viernes, 15 de enero de 2016

¿PODER JUDICIAL ¿SUPERCORRUPTO?



La gran mayoría de peruanos sabemos que una de las instituciones más  corruptas que tenemos es el Poder Judicial junto a la Fiscalía y el Congreso. Muy de cerca le sigue la PNP, esa policía a la que ahora se pretende presentar como víctima de continuas agresiones y que jueces y fiscales sancionan con penas severas que no guardan proporcionalidad con lo sucedido; sancionar con penas que no imponen a tantas personas por delitos realmente graves.
Pero lo que ahora quiero presentar es lo que a mí me parece y espero que después de la lectura de esta nota, piensen igual que yo, nada más que eso. Bueno, aquí vamos:

Cuando la jueza Catalina Llerena Rodríguez, del Cuarto Juzgado Penal de Lima Norte, sentencia a dos años de prisión condicional a Miguel Ángel Saldaña Reátegui, junto a su coprocesado José Goycochea Rodríguez por Delito Contra el Medio Ambiente, lo hizo –suponemos- por la lectura de dicha sentencia que reflejaba los hechos merituados por todos los actores intervinientes: la Fiscal de Prevención para los delitos contra el ambiente, los profesionales de la DIGESA y de la RED DE SALUD TÚPAC AMARU, así como las declaraciones de los demás procesados.
En suma, la lectura de lo ocurrido no podía ser más clara y objetiva: en Comas se instaló un basurero municipal en la zona de Tambo Río, basurero que fuera intervenido por la Fiscal Fibet Mamani, encontrándose gran cantidad de basura dejada allí por los camiones de la Municipalidad de Comas y que era segregada y posteriormente vendida por personal municipal del SUTRAMUN. Más claro ni el agua.
Pero el problema empieza cuando Miguel Saldaña apela el fallo y se va  la Sala Superior, que en este caso fue la Primera, integrada por los vocales LECAROS CHÁVEZ, TERREL CRISPÍN y QUIROZ SALAZAR. Estos personajes absolvieron al apelante basándose en premisas tan cuestionables y tan deleznables, que recién la sentencia absolutoria fue conocida públicamente hace menos de un mes. Sentencia que jamás fue apelada por el Fiscal a cargo del caso en esta instancia. La Procuraduría brilló por su ausencia, y Saldaña Reátegui quedó más contento que perro con dos colas.
Solo para que ustedes juzguen la conducta de estos magistrados: en el párrafo quinto y sexto de la resolución (se aprecian las acciones destinadas a lograr un fallo absolutorio para Saldaña) se preguntan: ¿Quiénes son los acusados? Uno es el alcalde de Comas y el otro es un ciudadano común y corriente, ¡SI GOYCOCHEA NO TENÍA LA CALIDAD Y CONDICIÓN ESPECIAL DE SALDAÑA REÁTEGUI!
Hay más: ¿Qué responsabilidad podía tener el alcalde? si hay otros funcionarios que se ocupaban de estos temas.
En el párrafo sexto los citados vocales llegan al paroxismo cuando dicen que no hay medio de prueba idóneo que vincule objetivamente al acusado, Saldaña Reátegui, con los hechos denunciados. Se preguntan los magistrados: ¿El acusado, Saldaña Reátegui, ejecutó u ordenó alguna acción peligrosa o de riesgo contra el medio ambiente?... luego, se contestan ellos mismos: Las constataciones y los medios de prueba actuados no comprueban objetivamente que él hubiera creado un riesgo y peligro para el medio ambiente de la ciudad. Y terminan señalando que si para acreditar que, Saldaña Reátegui, tenía conocimiento o por orden de él  ejecutaban los actos por lo que estaba siendo juzgado, la policía y la fiscalía debieron ejecutar una investigación prolija y consistente dentro de un plazo razonable.
El resto es una suma de actos con tesis jaladas de los cabellos por estos honestos y respetables magistrados. Se confirma la sentencia del acusado común y corriente (GOYCOCHEA), y se absuelve al acusado MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI, en quien no dan los criterios de creación o provocación de riesgos o un estado de peligrosidad para el medio ambiente.

Pero. Siempre hay un pero. Los probos magistrados se olvidaron que, en los archivos del municipio y de las oficinas de la OCI y de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, existen documentos que prueban hasta la saciedad que el absuelto alcalde, don Miguel Saldaña Reátegui, sí tenía conocimiento, no solo de la existencia de este basurero municipal, sino que él avaló con su firma la Resolución de Alcaldía Nro. 945-2009, que aprobara el servicio de arrendamiento de dicho terreno; terreno donde funcionaba el basurero municipal que fuera intervenido por la fiscalía.

Pero hay más, mucho más:

En el informe Nro. 06-2008-2-2171, “Examen Especial a la Recolección y Transporte de  Residuos Sólidos” que le fuera enviado a Saldaña Reátegui, mediante oficio Nro. 19-2009-OCI/MC de fecha 05-02-2009, se le informaba que la Planta de Transferencia (eufemismo para denominar al Basurero Municipal) no cumplía con las exigencias legales y sanitarias, ya que no cuenta con la autorización de DIGESA ni con la autorización de la Municipalidad de Lima Metropolitana. Asimismo, se señala que el personal, que allí se encuentra reciclando, trabaja para el SUTRAMUN sin observar lo dispuesto por la ley 27314.
Ojo, este informe llegó a manos de Saldaña Reátegui tres (3) meses antes de la intervención fiscal de Junio de 2009.
Así qué, señores vocales de la PRIMERA SALA PENAL DE LIMA NORTE, ¿CÓMO QUE EL ACUSADO MIGUEL ANGEL SALDAÑA REÁTEGUI, ALCALDE DE COMAS, DESCONOCÍA  LA EXISTENCIA, Y TODO LO QUE PASABA EN DICHO LUGAR?





EN NUESTRA PRÓXIMA EDICIÓN, LA HOJA INFORMATIVA Nro. 43-2009-OCI/MC Y El OFICIO Nro. 387-2009-OCI/MC.

SRA. KEIKO FUJIMORI: HAY APOYOS QUE RESTAN, Y EL DE SALDAÑA Y ÁUREA… ¡CUIDADO!


Seguiremos informando.

1 comentario:

  1. por fin salto la liebre, ya nos parecia raro que la sentencia absolutoria no apareciera por ninguna parte, es que son tan jalados de los cabellos los argumentos de los vocales , mas parecian abogados defensores de Miguel Saldaña que magistrados probos e imparciales, las pruebas presentadas en el blog son demoledoras, Saldaña conocia y no solo eso él firmó u ordeno la firma del contrato de arrendamiento del terreno donde funcionaba el basurero municipal, alli esta la Resolucion de Alcaldia 945-2009, no cantes victoria Saldaña que todavia no has ganado, los delitos contra el medio ambiente son delitos contra los derechos humanos y alli esta la CIDH de San Jose de Costa Rica, ya veras

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