A
propósito de la no muy reciente propuesta legislativa para la autorización de
uso de las llamadas “armas no letales”
((https://rpp.pe/columnistas/wilsonhernandezb/armas-no-letales-para-los-serenos-es-la-solucion-noticia-1202445),
que Raúl Díaz Pérez
promociona en estos últimos días, conviene efectuar algunas precisiones
“menos letales”.
En primer lugar, es necesario que, Raúl Díaz Pérez, le diga la
verdad al pueblo comeño si la iniciativa legislativa aprobada por el Concejo de
Comas, con el Acuerdo de Concejo Nº 027-2021/MDC, de fecha 04 de Agosto-2021, es una iniciativa seria y que cuenta con los
estudios de rigor, que incorpora análisis especializados, de los funcionarios
responsables de la seguridad ciudadana de Comas, o de alguna consultoría o
empresa especializada en el rubro, que se ha nutrido de la opinión de los
vecinos a través de sus diferentes representaciones sociales o instancias y
mecanismos de participación y/o apoyo a la Seguridad Ciudadana y a la Policía
Nacional, etc…
Pero por lo visto no ha sucedido ni lo uno ni lo otro.
Y si
revisamos esta página y media del Acuerdo de Concejo Nº 027-2021/MDC,
que aprueba el llamado “Proyecto de Ley
que incorpora el uso de Armas No Letales de última generación para el Serenazgo
Municipal y modifica los Artículos 7º,
8, 11º y
20º de la Ley Nº 31297, Ley del Servicio del Serenazgo Municipal” (que ha sido
escondido y vedado al común de los mortales), no vamos a encontrar ni un solo
Informe u opinión de la Subgerencia de Serenazgo, ni de la Gerencia de
Seguridad Ciudadana, de la que depende, ni, asimismo, ni un solo pronunciamiento
de la Comisión de Regidores 2021 de
Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transportes, en ese entonces presidida por
Willy Bruce Paredes Calla, o de la Comisión de Regidores de Asuntos Jurídicos,
en ese entonces presidida por Richard Martín Arroyo Segura (responsabilidades
recaídas en estos siniestros personajes, de acuerdo al Acuerdo de Concejo Nº 001-2021/MDC del 13 de Enero-2021).
Como si
esto fuese un asunto político y de poca importancia, y demostrando el poco o
nulo respecto por los representantes del Ministerio del Interior y la Policía
Nacional en el ámbito del distrito de Comas, tampoco se verifica ni un solo
pronunciamiento del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Comas -CODISEC, vigente a la fecha del acuerdo
municipal, instancia presidida por el mismísimo alcalde, y en la que, por Ley, participan
los Comisarios de la media docena de Comisarias del Distrito de Comas.
Es decir,
en Comas, salvo el Gerente de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad, con el
mísero Informe Nº 370-2021-GAJ/MC, al que nadie eligió, y que sabe
tanto de armas como un biólogo de agujeros negros o John Giraldo de Derecho, nadie
más ha expresado absolutamente ninguna opinión sobre el
referido proyecto de iniciativa legislativa, un proyecto que, como los nombres
de los efectivos del mal llamado Comando Tucuy Ricuy, permanece en la sombra y
el desconocimiento absoluto del pueblo comeño, y hasta de los mismos
funcionarios municipales.
¿Pero por
qué interesa tanto que esta iniciativa se haga pública?
Básico y
elemental, porque a tenor de las conferencias y entrevistas brindadas por el alcalde,
parece que el alcalde comeño es el único que conoce la formula y el contenido
de la iniciativa efectuada en nombre del pueblo comeño:
Porque se
trataría de autorizar el uso de armas “no letales”…
Porque se
trataría de armar a los serenos con estas “armas no letales”…
Porque
nadie sabe a qué armas se refiere la iniciativa…
Porque
nadie sabe el grado de responsabilidad penal que implicaría su obtención, almacenamiento,
custodia, y uso.
Porque
nadie sabe si, efectivamente, se estarían proponiendo, obligatoriamente y a la
vez, la modificación del Código Penal, y la propia Constitución, al incorporar un
órgano distinto al constitucional, como el nuevo capaz legal del uso
de la fuerza en nombre del Estado. Recordemos que solo las FF AA y la PNP son las responsables legalmente de la aplicación de esta ley.
Porque,
además, nadie sabe qué y por qué quiere modificar el Artículo 7 de la Ley 31297, Ley del
Servicio de Serenazgo Municipal, que dispone las obligaciones del sereno
municipal.
Porque
nadie sabe qué y por qué quiere modificar el Artículo 8 de la Ley 31297, Ley del
Servicio de Serenazgo Municipal, que establece los derechos laborales del
sereno municipal.
Porque
nadie sabe qué y por qué quiere modificar el Artículo 11 de la Ley 31297, Ley del
Servicio de Serenazgo Municipal, que establece las Funciones de los centros de
capacitación de serenos municipales.
Porque
nadie sabe qué y por qué quiere modificar el Artículo 20 de la Ley 31297, Ley del
Servicio de Serenazgo Municipal, que dispone el equipamiento de los serenos
municipales.
Evidentemente,
tanto secreto en un debate necesariamente público, sobre aspectos tan
importantes para la vida y la seguridad ciudadana, nos hace sospechar que en la
mentada iniciativa legislativa del alcalde comeño, no solo hay mucho ruido y pocas
nueces, sino harta mentira y mucho contrabando, y eso es lo que salta a la
vista, cuando no se habría cumplido con lo más elemental de los supuestos ordenados
en la técnica legislativa, establecidas por el sentido común y la Ley Nº 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, y
el D.S. N° 008-2006-JUS, que aprueba su reglamento, que disponen la organización y
estructuración de las iniciativas legislativas, con elementos tan esenciales
como imprescindibles, entre otros no menos importantes:
-
Una Parte expositiva o exposición de
motivos,
-
Otra parte dedicada al Análisis costo
beneficio de la propuesta, y,
-
Aquella dedicada al Análisis del
impacto de la vigencia de la norma en la legislación nacional, tal y como se
ordena con acápites 1.1.2, 1.1.3 y 1.1.4 del numeral 1.1 del Art.
1 de la citada Ley Nº 26889, exposición, análisis de costos e impacto, que no se ven por
ningún lado.
Visto
desde ese ángulo, el alcalde, al parecer, se ha dedicado a vender humo y
montarse sobre una justa indignación y miedo frente al avance de la
delincuencia común, para distraer a la opinión pública de su desastrosa gestión.
ALGUNAS IDEAS SUELTAS EXPRESADAS POR
ESPECIALISTAS EN EL USO DE “ARMAS NO LETALES”
Veamos qué nos dicen los especialistas sobre este tema.
La calificación de arma "no letal", es un término
ambiguo, vago e impreciso, y, aparentemente, solo implica la inexistencia de
muerte o daño severo, directamente relacionadas con la utilización del
artefacto.
Este extremo no se ha diseñado en la propuesta legislativa,
craso error cuando se trata de la autorización de uso de “armas” para uso civil
intensivo, cuyas consecuencias son perfectamente previsibles en el cuerpo del
objetivo.
La simple pregunta del daño y los efectos que se producirían,
la severidad o permanencia, el daño colateral u otro, nos revelan que se
encuentran entre los supuestos de esta no novísima propuesta.
En el diseño de la propuesta legislativa, el daño físico, un
componente de riesgo importantísimo en cualquier propuesta de uso de la
violencia legal, y más aún si trata del uso de “armas”, no se halla definida,
catalogada, cuantificada, ni limitada, ni siquiera nombrada como probable
consecuencia.
Corresponde
evaluar los efectos que producen los armamentos "no letales", a fin
de evitar, a priori, clasificarlos o catalogarlos como inocuos o no letales.
Si el
propósito es no matar, sino "incapacitar", el uso del armamento
"no letal", suena atractivo y hasta preferible en defensa de la vida,
pero resulta engañoso pretender que el daño siempre y mayoritariamente será
“menor” y cuantificable, y que permitirá tan solo un daño “permisible” por el
afectado o la sociedad.
Y es
engañosa también, porque la propaganda del alcalde promociona el uso exclusivo
de una pistola de balas de goma, pero el concepto genérico de “arma no letal”, usado
en la iniciativa legislativa, nos remite a un arsenal bastante más amplio en el
mercado, que ya ha generado una inicial resistencia, tanto por el riesgo que
generaría para quienes lo portarían, como para los ciudadanos que se encuentren
en medio de un operativo o intervención, lo que los convertiría en un probable
daño colateral en el más común de los escenarios.
Los
expertos señalan que si llegara a estimarse la cantidad o concentración de
energía que podría considerarse "no letal" o productora de daño
temporal o inocuo, también pueden determinarse las cantidades y concentraciones
que pueden ser letales. Y tal como se establece entre la diferencia de un
veneno y la droga, es la dosis la que finalmente determina el efecto letal.
Es
infantil pensar que dichas reglas o especificaciones serán seguidas al pie de
la letra en un real teatro de operaciones, generalmente complicado, y al fragor
del combate.
En forma
absolutamente práctica, no existe manera de predecir el uso de una bala de goma
o varias dirigidas a un solo objetivo, a distancias variables, en un mismo
escenario, a diferentes partes del cuerpo, y concluir que en todos los casos es
inocua y temporal.
Como
también es infantil pensar que dichas “armas no letales” no constituyan riesgo
para los propios serenos; al igual que ocurre con las armas de reglamento de
los efectivos policiales.
En forma
absolutamente práctica, no existe manera de predecir el uso de una bala de goma
o varias dirigidas a un solo objetivo, a distancias variables, en un mismo
escenario, a diferentes partes del cuerpo, y concluir que en todos los casos es
inocua y temporal.
Y todo este debate incipiente, pero importante, es el que no
ha propiciado ni permitido Raúl Díaz Pérez, y es la ausencia de la exposición
técnica de las ideas fuerza de la iniciativa legislativa, la que demuestra que
la propuesta de Raúl Díaz Pérez es simple y llanamente una farsa total, y que,
lamentablemente, solo existe de nombre.
Evidentemente no ha evaluado a los sujetos de un probable
escenario ideal: El gobierno local representado por el Sereno, La sociedad
representada en el Vecino, y el Infractor social materializado en el
delincuente o infractor, además de sus diferentes motivaciones, y los diferentes
escenarios de riesgo probable y calculado.
UNA OPINIÓN MUY IMPORTANTE
A propósito de esta propuesta, hace poco el Economista e
investigador Wilson Virgilio Hernández Breña, Investigador
CONCYTEC con Código Renacyt: P0050399), Investigador
Asociado de GRADE-Grupo de Análisis para el Desarrollo, y especialista en importantes líneas de investigación tales como:
violencia, seguridad ciudadana, justicia y género, nos ha regalado un
interesantísimo artículo de opinión, que abona en este debate (https://rpp.pe/columnistas/wilsonhernandezb/armas-no-letales-para-los-serenos-es-la-solucion-noticia-1202445), y por su importancia y actualidad lo
reproducimos íntegramente:
ARMAS “NO LETALES”
PARA LOS SERENOS: ¿ES LA SOLUCIÓN?
Una de
cada cuatro personas ha sido víctima de la delincuencia en el Perú.
Esta angustiante cifra nos presiona a luchar con fuego contra el fuego. En el
Congreso lo saben. Han dado un primer paso para darles armas “no letales” a los
serenos. Con esto, por fin, se acabará la delincuencia, ¿cierto? No, en
realidad, no.
13 de Junio del 2019 9:09 AM | Actualizado el 13 de Junio del 2019 9:11 AM
Wilson Hernández
B.
“Las armas “no letales” buscan
incapacitar temporalmente a una persona. Se usan para evitar que el conflicto
escale, controlar masas, ejercer defensa personal, evitar escapes, etc. Las más
comunes son las pistolas a balas de goma y los generadores de voltaje (más
conocidos en el Perú como paralyzers).
La
constante inseguridad en el Perú ha creado un negocio en base a estos
implementos. Este año se ha proyectado que los peruanos gastaremos 60 millones
de soles en ellos, un 40% más que el año anterior, según el Diario Gestión.*
El
universo de armas “no letales” es tan diverso como creativo. En Estados Unidos
la policía cuenta con un spray que arroja espuma inmovilizante (seca casi al
instante limitando la movilidad del sujeto, lo que hace fácil atraparlo). Hay
también armas que aturden (como bombas de luz y/o sonidos), emisores de ondas
microondas con el mismo objetivo, así como otras armas “no letales” que disparan
redes y bombas apestosas.
Frente a los avezados, los serenos
armados podrán hacer poco y, por el contrario, se expondrán a mucho. | Fuente: Andina
Lejos
de creer que las armas “no letales” son la solución, es importante plantear
seis aspectos en torno a esta propuesta de ley aprobada por la Comisión de
Defensa y Seguridad Ciudadana hace pocos días.
Primero,
debemos llamarlas armas menos letales, no armas “no letales”. Por ejemplo, los
mismos fabricantes de generadores de voltaje han reconocido que pueden causar
muerte contra personas que usen marcapasos.
Segundo,
lo “menos letal” puede causar daños graves. Al respecto, la preocupación
principal está en las pistolas con balas de goma. Sus proyectiles varían en
tamaño (3 a 5 centímetros) y peso (5 a 40 gramos), y la fuerza del impacto es
alta. Las balas de goma viajan a más de 400 kilómetros por hora y pueden causar
daños severos, especialmente en zonas blandas del cuerpo. Y si a alguien no le
preocupa la vida de un delincuente, piense en los posibles daños colaterales
(transeúntes cualquiera).
Ya en
el 2015, Amnistía Internacional puso la voz de alerta. Afirmaron que las armas
no letales usadas por la policía afectan derechos humanos, pueden causar
fuertes daños a la salud e incluso pueden propiciar casos de tortura. Desde su
punto de vista, algunas de estas armas deben ser eliminadas y otras empleadas
solo bajo estricta regulación.
Tercero,
las armas menos letales desnaturalizarían la función civil del Serenazgo. Hace
un par de años, ya lo había advertido el IDL. Coincido.
Desnaturaliza su rol al introducir un componente de control mediante el uso de
la fuerza y posible letalidad.
Cuarto,
creo que los serenos pueden y deben usar ciertas armas menos letales, pero no
otras (como las pistolas con balas de goma y quizás los generadores de
voltaje). La espuma movilizante o los lanzadores de redes los considero
viables. Todo esto debe acompañarse de regulación adecuada, capacitación,
supervisión, apoyo psicológico para serenos, bajo un claro enfoque de derechos.
Pero el
quinto punto es más elemental. ¿Es que la delincuencia existe o prolifera
porque justamente los serenos se pasean con pitos y no con armas menos letales?
Las
causas de la delincuencia son otras. Sus soluciones también. Si hay gente
robando en moto, hay que identificar los patrones de rutas y anticiparlos. Si
hay ladrones que arranchan carteras, las cámaras de seguridad deben estar
interconectadas, detectar estos hechos automáticamente (se puede con ciertos
algoritmos de inteligencia artificial) y atraparlos. Nada de esto se logra
dándole balas de goma a los serenos.
Aquí
viene un sexto punto importante. Las armas menos letales son útiles cuando el
delito ya se ha cometido. No son armas preventivas. Son reactivas. Y esa
capacidad para saber reaccionar, manejar un arma, saber apuntar y accionarla,
no se logra ni con un mes entero de capacitación. Se logra con la práctica. Mucha
práctica. Y particularmente, uno no entra a ser sereno con la previsión de
quedarse cinco años en la labor. Es un trabajador muy inestable laboralmente.
Entonces,
¿para qué sirven las armas menos letales? Hace unos años, un sereno lo explicó
muy bien durante una mesa de trabajo organizada por la Defensoría del Pueblo:
“Esas armas [menos letales] sirven para tumbar al borrachito que quiere romper
la luna del banco”.
Frente
a los avezados, los serenos armados podrán hacer poco y, por el contrario, se
expondrán a mucho. En contextos como este, cuando sea evidente que las armas
menos letales fracasaron, surgirá la tentación de autorizar por ley que los
serenos empleen armas de fuego. Esta posible situación futura, ya la vimos en
el pasado. En el 2014, lo sugirió el grupo parlamentario
Gana Perú (http://bit.ly/1QcSChq).
Es
positivo debatir sobre el uso de armas menos letales. Lo incorrecto es creer
que esto soluciona un problema (inseguridad, victimización y percepción de riesgo)
que necesita de múltiples enfoques y diversos actores. El Serenazgo es uno de
ellos. No el principal.”.
Este es el tipo de trabajo que el Politólogo y ex asesor del
Congreso de la República (con más de 15 años de “experiencia”), Raúl Díaz Pérez, ha
evitado…¿Por qué?
No lo sabemos, pero el circo irrespetuoso, montado por Raúl
Díaz Pérez, tiene todas las características de una maniobra distractora, y sospechamos
que ni el mismo Raúl Díaz Pérez cree en las bondades del arroz con mango que ha
sacado bajo la manga, y, lo que es peor, ni los más de 15 años de “asesor
parlamentario” en el Congreso, le han servido para elaborar una propuesta más o
menos inteligente, medianamente estudiada, fundamentada, motivada, con análisis
de los beneficios y el costo social de la iniciativa, etc.
Atte.,
Salomón Márquez