📄HAN PRETENDIDO QUE LA INEFICIENCIA Y DESCONOCIMIENTO DE SUS FUNCIONARIOS CORRA A CUENTA, CARGO Y CULPA DE LOS ADMINISTRADOS...
➤Para ser sinceros no nos extraña
que en el Estado, pero especialmente en los gobiernos locales -lo peor de la
sociedad- con pésima formación y cero empatías con la colectividad, terminen de
funcionarios, especialistas y profesionales de estas entidades. Y por ello, a
64 años de creación del distrito de Comas, y obvio, 64 años de existencia de
este ente burocrático, sus autoridades persistan en seguir prometiendo mejoras
y obras, después de miles de los millones de soles que han administrado con las
consecuencias de atraso e ineficiencia que hasta hoy padecemos. Padecemos de
desconocimiento, de demora continua, de solicitud permanente, de requisitos
inventados, de desconocimiento de las instituciones legales, de simplificación
administrativa, contradicción administrativa, aprobación automática y silencio
administrativo positivo, entre otros tantos, que estos mismos angelitos creen
tener el derecho de impedir o inaplicar.
Veamos los casos más recurrentes. Casi todos los procedimientos a cargo de la Municipalidad de Comas, se encuentran listados en el TUPA, y estos en su gran mayoría son procedimientos de calificación previa con aplicación del silencio administrativo positivo, y el resto son procedimientos de aprobación automática. Las numerosas solicitudes de títulos habilitantes (Certificados, Autorizaciones, Constancias, Visaciones, Permisos, Registros, etc., etc.) se encuentran en este primer grupo del TUPA de la Municipalidad. Estas instituciones (de simplificación administrativa, contradicción administrativa, aprobación automática, y silencio administrativo positivo), el momento y las condiciones en que se producen, se encuentran perfectamente establecidas en la Ley 27444 y en el caso concreto de las solicitudes de Certificados ITSE, o su Renovación, además, con el Decreto Supremo 002-2018-PCM (reglamento de la ITSE) y en la Resolución Jefatural 16-2018-CENEPRED/J (Manual de ejecución de las ITSE). Los recurridos y exigidos Certificados ITSE o de Renovación, se encuentran entre los procedimientos de calificación previa con aplicación del silencio administrativo positivo, es decir aquellos que una vez vencidos los plazos de ley (plazos que para los procedimientos ITSE varían entre 7 a 9 días hábiles), luego de lo cual se produce el llamado silencio administrativo positivo, el certificado ITSE ficto, y el acto administrativo ficto que pone fin al procedimiento. Es decir, la ley ha previsto que, para el caso de los Certificados ITSE o su renovación, si vencido el plazo máximo establecido (es decir pasados los 7 a 9 días hábiles previstos en las normas y en el TUPA), la Municipalidad de Comas no ha dictado el acto administrativo o realizado la inspección ITSE, se ha producido entonces el silencio administrativo positivo, el certificado ITSE ficto, y el acto administrativo ficto que pone fin al procedimiento.
➤Este absurdo ha llegado a limites insostenibles, obligando a numerosos vecinos a recurrir al INDECOPI para denunciar las barreras burocráticas incurridas por los funcionarios de esta Municipalidad, y lograr el reconocimiento del silencio administrativo positivo, el certificado ITSE ficto, y el acto administrativo ficto que pone fin al procedimiento. Pero esta entidad, que se va a recibir de enemiga de los vecinos y el derecho, ahora ensaya otros absurdos que merecen tomarse en cuenta:
En los seguidos con el Expediente 329___-2025_-CEB/Indecopi, de un vecino X, ha respondido a la denuncia, señalando: “Que, de acuerdo a lo previsto por artículo 21° del Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, mi representada máximo en fecha __ de __________ del 20__ debió emitir la Renovación del Certificado ITSE, produciéndose así el Silencio Administrativo Positivo.
En ese sentido, se debe tener
presente lo normado en el inciso 2 del Artículo 35 del TUO de la Ley N° 27444 -
Ley de Procedimiento Administrativo General que señala: "Como constancia
de la aplicación del silencio positivo de la solicitud del administrado, basta
la copia del escrito o del formato presentado conteniendo el sello oficial de
recepción, sin observaciones e indicando el número de registro de la solicitud,
fecha, hora y firma del agente receptor. En el caso de procedimientos
administrativos electrónicos, basta el correo electrónico que deja constancia
del envió de la solicitud", es decir para su aplicación debió solicitar el
título habilitante y recién mediante expediente N° _____-20__ de fecha
__.__.20__, comunico a esta entidad edil la reapertura de su local y la
aplicación del Silencio Administrativo Positivo.”
Es decir, desconoce que mediante Art. 11º del DS. 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, se establece la formación del silencio administrativo positivo con las condiciones: 1) vencimiento del plazo de ley, 2) a la fecha del vencimiento del plazo de ley no se haya producido pronunciamiento del Órgano Ejecutante (acto administrativo) o no se hubiese realizado la ITSE (materializada en el Acta respectiva). Pretendiendo que el silencio administrativo se genera: no al cumplimiento de las condiciones establecidas con Art. 11º del DS. 002-2018-PCM, si no supuestamente a la presentación del escrito en el que se reclama este derecho😂. En esa lógica absurda que colisiona con mandato expreso de la ley, si el administrado no presenta nunca un escrito (como el que se han articulado con los 511 casos denunciados que se encuentran en la Procuraduría la Municipalidad de Comas) entonces no se produce el silencio administrativo positivo. Con el argumento señalado por la municipalidad, también desconoce que ponen fin al procedimiento, entre otras, el silencio administrativo positivo (núm. 197.1 del Art. 197º del TUO de la Ley 27444 ()), y que los “procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo positivo quedaran automáticamente aprobados en los términos en que fueron solicitados…” (núm. 199.1 del Art. 199º del TUO de la Ley 27444). Siendo claro que “… el silencio administrativo positivo tiene para todos sus efectos el carácter de resolución que pone fin al procedimiento… (núm. 199.2 del Art. 199º del TUO de la ley 27444). Asimismo, la municipalidad, desconoce que: “En los procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo, la petición del administrado se considera aprobada si, vencido el plazo establecido o máximo para pronunciarse, la entidad no hubiera notificado el pronunciamiento correspondiente…” (núm. 36.1 del Art. 36º del TUO de la ley 27444), agregando, en contradicción con el supuesto esgrimido por la denunciada que: “… no siendo necesario expedirse pronunciamiento o documento alguno para que el administrado pueda hacer efectivo su derecho, bajo responsabilidad del funcionario o servidor público que lo requiera” (núm. 36.1 del Art. 36º del TUO de la ley 27444) estableciendo claramente que el incumplimiento de esta última obligación como una falta administrativa grave del funcionario público, que a mérito de la calificación, debe merecer sanción.
➤Los abogados de la Procuraduría de la Municipalidad de Comas, para justificar esta y otros absurdos, han desarrollado una novísima teoría, alegando respecto a la denuncia de barrera burocrática ilegal, según la cual: a. El “supuesto desconocimiento del Silencio Administrativo Positivo no es una barrera burocrática” ilegal. b. El “supuesto desconocimiento del Silencio Administrativo Positivo tiene como finalidad cuestionar una política pública”. c. “Considerar barrera burocrática el desconocimiento del Silencio Administrativo Positivo es una medida desproporcionada”. d. “Considerar barrera burocrática el desconocimiento del Silencio Administrativo Positivo es una medida que genera costos a la entidad pública”😂😂😂.
Como era de esperarse, el Indecopi, ha respondido con una muy concreta y contundentemente afirmación, señalando que: “Finalmente, de la revisión de los descargos se advierte que la Municipalidad incurre en una confusión respecto del análisis que corresponde efectuar en el marco del Decreto Legislativo N° 1256. En efecto, al desarrollar el examen de carencia de razonabilidad, la entidad centra su argumentación en los eventuales costos o perjuicios que asumiría como entidad edil, tales como gastos administrativos, multas o procesos judiciales, cuando el análisis previsto por la norma está orientado a evaluar la carga que la medida impone a los agentes económicos, en este caso, al establecimiento del denunciante. El procedimiento de eliminación de barreras burocráticas no tiene por objeto proteger a la entidad frente a eventuales costos derivados del ejercicio de sus propias competencias, sino verificar si la medida impuesta genera exigencias, restricciones o efectos desproporcionados sobre los administrados, evidenciando una interpretación incorrecta del alcance del Decreto Legislativo N° 1256.” En otras palabras, el Indecopi, además de declarar, una vez más, como una barrera burocrática ilegal el desconocimiento del silencio administrativo positivo (incurrido por la denunciada Municipalidad de Comas, y materializado como siempre en ene actos de trámite y administrativos), le está advirtiendo a la mismísima Municipalidad de Comas y al pool de cinco abogados, que representan a esta entidad, que el bacín o bacinica está lejos, y que se atengan al principal porque las alegaciones que presentan son harina de otro costal, y que los actos de inconstitucionalidad que alegan, no son materia de la denuncia (ni por asomo o error), y que en cualquier caso se tramitan en otra sede estatal.
Por vergüenza ajena, los colegas del Indecopi se han abstenido de nombrarlos, literalmente, de acuerdo a su noble especie: burros, ganas no les habrá faltado, y para ser francos hubiese sido con toda propiedad.
➤No perdemos la esperanza, esperamos con ansias, que algún día los burros contesten con propiedad a las demandas y denuncias, que no se escondan tras artificios de malos abogados, que siempre apelan a la multiplicación de las denuncias, a la alegación de obscuridad, etc., y la presentación de “argumentos” propios de estudiantes de 2do ciclo de derecho, que al final son un gasto inútil y dañino para el Estado que representan, y encima nos hacen perder tiempo a los contribuyentes que les pagamos sus jugosos e inmerecidos sueldos. Bueno, con todo el respecto que nos merece el noble y sufrido animal, y esperando que la recua no se moleste por las indirectas… nos despedimos con un sincero rebuzno.
Atentamente,
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| Salomón Márquez |




Que puedo decir ante los argumentos que esgrime Salomón Márquez, nada, simplemente brutal, ha desasnado a los tinterillos que fungen de abogados de la procuraduría municipal comeña, empezando por su jefe el asno mayor, Humberto Hidalgo, algo más, no te hagas el burro con la denuncia de Percy Palomino contra la aún jefa de riesgo de desastres, Evelyn Vicente Muñoz.
ResponderBorrarEsa señora no debería estar un minuto más en MUNICOMAS, es un abuso que desde hace 3 años y 1 mes con 23, sea la todopoderosa subgerente de riesgo de desastres con tantas quejas y denuncias en su contra, quedan pendientes casos como el de las rocas fantasmas, la tercera ITSE al mercado UNICACHI en 2023, cuando correspondía una VISE, ya no está el padrone Billegas para la protección de la organizazione criminale a la sua bandita, grande donna.
ResponderBorrarSr. Burmester, deberían denunciar de una buena vez a ese pindongo de fiscalización, el tal Abel Peralta, es una ratita ya que no rata, no le da la talla, pero es un gran pendejo con ese tamaño, hasta ahora sigue abierto EL TORNILLO de Trapiche, como las huevas, con ellos no es el pleito, billegas, billegas y más billegas, porque gratis no es.
ResponderBorrarSerá verdad que el Acuñín de la tía calabaza está que arrasa con el material de la muni, con e3l cuento de que su mamita será la próxima alcaldesa de Comas por 4 años, no hay jerma que se le resista, mira pues, el chavalillo resultó mañosito.
ResponderBorrarEXPRESO 20 MARZO 2026
ResponderBorrarMilagros Jáuregui ‘da con palo’ a José Domingo Pérez: “Él fue una vergüenza; el país entero aplaude que ya no esté en la Fiscalía”
La congresista de Renovación Popular, Milagros Jáuregui, respaldó la decisión de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), que resolvió no ratificar en el cargo al fiscal José Domingo Pérez Gómez tras concluir su evaluación.
La parlamentaria cuestionó el desempeño del magistrado y consideró que su salida marca un cambio en la Fiscalía. Desde el Congreso, criticó su labor. “Él fue una vergüenza, una vergüenza”.
Asimismo, sostuvo que su actuación en el Ministerio Público respondió a criterios políticos. “Fue una persona que trabajó de forma sesgada, con una ideología tan marcada que lo llevó a actuar de manera injusta”, afirmó.
Proceso en la Junta Nacional de Justicia
El pleno de la JNJ adoptó la medida tras revisar la ponencia presentada por la magistrada María Teresa Cabrera Vega, quien expuso los fundamentos de la votación.
Los integrantes del organismo debatieron el desempeño del fiscal y emitieron sus votos. La mayoría respaldó la no ratificación, lo que determinó el fin de su permanencia en el sistema de justicia.
Galindo Sandoval, Serkovic Gonzales, Távara Córdova, Ríos Patio, Chanduví Cornejo y Cabrera Vega votaron a favor de la medida.
Ya era hora, solo falta que boten al lacra de Vela Barba y jueces además de vocales superiores y supremos como la Tello Gilardi, caviarones de mierda.
BorrarEn el caso de Evelyn Vicente Muñoz, subgerente de riesgo de desastres de Comas desde hace más de tres años y con la resolución de INDECOPI que la deja KO y sin defensa alguna, solo queda que la muni comeña aplique el PAD correspondiente y de pasarela la denuncia penal:
ResponderBorrarEl Silencio Administrativo Positivo (SAP) está regulado en la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N.º 27444).
Cuando la entidad no responde dentro del plazo, se entiende aprobada la solicitud automáticamente.
Por tanto: Todo lo actuado después de producido el SAP (multas, clausura, sanciones, ejecución coactiva) carece de sustento legal.
Posibles responsabilidades administrativas (PAD)
Aquí sí hay base sólida para un Proceso Administrativo Disciplinario (PAD) contra los funcionarios involucrados.
Posibles infracciones:
• Incumplimiento de funciones
• Actuación contraria a la ley (Ley 27444)
• Abuso de autoridad administrativa
• Emisión de actos nulos o ilegales
La responsabilidad administrativa es clara si se demuestra:
• Que conocían o debían conocer el SAP
• Que, pese a ello, continuaron con sanciones
La genial alcaldesa y abogada Mónica Acuña Jara, ha metido la pata hasta el fondo con el caso de las comisiones para catastro y obras privadas, ambas con diferentes funcionarios cuando la ley señala específicamente al subgerente de catastro y obras privadas, la tía se ha zurrado en el ROF cuando no tiene facultades para modificar una ordenanza, eso solo se hace con un acuerdo de concejo, hay delito de por medio.
ResponderBorrarMónica Acuña es de ese tipo de abogados que nunca han litigado, como Ulises, Miguel, Mantequilla y otros zánganos, abogados de nombre y paren de contar, ja ja ja.
ResponderBorrarFuertes rumores sobre el inminente cese de las actividades laborales de Evelyn Vicente Muñoz en la muni comeña después de tres años con una interrupción de un mes en diciembre de 2025, las malas lenguas cuentan que la renuncia habría sido puro toque para que le paguen sus beneficios al cash, no como a los jubilados y cesantes o sueldos de exfuncionarios que nunca se pagaron, para ellos no hay recursos, volvamos al caso Vicente Muñoz, la tipa no puede irse así como así, sin castigo vía PAD y la respectiva denuncia penal, hay delitos en sus actos funcionales, no como dicen algunos cretinos que su jefa no ha hecho algo malo, en todo caso, serían cuestiones administrativas, no imbéciles, de eso hay, pero también hay delitos, no uno, sino varios delitos, pero aquí lo que si es fácil de probar es la sistemicidad y reiteración en la comisión de los delitos, para empezar hay 511 casos denunciados.
ResponderBorrarSi existen múltiples casos similares, podría configurarse:
• Responsabilidad funcional grave
• Responsabilidad institucional
• Eventualmente organización para actos arbitrarios (si se prueba coordinación)
Esto ya justificaría:
• Intervención de Contraloría General de la República
• Denuncias ante el Ministerio Público
5. Punto crítico jurídico (muy importante)
El argumento central es correcto:
“Si hubo silencio administrativo positivo, todo lo actuado después es ilegal”.
INDECOPI ya lo ha confirmado en este caso.
Eso convierte el hecho en:
• No un error menor, sino
• una vulneración directa del debido procedimiento administrativo
GESTIÓN 20 MARZO 2026
ResponderBorrar“Grati” a CAS y alza de pensiones a maestros: Velarde dice que “se está debilitando al país”
El Congreso de la República, en solo unos días, ha aprobado un conjunto de iniciativas que tendrán claramente un impacto sobre el fisco del Perú. Por ejemplo, el Parlamento dio luz verde a otorgar gratificaciones y Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a los trabajadores bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), cambios a la caja Militar Policial y elevar la pensión de los maestros jubilados desde un promedio de S/ 800 a S/ 3,300, solo por citar algunos ejemplos.
Es más, la propuesta legislativa que le daría “grati” y CTS a los trabajadores CAS ya recibió respaldo del Gobierno de José María Balcázar pese a que tendría un costo para el fisco de S/ 3,000 millones cada año y había sido cuestionada anteriormente.
En el pasado, el Poder Ejecutivo había insistido sobre los riesgos de estas iniciativas legislativas y el Consejo Fiscal (CF) ha sido tajante sobre el golpe que recibirían las cuentas fiscales pese a que el Tribunal Constitucional ya reconoció que el Congreso no tiene iniciativa de gasto.
A estos cuestionamientos se sumó Julio Velarde, presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). A la consulta de diario Gestión durante la presentación del Reporte de Inflación, Velarde subrayó que estos proyectos “no solo golpean al Tesoro Público, sino a todos”.
INFOBAE 20 MARZO 2026
ResponderBorrarLey Servir cambiaría: Trabajadores públicos pagarían su propia defensa legal si son denunciados
La Comisión de Trabajo y Seguridad Social ha aprobado un dictamen con un gran cambio para todos los servidores públicos del Estado. En casos de denuncias, procesos sancionadores, entre otros, donde los trabajadores necesiten de defensa legal, actualmente, estos tienen derecho a recibirla con cargo a los recursos de su entidad.
Esto es así según la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil. Esta señala que en caso de que se encuentra responsabilidad en el trabajador, este debe reembolsar a la entidad por los gastos realizados en su defensa.
Pero un dictamen aprobado por la Comisión de Trabajo del Congreso plantea voltear esto. Ya no el Estado asumiría este costo y luego se le cobraría al trabajador. Ahora los servidores públicos deberán gastar tiempo en conseguir su defensa legal y pagarla con su dinero, y solo si salen librados del asunto podrán pedir un reembolso al Estado de lo gastado.
La Crónica
ResponderBorrar🔴 ¡ALERTA MÁXIMA! Fernando Rospigliosi advierte que S. Luminoso y el M.R.T.A. buscan infiltrarse en el gobierno por la vía electoral. 🚨💣🇵🇪 La campaña política acaba de tocar el tema más sensible y polarizante de nuestra historia. El político Fernando Rospigliosi ha lanzado una advertencia que está sacudiendo las redes sociales, asegurando que los grupos subversivos tienen un nuevo plan de ataque.
🗣️ La táctica electoral: Sin filtros, Rospigliosi afirmó que el terrorism0 ha mutado sus formas. "Tras ser derrotados entre 1980 y 2000, S. Luminoso y el M.R.T.A. cambiaron de estrategia. Ya no buscan tomar el poder por las arm4s, sino infiltrarse en la política y llegar al gobierno por la vía electoral".
🗣️ Duro ataque a la justicia: Elevando el nivel de confrontación, salió en defensa de los uniformados y lanzó una letal acusación. "Un sistema judicial que acosa a las fuerzas del orden y protege delincuentes termina siendo cómplice", sentenció, criticando las investigaciones contra militares y policías. 🏛️💥 Desde nuestra tribuna te traemos las declaraciones más duras del tablero político para que tú saques tus propias conclusiones.
👇 ¿Consideras que Rospigliosi tiene razón y existen grupos extremistas infiltrados buscando ganar las elecciones, o crees que usar el fantasma del terrorism0 es una vieja táctica de campaña ('terruque0') para meter mied0 a los votantes?
La Crónica
ResponderBorrar🔴 ¡CONTUNDENTE! Julio Velarde sobre la inseguridad: "Prefiero tener medio punto menos de crecimiento, pero que a la gente no la maten". 🚨🏦🇵🇪 El debate sobre la criminalidad acaba de recibir un mensaje rotundo desde la entidad más técnica y calculadora del Estado. El presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), Julio Velarde, dejó atónitos a muchos al poner la vida de los peruanos por encima de cualquier estadística.
🗣️ La vida antes que el PBI: Durante la presentación de sus proyecciones económicas de este viernes, Velarde fue consultado sobre el impacto monetario de la ola de delincuencia y extorsiones. Lejos de dar una respuesta técnica, fue directo al corazón del problema: "Prefiero tener medio punto menos de crecimiento, pero que a la gente no la maten", sentenció la autoridad monetaria.
🗣️ El verdadero costo: Si bien diversas instituciones calculan que la inseguridad le roba al país miles de millones de soles cada año, las declaraciones de Velarde nos recuerdan que el costo más trágico de esta crisis no está en las planillas, sino en las calles.
🏛️💥Desde nuestra plataforma te traemos las declaraciones que marcan el pulso de la nación para que tú tengas la última palabra.
👇¿Consideras que este es el mensaje que todo el Gobierno debería tener como prioridad absoluta, o crees que la economía y la seguridad deben tratarse con la misma urgencia sin sacrificar ninguna de las dos?
En un escenario con 37 organizaciones políticas en contienda (34 partidos políticos y 3 alianzas electorales), el voto joven adquiere especial relevancia y se convierte en apetecible para todos. Ello explica la masiva preferencia de los candidatos presidenciales o parlamentarios para usar las redes sociales y diversas plataformas digitales, entre ellas TikTok, en sus campañas, porque se sabe muy bien que son los espacios en los cuales los jóvenes se mueven con comodidad, dejando casi en desuso los medios de comunicación tradicionales.
ResponderBorrarDice Roberto Ramírez Manchego en Hildebrandt en sus 13, que los streamers, influencers y podcasters más idiotas del medio ya han puesto precio a sus servicios sin el menor pudor. Eso era previsible. Han dejado de chocar autos, de protagonizar escándalos en la vía publica y exhibir su banal cotinieidad para enrolarse en el partido que le robó el nombre al programa social de John F. Kennedy, Alianza para el Progreso.
El marketing de estos influenciadores es simple y penoso, "Acuña les va a dar un bono a los jóvenes", "Acuña apoya a la juventud". No se puede esperar más de analfabetos funcionales que desayunan chizito, pasan el día jugando y beben vodka por las noches mientras transmiten en vivo cualquier estupidez que se les ocurra.
El analfabetismo funcional convertido en modelo de negocio. El orgullo de ser imbécil y ser feliz, fuerte pero real, veraz hasta la muerte, por desgracia no hay muchos Ramírez Manchego en este país.
Si pues, cuanta razón tiene ese señor Ramírez Manchego, votar por alguien como Acuña nos debería provocar arcadas y que este sujeto ruin, vil y oligofrénico use a esta clase de personas para marketearse es vomitivo, pero también nos pinta de cuerpo entero a los votantes, porque quien necesita de esta fauna para saber por quien votar es un infeliz que está robando oxigeno y está demás.
ResponderBorrarAhí no tienen como ejemplo vivo, que no nos han contado ya que lo vivimos en directo, 24/7, las cojudeces del tiktokero Ulises Villegas y como terminó, el sujeto que pechaba a las autoridades, que les enrostraba con desparpajo y caradura lo siguiente, "Dina si no sabes gobernar, ven a Comas, yo te enseño", si, como no, ahora enseña a ser prófugo sentenciado, ¿queremos a otro u otra tik tokera como alcalde o alcaldesa para 2027 a 2030? Noooooooo, nica.
ResponderBorrarEDITORIAL PERÚ 21 21 MARZO 2026
ResponderBorrarTe voy a contar un cuento
La cantidad de candidatos que ofrecen sandeces para conseguir votos es siempre alucinante, pero los que prometen cosas que saben que no podrán cumplir deberían ser sancionados por publicidad engañosa. Alguna institución debería estar en capacidad de proteger a los ciudadanos de las mentiras y las falsas promesas que les venden los malos políticos a la hora de postular.
Como en todas las elecciones los candidatos a la Presidencia ofrecen a los peruanos el oro y el moro durante la campaña, pero una vez en el poder ni siquiera se dignan a responderle a la prensa sobre las decisiones que toman mientras gobiernan los destinos de los ciudadanos que los eligieron.
Además, el megáfono del circo sube el volumen cuando un candidato como el de APP ofrece medidas contra las cuales ha legislado su bancada en el Parlamento: ahora con el sombrero de postulante a la Presidencia César Acuña dice que en cinco años hará una revolución de la educación superior cuando su bloque parlamentario no ha hecho otra cosa que petardear a la Sunedu.
Otro que piensa que la opinión pública es descerebrada es José Luna Gálvez, que en cinco años de congresista jamás se opuso al incremento escandaloso del gasto parlamentario y ahora con su ternito de candidato promete que “recortará en 50% del presupuesto del Congreso y lo entregará para la seguridad ciudadana”.
Populismo, mentiras y videos en redes sociales. Habrá que ver cuántos incautos morderán el anzuelo de sus falsas promesas y cuántos, más bien, los castigarán por faltarles el respeto tomándolos por tontos.
Soplan vientecillos fiscalizadores en el gobierno central y en otras áreas como la JNJ que acaba de poner las cosas en su lugar con el atorrante de José Domingo Pérez, lo mismo parece estar ocurriendo en ESSALUD de Chiclayo, pero mientras tanto en Comas, no pasa nada, sancionan con 1 año de cese en sus labores al trabajador municipal, Alfredo Quispe Chumbe, por tonterías, mientras se hacen los cojudos con varias ex funcionarias villeguistas como Fanny Flores, Elizabeth Sulca, Kelly Cachique, Leoncio Siccha, Malásquez Ramos, Kike Anampa, de este sujeto nos dicen que es familiar de la ex primera dama de Comas, estamos en eso, ¿Hay PAD para esta gentuza, denuncia penal? no , no las hay hasta el momento, ¿por qué? a ver pues, que contesten los regidores, el procurador y la gerente OCI, no mencionamos a la alcaldesa, ya que la doña está preocupada en inaugurar parque y más parques, o siquiera una pista más, eso es gobernar.
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