De la lectura de la denuncia por el delito de COLUSI脫N AGRAVADA, art. 384
del CP, se se帽ala literalmente lo siguiente:
馃搫La colusi贸n agravada en Per煤 (Art. 384 del C贸digo Penal) es un delito contra la administraci贸n p煤blica donde un funcionario, en concertaci贸n con un particular, defrauda patrimonialmente al Estado durante una contrataci贸n (bienes, obras o servicios), causando perjuicio econ贸mico real. Se diferencia de la colusi贸n simple por la existencia de un resultado lesivo concreto.
Pena: Privativa de libertad no menor de 6 ni mayor de 15 a帽os.
Inhabilitaci贸n: Puede imponerse inhabilitaci贸n para ejercer cargos p煤blicos por 5 a 20 a帽os, e incluso inhabilitaci贸n perpetua si act煤an como organizaci贸n criminal o afectan programas sociales.
Elementos clave: Requiere un acuerdo (pacto) entre el funcionario y el particular, y una efectiva defraudaci贸n patrimonial al Estado.
Acci贸n: Se evidencia com煤nmente en licitaciones ama帽adas, sobrevaloraci贸n de costos o recepci贸n de bienes defectuosos.
La colusi贸n agravada constituye una de las formas m谩s severas de corrupci贸n, enfocada en la afectaci贸n efectiva del erario nacional.
➤De esta lectura se tiene que la colusi贸n es uno de los delitos m谩s
graves de nuestro ordenamiento penal y por ende el delito que en nuestro concepto
representa la m谩s pura y dura corrupci贸n en la funci贸n p煤blica, pero esto no
queda ah铆, tan corruptos como los funcionarios coludidos con el empresario
mafioso son los responsables de fiscalizar que abdican de sus sagradas
funciones y no son otros que los regidores, otro tanto sucede
con la gerente OCI y el procurador p煤blico municipal, aunque esta vez si la
hizo linda Humberto Hidalgo, el encargado del 谩rea.
La denuncia ante la Fiscal铆a anticorrupci贸n nos revela la colusi贸n entre
el gerente de PER脷 DISE脩OS Y SERVICIOS GENERALES EIRL, a trav茅s de sus gerentes
generales, FREDDY ALVAREZ ESCOBAR y YASMIN JES脷S CASTILLO COCHELLA codo a codo
con KELLY CACHIQUE ALIAGA, LEONCIO SICCHA PUNIL, ENRIQUE ANAMPA y JOS脡 NAVEDA
QUIROZ. Las investigaciones de nuestro blog nos permiten adelantarles que en
este caso hay mucho m谩s que barrer debajo de la alfombra, este contrato con
PERU DISE脩OS y SERVICOS GENERALES no ser铆a el 煤nico, y habr铆a otro m谩s un
tercero con la empresa INDUSTRIAS STAR por un monto superior a los 3’445,000
soles.
➤Continuando con la denuncia presentada ante la Fiscal铆a tenemos en los fundamentos
de hecho la siguiente revelaci贸n que marc贸 el rumbo de las investigaciones a
nivel municipal:
La supuesta experiencia de la empresa ganadora del concurso p煤blico N潞
003-2023, se vino abajo a la primera revisi贸n de los documentos presentados por
los gerentes de PER脷 DISE脩OS Y SERVICOS GENERALES EIRL, esta empresa fue creada
en SUNAT reci茅n en 2023.
➤Lo curioso del caso es que Kike Anampa sigue trabajando como si las
cosas no fueran con 茅l, Siccha sigue trabajando pero ya no como funcionario,
Kelly Cachique Aliaga se fue o la botaron, a nadie le interesa por ahora salvo
cuando la sentencien aunque sea a 15 a帽os y de paso le caiga por las rocas
fantasmas junto a sus comadres Evelyn y Fanny…
Esta se帽ora de la foto, KARINA PATRICIA RIVAS LIZARZABURU, es locadora de de servicios de MUNICOMAS, gana 2,500 soles mensuales sin contar con estudios t茅cnicos menos profesionales, tal vez tenga estudios secundarios terminados, no lo sabemos, pero si sabemos que no cuenta con experiencia en la administraci贸n p煤blica, salvo su afilada lengua y una vocaci贸n enfermiza por la intriga no sabemos que demonios hace en la muni come帽a, quit谩ndole el trabajo a otras personas, por su presencia diaria en la oficina de atenci贸n al ciudadano cumpliendo una laborea administrativa la vamos a denunciar ante SUNAFIL y la Procuradur铆a P煤blica Municipal.
馃搫En el juicio contra Ulises Villegas馃悁 como gerente general de su empresa UDEL GROUP y la muni de Independencia por COLUSI脫N AGRAVADA, juicio que ven铆a desde el 2017 y que en el 2020 ya hab铆a empezado con la investigaci贸n el respectivo fiscal anticorrupci贸n, que luego pas贸 a la investigaci贸n preparatoria, el control acusatorio respectivo y voila, pasamos al inicio del juicio oral que termin贸 como casi todos ya sabemos: con una sentencia inicial de 6 a帽os de c谩rcel y una inexplicable o quiz谩s no, ejecuci贸n diferida… para que luego en la Primera sala penal de apelaciones transitoria se confirmara la pena original contra Ulises Villegas y los funcionarios de confianza de Independencia que se coludieron con el ex alcalde de Comas.
➤Esto que normalmente debi贸 servir de ejemplo a cualquier funcionario de la administraci贸n
p煤blica peruana, ser sentenciado a 6 a帽os de c谩rcel por corrupto en esta
modalidad tan grave como es la colusi贸n agravada, valga la redundancia, no
sirvi贸 de nada en el caso que pasamos a narrar de principio a fin:
Corr铆a el d铆a 26 de setiembre de 2023 en MUNICOMAS cuando se celebraba el Contrato
023-2023-OGA/MDC, firmado entre la Municipalidad Distrital de Comas y la
Empresa PER脷 DISE脩OS Y SERVICIOS GENERALES EIRL, creada el 13/03/2023 y
actualmente sin informaci贸n de sus actividades en la misma SUNAT.
Lo curioso del caso es que a ninguno de los funcionarios le pico la
curiosidad por verificar la legalidad de la documentaci贸n presentada por la empresa,
as铆 como la inexistencia del informe t茅cnico sustentatorio de la orden de
requerimiento para dicho servicio, considerando que Comas presta ese mismo
servicio a los vecinos. La acusaci贸n municipal se inicia contra la
representante legal de la empresa, YASM脥N JES脷S CASTILLO COCHELLA, por el
supuesto delito de uso de falso documento privado contra MART脥N ENRIQUE ANAMPA
V脥LCHEZ, subgerente de Limpieza P煤blica; LEONCIO SICCHA PUNIL (a) El Doctor,
gerente de Gesti贸n Ambiental; contra KELLY LIZ CACHIQUE ALIAGA, Subgerente de
abastecimientos y con ellos JOS脡 NAVEDA QUIROZ como especialista en
contrataciones del estado.
➤Abusodeautoridad(arts.376y382delC贸digoPenal) Usurpaci贸n (art. 202 del C贸digo Penal) ➤Apropiaci贸nil铆cita/contraelpatrimonio (art.190delC贸digoPenal)
Agravadoporsucondici贸ndefuncionariop煤blicoyporelperjuicio haciaunapersonajur铆dica (EMPRESA GRUPO DAFI ASOCIADOS S.A.C.).
1.Situaci贸n procesal
La Sexta Fiscal铆a
Provincial Penal Corporativa de Lima Norte – Segundo Despacho, mediante
Disposici贸n Fiscal N.潞 6 (22 de octubre de2025),
ampli贸 las diligencias preliminares por 60 d铆as naturales, conforme a los
art铆culos 330 y 334 del C贸digo Procesal Penal.
Esto confirma que el
Ministerio P煤blico ya considera veros铆miles los hechos denunciados y est谩
reuniendo elementos de convicci贸n adicionales
2.Hechos relevantes
Deacuerdoconlodescrito:
El alcalde
Villegas habr铆a dispuesto o intentado disponer de un inmueble ocupado o en
litigio con la empresa GRUPO DAFI ASOCIADOS S.A.C.
Quienseapropiadeunbien que se le ha confiado o que posee
sin tener derecho.
Si el inmueble se
encuentra bajo administraci贸n o litigio, y el alcalde act煤acomopropietario,seconfigura
este delito.
4.Gravedaddelos hechos
El hecho de que
la Fiscal铆a haya ampliado las diligencias demuestra que existen indicios
razonables de comisi贸n de delitos funcionales.
Portanto,siduranteelperiododeinvestigaci贸nelalcaldereiteraelacto(comovolveraentregar
o ceder elinmueble a laPNP o aterceros), estar铆a agravando suresponsabilidad
penal porque: Reiteraunaconductabajoinvestigaci贸n,locualpodr铆ainterpretarsecomopersistenciadeldolo o
reincidencia funcional.
Puede ser
considerado obstrucci贸n o desobediencia indirecta a la autoridad fiscal (art.
368 CP, desobediencia a la autoridad).
5.Conclusi贸nt茅cnica
Dado el contexto
y la carpeta fiscal vigente, s铆 se configuran delitos en curso, no solo una
falta administrativa.
Situaci贸nactual
Tipode infracci贸n
Base
legal
Comentario
Disposici贸ndeunbienenlitigio.
Abusode
autoridad
Art.
376CP
Yaimputadoenlacarpetafiscal
Ocupaci贸n o entrega del inmuebleaterceros(PNP)
Usurpaci贸n agravada
Art. 202CP
Se configura aunque sea para “finesp煤blicos”sinohayt铆tulo
leg铆timo
Actuarcomopropietario deunbienajeno
Apropiaci贸nil铆cita
Art.
190CP
DelitopatrimonialcontraDAFI
Reiteraci贸nde actos duranteinvestigaci贸n
Desobedienciaala
autoridad
Art.
368CP
Siignoralasadvertenciasdel
MinisterioP煤blico
6. S铆ntesis ciudadana
ElalcaldeUlisesVillegasRojasyaseencuentraformalmenteinvestigadopordelitosfuncionales ypatrimonialesrelacionadosconlaposesi贸nirregulardelinmuebledelPolicl铆nicoDAFI.Sicontin煤adisponiendooentregandoeselocalaterceros,
profundizasuresponsabilidadpenal
y podr铆a ser denunciado nuevamente por reincidencia y desobediencia a la
autoridad fiscal.
Por tanto, no se
trata solode una falta
administrativa, sino de presuntos delitosen
curso, cuya investigaci贸n est谩 debidamente formalizada en el Ministerio P煤blico.
Estando acreditado fehacientemente la vulneraci贸n
de parte de la Municipalidad Distrital de Comas al Convenio que dicha entidad
suscribi贸 el 23 de julio del 2015, al no haberse recurrido al fuero arbitral
para concretar su intenci贸n de resolver el mismo pas贸 lo siguiente:
El d铆a martes 12 de setiembre
del 2023, los denunciados procedieron a movilizar contingente personal de
serenazgo y de operaciones especiales de dicho distrito en los exteriores del
Policl铆nico Municipal amedrentando al personal de seguridad y administrativo
que se encontraba dentro de dichas instalaciones. Todo en presencia de la
prensa que se hab铆a apersonado al lugar a ser testigo del descerraje ilegal, en
dicho escenario con la polic铆a municipal, evitando el ingreso al local con los
miembros de operaciones especiales de la municipalidad retirando el tablero de
luz del local y con un cerrajero intentando abrir la puerta las personas de
seguridad y el personal de administraci贸n en resguardo de su integridad se
retiraron del local, pidiendo les permitan retirar sus pertenencias.
El d铆a
mi茅rcoles 13 de setiembre de 2023, finalmente la municipalidad toma posesi贸n
del mismo, intentando cubrir y enga帽ar a la sociedad sobre sus actos ilegales
en un supuesto acuerdo con dicho personal no siendo representante legal oficial
de la empresa, desde ese momento se configura la usurpaci贸n y el delito de
abuso de autoridad. Asimismo, d铆a mi茅rcoles 13 de setiembre de 2023 el
denunciante solicita el retiro de sus bienes muebles de la propiedad
consistente en equipos de video y grabaci贸n los cuales hasta la fecha no han
sido devueltos configur谩ndose la apropiaci贸n il铆cita”, se帽ala la denuncia
fiscal.
SOBRE EL TIPO PENAL DENUNCIADO:
2.4. De la descripci贸n de los hechos antes
descritos y por la forma y circunstancias en las que habr铆an sucedido, hacen
advertir hechos con caracter铆sticas de delitos esto es la presunta comisi贸n del
delito contra el patrimonio en las modalidades de USURPACI脫N y APROPIACI脫N
IL脥CITA COM脷N, y contra la Fe P煤blica – Falsificaci贸n de Documentos en General
– FALSIFICACI脫N DE DOCUMENTOS, previsto y sancionado en el art铆culo 427潞 del
C贸digo Penal, que textualmente se帽ala…
Finalmente, el alcalde de Comas, Ulises Villegas
Rojas, ha sido citado para el d铆a 26 de enero 2024 a las 13.00 horas, asimismo
se帽ala la citaci贸n que en caso de inconcurrencia injustificada se solicitara al
Ministerio P煤blico su conducci贸n compulsiva… Asimismo en los pr贸ximos d铆as
prestaran su declaraci贸n los funcionarios de la Municipalidad de Comas, denunciados:
DE NORA CAROLINA FLORIANO SERNA
HUMBERTO HIDALGO REATEGUI
Y LOS QUE RESULTEN RESPONSABLES
Este local ha sido cedido hasta en dos oportunidades,
la primera al Poder Judicial, quienes lo tuvieron que devolver de inmediato al darse
cuenta de que el local estaba en litigio. La segunda es la que narramos ahora y
que fue cedida a la PNP, ambas entidades sab铆an que el local ten铆a serios
problema judiciales pero a煤n as铆 los recibieron sin mayores problemas, sobre
todo el ex alcalde, Ulises Villegas que lleg贸 a calificar de mediocre e incapaz
al Ministro del Interior por negarse a recepcionar dicho local en situaci贸n de litigio.
馃搫¿Qu茅 pasa cuando una funcionaria usa la producci贸n masiva de los silencios administrativos positivos en las solicitudes de renovaci贸n de los certificados de defensa civil o licencias de funcionamiento para evitar las INSPECCIONES T脡CNICAS EN SEGURIDAD DE EDIFICACIONES?
El Silencio Administrativo Positivo (SAP) no
es una modalidad delictiva per se, sino una ficci贸n
jur铆dica que asume la aprobaci贸n de un tr谩mite si la administraci贸n no
responde a tiempo, protegiendo al ciudadano; sin embargo, su producci贸n masiva
y sistem谩tica puede indicar irregularidades graves o corrupci贸n, donde
la inacci贸n administrativa (no resolver) se convierte en una estrategia
para eludir controles o favorecer intereses (evitando un 'no' o
permitiendo 'negocios' irregulares), generando responsabilidad disciplinaria e
incluso penal para funcionarios, pues la administraci贸n sigue obligada a
resolver y su omisi贸n masiva vulnera principios de celeridad y legalidad,
pudiendo configurarse como prevaricato o delitos contra la
administraci贸n p煤blica si hay dolo, en algunos casos podr铆a darse la colusi贸n,
el delito contra los deberes de funci贸n y el m谩s grave, el delito contra la
seguridad p煤blica. Los delitos contra la
seguridad p煤blica son infracciones penales que amenazan el orden, la
tranquilidad y la estabilidad de la comunidad en general, protegiendo bienes jur铆dicos
colectivos como la vida, la integridad y el patrimonio de un grupo social, e
incluyen actos como incendios, explosiones, perturbaci贸n de servicios p煤blicos (transporte,
comunicaci贸n), dep贸sitos de veh铆culos, mercados, etc.
¿Qu茅 es el Silencio Administrativo Positivo?
Ficci贸n legal: Ante la falta de respuesta de una entidad p煤blica en el plazo establecido, la ley presume que la solicitud del ciudadano ha sido aceptada.
Protecci贸n al administrado: Busca evitar que el ciudadano se perjudique por la inacci贸n o lentitud de la administraci贸n, garantizando su derecho a una respuesta.
Regla general: En muchos sistemas, el SAP es la regla, y una resoluci贸n tard铆a que contradiga el silencio positivo es nula.
¿C贸mo se convierte en una modalidad delictiva?
Mala gesti贸n masiva: Cuando el SAP ocurre constantemente, no es
un accidente, sino un s铆ntoma de una entidad colapsada o ineficiente, lo
cual es una falta administrativa grave.
Fraude a la ley / Prevaricato: Si se utiliza estrat茅gicamente para evitar
los controles que una decisi贸n expresa implicar铆a, o para que funcionarios
se beneficien indirectamente (ej. evitando una denegatoria que generar铆a
problemas o facilitando aprobaciones indirectas), se convierte en un acto
doloso.
Corrupci贸n: La inacci贸n para no resolver (y dejar operar el SAP) puede ser
una forma de "negociar" con los interesados, recibiendo favores
o sobornos a cambio de no emitir una resoluci贸n contraria a sus intereses,
o para evitar la carga de trabajo y responsabilidad que implica una
decisi贸n.
Responsabilidad penal: La omisi贸n de resolver, especialmente cuando
es masiva y dolosa, puede constituir delitos como el prevaricato o delitos contra la administraci贸n
p煤blica, ya que hay un incumplimiento deliberado del deber de resolver y
actuar conforme a derecho.
Consecuencias de la aplicaci贸n masiva
Inseguridad jur铆dica: Aunque protege al ciudadano en casos aislados, la masividad genera incertidumbre.
Desnaturalizaci贸n: El SAP pierde su objetivo de agilizar y se convierte en un problema, requiriendo mecanismos de ejecuci贸n y control m谩s estrictos para evitar abusos.
Sanciones: Los funcionarios responsables pueden enfrentar procedimientos disciplinarios y responsabilidades penales por incumplimiento funcional.
En resumen, el SAP es una herramienta de protecci贸n, pero su uso masivo y sistem谩tico revela fallas profundas en la gesti贸n p煤blica que, si tienen intencionalidad (de beneficiar o evadir responsabilidades), pueden derivar en conductas delictivas.
➤En el blog denunciamos esta clase de actividades dolosas en junio de
2023, inclusive hablamos con la ex gerente municipal, Yanina Abanto Abanto...
quien mostr贸 su malestar por esta irregular situaci贸n, para pocos d铆as despu茅s
cambiar de opini贸n, ¿por qu茅? Lo ignoramos, pero sospechamos el porqu茅, en los
dos art铆culos al respecto publicamos im谩genes de algunos de los cientos de SAPs
producidos hasta marzo de dicho a帽o por obra y gracia… ¿de la negligencia o
corrupci贸n de la susodicha funcionaria?
Ahora bien, si no hubo investigaci贸n y mucho menos sanci贸n
administrativa v铆a PAD, es obvio que en los a帽os venideros esta situaci贸n no
iba a cambiar por las denuncias de un modesto blog local, y as铆 sigui贸
ocurriendo en 2024, 2025 y en los primeros 15 d铆as de enero de 2026 ya hay dos
SAPs producidos.
➤¿Cu谩ntos silencios positivos est谩n en lista de espera con esta funcionaria de medio pelo?, nombrada indebidamente por la entonces gerente municipal y con la aceptaci贸n indebida de esta pobre mujer 谩vida de dinero mal habido, producto de la producci贸n de sus casuales silencios administrativos positivos, cuidado que tambi茅n tiene en su mochila el caso de las rocas fantasmas en complicidad de sus compas Fanny Flores y Kelly Cachique.
En la segunda parte de este informe trataremos sobre rl nombramiento indebido de EVELYN MARISOL VICENTE MU脩OZ as铆 como la aceptaci贸n indebida de cargo de la misma persona en flagrante violaci贸n del art. 381 del c贸digo penal , por otra parte agradecer la colaboraci贸n de una amiga del blog, RSM.