La incesante y agobiante campaña de fiscalización administrativa de parte de la gestión municipal que gobierna Comas desde enero del 2023 a la fecha ya empieza a mostrar el horrible rosto de la corrupción y los estertores de muerte para la reactivación económica del distrito norlimeño pese a los pocos pero al final esfuerzos del ejecutivo por darnos una mano en esta desigual lucha en contra del abuso, no del alcalde directamente, sino de los funcionarios de confianza a cargo de dicha subgerencia y también de la pésima selección de los encargados de la fiscalización mediante concursos CAS cuyas bases son bastante cuestionables por decir lo menos.
Si queremos hacer un breve análisis de la situación que
agobia a los comerciantes, mypes y emprendedores que trabajan en Comas debemos
tomar en cuenta primero: la ínfima
calidad de los funcionarios a cargo de las áreas de Fiscalización, Promoción
empresarial y Riesgo de desastres del municipio comeño. En fiscalización
tenemos a una señora que nunca antes ha sido funcionaria en esta vital área, es
más ni siquiera cumple con eso de la experiencia especifica en el cargo ni tampoco
con la capacitación necesaria para el puesto. Lo mismo sucede con la subgerente
de Riesgo de desastres y con el tercer personaje en cuestión, el jefe de Promoción
empresarial y gerente de Desarrollo económico al mismo tiempo, los tres sujetos
son claves en su conjunto para una correcta fiscalización del distrito comeño.
El gran y eterno problema en las fiscalizaciones
administrativas en todo el país pasa por la discrecionalidad de la que hacen
gala los funcionarios a cargo de las subgerencias y gerencia de fiscalización
de las municipalidades provinciales y distritales a través de sus ordenanzas,
que tienen rango de ley así sean unos verdaderos adefesios violatorios de la ley, ordenanzas que infringen
flagrantemente el art. 250 de la ley 27444 sin que a nadie le importe, tal y
como se puede apreciar en el texto del PL 4952-2023-CR:
De la lectura de estos textos podemos ver la variedad de opiniones, pero con un común denominador: la unanimidad en el abuso de los municipios y sus fiscalizadores debido a la discrecionalidad en la imposición de las sanciones, multas y clausuras que se dan ante la impotencia del administrado quien ve como sus esfuerzos se van al carajo ya sea por la ignorancia o corrupción de los encargados de imponerlas o ambas razones.
MULTAS Y CLAUSURAS ABSURDAS E IRRACIONALES: |
Por vencimiento del
certificado de fumigación. |
Por vencimiento del carné
de sanidad o certificado de salud. |
Por no contar con el
letrero de NO AL ACOSO SEXUAL O DISCRIMINACIÓN. |
Por tener descargado el o
los extintores del local. |
Por no contar con certificado
de defensa civil. |
Por no tener licencia de
funcionamiento. |
Por carecer de
autorización de anuncio publicitario. |
Por no contar con
autorización de toldo. |
Por no contar con pozo a
tierra. |
Decíamos líneas arriba que en muchos casos no se
justificaban las multas y clausuras porque los expedientes para obtener los
documentos requeridos estaban en trámite desde hacía meses sin resultados
positivos por parte de la entidad, pero en la práctica esto no les interesa ni
les importa a los fiscalizadores, las demoras
se dan con sospechosa frecuencia en las oficinas encargadas de entregar exámenes previos a dichas autorizaciones o permisos, oficinas como Promoción
empresarial y Riesgo de desastres o Defensa civil, lo que nos hace pensar en
una bien montada organización criminal
que ve en estos trámites una inagotable fuente de riquezas mal habidas.
Cuando líneas arriba decíamos que ni este PL 5942-2023 se preocupaba por aplicar de manera expeditiva la aplicación del art. 250 de la ley 27444, supuestamente en manos de INDECOPI no nos equivocábamos, pero mejor veamos que dice el articulito de marras:
SEÑORES ALCALDES, NO SE OLVIDEN QUE EL AUTOR DE ESTE PROYECTO DE LEY ES HERNÁN GUERRA GARCÍA, ACTUAL PRIMER VICEPRESIDENTE DEL CONGRESO, CONTINUARÁ...