La corrupción y la impunidad, afectando la gobernabilidad, la economía y la calidad de vida de los ciudadanos. El país ha experimentado un descenso significativo en el Índice de Percepción de la Corrupción, alcanzando su peor nivel desde 2012, lo que refleja una creciente preocupación a nivel nacional e internacional.
CAUSAS DE LA CORRUPCION E IMPUNIDAD:
➤Falta de transparencia y control: La ausencia de mecanismos eficaces para supervisar el uso de los recursos públicos y la falta de rendición de cuentas facilitan la corrupción.
➤Debilidad institucional: La corrupción judicial, la captura del Estado por organizaciones criminales y la falta de independencia de los poderes públicos dificultan la lucha contra la corrupción y promueven la impunidad.
➤Factores sociales y culturales: La falta de conciencia social, la educación deficiente, la percepción de que la corrupción es común y la falta de consecuencias para los actos corruptos contribuyen a su persistencia.
➤ Impunidad: La falta de sanción para los actos corruptos y la ineficacia de la justicia en la investigación y juzgamiento de casos de corrupción fomentan un círculo vicioso de impunidad.
En estos momentos y a nivel nacional no existen mecanismos reales de control y fiscalización, especialmente en los municipios bajo el manido pretexto de la autonomía municipal, los alcaldes, sus regidores y funcionarios de confianza amén de los locadores de servicio o los CAS contratados vía convocatorias arregladas, donde con total descaro y cinismo se han zurrado en los instrumentos de gestión, como en el caso de Comas, donde en las tres convocatorias se ha eliminado la estructura de los puestos, no hay MCC, CAP o MOF que valga y no pasa nada.
Pero hay un álgido problema que no se da todos los días y a cada rato sin que alguien le ponga el cascabel al gato y ese problema es la designación de los funcionarios de confianza sin cumplir siquiera con los requisitos mínimos de la ley 31419 y su reglamento, DS 053. Esta misma ley es la que permite o autoriza el uso del MOF cuando los requisitos de la 31419 son demasiado suaves, veamos tres casos de funcionarios que no cumplen con la ley, contando con la complicidad corrupta e impune de los subgerentes o gerentes de RRHH de cada entidad:
▶▶En esta oportunidad se trata del escandaloso caso de la subgerente de salud de Independencia, KARINA NATALY GARCÍA GAMARRA, designada el 23 abril 2025 mediante R. de A. Nº D000078.2025-AL/MDI. Pero cuidado, que la García Gamarra no es la primera vez que ocupa dicho cargo: ya anteriormente fue subgerente de salud en Jesús María y La Molina. Aquí se aplica el viejo dicho de “gallina que come huevo, aunque le quemen el pico”, lo grave del caso es que la Sra. García Gamarra es licenciada en nada menos que TURISMO, como que no encaja el turismo en el sector salud, ¿o sí?
▶▶El segundo caso se refiere a un caballerito de nombres, RAÚL MARTÍN YVANOR REVOLLEDO, designado nada menos que como subgerente de la oficina de RRHH, en la gestión del inefable Alfredo Reynaga. Ahora bien, nosotros nos preguntamos que hace en una subgerencia tan difícil de manejar como es Recursos humanos o Personal un licenciado en ADMINISTRACIÓN DE CIENCIAS AEROESPACIALES, graduado en la Escuela de Oficiales de la FAP el 06 de octubre de 2022. Veamos para que sí sirve esta profesión:
"Un administrador de ciencias aeroespaciales, también conocido como gestor aeroespacial, se encarga de la gestión y administración de operaciones y proyectos en el ámbito aeroespacial, incluyendo la gestión de aeropuertos, empresas de transporte aéreo, y el desarrollo y mantenimiento de aeronaves y sistemas aeroespaciales".
Personalmente creemos que este señor, podría desempeñar un optimo papel en la NASA o SPACE X, no en una modesta subgerencia de RRHH de un municipio como INDEPENDENCIA, zapatero a tus zapatos, aviador.
▶▶El tercer caso se refiere a la subgerente de Limpieza pública, SILVIA TERESA RACHO MARTINEZ, de profesión ingeniero ambiental, egresada de LA MOLINA, pero con un pequeñísimo detalle: la RACHO no cuenta con la experiencia general y mucho menos específica para el puesto.
La ley 31419 exige 3 años de general y uno de específica, el MCC de INDEPENDENCIA es aún más estricto, aquí como en otros casos, la pregunta de cajón: los informes de Recursos humanos que certifican la idoneidad de estas personas son obligatoriamente falsos de toda falsedad en los respectivos informes que acompañan a las respectivas RESOLUCIONES DE GERENCIA MUNICIPAL o si no ALCALDÍA ha mentido con toda la concha del mundo y eso es delito y la validez de la designación está en tela de juicio, la ley dice que esa designación es nula y con eso todo lo que conlleva.
Después de estos ejemplos de corrupción, puede quedar alguna duda sobre la honestidad, honradez y moral en los actos de los alcaldes, regidores y funcionarios de confianza...
¿Dónde están los regidores, cuya labor es legislar y fiscalizar, dónde está el gerente OCI y sobre todo, dónde esta el pueblo de ese pujante y laborioso distrito, que no protesta contra estos nefastos y viles actos de corrupción?