jueves, 29 de junio de 2023

ATRAPADOS SIN SALIDA EN COMAS: SEGUNDA PARTE

 

Si la entrega de una docena de documentos probatorios de la producción de los respectivos silencios administrativos positivos por expedientes para renovación de Defensa civil o licencias de funcionamiento no tramitadas a manos de la subgerente de Riesgo de desastres de Comas, Evelin Vicente Muñoz, no son material suficiente para la formación del respectivo PAD ya sea por acción u omisión de la gerente municipal, nosotros podemos entenderlo por la recargadas tareas de la funcionaria en cuestión. Ahora, si en caso los documentos entregados fueran muy pocos, pues ni modo, en noapaguenlaluzvol2blogspot.com no nos hacemos los engreídos y aquí proporcionamos los números de varios expedientes más que han producido también varias decenas más de silencios positivos que afectan severamente a la población comeña,  puesto que los locales comerciales en los que no se han ejecutado la ITSE o VISE correspondiente son un peligro común o dicho de otra manera constituyen delito contra la seguridad pública además del obvio delito contra los deberes de función.


Y el Exp. Nº 21889-2023 con producción de SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO desde el cumplimiento del plazo de 7 días, hecho ocurrido el 7 de junio de 2023 sin que hasta la fecha se haya practicado la VISE correspondiente tal como señala el DS 002-2018-PCM.




¿Qué es el procedimiento disciplinario? los procedimientos disciplinarios son aquellas herramientas procedimentales de la administración, mediante la cual, a través del ius puniendi, se busca sancionar a empleados públicos por faltas cometidas en el contexto de sus labores.               

A tan solo un día de cumplir el primer semestre de 2023, Evelin Vicente Muñoz ha permitido una inmensa producción de silencios administrativos positivos sin que hasta la fecha no tenga un solo PAD y ni una sola denuncia penal a cargo de la Procuraduría municipal comeña, ¿por qué? pregunta hasta ahora sin respuesta por parte de las autoridades pertinentes de esta gestión, a ver señora gerente municipal, usted tiene la palabra.


miércoles, 28 de junio de 2023

ATRAPADOS SIN SALIDA EN COMAS ¿O NO YANINA ABANTO?


La insostenible e insoportable situación por la que atraviesa el distrito norlimeño de Comas ante la presencia de tres personajes cada cual más mediocre e incapaz que el otro obligan a la máxima autoridad administrativa municipal a tomar medidas urgentes e impostergables con estas personas por el bien de la menguada economía de nuestro alicaído distrito.

Elizabeth Sulca Solano, subgerente de Fiscalización de Comas sin la experiencia especifica exigida por la ley de idoneidad 31419 y su DS Nº 053, sin la debida capacitación para el cargo y con una más que probable investigación fiscal por los delitos que representen pretender darle legalidad a miles de sanciones, léase multas y clausuras írritas impuestas por personas sin vínculo laboral con la muni comeña, como refería la misma fémina a principios de año en el oficio Nº 005-2023.SGCO-GSCFT/MDC y que milagrosamente a partir de abril de este mismo año pasaron a ser multas legales con IFI y RSA en camino de convertirse en las tan ansiadas constancias de exigibilidad para dar el salto final a las manos del ejecutor coactivo administrativo para al fin poder cobrar esas MULTAS TRUCHAS como sea, porque ya no hay de donde sacar manteca al chancho ni con esa burda mentira del descuento del 75 % en arbitrios del 2014 para atrás, arbitrios prescritos según el Tribunal Fiscal. Todo esto nos lleva a pensar en la desigual lucha de los administrados contra el Estado en la figura de las municipalidades abusivas y angurrientas que buscan con sus astronómicas multas y clausuras hacer caja aún a sabiendas que la imposición de esas multas son verdaderas barreras burocráticas ilegales, por ello es bueno felicitar a los jóvenes congresistas que viene impulsando el proyecto de ley Nº 05255-2022/CR.


Una funcionaria atrapada en su propia telaraña de mediocridad e incapacidad al ver rebajadas sus funciones por la inclemente faena de aplastamiento de la trepadora profesional conocida como la PEPA PIG, no le queda otra que acatar órdenes por más nauseas que le puedan dar pero que tiene que obedecer so pena de ser expectorada ipso facto del cargo, aunque la verdad no creemos que le dé nauseas ni nada por el estilo sino más bien cólera por la presencia de su ex valedora y actual mochila sobre el lomo, así que a darle duro con las RSA que ya no falta nada para llegar a la meta.

Evelin Vicente Muñoz, subgerente de Riesgo de desastres de Comas, otra funcionaria de confianza que despacha diariamente con el alcalde y no con la gerente municipal como debiera ser, alcalde quiere la niña. Igual que la anteriormente citada tipeja, esta damisela no cuenta con experiencia especifica ni la capacitación en el cargo, de eso puede dar fe su ex jefa en Independencia a la que ahora tiene de subalterna en Comas, ¿no es verdad Teresa Elba Bazalar Gonzales? Junto con un pequeño batallón de inspectores ITSE y unas cuantas vagas que la pegan de asesoras y resolutoras, pero que en conjunto no les alcanza para estar al día con las respectivas ITSE de las renovaciones de Defensa civil y Licencias de funcionamiento.

La funcionaria de marras es responsable, documentado por nuestro blog, de producir cuanto menos un centenar de SILENCIOS ADMINISTRATIVOS POSITIVOS para renovaciones de certificados de Defensa civil, ahora bien, ¿es esto casual o producto de un antiguo modus operandi para evadir la inspección técnica en seguridad de edificaciones ya sea para renovar los certificados vencidos o las Licencias de funcionamiento que de antemano se sabe que no van a aprobar la ITSE CORRESPONDIENTE?


Algo más para agregar al menú de Morosha, estamos a fines del primer semestre de esta fatal gestión y Comas no tiene COEL físico como ordena le ley y ya llega el NIÑO GLOBAL, COSTERO Y MODOKI, la del estribo, ahora que llega al igual que el NIÑO FISCALÍA para el día X de junio, ¿qué vas a hacer con UNICACHI SA? Ni modo, CLAUSURARLO, no queda de otra, Ulichi provecho con el vómito negro.

Y para el final hemos dejado a nuestro engreído, el hombre que lo ha ganado todo según él, desde el Nobel hasta el Oscar, pasando por un Grammy y la gaviota de plata de Viña del Mar, Lucio Sosa Gonzales, subgerente de Promoción empresarial y gerente nada menos que de Desarrollo económico, juez y parte aunque la Contraloría prohíba estas duplicidades, a los alcaldes so pretexto de su “autonomía” les vale verga la ley y con mayor razón a Don Lucio Corleone, si no vean estos ejemplo de concha, pana y elegancia. Aunque de esto último no mucho, porque el tipejo es un auténtico patán.

Artículo 11-A.- Transferencia de licencia de funcionamiento La licencia de funcionamiento puede ser transferida a otra persona natural o jurídica, cuando se transfiera el negocio en marcha siempre que se mantengan los giros autorizados y la zonificación. El cambio del titular de la licencia procede con la sola presentación a la Municipalidad competente de copia simple del contrato de transferencia. Este procedimiento es de aprobación automática, sin perjuicio de la fiscalización posterior. El procedimiento es el mismo en el caso de cambio de denominación o nombre comercial de la persona jurídica.

Ulises Villegas luchando por agua para los comeños más necesitados.

viernes, 23 de junio de 2023

ULISES VILLEGAS Y LA CORRUPCIÓN EN COMAS

 

 Resulta poco menos que incomprensible o fuera del raciocinio de los comeños comunes entender que significan las palabras del alcalde Ulises Villegas cuando dice que no va a permitir a ningún funcionario corrupto en su gestión o mucho menos actos de corrupción durante su gobierno, con lo mostrado hasta el momento, bien podríamos decir, ¿estamos todos locos, Lucas? O tal vez, somos todos cojudos o nos quieren ver la cara de cojudos, no hay otros señores, escuchar hablar de lucha contra la corrupción en Comas es como hablar de sogas en casa del ahorcado a la inteligencia y el sentido común de los comeños.

En reiteradas oportunidades hemos denunciado a Lucio Sosa Gonzales por la sistemática aplicación de barreras burocráticas ilegales en los diversos trámites que existen en el TUPA de la Municipalidad de Comas. Hemos citado como ejemplos:


•  La exigencia de memorias descriptivas y planos para letreros luminosos menores a 12 mts.2 de área cuando el TUPA claramente no lo exige.

•  La negativa a cumplir con la entrega automática de las licencias de funcionamiento calificadas como riesgo bajo y riesgo medio contando con la complicidad de la locadora de servicios Corina Delgado Pimentel encargada de la mesa de partes de Promoción empresarial, responsable de colocar en la solicitud el plazo de días que no corresponden por ser de aprobación automática con ITSE posterior.

• La exigencia de la locadora Corina Delgado a los administrados de presentar como requisito indispensable el voucher de pago de un DIAGNOSTICO TÉCNICO de 4,950 soles para tramitar una autorización de tótem, panel, aviso luminoso y semejantes, requisito no contemplado en el TUPA, pero sin cuya presentación pesa la amenaza de no ser recibido el expediente.

Si a todo esto le añadimos la cereza en la torta de la corrupción de este par y demás locadoras de dicha área, la negativa a acatar lo normado en el siguiente procedimiento administrativo del TUPA comeño:

LA TRANSFERENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO ES UN ACTO DE APROBACION AUTOMATICA Y QUE CULMINA CON LA MODIFICACION DE LOS REGISTROS O BASE DE DATOS DE VUESTRA ENTIDAD 3. La Transferencia de Licencia de Funcionamiento, ha sido definida por ley (Art. 11-A de la Ley Nº 28976, modificada con D.L. Nº 1271), como uno de aprobación automática (“… a la sola presentación… de copia simple del contrato de transferencia”), concepto que, además, ha sido incorporado en vuestro ordenamiento especial, el TUPA de la Municipalidad de Comas, a través del Procedimiento Nº 3.2.1.10 “Transferencia de Licencia de Funcionamiento…”, en los mismos términos que la ley ordena, y que cuyo resultado es el cambio inmediato y automático de la información general del nuevo titular de la actividad económica en los registros de licencias de funcionamiento de la Municipalidad distrital de Comas.

Pero esto no es nada con lo que se viene a continuación amigos del blog, es impresionante ver como ambos personajillos se zurran en las leyes y normas vigentes y es obvio que esto no puede ser posible sin la protección y padrinazgo de alguien en la cima del poder, del UNO o el DOS de MUNICOMAS.


Párrafos de un escrito de apelación presentado ante la Municipalidad de Comas:


“El Procedimiento Nº 3.2.2.1 del TUPA de vuestra entidad (de DUPLICADO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO…), también ha sido definido por vuestra entidad, como un procedimiento de aprobación automática (que no requiere calificación previa y que debe ser atendido en sus términos), y por ello, cumplidos los requisitos establecidos en el TUPA, a través del Expediente Nº 20844-2023, de fecha 20-Abril2023, vuestra entidad se encuentra en la obligación de extender el duplicado del certificado solicitado, entendiendo que, a esa fecha (16 días después de la comunicación de la transferencia de la licencia de funcionamiento), vuestra entidad ya ha efectuado el cambio en los registros de licencias de funcionamiento, modificado con el cambio del nuevo titular de la Licencia Definitiva de Apertura Nº 0013313.

En este estado, parece claro que me encuentro ante una clamorosa barrera burocrática ilegal, que vuestra representada tiene la obligación de verificar y corregir.

Por lo señalado, EXIJO la revisión de los actuados que han originado el cato lesivo (Carta Nº 00130-2023-SGLPE-GDE/MDC), que impide la entrega del duplicado de la licencia de funcionamiento solicitada, lo que, además, viene afectando a mi representada en los tramites subsecuentes ante vuestra propia entidad y otras entidades del estado y privadas, y que constituye una inaceptable barrera burocrática ilegal, que, además afecta nuestra permanencia en el mercado, lo que debe tomar en cuenta en la atención del presente."

La insistencia en destacar los términos barrera burocrática ilegal tiene por objeto resaltar la negativa del sujeto corrupto y vil que se niega reiteradamente a cumplir con lo ofrecido anteriormente a través de una carta de respuesta vía whatsapp ante una queja a INDECOPI por el LIBRO DE RECLAMACIONES.


martes, 20 de junio de 2023

DE MULTAS TRUCHAS A LEGALES, ¿MAGIA O CORRUPCIÓN? HABLA SULCA SOLANO

 

 Cuando en 2022 iniciamos una “guerra” contra la cínica y descarada corrupción de Raúl Díaz Pérez en complicidad con su gerente de Seguridad ciudadana, Control y operaciones y Transporte a la vez que también subgerente de Control y operaciones, Juan Carlos Jara Alvarado, por la ilegal imposición de miles de NMI y las clausuras respectivas a manos de sujetos que fungieron de fiscalizadores o inspectores municipales y sin embargo no pensábamos jamás que en esta nueva gestión de Ulises Villegas íbamos a tener que guerrear por los mismos hechos: la validez de dichas NMI y de la facultad legal de quienes impusieron esas ilegales sanciones contra miles de comerciantes, mypes y emprendedores de Comas.

Ingenuos o cojudos, da lo mismo, creímos que con Villegas esas NMI truchas iban ser eliminadas, dadas de baja como corresponde, pero nada que ver, nos fuimos de cara, al contrario, ahora se han vuelto “legales” de manera misteriosa pese a que existe un documento firmado por la subgerente de Control y operaciones de enero del 2023 y ahora Fiscalización con el nuevo ROF, Elizabeth Sulca Solano, menos mal que es la misma persona y eso nos ahorra mayores explicaciones sobre el cambio de opinión de esta psicópata en perjuicio de miles de comeños, como veremos a continuación:


Entre octubre a diciembre del 2023, 32 delincuentes contratados como operarios municipales terminaron trajeados de inspectores municipales con el apoyo de una resolución de subgerencia que los transformaba de operarios en fiscalizadores como si tal cosa fuera posible. Contaron con el soporte corrupto del referido funciogangster Jara Alvarado, con camionetas y choferes de la subgerencia de Control y operaciones, inclusive con apoyo policial, se dedicaron a extorsionar de alma a los comeños, al que no permitía la extorsión lo sancionaban con su NMI y clausura respectiva, incluido su “táctico”, ilegal acción que consistía en poner un fiscalizador o camioneta en la puerta del establecimiento “clausurado” para que no abran y puedan trabajar. Estas ilegales acciones dieron lugar a miles de NMI írritas que ahora tratan de validar con IFI de por medio y luego convertidas en RSA pasaran a ejecutoría coactiva administrativa para los embargos bancarios correspondientes, así como inscripciones en SUNARP de vehículos y predios además del conocido INFOCORP

Lo siguiente fue escrito en este blog el 31 de octubre del 2022 bajo el título, “COMAS BAJO LA CORRUPCIÓN DE RAÚL DÍAZ Y SU BANDA”


“De los primeros, con absoluta propiedad podemos decir que su accionar es totalmente ilegal cuando no delictivo. Los 15 sujetos incluidos en la relación de fiscalizadores que aparecen en la Resolución Subgerencial Nº 001-2022-SCO-GFT-MDC definitivamente no son trabajadores municipales de MUNICOMAS. Ya ni qué decir de los 5 o 6 “fantasmas” que peinan las calles comeñas armados de sendos talonarios de NMI y ACI, chalecos de FISCALIZADORES, y las unidades móviles de dicha subgerencia, aparte de dos vehículos particulares con el logo de la Municipalidad de Comas. Todo esto con el pleno conocimiento del alcalde y el Gerente Municipal, Rubén Rivera Chumpitaz”.


En la actualidad se habla de una producción de casi 5,000 de estas NMI ilegales que lejos de ser anuladas han pasado o están tratando de hacerlas pasar como legales bajo argumentos que no tienen sustento legal, tal como lo demostrara nuestro colaborador Salomón Márquez en el blog en varias oportunidades. Ahora en junio de 2023 las cosas pintan de color hormiga para miles de comeños que pueden y van a ser nuevamente objeto de más exacciones o extorsiones, sabemos de buena fuente que 3,000 IFI (Informes Finales de Instrucción) han sido notificadas a los presuntos infractores y la mayoría van camino a convertirse en RSA (Resolución de Sanción Administrativa) y el próximo notificado puede ser usted amable lector, llámelo como quiera, recuerde que el orden de los factores no altera el producto.

Nuevamente recurrimos al archivo del blog y ponemos a su disposición este breve párrafo escrito el 24 de octubre de 2022, con el título de “EXTORSIONES A GRANEL EN COMAS”.


“Este funcionario de pacotilla, que ha resultado ser el gerente de Fiscalización y Transporte a la vez que subgerente de Control y Operaciones, José Carlos Jara Alvarado, abogado de profesión y sin los requisitos que exige la ley para ocupar tales cargos, experiencia y capacitación, lo único que tiene a su favor es el título profesional, pero inteligencia y honestidad les faltan a gritos, así como dignidad en sus actos funcionales, como veremos a continuación.

El sujeto de marras fue designado el 14 de octubre como gerente y el 15 como subgerente, casi de inmediato nos trajo una banda de delincuentes extorsionadores a modo de seudofiscalizadores municipales, “legalizando” así su situación laboral con la resolución subgerencial Nº 001-2022-SGCYO.GFT-MDC. Pero ¡oh, sorpresa!, la bendita resolución que concede “facultades sancionadoras” a esta gavilla de malandrines y malandrinas, el dichoso documento no es más que un copia y pega de dos artículos, de dos ordenanzas y un artículo de la Ley 27444.

Cuidado que nada de lo citado en la resolución faculta a Jara Alvarado a transferir facultades sancionadoras a los integrantes de su banda, como lo anunciara públicamente el tarado del alcalde, mostrando una lista de 15 miserables como fiscalizadores municipales. Y ahora sabemos que son muchos más los que no aparecen en esa lista, personas como: Johnny Huarhua Ramos, Cristel Cobba Santana, Franco Lester Espinoza López, Christofher Nikol Bueno Cornejo, Cristina Molero.

ART 239 LEY 27444

LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE FISCALIZACIÓN (Capítulo I-A incorporado por el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1272)

Artículo 239.- Definición de la actividad de fiscalización

239.1 La actividad de fiscalización constituye el conjunto de actos y diligencias de investigación, supervisión, control o inspección sobre el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles a los administrados, derivados de una norma legal o reglamentaria, contratos con el Estado u otra fuente jurídica, bajo un enfoque de cumplimiento normativo, de prevención del riesgo, de gestión del riesgo y tutela de los bienes jurídicos protegidos. Solamente por Ley o Decreto Legislativo puede atribuirse la actividad de fiscalización a las entidades.

 

ZOOM


La pretendida facultad de sanción conferida a estos delincuentes bajo el manto “protector” de la RSG Nº 001-2022-SCO-GFT-MDC, no es más que un engaño bochornoso de este infeliz corrupto llamado José Carlos Jara Alvarado, un copia y pega vulgar y estúpido porque no engaña a nadie. En consecuencia, amigos, todas las NMI y ACI impuestas por esos malandros SON NULAS DE PLENO DERECHO.


Pero es el caso puntual de la NMI 0003440-2022 QUE NOS LLAMA PODEROSAMENTE LA ATENCIÓN, dado que la validez dada a este documento írrito es la madre del cordero de todos los problemas presentes y por venir de miles de comeños con las futuras acciones coactivas administrativas, FRANCO LESTER ESPINOZA LÓPEZ (FLEL), quien impuso la NMI de marras nunca fue trabajador municipal de Comas y por tanto la producción de sus actos administrativos son NULOS de toda NULIDAD, ¿cómo darle validez a algo que nació muerto? He ahí la corrupción.

Tal como lo sostuvimos en 2022 y lo seguimos sosteniendo en 2023, las NMI impuestas por esos miserables que la pegaron de inspectores o fiscalizadores fueron y seguirán siendo írritas, NULAS DE PLENO DERECHO y ni Ulises Villegas ni Elizaberth Sulca Solano tienen derecho a pretender que lo negro sea blanco, que lo delictivo sea legal a través de barbaridades como esos INFORMES FINALES DE INSTRUCCIÓN y luego convertidas en RESOLUCIONES DE SANCIÓN y de ahí al COACTIVO ADMINISTRATIVO

viernes, 16 de junio de 2023

LOS TOPOS DE COMAS SEGUNDA PARTE


A riesgo de caer espesos con el tema de las designaciones indebidas y aceptaciones indebidas de cargo con los funcionarios de confianza de la gestión de Ulises Villegas en Comas, ahí vamos con la segunda entrega de este azaroso tema. Decíamos que entre Elizabeth Sulca Solano de Fiscalización y Evelin Vicente Muñoz de Riesgo de Desastres junto a Lucio Sosa Gonzales han montado una troika de impresentables personajes a cada cual más siniestro que el otro y juntos son dinamita o C4, en agravio de miles de comeños, comerciantes, mypes y emprendedores.

Lo hemos dicho y seguimos sosteniendo que ninguno de estos tipos puede dar la talla para los requisitos que exige la ley SERVIR, la Ley 31419 y su reglamento a través del DS-053, ni la SULCA SOLANO ni la VICENTE MUÑOZ han sido funcionarias en los cargos que actualmente ocupan en Comas, ni la una en Cieneguilla o la otra en Independencia, prueba de ello es el circo que ha traído la segunda de las nombradas a Comas a trabajar en su subgerencia, muchas como ITSE con 4,000 soles al mes, ¿no es cierto Teresa Bazalar Gonzales? Usted fue la jefa de Vicente Muñoz cuando fue subgerente de Riesgo de Desastres en 2019. Favor con favor se paga, su antigua subordinada fue coordinadora de Riesgo de Desastres y usted sabe perfectamente que ella nunca fue funcionaria, y de Sulca ya no hay más que decir sobre su falta de idoneidad para el cargo que ocupa y la clamorosa falta de dignidad y decencia que posee esta señora.

Ahora ya desenmascaradas sus incompetencias e incapacidades, pasemos a terminar el caso UNICACHI SA del que nos ocupamos a medias en el anterior artículo. Nos quedamos en el SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO obtenido por la empresa COMPLEJO COMERCIAL Y RESIDENCIAL UNICACHI SA vía el expediente Nº 21889-2023 que fuera ingresado el día 26 de Mayo y con un plazo de 7 días para la ejecución de la ITSE correspondiente, luego del cual se produjo el Silencio Positivo señalado, Sra. Vicente Muñoz ¿qué trámite debió seguir vencido el plazo que norma el DS 002-2018-PCM? Ese que usted señala muy oronda en sus cartas que remite a algunos afortunados como respuesta a sus silencios fictos, donde invoca el art. 11 del referido DS. Pero mejor mostremos a los lectores un ejemplo de lo que decimos para que estos saquen sus propias conclusiones.


En la carta que han podido observar se aprecia la mención al art. 11 del DS 002-2018/-PCM al que alude la Sra. Vicente Muñoz, de igual forma en otro informe que mantendremos en reserva por el momento donde la funcionaria de marras vuelve a aludir a dicha norma y lo hace con total naturalidad por qué es lo correcto, lo que no es legal ni correcto es usar la VISE como arma para joder a unos y favorecer a otros, decimos esto porque en el caso del COMPLEJO COMERCIAL RESIDENCIAL UNICACHI SA no se ha ejecutado ninguna VISE pese al tiempo transcurrido, desde que Evelin Vicente Muñoz permitió la producción del silencio administrativo positivo a favor de la empresa con su sospechosa benevolencia que no aplica a otras empresas y particulares ¿Por qué no hay VISE? Porque sencillamente UNICACHI SA no puede cumplir con los duros requisitos que le son aplicados a otras empresas y comercios, del informe del que hacemos mención hemos extraído un par de párrafos, que repetimos pintan de cuerpo entero a esta incapaz, inepta y mediocre funcionaria de medio pelo, quien no debe seguir en el cargo que ocupa un solo minuto más, las razones son conocidas de sobra por los comeños en general.




Señora Evelin Vicente Muñoz, usted verdaderamente parece no entender hasta ahora la enorme responsabilidad penal que ha adquirido ante la justicia al permitir la producción de cientos de Silencios Administrativos Positivos con graves sospechas de que dicha producción sea a propósito. 


lunes, 12 de junio de 2023

LOS TOPOS DE COMAS

 

4.2 LOS TOPOS DE LIMA SUR

 “La organización criminal denominada “Los Topos de Lima Sur” se habría instalado en el aparato administrativo de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, tan pronto como el entonces teniente alcalde Ángel Ignacio Chilingano Villanueva asumió el cargo de burgomaestre, luego de haberse declarado la vacancia del alcalde electo Carlos Alberto Palomino Arias. Es precisamente en esta situación, que aprovechándose del máximo cargo edil, Ángel Chilingano, conjuntamente con su hermano Fortunato Chilingano Villanueva, habrían organizado y promovido desde la administración de la entidad una estructura delictiva con la finalidad de obtener beneficios económicos y otras ventajas a través del municipio, en complicidad con funcionarios y servidores públicos. Entre los presuntos propósitos de esta red estaba el recuperar, mediante acciones ilícitas, el dinero invertido en la presunta campaña de desprestigio en contra del entonces alcalde Carlos Palomino con la finalidad de sacarlo del cargo. Según las declaraciones públicas del investigado Fortunato Chilingano, la cantidad ascendía a un millón de soles. Las operaciones delictivas de esta organización, de acuerdo a la investigación fiscal, habrían comenzado a gestarse en febrero del año 2017, materializándose mediante cobros indebidos efectuados a discotecas, centros comerciales y mercados. Asimismo, operativos contra empresas de transportes, madereras, avícolas, instituciones educativas particulares, además de los cobros indebidos por concepto de multas. Estas acciones se realizaron a través de las diversas sub gerencias la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, entre otras, la de Fiscalización, Transportes, Gestión de Riesgo de Desastres, en las cuales se accionaban los operativos para coaccionar a los empresarios formales e informales a entregar dinero o especies a cambio de permitir que trabajen en el distrito. El dinero recaudado mediante estos actos delictivos era entregado a los hermanos Ángel y Fortunato Chilingano Villanueva”.

Fuente: LA CORRUPCIÓN EN LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES-INFORME TEMÁTICO – SETIEMBRE 2018 AMADO DANIEL ENCO TIRADO Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción.

¿Hay algún parecido o similitud con lo que actualmente ocurre en Comas con algunos funcionarios de confianza de la gestión del alcalde Ulises Villegas Rojas? Decimos esto ya que resulta inexplicable e insólito que este señor junto a la gerente municipal Yanina Abanto Abanto hayan designado  y mantengan desde enero a la fecha a tres personajes siniestros como Elizabeth Sulca Solano en Fiscalización, Evelin Vicente Muñoz en Riesgo de desastres y Lucio Sosa Gonzales en Promoción empresarial, estos tres sujetos no registran hasta donde sabemos experiencia alguna en los cargos antes señalados así como capacitación para los mismos.

La primera de las nombradas solo puede acreditar una designación por concurso del puesto de secretaria técnica PAD de Cieneguilla en extrañas circunstancias por decir algo amable ya que la susodicha no duró mucho tiempo en el cargo, al no cumplir con los requisitos mínimos tal como se puede apreciar en el siguiente cuadro:


Fuente


La segunda “funcionaria” que mencionamos no es otra que Evelin Vicente Muñoz, subgerente de Riesgo de desastres, la misma que no puede ni podría acreditar experiencia para dicho cargo así como capacitación por la sencilla razón de que nunca antes ha sido funcionaria y el supuesto cargo de coordinadora de Riesgo de desastres fue regalo de algún padrino en la muni de Independencia. En Comas, esta señora la única experiencia que viene acumulando es la producción masiva de silencios administrativos positivos sin que hasta la fecha tenga siquiera un Proceso Administrativo Disciplinario y mucho menos alguna denuncia penal por omisión de funciones, peligro común y contra la seguridad pública en agravio de miles de comeños al no realizar las VISE correspondientes de Riesgo de desastres y Defensa civil tal como ordena la ley luego del silencio administrativo positivo, como en el caso de  COMPLEJO COMERCIAL Y RESIDENCIAL UNICACHI S.A. personalmente creo que este caso es el que grafica en toda su gravedad la corrupción de Evelin Vicente Muñoz.

Obra en nuestro poder copia de la carta de respuesta a una solicitud de transparencia y acceso a la información pública sobre el certificado de defensa civil del Mercado UNICACHI de Los Ángeles y Gerardo Unger que fuera presentada con Exp. Nº 26034-2023, en esta carta la susodicha Vicente Muños niega la información solicitada bajo un pueril y tonto argumento como veremos más adelante.

El Expediente presentado por la empresa UNICACHI para la renovación de su certificado de Defensa Civil lleva el número 21889-2023, fue presentado el día 26 de abril del presente año y se le otorgó 7 días para la respectiva ITSE de Riesgo muy alto, sin embargo para el día 26 de mayo mediante la Carta Nº 417-2023-AIP-OGAC/MDC sustentada en el Informe Nº 0094-2023-SGGRD-GGTDE/MDC , la Subgerencia de Riesgo de Desastres señala que “con el fin de garantizar el ejercicio  del derecho de acceso a la información pública y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia de la entidad, cumplo con informarle que se ubicó el expediente Nº 21889-2023, el mismo que se encuentra en proceso de inspección, motivo por el cual no se le puede remitir dicha información”, esto por supuesto es puro cuento, mentira, ¿por qué? muy sencillo, para el día 26 de mayo, fecha de la respuesta de la SGRRD el expediente llevaba más de los 7 días señalados en el expediente para la inspección y ya no podía efectuar ninguna ITSE, al menos en base al Exp. Nº 21889-2023, desde la fecha de presentación del Exp. en cuestión llevaba más de 14 días de atraso y la explicación dada es cuanto menos estúpida y obvio, corrupta. Lo cierto es que el COMPLEJO COMERCIAL E INMOBILIARIA UNICACHI S.A. ubicado en la Av, Los Ángeles Nº 695-697 para el día de hoy 12 de Junio del 2023 no ha sido objeto de ninguna INSPECCIÓN TÉCNICA EN SEGURIDAD DE EDIFICACIONES, UNICACHI SA no cuenta con CERTIFICADO DE RENOVACIÓN DE DEFENSA CIVIL y es una bomba de tiempo, ya que funciona solo con un SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO a todas luces amañado. La subgerencia de GRDD de Comas cuenta con suficiente personal ITSE como para haber cumplido con la VISE requerida por DS Nº 002-2018-PCM y no la ha hecho, ¿por qué? son preguntas que el pueblo comeño y los miles de clientes de ese mercado de abastos deben conocer en resguardo de su integridad y quizás de su vida misma.


Hemos dejado para el final una perlita de Lucio Sosa Gonzales, subgerente de promoción empresarial y gerente de DESARROLLO ECONÓMICO de Comas, hasta donde se sabe el sujeto es bachiller en Derecho y magister en Gestión Pública, Sosa Gonzales ha sido subgerente de Ejecución coactiva en Puente Piedra, subgerente de Fiscalización en SMP, subgerente de Inspecciones en San Isidro, pero en su vida había sido subgerente de Promoción empresarial y menos gerente de Desarrollo económico. En Comas se ha sacado la TINKA y para colmo es recontra prepotente y matón cuando no le ha ganado a nadie este pobre diablo. Villegas debería investigar los muchos “requisitos” que se ha inventado este tipejo para exaccionar a los administrados que necesitan los servicios de esa subgerencia como licencias de funcionamiento, autorizaciones de anuncios publicitarios, autorizaciones de uso de espacio público, todas ellas con reglas de juego establecidas en el TUPA de Comas, pero que diariamente son vulnerados por Sosa y sus locadores convirtiéndose en barreras burocráticas ilegales, curioso que los tres personajes en cuestión dirijan las 3 áreas de mayor incidencia económica del organigrama municipal comeño...





martes, 6 de junio de 2023

¿QUIEN ELIGIÓ A LA GERENTE MUNICIPAL LUZ YANINA ABANTO ABANTO COMO ALCALDESA DE COMAS?

¿Y cuál es su responsabilidad funcional y penal en la designación del sentenciado por delitos dolosos e inhabilitado ex Gerente Félix Elías Rojas Lujan?

 

El Alcalde de la Municipalidad distrital de Comas, fanático de las cámaras, sets y publicherrys, ha querido tener las manos libres para desarrollar su eterna campaña electoral sin los obstáculos que le impone el cargo para el que el pueblo lo eligió y para hacer realidad su sueño ha dictado la Resolución de Alcaldía Nº 165-2023-AL/MC, con la que delega atribuciones a su Gerente Municipal.

Hemos tomado conocimiento de la existencia de la Resolución de Alcaldía Nº 165-2023-AL/MC a partir de numerosos actos administrativos dictados por la funcionaria pública, publicados en el portal de la Municipalidad de Comas, en los que siguiendo las reglas de su delegante hemos detectado 356 Resoluciones de Gerencia Municipal publicadas en el portal web de Comas, en temas diversos como divorcio ulterior o separación convencional, temas laborales como designaciones, fin de designaciones, licencias con y sin goce de remuneraciones, temas institucionales como modificaciones presupuestarias, actualización del TUPA en el sistema de tramite documentario, modificación del plan anual de contrataciones, aprobación de directivas institucionales, etc. Y también en ese ínterin, hemos detectado no menos de 82 Resoluciones de Gerencia Municipal no publicadas (eso lo deducimos de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 437-2023-GM/MDC con la que se designa Gerente al sentenciado por delitos dolosos e inhabilitado Félix Elías Rojas Lujan, y aquella que le acepta la supuesta “renuncia” al cargo de confianza).

 Lo cierto de este hecho es que, siguiendo con nuestro tema de hoy, a pesar del mandato expreso de la ley, su implicancia en la producción de actos administrativos delegados y la obligación de publicidad de las normas de carácter público y general, etc., etc., la Resolución de Alcaldía Nº 165-2023-AL/MC sigue oculta al escrutinio público. La ciudadanía no sabe que materias se han delegado y si estas delegaciones efectuadas a favor de la Gerente Municipal guardan relación con la ley.

 

Antes de continuar, debemos aclarar que las normas o actos de carácter general o sea aquellas “de interés general y de observancia obligatoria” lo son cuando:

“1. su contenido proporcione información relevante y sea de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración Pública,

2. su difusión permita establecer mecanismos de transparencia en la gestión pública, así como control y participación ciudadana,

3. su contenido se relacione con la aprobación de documentos de gestión,

4. su contenido se relacione con información oficial procesada por las entidades rectoras de determinada función administrativa,…” o cuando

5. “se trate de nombramiento o designación de funcionarios públicos” (num. 5, Art. 10, DS. 001/2009-JUS) emitidas por los gobiernos locales (num. 9, Art. 4, DS. 001/2009-JUS), no surten efecto sino se cumple con el mandato Constitucional de publicidad (Art. 51), y, en el caso de los gobiernos locales esta obligación, para los extremos señalados, se ha extendido a sus Portales Electrónicos (Art. 13, DS. 001/2009-JUS), lo que tampoco ha ocurrido en numerosos casos a los que se refiere este artículo.

 En este caso, no sabemos, aún, a quien imputarle tamaña infracción normativa al Alcalde; a su Gerente de la Oficina General de Atención al Ciudadano (hasta hace poco Secretaria General); al Mgtr. Luis Armando Descalzi Santos, Subgerente de la Oficina de Tecnología de la Información, designado como Responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de Comas a través de la Resolución de Alcaldía Nº 164-2023-AL/MDC, o a la propia Gerente Municipal.

 Pero regresando al fondo del asunto, la delegación de competencias efectuada por el Alcalde Comas en favor de su Gerente Municipal no solo ha invadido competencias exclusivas de gestión y gobierno, indelegables por mandato de la ley (num. 78.2 del Art. 78 del TUO de la Ley 27444), que al parecer no ha establecido el deber de vigilancia del delegante (Art. 79 del TUO  de la Ley 27444), sino que además se encuentra en flagrante violación de la ley orgánica, produciendo varios imposibles jurídicos que cuestionan, entre otras, la validez de las designaciones de funcionarios públicos, ya que, los funcionarios y directivos públicos solo pueden ser designados por el Alcalde a propuesta del Gerente Municipal (num. 17 del Art. 20 de la Ley 27972), un procedimiento que ha sido omitido en más de 430 resoluciones de gerencia municipal que deben ser revisadas y/o anuladas y cuyas consecuencias son impredecibles por el reiterado desconocimiento de la ley y de los derechos de los administrados.

La confusión radica en que el Alcalde y sus funcionarios han confundido la capacidad de delegación con el traslado automático de la titularidad, competencias, atribuciones y responsabilidad, de las funciones y atribuciones propias del cargo electo, cuando en esencia, solo se pueden trasladar algunas competencias solo “… cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente…” (num. 78.1 del Art. 78 del TUO de la Ley 27444), el cual no es el caso y han errado más aún porque no han tomado en cuenta que “Son indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia,…” (num. 78.2 del Art. 78 del TUO de la Ley 27444), es decir aquellas propias de las atribuciones de gobierno y en este caso, la construcción de su cuerpo de Gerentes con los que dirige la entidad estatal a cargo. 

Por ello, la pregunta formulada por muchísimos ciudadanos comeños que se preguntan si la responsabilidad por el acto protagonizado por doña Luz Yanina Abanto Abanto, Gerente Municipal de Comas, en la designación del sentenciado por delitos dolosos e inhabilitado Félix Elías Rojas Lujan, le alcanzan al Alcalde Ulises Beltrán Villegas Rojas, tiene mucho sentido y oportunidad ya que se trata de dilucidar si la responsabilidad es exclusiva de la funcionaria en quien concurre la competencia delegada o es compartida con los funcionarios que participaron en la producción de la ilegal designación o además, alcanza al propio Alcalde de Comas, quien en ningún momento ha podido delegar la titularidad y quien en clara omisión de funciones y de su responsabilidad de vigilancia de la delegada (Art. 79 del TUO de la Ley 27444), ha permitido la generación de actos de gobierno que le son de su exclusiva responsabilidad.

Aunque puede sonar a sueños de opio y a pedir peras al olmo, pero antes que un vecino se anime a ir a la Contraloría o al Poder Judicial, queremos pedirle a Ulises Villegas, aún Alcalde de Comas, que haga un alto en su caminata número 1000, se compre tabas nuevas y reconozca que ha metido la pata y reevalúe la delegación otorgada a la Licenciada Luz Yanina, y por supuesto, le dé una en el kedejedi porque esta Sra es la partera de una batalla campal entre funcionarios, la autora de la violación sistemática de derechos ciudadanos y la responsable del desgobierno que ya no se puede prolongar más.

Se tenía que decir y se dijo, y que no se diga luego que no se lo dije.

Claro como el agua….

¡¡ Yanina Abanto, candidata fija a un Proceso Administrativo Disciplinario, no es la Alcaldesa de Comas !!

¡¡ Ulises Villegas no debe seguir blindando a una funcionaria pública que no respeta la ley !!



 

Atentamente, 
Salomón Márquez


viernes, 2 de junio de 2023

RESPONSABILIDAD PLENA Y TOTAL DE LA GM YANINA ABANTO EN COMAS

 

 El reciente escándalo suscitado en la muni comeña tras la abrupta salida del gerente de Gestión Ambiental, Félix Rojas Luján, por tener sentencia condenatoria por delito doloso en agravio precisamente de la muni comeña. El susodicho es trabajador municipal de dicha comuna y para nadie era un secreto dicha sentencia, pero la notoria incapacidad y mediocridad que acompaña a Luz Yanina Abanto Abanto le pasa la factura con evidente razón.

Félix Rojas fue designado en el cargo con Resolución de Gerencia Municipal Nº 421-2023-GM/MDC de fecha 24 de mayo y expectorado casi casi a la semana, durante ese tiempo ha firmado decenas de resoluciones de gerencia, lo cual demuestra fuera de toda duda que ejerció el cargo, que no haya llegado al mes para cobrar el sueldo como funcionario de confianza no libera a la gerente municipal de su responsabilidad plena así como tampoco a la jefa de RR HH que tenía la obligación de filtrar el expediente o CV del interfecto, cosa que no se hizo en ningún momento, con las consecuencias que todos conocemos.

Felix Rojas Luján no fue despedido ni destituido, renunció a su cargo mediante una carta, cabe recordar que en algún momento este caballero firmo una declaración jurada donde jamás hizo presente su sentencia a la funcionaria a cargo de su designación. Era obvio que nunca lo iba a hacer, ni cojudo, ahora bien, ¿quién es el responsable de dicha designación tonta y estúpida? No puede ser el alcalde Ulises Villegas por más que nos muramos de ganas de colgarlo del palo mayor de la nave municipal, hay una delegación de funciones amén de la ley orgánica de municipalidades que le concede dicha facultad a la gerente municipal de marras, entonces, es Yanina Abanto Abanto la responsable de designar al sentenciado ex funcionario de confianza, obvio microbio, ella solita se jaranea y es lo justo.


Desde Enero de este año hemos venido diciendo que la doña no reúne los méritos ni requisitos exigido por ley para tan alto cargo, pero erre con erre, dale la mula al trigo, dijimos que en LINKEDIN, la mayor red social laboral del mundo, la señora había creado toda una historia de fantasía sobre sus bondades como funcionaria del MINTRA, cosa que en la vida real solo existió por un breve periodo de tiempo, de los 10 años 6 meses que dice haber trabajado en el Ministerio de Trabajo como gerente de capacitación juvenil laboral, la resolución Vice Ministerial Nº 015-2018 solo reconoce labor de junio a noviembre de 2018, ¿dónde están pues esos 10 años y 6 meses de trabajo en dicho ministerio? En ninguna parte, salvo en su cabecita. Igual sucedió en la muni de La Victoria con su designación como gerente municipal y donde en una le cayó el OCI con un informe de control lapidario, entonces por qué debería extrañarnos tamaña metida de pata con la designación del pendejo Félix Elías, ah ah.




Encima echa más leña y gasolina al fuego con su memo circular donde exige a todos los funcionarios presentar sus antecedentes penales, policiales y judiciales hasta el 6 de junio, a la hora nona se acuerda de esto que debió hacerlo desde el principio y no a estas alturas cuando su destino está en la fiscalía penal de turno o anticorrupción.








DORDIS OTRA VEZ EN COMAS

  Esta vez la empresa DORDIS reaparece en Comas bajo el nombre de INVERSIONES DORDIS EIRL , ya no como lo hizo anteriormente con el nombre...