viernes, 20 de septiembre de 2024

PODER JUDICIAL DEBE INVESTIGAR ESTOS HECHOS: ULISES VILLEGAS SE NIEGA A PAGAR LA CTS A LOS JUBILADOS DE LA 728 Y 276


 ¿Cuál es el tiempo máximo que tiene una empresa para realizar el pago de la liquidación? •

El pago de la liquidación debe realizarse dentro de las 48 horas de producido el cese. En caso no se cumpla con el pago en este periodo, el empleador deberá asumir los intereses que se generen desde la fecha en la que debió pagar hasta la fecha en la que se realizó el pago de manera efectiva.

• ¿Qué documentos se deben entregar junto con la liquidación? •

La empresa está obligada a entregar un certificado de trabajo que indique el tiempo de los servicios y la naturaleza de las labores desempeñadas, así como una constancia de cese que le permita al trabajador disponer del fondo de CTS que tenga acumulado en la entidad financiera al momento del término del vínculo.

 ¿Qué pasa con mi liquidación si me despiden del trabajo? •

La liquidación de beneficios debe ser pagada independientemente del motivo del cese, sea renuncia, despido o mutuo disenso. En caso haya un despido, este debe ser sustentado en una causa justa que tenga que ver con la capacidad o la conducta del trabajador. Si el despido no obedece a una causa justa, el trabajador podrá exigir el pago de una indemnización por despido arbitrario con un tope máximo de 12 remuneraciones.

• ¿Cómo calcular las indemnizaciones? •

Para un trabajador que tiene contrato indeterminado, la indemnización equivale a una remuneración y media ordinaria mensual por cada año completo de servicios prestados. El máximo es de 12 remuneraciones.

En el caso de los trabajadores que laboraron días, meses o años, la indemnización equivale a una remuneración y media mensual dividida entre 12 o entre 30, según corresponda.

Para los trabajadores con contrato sujeto a modalidad, la indemnización equivale a una remuneración y media ordinaria mensual por cada mes dejado de laborar, hasta el vencimiento del contrato. El límite en este caso también es de 12 remuneraciones.

- Este concepto no está sujeto a ningún descuento, por lo que se debe entregar de manera íntegra.

- Los trabajadores también pueden optar por la reposición en su puesto de trabajo en lugar de la indemnización por despido arbitrario.

•¿Qué pasa si la empresa no cumple con pagarme íntegra u oportunamente la liquidación? •

El trabajador puede acudir a la Sunafil y presentar su denuncia de forma presencial o virtual. La Sunafil también puede extender la constancia que le permita al trabajador retirar su CTS en caso la empresa no cumpla con este procedimiento.

No pagar u otorgar íntegra y oportunamente las remuneraciones y beneficios laborales a los trabajadores es una infracción grave. Las sanciones se determinan según el tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados. Si es una microempresa, la multa oscila desde los S/506 hasta los S/2070. Si es pequeña empresa, entre los S/2070 y los S/20 700. Y si es una empresa que no es mype, desde los S/7222 hasta los S/120 152.


Ok, de manera simple pero efectiva los amigos de la SUNAFIL nos han explicado los 6 pasos a seguir para cobrar los beneficios laborales que adeudan, en este caso, los municipios a sus extrabajadores. Algo que llama particularmente nuestra atención es aquello de las 48 horas que deben transcurrir entre el cese de las actividades del extrabajador y el pago de cuando menos de 10,000 soles como adelanto de su CTS, hecho que casi nunca ocurre por la sevicia de los alcaldes y sus funcionarios. Este siendo el caso de Comas y la larga lucha de más de 30 obreros para cobrar sus beneficios laborales, sin éxito, por supuesto. Lucha que en algunos casos conlleva más de 10 años, inclusive dándose el caso de trabajadores que han llegado a fallecer en este desigual reclamo por un derecho: no un favor o una dádiva ni un regalo. Un derecho.

En el caso puntual de los ex obreros de MUNICOMAS, tenemos una larga lista de beneficiarios sin cobrar y lo único que reciben como respuesta es “para el próximo año, no hay plata, estamos viendo su caso” y cojudeces por el estilo. No interesa quién sea el alcalde de turno o los funcionarios del momento, todos estos miserables tienen un común denominador: la maldad y el servilismo con el alcalde. En algunos casos también concurre la maldad pura y dura del subgerente de Recursos Humanos o jefe de Personal. El nombre del cargo no interesa para los fines correspondientes, es la misma vaina, no hay pagos.

A continuación, veamos la relación de víctimas de este malvado atropello a los legítimos derechos de estas humildes personas, que ya están cansadas de luchar contra estas lacras pagadas de sí mismos y su poder ocasional, poder para hacer daño con su inmensa corrupción.

Obreros Municipales jubilados que todavía no cobran:











martes, 17 de septiembre de 2024

LAS FLORES DEL PANTANO, EVELYN, CLAUDIA, ELIZABETH, PAMELA Y OTRAS YA TIENEN QUIEN LES PONGA EL PARCHE Y CON YAYA.

 


Durante las últimas semanas hemos estado recibiendo innumerables denuncias, quejas y reclamos contra los continuos abusos de la ejecutora coactiva administrativa de Comas, la abogada egresada de la César Pellejo, Claudia Mayori Manziny Lazo y su adu, el bachiller en Derecho y auxiliar coactivo, Fernando Rivero Segura, un oscuro personajillo que ganara una convocatoria que apestaba a trafa de a cuadras el año pasado.

La sujeta en mención abusa de su condición de ejecutora coactiva para zurrarse en las leyes, le daba igual si era el RASA o el CUISA de Comas, la ley 27444 (Procedimientos Administrativos) y la ley 26979 (Ejecución Coactiva), con argumentos pueriles o estúpidos declaraba la improcedencia de las apelaciones de los agraviados. Los reclamos o denuncias sobre la negativa de la tipeja a respetar las leyes, caían en saco roto, de nada valían los argumentos presentados en los escritos: la Manziny tiraba para adelante como la elefante, si de por medio había silencios administrativos positivos o caducidad del Procedimiento Sancionador, le interesaban un carajo a la coactiva de marras. En los pocos meses de nombrada se ha cagado en la tapa del órgano y tiene cientos de administrados con embargos de sus cuentas bancarias y del dinero del administrado, con constancias de exigibilidad sin respetar las reconsideraciones, apelaciones o nulidades de los actos administrativos, hasta que como a todo chancho, le llegó su San Martín en la persona de César Gonzales Asociados, un inteligente y reputado ex resolutor municipal y fundamentalmente conocedor del monstruo municipal por dentro.

¿Pero quién es la Manziny Lazo, de dónde viene y cuál es su experiencia laboral previa antes de ganar por concurso público su puesto en Comas? Las respuestas no son nada agradables para los sufridos comeños, que llevan ya 20 meses y medio en este entramado de corrupción.

La señora en cuestión es una egresada de una de esas universidades de medio pelo a las que SUNEDU no le da de baja por el poder político de su dueño, el politiquero César Acuña, dueño de APP. Abogada desde 2017 y ha pasado por varios municipios de cuarta o quinta clase, según la clasificación que rige para los municipios del país, veamos pues, la “experiencia laboral” de la “experimentada” ejecutora coactiva administrativa de Comas, contratada por Fanny Flores Purizaca, nada menos, otra “experimentada” funcionaria que ostenta el cargo de gerente municipal, nada menos.

Claudia Manziny ha sido auxiliar coactiva por un breve periodo de tiempo en Punta Negra y en el 2021 mediante la R. de A. Nº 148-2021/MDP fue designada ejecutora coactiva hasta que se eligiera a la nueva y eso duró escasamente un mes. En 2022 fue designada sub gerente de Fiscalización tributaria en la muni de Pucusana, aceptando el cargo, pese a que el MOF de Pucusana exige los siguientes requisitos para dicho puesto:


La vez que Manziny postuló a un municipio de mediano nivel como Lince quedó por las patas de los caballos, como se puede ver en el siguiente cuadro:



Y esta dama es ahora la ejecutora coactiva administrativa de Comas que lleva sobre sus espaldas la impresionante cantidad de 100 demandas de revisión judicial por una serie de irregularidades y abusos contra los administrados en el sufrido distrito comeño.

 

 

miércoles, 11 de septiembre de 2024

EN COMAS NO HAY NI LEY NI ORDEN

 

Este blog y su director venimos denunciando desde el inicio de la gestión que gobierna el distrito, las irregularidades o tal vez deberíamos decir delitos que cometen de forma sistemática y reiterante los funcionarios de confianza de la gerente municipal, ing. geógrafa de nombre Fanny Flores Purizaca, designada de forma irregular para ese delicado puesto.

Una de las áreas más afectadas por la pésima designación de malos funcionarios es la gerencia de Desarrollo económico y sus dos sub gerencias; tanto la de Riesgo de desastres y defensa civil como la de Licencias y promoción empresarial. Sin que esto signifique que el resto de áreas se encuentre libre de pecados o delitos.

Pero quien nos ocupa nuevamente nuestro tiempo y espacio es la insoportable infractora de la ley, la sub gerente de Riesgo de desastres y defensa civil, para variar también es ing. geógrafa: Evelyn Vicente Muñoz. En algún momento tuvimos la peregrina idea de que esta señora iba a entrar en razón con los 4 fallos de INDECOPI contra MUNICOMAS o mejor dicho, contra su persona al ser ella la jefa de dicha oficina, pero no, nada de eso, al contrario, tanto ella como sus locadoras de servicios, ubicadas en la plataforma de atención persisten en imponer barreras burocráticas a granel a los administrados y con el descaro de decirle a los agraviados que se quejen donde quieran y eso es cierto, porque en MUNICOMAS no hay donde quejarse, ni siquiera el libro de reclamaciones pone coto a estos abusos, solo queda INDECOPI con los gastos que esto representa.

No hay autoridad que pueda solventar las quejas de las personas afectadas, nada funciona en esta nefasta gestión: el gerente OCI solo se dedica a hacer informes de control, que sirven para sus estadísticas y que muy rara vez llegan a la Contraloría General de la República. Para las investigaciones y sanciones del caso: el Procurador Municipal no sirve, está pintado. Y según la ley orgánica de municipalidades, los regidores están para fiscalizar, eso está escrito en el papel y el papel aguanta todo reza un dicho, pero en Comas como en la gran mayoría de distritos no pasa nada con esa sarta de traidores a sus vecinos que confiaron en ellos como freno a los alcaldes corruptos.

Pero volvamos a lo que nos ocupa, INDECOPI ha emitido 4 fallos en contra de Comas por NO ACATAR LOS SILENCIOS ADMINISTRATIVOS POSITIVOS y la directa responsable no es otra que la señora Evelyn Vicente Muñoz, no es el alcalde ni la GM, es únicamente dicha funcionaria, la misma que está gratis en ese puesto, porque no califica para el cargo. La Vicente Muñoz jamás había sido funcionaria antes de llegar a Comas, ¿cómo podría tener experiencia general y mucho menos específica para tal puesto? Pero, nos gustaría mostrar un pequeño resumen de sus constantes negativas a acatar el silencio administrativo positivo en favor de los administrados y víctimas al mismo tiempo.





Así como estos expedientes con reclamos de silencios administrativos positivos tenemos cientos de reclamos que fueron ignorados y que a la postre, terminaron en sendas multas y clausuras de locales comerciales por el capricho y la arrogancia de esta pésima funcionaria de confianza, ¿confianza de quién? No del pueblo comeño, por cierto.




sábado, 7 de septiembre de 2024

PAMELA COCHACHÍN, QUE BRAVA ERES


Todas la información mostrada abajo corresponde al paso de Pamelita Cochachín García en la Municipalidad de Los Olivos en 2022:


Pero hay en su resolución de alcaldía que la designa como sub gerente de Licencias y Defensa Civil un grave problema: el MOF de ese municipio exige como requisitos para dicho cargo, requisitos que la Cochachín no tenía y no tiene, ni para Los Olivos ni para Independencia ni para Comas.






Ahora que ya terminamos de ver lo concerniente a  Los Olivos, veamos lo de Independencia en una pasadita a vuelo de pájaro. 

A continuación los dejamos con parte del extenso informe de la Contraloría que nos informa al respecto:



Ok, cero y van dos municipios: Independencia y Los Olivos.

Ahora veamos, ¿qué pasa en MUNICOMAS con esta señorita tan avezada en sus aventuras laborales, todas rayanas con el delito? Según el MOF de Comas, los requisitos para el cargo de sub gerente de Promoción Empresarial y del empleo se requiere de título profesional, ojo, que el reclamo del blog es totalmente legítimo, de acuerdo a los dispuesto por la Contraloría, si los requisitos exigidos por la ley 31419 y su DS 053, son muy suaves, se puede recurrir al MOF de la entidad, tal como hizo el gerente OCI de Comas en su informe de control 017-2023-OCI.



Conclusión: tres municipios y tres designaciones plenamente irregulares, que conforme a ley constituyen delito de nombramiento indebido y aceptación indebida de cargo, art. 381 del Código Penal vigente.

martes, 3 de septiembre de 2024

BARRERAS BUROCRÁTICAS EN MUNICOMAS


 A riesgo de parecer cargosos con el tema de las barreras burocráticas ilegales e irracionales en Municomas, nos vemos en la obligación de seguir adelante, ¿por qué? Muy sencillo de responder: porque en Comas no hay prensa. Solo mamarrachos mermeleros, que es lo único que han aprendido del mal periodismo, del periodismo de cloaca, de albañal, mientras día tras día, malos funcionarios, incapaces, ineptos y corruptos siguen destrozando la de por si alicaída economía del distrito comeño con sus extravagantes barreras burocráticas. Las mismas que parecen salidas de sus mentes plagadas del virus de la corrupción, a esta formula debemos añadir terquedad y rebeldía para atender y darse cuenta de sus absurdas medidas en contra de los administrados.


Comentábamos hace poco las resoluciones de INDECOPI en contra de la Municipalidad de Comas por no acatar el SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO, 4 sanciones, no una ni dos, cuatro. Y la responsable directa de estas barbaridades, que no es la municipalidad sino la responsable de dicha área (Riesgo de desastres y defensa civil) que no es otra que la ingeniera geógrafa, Evelyn Vicente Muñoz. Usted, yo o cualquier persona podría pensar que estas sanciones, que dicho sea de paso han sido apeladas, tendrían que haber puesto en vereda a esta funcionaria, pues no, nada de eso, al contrario, ahora les vamos a mostrar la nueva barrera burocrática que han impuesto las locadoras de servicio que atienden en la plataforma de defensa civil, en flagrante violación de la ley 31298, art. 3, literal 1, vean y juzguen por sí mismos.


Según el DS 002-2018-PCM, las ITSE para expedientes de Licencias de funcionamiento nuevas y renovación de certificados de defensa civil son dos inspecciones, no una inspección, riesgo bajo o medio, alto o muy alto, pero, dale la mula al trigo, ¿será terquedad o "me llega lo que diga INDECOPI"? De ser así, cabe la pregunta: ¿quién protege a esta señora y por qué? 

Comas necesita una respuesta de la gerente municipal de Comas, FANNY FLORES PURIZACA, responsable de la marcha administrativa de la gestión, esto de acuerdo a la ley orgánica de municipalidades, 27972, sin embargo debemos esperar una o más denuncias ante INDECOPI y luego, la intervención de alguna entidad o que autoridad pertinente... porque en Comas no hay control ni fiscalización de alguna clase, ni los regidores ni el OCI funcionan.



PODER JUDICIAL DEBE INVESTIGAR ESTOS HECHOS: ULISES VILLEGAS SE NIEGA A PAGAR LA CTS A LOS JUBILADOS DE LA 728 Y 276

•  ¿Cuál es el tiempo máximo que tiene una empresa para realizar el pago de la liquidación?  • El pago de la liquidación debe realizarse den...