Ante los recientes hechos ocurridos en relación a la sospechosa sentencia contra el alcalde de Comas, abogado Ulises Villegas Rojas y ojo, decimos sospechosa, porque la jueza a cargo del caso ha sentenciado a 6 años de cárcel al referido sujeto con un agregado de "ejecución diferida" que no está normada en nuestro ordenamiento legal.
Ciertas opiniones de seudo juristas mediáticos pretenden presentar ante la opinión pública lo negro como blanco, una sentencia de 6 años de cárcel conlleva prisión efectiva inmediata: si los delitos se cometieron en 2017 y la tipificación de la acusación fiscal se basa en el art. 384 del CP vigente a la fecha de los hechos, no procede ninguna ejecución diferida, eso corresponde al CPP o al art. 402 del NCPP, no al CP de aquel entonces. Bueno eso dice la jurisprudencia en torno a la ejecución diferida, pero pero, cuando se trata de gentita con dinero o posición política eso no sucede, de inmediato se invoca el bendito arraigo -trabajo conocido, domicilio conocido- es más, hasta tienen el cuajo de decir que el condenado nunca ha rehuido las citaciones fiscales, judiciales y por tanto, debe y tiene que esperar en libertad la confirmación o revocatoria de la sentencia original a cargo de la sala de segunda instancia. Por supuesto que el investigado no tiene "absolutamente nada que ver" con que el juicio se alargue años tras año, eso es gratuito por la acostumbrada corrupción fiscal y judicial, sin embargo si usted es persona pobre y vive en casa alquilada, así tenga trabajo conocido se va a la reja: ahí si no hay tiempo ni lugar para la reflexión con un cambio de sentencia por trabajo comunal.
Si a lo anteriormente citado, le ponemos un toque del sabor, propio de la
jueza Rosa Luz Gómez Dávila, como es ese encantador término llamado ejecución diferida
o el sabroso “servicios a la comunidad” para los cambios de pena, que no esté
debidamente normado, eso no importa porque se trata de ayudar a que “la gente
reflexione sobre sus actos para que no vuelva a cometerlos”, como en el caso
de Moisés Alfaro Barreto, solo que para acceder a ese beneficio hay que ser dueño
de una empresa millonaria o alcalde de Los Olivos como Felipe Castillo Alfaro y
ahora, Ulises Villegas.
Pero lo que realmente motiva la presente nota, no son los discutibles
métodos de la jueza para ayudar a “reflexionar” a los sentenciados, lo que
verdaderamente nos interesa es el clamoroso silencio de los lideres y políticos
comeños, que a la fecha permanecen en estado catatónico, en un silencio
sepulcral, estamos viviendo el clásico, NO SE OYE PADRE. De ninguno de los
bochincheros politiqueros, de los bulliciosos y por lo general parlanchines
eternos candidatos a nuestra alcaldía, la sentencia condenatoria con su
regalito más contra Ulises Villegas no les llama la atención: no les causa
repulsión por lo corrupta y venal. Carajo, han pasado varios días y ninguno de
estos pendejos ha dicho esta boca es mía, no pueden decir que no saben de la
sentencia, ha sido y es noticia por la pendejada del agregado de esa ejecución
diferida, está en redes sociales y medios de prensa, es vox populi, ¿dónde
están los vampiros de siempre? Esos que despiertan solo para las elecciones y
en casos como este, callan en todos los idiomas. El veterano de las campañas
electorales Wilfer Carlos; el pescador Jean Pool Granados; el lavador y no de
ropa Miguel Saldaña; el inefable doctor de los pobres Nico Kusunoki; la bella y
grácil Roxana Ari; la inteligente y sensible Katty Panseco y los demás
invisibles del barrio.
Debemos aceptar la verdad, aunque nos duela reconocerlo es así: Comas no
tiene lideres sociales ni políticos de bien, nos han gobernado auténticos
filibusteros y piratas sin bandera, que solo llegaron para saquear nuestro
querido distrito junto a voraces regidores y corruptos, ineptos, incapaces y
mediocres funcionarios de confianza como los que han recalado en esta
putrefacta gestión.
Dr Stress quiere terminar la nota con el comentario del Sr. Renan Lara,
publicado en un artículo de LP - PASIÓN POR EL DERECHO:
La del estribo, Sra. Jueza Rosa Luz Gómez Dávila, nos podría decir ¿por
qué causa, razón o circunstancia fueron sobreseídos los señores, EVANS
SIFUENTES OCAÑA -ex alcalde- y RUBÉN RIVERA CHUMPITAZ -ex gerente municipal de
INDEPENDENCIA- ambos denunciados por la fiscalía anticorrupción en este caso de
corrupción en la modalidad de COLUSIÓN AGRAVADA? Gracias.
Atentamente,
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Dr. Estrés |