¿Por qué DON BILLEGAS quiere acabar con el Boulevar del Retablo?
Todavía no la tengo clara lo que sucede con algunos funcionarios y trabajadores municipales. Sus actos administrativos son de pura y llana corrupción o son simplemente estúpidos o retrasados mentales, además de genuflexos ante los caprichos, o actos fríamente calculados de DON BILLEGAS.
Les explico, amigos lectores, en Lima Perú tenemos para efecto de inspecciones técnicas de prevención de riesgos de desastres y defensa civil un DS Nº 058-2014-PCM, el mismo que señala (a través del art. 18.2) tajantemente y de manera obligatoria la presencia de un inspector técnico para los procedimientos de inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones básicas ex post, NR1; dos inspectores técnicos para el caso de las ITSE Básica Ex Ante, NR2, para las inspecciones de detalle o NR3, se requieren de cuatro (04) inspectores técnicos. Así las cosas, está más claro que el agua la cantidad de inspectores para cada caso. Entonces, la pregunta se cae de madura: ¿Qué pasa cuando a usted lo multan y le clausuran su negocio por una inspección técnica de nivel Ex Ante o NR2efectuada por un solo inspector y cuya firma y sello avala un Acta de Diligencia de Inspección, el mismo que determina las observaciones del objeto de inspección, o sea, su local, su medio de vida con lo que se gana los frejoles y mantiene a su familia y da chamba a sus trabajadores? Simple y fácil: le fregaron la vida, además, el policía municipal que acompaña la inspección se encargará de sancionar con una multa y encima clausurarle el negocio. ¿Más jodido no puede estar o eso es lo que usted cree? falso, hay más, mucho más… si usted se ha ganado los odios o antipatías de algún regidor engreído y atorrante, empezará a sentir el infierno en la tierra. Para empezar encontrará que para presentar una reconsideración o apelación, según sea el caso le buscaran la sinrazón, le dirán que no procede, que tiene que hablar con el regidor de marras, que hay orden del UNO y mil cojudeces. Si alguien se apiada o respeta la ley, le aceptarán su solicitud, ojo con el derecho constitucional de petición, letra muerta, deberá esperar rápidamente una Resolución de Sanción Administrativa, que en la práctica no hace más que ratificar la multa y clausura inicial. Si en el camino usted ya subsanó las “observaciones” del inspector técnico, solicitará la debida inspección técnica para levantar dichas observaciones, tendrá que esperar la divina voluntad del subgerente de defensa civil y las exigencias económicas de sus subordinados, que tienen de INGA como de SELMER MANDINGA. Con su solicitud de inspección siéntese a esperar por lo menos sus diez a quince días. Levantó las observaciones, ¡¡hurra!! Bien por usted, pero, ¿realmente cree que ya acabó su calvario? Ahora presentará otra solicitud pidiendo el levantamiento de la medida de clausura, craso error, recuerde usted que tiene un regidor ordenando que lo jodan, que no lo dejen trabajar, o ya se olvidó, ¡¡Despierte: wake up!! qué pasa con usted, está en Comas y de paso también en COMA… Amigo mío, la subgerenta de Control Municipal ya secuestró su expediente, ¿no ve usted que la ley le concede 30 días para resolver su caso? ¿Por qué debería hacérsela fácil? Órdenes son órdenes, así vengan de alguien que no tiene funciones administrativas, ¿o no?¿ Sigue esperando que le levanten la clausura para empezar a trabajar usted y sus empleados? Échese, acuéstese, parado se va a cansar. ¿Cree que ya lo ha visto todo? Espere, ahorita le sacan una resolución de revocación de su certificado de defensa civil invocando un artículo del, ADIVINO, ADIVINO, DS 058, art. 038.2: USTED TENIA DOS DIAS para subsanar las observaciones hechas por quien no podía realizar dicha inspección técnica, ya que estaba solito, y en el Acta de Observaciones ¡¡solo hay una firma!! ¿Recuerda? Pero todavía hay más, mucho más, el art. 19, del ds. 058, señala lo siguiente: “El inspector o grupo inspector deberá acudir a verificar la reducción del riesgo alto o muy alto identificado en el acto de inspección en un plazo que no deberá exceder los 02 (dos) días hábiles contados desde la diligencia; debiendo emitir y entregar, en el mismo acto el informe correspondiente. ¿Qué pasó dr. Grover Sotomayor? se le chispoteó; prevaricato puro y duro.
El acto inicial que dio lugar a toda esta basura es NULO DE PLENO DERECHO, y los actos subsiguientes también, MULTA Y CLAUSURA. Ni qué hablar de las resoluciones de la Gerencia de Desarrollo Económico. Si usted cree, amigo lector, que esta historia es ciencia ficción o fantasía se equivoca, pertenece al expediente del ciudadano Hugo Nole Martínez, EXP. Nº 29336-2016 y expedientes subsiguiente, exp. 31268-2016(secuestrado desde el 27 julio 2016).
PERO NO ES SOLO EL SEÑOR NOLE, ESTÁN TAMBIÉN LOS LOCALES, LA CHOZA, BONGO, LA ROCA, GABINOS, Y VAYA UNO A SABER CUÁNTOS MÁS EN COMAS. ¡¡NULIDAD, NULIDAD!! NULIDAD PARA TODAS LAS INSPECCIONES BAMBAS, Y TAMBIÉN SANCIÓN DISCIPLINARIA PARA LOS INVOLUCRADOS, ¡¡FUERA CORRUPTOS E INCAPACES DE MUNICOMAS!! TÚ TAMBIÉN, FLOR MARÍA, POR INCOMPETENTE E IGNARA, TIENES MÁS DE TREINTA CONSTANCIAS DE EXIGIBILIDAD FULERAS, LA TÍA MÁVILA NO TE QUIERE POR BURRA. TU IGNORANCIA NO TE LIBRA DE RESPONSABILIDAD.
La mayoría de las inspecciones técnicas de defensa civil, hechas en los últimos meses por defensa civil en comas, son irritas per se, nulas de toda nulidad.
¿Y ahora qué? Se vienen las denuncias por abuso de autoridad, prevaricato, procesos administrativos disciplinarios y sobre todo las demandas por daños y perjuicios, multas ya pagadas, días sin trabajar por parte de usted y sus trabajadores, daño psicológico y emocional, lucro cesante y daño emergente. Miguel Saldaña Reátegui, esta es la verdadera suma de todos los errores de tu gente y tu gestión edil.
Pregunta final: ¿Quién es el responsable administrativo de la marcha de la gestión municipal? Obviamente que el Gerente Municipal, Miguel Ángel Ascencio Chávez. ¿Quién es el responsable de la Gerencia de Desarrollo Económico y jefe del subgerente de Defensa Civil, Edgar Gutiérrez Tijero? Nada menos que el abogado sin ninguna experiencia en este cargo ni capacitación en este puesto, Grover Sotomayor Francia, quien también vendría ser jefe del inspector técnico de defensa civil, Rafael Salinas Coria. Debemos terminar reclamando la inmediata salida del cargo de sub gerenta de Control Municipal, Flor María Ramírez Ayala, por su demostrada incapacidad no solo funcional sino moral. Cuidado, cuidado hay mucho más sobre esta señora; la sub gerenta coactiva, abogada MÁVILA VARGAS RAMÍREZ tiene las palabras claves: “CONSTANCIA DE EXIGIBILIDAD” se llaman. Y, ¿el buen HUGO HUAYNALAYA pasará piola esta vez? Mejor que lo regresen a su 728, ASÍ SOLO AGRAVIARÍA A LOS PARQUES Y JARDINES O A LOS RESIDUOS SÓLIDOS.
¡¡¡EL PARQUE MANHATTAN NO SE VENDE, SE DEFIENDE!!! ¡¡¿CARAJO?!! EN ESTE ASUNTO HAY MAS DE SIETE MILLONES DE DOLARES EN JUEGO. ¡¡ACHACHAU, QUÉ RICO PESCAU¡¡
REGRESAMOS, GRACIAS