios:

  • Autorización sanitaria de funcionamiento otorgada por la autoridad de salud.
  • Instrumento de Gestión Ambiental (EIA o PAMA) aprobado.
  • Certificado de habilitación.
  • Licencia municipal de funcionamiento.
  • Licencia de construcción para las infraestructuras existentes.
  • Programas sanitarios de control (desratización, desinsectación).

Asimismo, se ha constatado que las observaciones formuladas por la autoridad sanitaria no han sido levantadas a la fecha.

IV. ANÁLISIS LEGAL

1. Responsabilidad de la Municipalidad

De acuerdo con la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, las municipalidades son responsables de la administración, regulación y control de los cementerios ubicados en su jurisdicción.

En ese sentido, corresponde a la Municipalidad Distrital de Comas:

  • Gestionar la autorización sanitaria.
  • Garantizar el cumplimiento de condiciones técnicas y sanitarias.
  • Controlar las construcciones dentro del cementerio.
  • Supervisar las actividades funerarias.

La ausencia de estas condiciones constituye un incumplimiento de la normativa vigente.

2. Construcciones ejecutadas por organizaciones sociales

Se ha advertido que organizaciones sociales denominadas:

  • ATTICA
  • ATTICUNA

estarían realizando inversiones en infraestructura dentro de cementerios municipales, tales como:

  • Construcción de nichos
  • Cerco perimétrico
  • Velatorio
  • Capilla
  • Oficinas administrativas
  • Servicios higiénicos

Sin embargo, no existe evidencia de convenios, contratos o concesiones formalmente aprobados por la Municipalidad Distrital de Comas que autoricen dichas intervenciones.

3. Uso de bienes públicos

Los cementerios municipales constituyen bienes de dominio público, cuya administración corresponde exclusivamente al gobierno local.

Por lo tanto:

  • Ninguna organización privada o social puede invertir, construir o explotar económicamente un cementerio público sin autorización formal.
  • Cualquier intervención sin convenio constituye uso irregular de bienes públicos.

4. Posible aprovechamiento económico

Las inversiones realizadas por organizaciones externas podrían estar vinculadas a:

  • venta de nichos
  • cobro por entierros
  • administración de velatorios
  • control de espacios funerarios

Lo cual podría constituir explotación económica irregular de un servicio público municipal.

V. CONCLUSIONES

  1. Los cementerios municipales no cuentan con autorización sanitaria ni con los requisitos técnicos exigidos por la normativa vigente.
  2. Las observaciones realizadas por la autoridad sanitaria no han sido levantadas por la Municipalidad Distrital de Comas.
  3. Se ha identificado la participación de organizaciones sociales en la construcción de infraestructura dentro de los cementerios sin evidencia de convenios formales con la municipalidad.
  4. Esta situación podría configurar uso irregular de bienes públicos y explotación económica informal de un servicio municipal.
La actual gestión municipal en manos de la alcaldesa (e) Mónica Acuña Jara tiene la obligación legal de explicar por qué razones o motivos ilegales, mantiene en el cargo de “coordinadora de cementerios” a la trabajadora Anita Sandoval Casallo, la misma que es objeto de una investigación preparatoria, a raíz de una denuncia penal presentada en su contra por la ciudadana, Jessica Yulissa Vento como denunciante, ante el segundo despacho de la primera fiscalía anticorrupción de Lima Norte, la denuncia con carpeta fiscal Nº 435-2023, la denunciada según la investigación fiscal labora en el área de la subgerencia de salud, pero en ningún caso como COORDINADORA DE CEMENTERIOS, ya que ese cargo no existe según el ROF y el MOF de MUNICOMAS.
Cabe resaltar que la denuncia penal contra la SANDOVAL CASALLO viene desde el año 2023 y no se ha hecho algo por remediar la permanencia de la denunciada en el área donde se produjo la presunta comisión del delito de COHECHO PASIVO IMPROPIO que conlleva una pena de 5 a 8 años de prisión efectiva, tanto Ulises Villegas prófugo ex alcalde así como Mónica Acuña, actual alcaldesa, sigue protegiendo a esta trabajadora municipal sin el menor reparo, lo cual podría ser una muestra de que goza de protección al más alto nivel...

CONTINUARÁ...


sábado, 7 de marzo de 2026

COMAS CUESTA ABAJO EN SU RODADA


📄Marzo de 2026, a escasos 9 meses de terminar esta podrida y corrupta gestión, que inició con Ulises Villegas Rojas cuya gestión marcada por una gigantesca corrupción en todos lo niveles de MUNICOMAS. No quedó una sola área libre de las garras del gatito:


Un solo ejemplo nos permite mostrar prueba de lo decimos, esa maniobra gangsteril de unificar Catastro con Obras privadas al modificar el ROF y colocar ahí a un sujeto inescrupuloso como Ronald Tomás Malásquez Ramos, quien con todo el cinismo del mundo aceptó el cargo a pesar de que sabía que no cumplía con el perfil de idoneidad requerido por la ley 31419 y reglamento, DS 053. Han pasado dos años y dos meses y el tipejo sigue firme como una roca, nadie se alarma y pitea por este escandaloso caso de corrupción, ni el procurador, ni el OCI, de los regidores sabemos que esperar algo de ellos es como pensar que los chanchos vuelan y los pollos maman.

De igual manera están los otros funcionarios de confianza señalados por este blog, no de ahora sino desde el comienzo de la gestión villeguista, algunos de ellos confirmados por la actual alcaldesa, Mónica Acuña Jara, la que parece clon de Villegas. Ahí tenemos a la subgerente de Riesgo de desastres, Evelyn Vicente Muñoz; al caradura del subgerente de Licencias de funcionamiento, Eduardo Franco Aguilar Gonzales; el subgerente de Fiscalización y bachiller en sociología, Abel Peralta Quiroz y la lista sigue...


Pero el tema central del presente articulo es otro y tiene que ver con los escandalosos casos de dos contrataciones con una misma empresa, PERÚ DISEÑOS Y SERVICIOS GENERALES SAC, para el recojo de residuos solidos y desmonte en Comas… el primero en 2023 y parte de 2024 por un monto de 1’307,820 soles, que luego aumentara misteriosamente a 1’613,300 soles, monto con el que se firmó el contrato de marras. El segundo contrato firmado con PERÚ DISEÑOS lleva la misma marca de corrupción que ha primado en esta gestión desde sus inicios, nos referimos al contrato Nº 0162024-OGA-MDC, producto del concurso público Nº 001-2024-CS/MDC por un monto de 1’708,090 soles, cuya finalidad era el recojo de residuos sólidos, desmonte de Comas por un año (12 meses) o lo que llegara primero, el problema es que el único de estos contratos que está en investigación fiscal y policial es el primero y del segundo no saben nada, ni la Fiscalía ni la DIRCOCOR. ¿Hasta cuándo seguirá este manto de silencio? Vaya uno a saber, pero, nosotros seguiremos en lo nuestro dando a conocer lo que sabemos y los documentos con los que contamos.

De la precisa denuncia hecha por el procurador municipal de Comas, el abogado Humberto Hidalgo Reátegui, al segundo despacho de la Primera Fiscalía anticorrupción nos queda muy claro que los funcionarios denunciados, así como la representante legal de la empresa y el técnico en contrataciones del estado de la muni comeña, serían culpables del delito de COLUSIÓN AGRAVADA -art5. 384 del CP-. Mismo delito por el que fue sentenciado el prófugo ex alcalde y jefe de los investigados: Ulises Villegas.

La denuncia es tan precisa y exacta que no necesita de mayores explicaciones o análisis, el asunto es sencillo, hubo una concertación de voluntades entre los funcionarios de MUNICOMAS: ENRIQUE ANAMPA VILCHEZ, el subgerente de limpieza pública; KELLY CACHIQUE ALIAGA, gerente OGA; LEONCIO SICCHA PUNIL, gerente de DESARROLLO AMBIENTAL; JOSÉ JAYME NAVEDA, especialista en contrataciones y la representante legal de la empresa PERÚ DISEÑOS Y SERVICIOS GENERALES y YASMIN JESÚS CASTILLO COCHELLA.

La denuncia del procurador sigue paso a paso los tejes y manejes de estos sujetos en su afán de perjudicar a la muni con sus malas artes como veremos a continuación.




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lunes, 2 de marzo de 2026

R de A Nº 013-2026-AL/MDC, UN POCO TARDE Y CON SERIOS PROBLEMAS


📄NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES

Es un caso complejo, pero bastante común en la gestión pública municipal, donde la designación de perfiles técnicos sin cumplir los requisitos de ley suele desencadenar un efecto dominó de nulidades administrativas.

Aquí compartimos un análisis legal y administrativo basado en la normativa peruana (específicamente la Ley 29090 y la Ley 27444):


1. Sobre la validez de las resoluciones firmadas por Malásquez

Esta es la pregunta del "millón". En el derecho administrativo peruano, existe el principio de presunción de validez, pero este tiene límites claros:

  • Nulidad de Pleno Derecho: Según el Artículo 10 de la Ley 27444 (LPAG), los actos administrativos son nulos cuando son dictados por un órgano incompetente por razón de la materia o cuando contravienen la Constitución o las leyes.
  • El dilema: Si Malásquez no cumplía con el perfil profesional (ser Arquitecto o Ing. Civil colegiado) para presidir comisiones técnicas de la Ley 29090, sus actos podrían ser declarados nulos.
  • ¿Írritas o Válidas? Generalmente, para no perjudicar a los ciudadanos (terceros de buena fe) que ya obtuvieron sus licencias, la administración suele aplicar la conservación del acto administrativo. Sin embargo, si un tercero afectado impugna una licencia firmada por él, tiene altas probabilidades de ganar debido a la "incapacidad técnica legal" del firmante.

2. La responsabilidad del Procurador Público

El Procurador tiene la obligación legal de intervenir. No es opcional.

  • Aceptación indebida de cargo: Tanto quien designa (el Alcalde, Gerente Municipal, o Subgerente de RR.HH ) como quien acepta (Malásquez) pueden haber incurrido en el delito de Nombramiento o Aceptación Ilegal de Cargo Público (Art. 381 del Código Penal).
  • Omisión de funciones: Si el Procurador Humberto Hidalgo tiene conocimiento de estas irregularidades y no actúa, él mismo podría ser denunciado por omisión de funciones.

3. El caos administrativo: ¿A dónde van los expedientes?

La creación de dos comisiones "parche" para separar Catastro de Obras Privadas parece un intento tardío de regularizar la situación, pero genera una barrera burocrática:

  • Confusión de competencias: El hecho de que mencionen que los administrados deben ir ahora a oficinas de Inversiones (Hoyos Ponce) o Desarrollo Urbano (Calizaya) sugiere una desnaturalización de los flujos establecidos en el TUPA.
  • Riesgo de Silencio Administrativo: Si el cambio de oficinas y comisiones genera retrasos, los ciudadanos podrían acogerse al Silencio Administrativo Positivo, lo cual es un riesgo para la municipalidad si los proyectos no cumplen con los parámetros técnicos.

 

Resumen de la situación técnica

Para clarificar por qué es tan grave que un Ingeniero Geógrafo presida estas comisiones, aquí tienen el esquema legal:

📄Conclusión y Opinión

Lo que se describe es una deficiencia estructural sistemática en esa municipalidad. Al repetir el mismo patrón desde 2016, la gestión demuestra que prioriza la confianza política sobre la legalidad técnica.

Nuestra opinión: Las resoluciones de Malásquez están viciadas de nulidad. Si bien la municipalidad intentará "congelar" el problema para evitar demandas masivas de nulidad de licencias, el Procurador debería estar ya mismo formulando la denuncia penal por el Art. 381. De lo contrario, la impunidad de los casos anteriores (Cervantes y Ávalos) seguirá siendo la norma.

Para que esta denuncia o queja ante la Contraloría (OCI) sea efectiva, no basta con la narrativa de los hechos; debe centrarse en la vulneración de la legalidad administrativa y el perjuicio al servicio público.

Aquí tienen una estructura técnica y legalmente fundamentada que pueden adaptar. Este esquema se enfoca en el incumplimiento de la Ley 29090 (Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones) y la Ley 31419 (Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública).

Aparte de lo analizado hasta este punto, nos queda claro el cinismo, la frescura y la corrupción de esta gentuza, Malásquez Ramos se da cuenta de que no es la persona idónea para presidir dichas comisiones técnicas ya que él es ingeniero geógrafo sin experiencia alguna para el cargo de subgerente de obras privadas y catastro, ya que la ley 29090 exige el título de ingeniero civil o arquitecto, para resolver este impase no ve otra salida que elaborar el informe Nº 021-2026-SGOPC-GDU/MDC de fecha 30 enero 2026.

Dos años y un mes está en el cargo y Malásquez Ramos ahora quiere sacar la vuelta a su responsabilidad administrativa y penal al haber aceptado de manera indebida el cargo de funcionario de confianza para la subgerencia de Obras privadas y catastro el 02 de enero de 2024. 

La misma responsabilidad le alcanza a los desgraciados que lo nombraron y lo avalaron con el informe de verificación de datos Nº 2504-2023ORRHH-OGA/MDC mediante el cual aceptaron el SÍ CUMPLE en todos los aspectos que exige el DS 053, lo cual es totalmente falso de toda falsedad, responsabilidad de la ex GM Fanny Flores Purizaca y el subgerente de RR HH, Chi Atuncar.

jueves, 26 de febrero de 2026

LA MISMA MRDA 💩 (CAPITULO 2)

LA MISMA MRDA 💩 (CAPITULO 2)

Hola sufridos cómeños que siguen cayendo cojudamente  en los tentáculos de los políticos, que nos usan inescrupulosamente abusando de nuestra fe y buena voluntad ,decía el gato no habido en su campaña por allá en el 2,022: “Mi nombre no aparecerá en ninguna infraestructura, vehiculo etc. etc. etc. de propiedad de la muni de Comas”… a partir del 01 de enero del 23  se zurro en su promesa y apareció en cuanta piedra, papel higiénico usado y elemento en el cual pudiera poner su cara ,su nombre, etc. etc. Nos acostumbramos tanto a esta práctica ladina que, como si fuera una novela turca esperábamos el tiktok del día anunciando una obra, una malacrianza o cualquier cojudez que le interesara publicar, lo mismo con sus esclavos CAS y locadores que tenían si o si que difundir bajo la amenaza de quedar desocupados, como que se dieron casos, ya que Yuriko y sus esbirros chequeaban el cumplimiento de esta imperial orden del casi Dios.

El cara de pavo del GM de la Doña reunió a sus funcionarios para dar directivas, en el mejor estilo del Gato, para que mediante ellos, sus CAS y locadores masifiquen los TikTok de la alcaldesa en campaña, la misma que inaugura obras que el gato dejo listas o en proceso y se irroga su gestión, que cara de palo, bueno es un segundo alcalde que traiciona, algo que ya no llama la atención.

Y para despedirme, les hago una pregunta… ¿qué xuxa hace su hijo Alvarito metido en el despacho de alcaldía? ¿es el primer caballero? ¿No trabaja? al menos en la muni NO, sería un caso descarado de nepotismo. ¿Alguien cobrara por él? ¿¿¿¿¿¿ASESOR??????, bueno es uno de los bebes de la madre soltera…

 

¿QUE PASA EN LA SUBGERENCIA DE SERENAZGO DE COMAS?

Sr. director.

Es lamentable que estos casos sucedan solo en Comas......

Nos informan que los patrulleros de Serenazgo están parados en las avenidas, solo haciendo acto de presencia ya que NO CUENTAN CON MUCHO COMBUSTIBLE.

¿Qué dirán los artífices de la Seguridad Ciudadana de Comas?

¿O le tirarán la culpa al dueño del grifo?

Aquí todo pasa...

Hasta un intento frustrado de suicidio…que no pudo ser atendido por el “paramédico” de utilería que hay en el serenazgo comeño, como todos los demás, salvo el paramédico bombero. Hasta de jefes de operaciones caídos del cielo o recuperados del rio Chillón... O famosos elementos que solo están de pasada como Montufar Lezama, Reyes Rosales........que solo quieren congraciarse en el puesto hasta fin de año........


¿Por qué no podemos ser un mejor distrito? gente que paga sus impuestos HAY....

Pero lo que uno con tanto esfuerzo paga recibe CUALQUIER COSA MENOS UN FUNCIONARIO DE VERDAD.

PARA REFLEXIONAR HASTA MORIR EN EL INTENTO...


➤¿𝙎𝙊𝙈𝙊𝙎 𝙐𝙉 𝙋𝘼𝙄́𝙎 𝙋𝙊𝘽𝙍𝙀… 𝙊 𝙐𝙉 𝙋𝘼𝙄́𝙎 𝙎𝙄𝙉 𝙑𝙀𝙍𝙂𝙐̈𝙀𝙉𝙕𝘼?🤔




En Japón, cuando un político roba, no solo pierde el cargo.

Pierde el honor.

Pierde la reputación.

Pierde su vida pública para siempre.

En el Perú pasa lo contrario:

Robó… y vuelve a postular🤑.

Mintió… y lo entrevistan como experto.

Traicionó… y lo reciclan como “opción política”.


𝐘 𝐥𝐮𝐞𝐠𝐨 𝐧𝐨𝐬 𝐩𝐫𝐞𝐠𝐮𝐧𝐭𝐚𝐦𝐨𝐬 ¿𝐩𝐨𝐫 𝐪𝐮𝐞́ 𝐬𝐞𝐠𝐮𝐢𝐦𝐨𝐬 𝐩𝐨𝐛𝐫𝐞𝐬?

Seamos honestos:

el Perú no es pobre.

Es uno de los países con más recursos del planeta.

Cobre, oro, gas, pesca, agricultura, turismo, biodiversidad, ubicación estratégica.

Lo que nos falta no es plata.

Lo que nos falta es vergüenza.👨‍🦯


𝐉𝐚𝐩𝐨́𝐧 𝐧𝐨 𝐞𝐬 𝐫𝐢𝐜𝐨 𝐩𝐨𝐫 𝐜𝐚𝐬𝐮𝐚𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝

Después de la Segunda Guerra Mundial, Japón estaba en ruinas.

No tenía petróleo.

No tenía minas.

No tenía tierras agrícolas abundantes.


¿𝐄𝐧𝐭𝐨𝐧𝐜𝐞𝐬 𝐪𝐮𝐞́ 𝐭𝐞𝐧𝐢́a?

Tenía una cosa que aquí nos cuesta aceptar:

vergüenza social.

🚫Un político japonés que roba no sobrevive políticamente🚫

Su familia queda marcada.

🚫Su nombre queda manchado🚫

Nadie lo contrata. Nadie lo invita. Nadie lo defiende.

No porque la ley sea más dura… sino porque la sociedad lo desprecia.

 𝐄𝐧 𝐞𝐥 𝐏𝐞𝐫𝐮́ 𝐞𝐥 𝐜𝐨𝐫𝐫𝐮𝐩𝐭𝐨 𝐧𝐨 𝐞𝐬 𝐫𝐞𝐜𝐡𝐚𝐳𝐚𝐝𝐨… 𝐞𝐬 𝐝𝐞𝐟𝐞𝐧𝐝𝐢𝐝𝐨

El corrupto tiene hinchada🙋:

Tiene abogados. Tiene periodistas. Tiene trolls. Tiene votantes.

Y lo peor: tiene gente pobre que lo defiende🙋.

“Robó, pero hizo obra.” “Todos roban.” “Peor era el otro.” 

“Es persecución política.”


𝐄𝐬𝐚 𝐦𝐞𝐧𝐭𝐚𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐞𝐬 𝐥𝐚 𝐪𝐮𝐞 𝐧𝐨𝐬 𝐦𝐚𝐧𝐭𝐢𝐞𝐧𝐞 𝐩𝐨𝐛𝐫𝐞𝐬.

No nos roban solo dinero: Nos roban futuro. Nos roban hospitales.

Nos roban escuelas. Nos roban carreteras.

Nos roban oportunidades...

Y aun así, los aplaudimos.


𝐋𝐚 𝐯𝐞𝐫𝐝𝐚𝐝𝐞𝐫𝐚 𝐭𝐫𝐚𝐠𝐞𝐝𝐢𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐏𝐞𝐫𝐮́,

No es que tengamos políticos corruptos.

Eso existe en todos los países.

La tragedia es que aquí la corrupción no da vergüenza.

Da votos. Da poder. Da posibilidades Da oportunidades

Mientras el corrupto siga teniendo futuro político, el país no lo tendrá 🚫.

𝐄𝐧𝐭𝐨𝐧𝐜𝐞𝐬, ¿𝐪𝐮𝐞́ 𝐧𝐨𝐬 𝐟𝐚𝐥𝐭𝐚?

No nos falta plata. No nos faltan recursos. No nos falta talento.

Nos falta algo más básico:

Vergüenza.✅

Memoria.✅

Dignidad.✅

Un país empieza a cambiar el día que el corrupto ya no puede volver.


𝐀𝐡𝐨𝐫𝐚 𝐝𝐢𝐦𝐞 𝐭𝐮́:

¿𝐃𝐞 𝐯𝐞𝐫𝐝𝐚𝐝 𝐬𝐨𝐦𝐨𝐬 𝐮𝐧 𝐩𝐚𝐢́𝐬 𝐩𝐨𝐛𝐫𝐞…𝐨 𝐬𝐨𝐦𝐨𝐬 𝐮𝐧 𝐩𝐚𝐢́𝐬 𝐪𝐮𝐞 𝐩𝐞𝐫𝐝𝐢𝐨́ 𝐥𝐚 𝐯𝐞𝐫𝐠𝐮̈𝐞𝐧𝐳𝐚?🤔


Sigue pendiente la nota sobre SOY LA SARA DEL FEO ORTIZ, recuerdan a la loca esa que increíblemente sigue operando como funcionaria pública en Independencia, después de su paso por ATE donde dejó numerosas víctimas de su carácter y descarada corrupción, ahora la tenemos de protagonista de un bochornoso caso de falta de respeto al jefe de la DIVPOL NORTE 2, Crnel. PNP Derwin Hidalgo.

Chau hasta la próxima, si la piden...

domingo, 22 de febrero de 2026

🤑LAS PRESIONES PARA RENOVAR DEFENSA CIVIL🤑

 

📄Cuando el 03 de noviembre de 2020, Guillermo de Vivanco, RECONOCIDO COLUMNISTA DE el montonero ESCRIBIÓ “corrupción municipal”, señalaba con toda precisión el camino que seguiría la corrupción en este peliagudo tema que ha empeoraDO A LA ENÉSIMA POTENCIA SI ESO ES POSIBLE.



Han transcurrido 5 años, dos meses y 19 días desde que Don Guillermo de Vivanco escribiera estas palabras y las cosas se han puesto peor, aunque parezca imposible, la corrupción que había por esos años ha aumentado a niveles pandémicos con el agravante de la impunidad, corrupción más impunidad: Dios nos coja confesaos. Cuánta razón tenía y tiene De Vivanco, es el peor trámite burocrático y el que les da el mango de la sartén a los inspectores ITSE y a sus jefes, los subgerentes o gerentes de Riesgo de desastres y Defensa civil municipales en todo el país.

Son dioses sobre la tierra, son dioses del olimpo criollo, su palabra es ley y sus decisiones y exigencias son inapelables, salvo por el poderoso caballero o las órdenes del funcionario o alcalde de turno.

Si a esto le sumamos la grosera incapacidad e ineptitud de los funcionarios a cargo de esas subgerencias, tenemos el menú completo con una buena dosis de corrupción e impunidad al rojo vivo. Ya lo decía en su nota Don Guillermo de Vivanco: “Piden imposibles ante un hecho consumado: rociadores contra incendios sin que existan cisternas que los alimenten, escaleras contra incendios cuando ya todo está construido y no hay donde ubicarlas, señaléticas, anchos de pasadizos, tamaño de los pasos en las escaleras”, etc.





Ahora en 2026 estos inspectores técnicos en seguridad de edificaciones actúan cuales inspectores de Singapur o Hong Kong, íntegros, dignos, honestos cuando en realidad su objetivo es “jalar” al administrado para obligarlo a recurrir a la 🤑“ayuda”🤑 del inspector. Si llegan a hacer ITSE hasta en caso de riesgo medio o bajo. 

En el caso específico de Comas, la subgerente registra desde 2023 a la fecha, cientos de silencios administrativos positivos sin sanción alguna y con casos escandalosos de locales aprobados a la tercera ITSE, que no existe en el DS 002-2018-PCM, ya que en esa instancia procede una VISE, una subgerente que nunca ha calificado para el puesto por no contar con la experiencia general y específica que exige el DS Nº 053, REGLAMENTO DE LA LEY 31419… tan fácil que es revisar el CUL de EVELYN VICENTE MUÑOZ🐀 y salir de todas las dudas.





ANALISIS DE LA SITUACIÓN SANITARIA Y LEGAL DE LOS CEMENTERIOS DE COMAS

  Hemos revisado y analizado la información y, desde el punto de vista legal, administrativo y de gestión pública , la situación que se desc...