📄Hay una serie de problemas por resolver en Comas, problemas que han quedado como herencia maldita del ex alcalde Ulises Villegas junto a su corrupta y nefasta gestión, el tipo está prófugo de la justicia con una sentencia condenatoria de 6 años de cárcel pero su nombre sigue causando terror entre los regidores que hasta la fecha no dan pie en bola para resolver dichos problemas.
➤Para empezar, tenemos la medida tomada por el Concejo municipal a efectos de designar al reemplazo del ex alcalde por la persona que señala la ley orgánica de municipalidades: esto es el primer regidor y en el caso de Comas, la primera regidora, quien para este caso corresponde a la abogada Mónica Acuña Jara. Sin embargo hasta en eso son torpes/pusilánimes ya que han optado por la suspensión y no por la vacancia… veamos una ligera explicación al respecto:
INFORME JURÍDICO FORMAL
Asunto: Determinación de la figura jurídica aplicable al alcalde distrital de Comas, Ulises Villegas Rojas, ante la existencia de sentencia condenatoria firme y su condición de prófugo de la justicia.
1. Antecedentes relevantes
El alcalde distrital de Comas, Ulises Villegas Rojas, cuenta con sentencia condenatoria firme por delito doloso con pena privativa de la libertad.
Dicha sentencia ha sido confirmada por instancia superior, encontrándose consentida o ejecutoriada.
El sentenciado no se ha puesto a derecho, registrándose orden de captura vigente, por lo que se encuentra en condición de prófugo de la justicia.
2. Marco normativo aplicable
- Constitución Política del Perú: Principios de legalidad, supremacía constitucional y obligatoriedad de las resoluciones judiciales.
- Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N.º 27972:
- Artículo 22: Causales de vacancia del cargo de alcalde.
- Artículo 25: Supuestos de suspensión del cargo.
- Jurisprudencia reiterada del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) sobre vacancia por sentencia condenatoria firme.
3. Análisis jurídico
La suspensión del cargo prevista en el artículo 25 de la LOM tiene naturaleza temporal y procede únicamente cuando la situación jurídica del alcalde es provisional (por ejemplo, mandato de detención o proceso penal en trámite).
Por el contrario, el artículo 22 de la LOM establece como causal expresa de VACANCIA la existencia de SENTENCIA CONDENATORIA consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. Esta causal es objetiva, no discrecional y no depende de valoración política del concejo.
La condición de prófugo agrava la situación jurídica, pues evidencia la imposibilidad material y legal de ejercer el cargo, así como el incumplimiento de resoluciones judiciales obligatorias.
4. Cuadro comparativo
5. Conclusión jurídica
- No corresponde la suspensión del alcalde.
- Corresponde obligatoriamente la vacancia del cargo.
- La inacción o dilación del concejo podría generar responsabilidad administrativa y penal por omisión de funciones.
➤Nosotros nos preguntamos si esta conducta obstruccionista de varios
regidores ¿es casual o a propósito? Durante todos estos 35 meses que estuvo en
el poder, Ulises Villegas y el concejo -salvo la regidora Rosa Corzo- se negaron
a fiscalizar las acciones del ex alcalde, un caso que representa no la cobardía
sino la más abyecta corrupción de estas personas, que se muestra por ejemplo en el caso de la licitación para
la compra de las 40 camionetas para el serenazgo.
“Perú21 pudo acceder a la oferta de las tres compañías. Maquinarias S.A. ofrecía 40 camionetas completamente equipadas con cámaras de vigilancia, extintores, radios y monitores, a 5 millones 182 mil soles.
Por su parte, Gacsa Perú S.A.C. ofreció un precio de 5 millones 96 mil soles por el mismo número de camionetas y el mismo equipamiento. Sin embargo, la tercera empresa marcó una diferencia.
El Consorcio Seguridad Ciudadana de Comas pidió 2 millones más que sus competidores. Ofreció 40 camionetas completamente equipadas por 7 millones 200 mil soles.
La empresa ofreció camionetas del modelo Pick Up 4x2 de la marca Nissan. De acuerdo con la página oficial de la compañía de autos, el precio de cada una es de 33 mil dólares. Sin embargo, en la oferta del consorcio cada camioneta tendría un precio aproximado de 48 mil dólares.
La regidora Rosa Corzo, hace ahora la observación y cuenta como referencia que la Municipalidad de Magdalena compró mejores camionetas, con buen equipamiento, pero a un precio más bajo”.
➤Ninguno de los 14 regidores se percató que el presidente del Comité de selección era nada menos que el LOCADOR de servicios, Víctor Alberto Salazar Cotera de Serenazgo… ¿PERO ERA ESTO LEGAL?
Vemos lo que dice el OSCE al
respecto:
➤De igual manera sucedió con el robo de los 183,000 soles
y las rocas fantasmas, el caso de la DISTRIBUIDORA ISMAEL EIRL, los
funcionarios de confianza con informes truchos de verificación de datos en las
resoluciones de designación de gerencia municipal y así una larga lista de
delitos antes lo cuales los regidores se hicieron de la pata ancha, ¿por qué
ahora si son fiscalizadores de los actos de Mónica Acuña, acaso siguen bajo las
órdenes del titiritero tiktokero?












