martes, 30 de agosto de 2016

¿CIENCIA FICCIÓN? NO, PURA REALIDAD EN COMAS


¿Por qué DON BILLEGAS quiere acabar con el Boulevar del Retablo?


Todavía no la tengo clara lo que sucede con algunos funcionarios y trabajadores municipales. Sus actos administrativos son de pura y llana corrupción o son simplemente estúpidos o retrasados mentales, además de genuflexos ante los caprichos, o actos fríamente calculados de DON BILLEGAS.
Les explico, amigos lectores, en Lima Perú tenemos para efecto de inspecciones técnicas de prevención de riesgos de desastres y defensa civil un DS058-2014-PCM, el mismo que señala (a través del art. 18.2) tajantemente y de manera obligatoria la presencia de un inspector técnico para los procedimientos de inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones básicas ex post, NR1; dos inspectores técnicos para el caso de las ITSE Básica Ex Ante, NR2, para las inspecciones de detalle o NR3, se requieren de cuatro (04) inspectores técnicos. Así las cosas, está más claro que el agua la cantidad de inspectores para cada caso. Entonces, la pregunta se cae de madura: ¿Qué pasa cuando a usted lo multan y le clausuran su negocio por una inspección técnica de nivel Ex Ante o NR2efectuada por un solo inspector y cuya firma y sello avala un Acta de Diligencia de Inspección, el mismo que determina las observaciones  del objeto de inspección, o sea, su local, su medio de vida con lo que se gana los frejoles y mantiene a su familia y da chamba a sus trabajadores? Simple y fácil: le fregaron la vida, además, el policía municipal que acompaña la inspección se encargará de sancionar con una multa y encima clausurarle el negocio. ¿Más jodido no puede estar o eso es lo que usted cree? falso, hay más, mucho más… si usted se ha ganado los odios o antipatías de algún regidor engreído y atorrante, empezará a sentir el infierno en la tierra. Para empezar encontrará que para presentar una reconsideración o apelación, según sea el caso le buscaran la sinrazón, le dirán que no procede, que tiene que hablar con el regidor de marras, que hay orden del UNO y mil cojudeces. Si alguien se apiada o respeta la ley, le aceptarán su solicitud, ojo con el derecho constitucional de petición, letra muerta, deberá esperar rápidamente una Resolución de Sanción Administrativa, que en la práctica no hace más que ratificar la multa y clausura inicial. Si en el camino usted ya subsanó las “observaciones” del inspector técnico, solicitará la debida inspección técnica para levantar dichas observaciones, tendrá que esperar la divina voluntad del subgerente de defensa civil y las exigencias económicas de sus subordinados, que tienen de INGA como de SELMER MANDINGA. Con su solicitud de inspección siéntese a esperar por lo menos sus diez a quince días. Levantó las observaciones, ¡¡hurra!! Bien por usted, pero, ¿realmente cree que ya acabó su calvario? Ahora presentará otra solicitud pidiendo el levantamiento de la medida de clausura, craso error, recuerde usted que tiene un regidor ordenando que lo jodan, que no lo dejen trabajar, o ya se olvidó, ¡¡Despierte: wake up!! qué pasa con usted, está en Comas y de paso también en COMA… Amigo mío, la subgerenta de Control Municipal ya secuestró su expediente, ¿no ve usted que la ley le concede 30 días para resolver su caso? ¿Por qué debería hacérsela fácil? Órdenes son órdenes, así vengan de alguien que no tiene funciones administrativas, ¿o no?¿ Sigue esperando que le levanten la clausura para empezar a trabajar usted y sus empleados? Échese, acuéstese, parado se va a cansar. ¿Cree que ya lo ha visto todo? Espere, ahorita le sacan una resolución de revocación de su certificado de defensa civil invocando un artículo del, ADIVINO, ADIVINO, DS 058, art. 038.2: USTED TENIA DOS DIAS para subsanar las observaciones hechas por quien no podía realizar dicha inspección técnica, ya que estaba solito, y en el Acta de Observaciones ¡¡solo hay una firma!! ¿Recuerda? Pero todavía hay más, mucho más, el art. 19, del ds. 058, señala lo siguiente: “El inspector o grupo inspector deberá acudir a verificar la reducción del riesgo alto o muy alto identificado en el acto de inspección en un plazo que no deberá exceder los 02 (dos)  días hábiles contados desde la diligencia; debiendo emitir y entregar, en el mismo acto el informe correspondiente. ¿Qué pasó dr. Grover Sotomayor? se le chispoteó; prevaricato puro y duro.
El acto inicial que dio lugar a toda esta basura es NULO DE PLENO DERECHO, y los actos subsiguientes también, MULTA Y CLAUSURA. Ni qué hablar de las resoluciones de la Gerencia de Desarrollo Económico. Si usted cree, amigo lector, que esta historia es ciencia ficción o fantasía se equivoca, pertenece al expediente del ciudadano Hugo Nole Martínez, EXP. Nº 29336-2016 y expedientes subsiguiente, exp. 31268-2016(secuestrado desde el 27 julio 2016).
PERO NO ES SOLO EL SEÑOR NOLE, ESTÁN TAMBIÉN LOS LOCALES, LA CHOZA, BONGO, LA ROCA, GABINOS, Y VAYA UNO A SABER CUÁNTOS MÁS EN COMAS. ¡¡NULIDAD, NULIDAD!! NULIDAD PARA TODAS LAS INSPECCIONES BAMBAS, Y TAMBIÉN SANCIÓN DISCIPLINARIA PARA LOS INVOLUCRADOS, ¡¡FUERA CORRUPTOS E INCAPACES DE MUNICOMAS!! TÚ TAMBIÉN, FLOR MARÍA, POR INCOMPETENTE E IGNARA, TIENES MÁS DE TREINTA CONSTANCIAS DE EXIGIBILIDAD FULERAS, LA TÍA MÁVILA NO TE QUIERE POR BURRA. TU IGNORANCIA NO TE LIBRA DE RESPONSABILIDAD.

La mayoría de las inspecciones técnicas de defensa civil, hechas en los últimos meses por defensa civil en comas, son irritas per se, nulas de toda nulidad.

¿Y ahora qué? Se vienen las denuncias por abuso de autoridad, prevaricato, procesos administrativos disciplinarios y sobre todo las demandas por daños y perjuicios, multas ya pagadas, días sin trabajar por parte de usted y sus trabajadores, daño psicológico y emocional, lucro cesante y daño emergente. Miguel Saldaña Reátegui, esta es la verdadera suma de todos los errores de tu gente y tu gestión edil.

Pregunta final: ¿Quién es el responsable administrativo de la marcha de la gestión municipal? Obviamente que el Gerente Municipal, Miguel Ángel Ascencio Chávez. ¿Quién es el responsable de la Gerencia de Desarrollo Económico y jefe del subgerente de Defensa Civil, Edgar Gutiérrez Tijero? Nada menos que el abogado sin ninguna experiencia en este cargo ni capacitación en este puesto, Grover Sotomayor Francia, quien también vendría ser jefe del inspector técnico de defensa civil, Rafael Salinas Coria. Debemos terminar reclamando la inmediata salida del cargo de sub gerenta de Control Municipal, Flor María Ramírez Ayala, por su demostrada incapacidad no solo funcional sino moral. Cuidado, cuidado hay mucho más sobre esta señora; la sub gerenta coactiva, abogada MÁVILA VARGAS RAMÍREZ tiene las palabras claves: “CONSTANCIA DE EXIGIBILIDAD” se llaman. Y, ¿el buen HUGO HUAYNALAYA pasará piola esta vez? Mejor que lo regresen a su 728, ASÍ SOLO AGRAVIARÍA A LOS PARQUES Y JARDINES O A LOS RESIDUOS SÓLIDOS.


¡¡¡EL PARQUE MANHATTAN NO SE VENDE, SE DEFIENDE!!! ¡¡¿CARAJO?!! EN ESTE ASUNTO HAY MAS DE SIETE MILLONES DE DOLARES EN JUEGO. ¡¡ACHACHAU, QUÉ RICO PESCAU¡¡


REGRESAMOS, GRACIAS

jueves, 25 de agosto de 2016

CORRUPCIÓN TOTAL E IMPUNIDAD EN MUNICOMAS


¿Recuerdan que muchas veces traté el tema de las funciones de los gerentes y subgerentes de acuerdo al MOF (MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES)? Esto va por una serie de irregularidades cometidas al interior de la subgerencia de Defensa Civil y el trámite de un expediente, específicamente uno en que solicitan una inspección técnica a fin de levantar las observaciones realizadas por el Inspector Técnico Rafael Salinas Coria, un Lavadero de Carros en la esquina de la Túpac Amaru y la avenida El Maestro, ojo que  este local ya había sido inspeccionado y aprobado días antes por el inspector técnico Marino Vásquez Zorrillo. ¿Qué paso, qué local inspeccionó Vásquez, qué tanto se pudo equivocar a la hora de la inspección? ¿Es ciego o hubo otras razones para la aprobación? Lo cierto es que al final SE HICIERON LAS CORRECCIONES NECESARIAS y ahora se pide, de acuerdo a Ley, la inspección técnica necesaria para levantar la clausura; van más de veintitantos días y el subgerente de Defensa Civil se hace el loco. Y no solo eso, sino que ahora en una demostración de sometimiento abyecto y desconocimiento de las normas administrativas, MOF, ha elevado el expediente a manos del gerente Grover Sotomayor, QUIEN SABE MENOS QUE ÉL DE LEYES Y NORMAS MUNICIPALES. ¿PARA QUÉ Y POR ÓRDENES DE QUIÉN PASÓ ESTE EXPEDIENTE A MANOS DE PERSONA NO AUTORIZADA? NO ES APELACIÓN, ES SOLICITUD DE INSPECCIÓN TÉCNICA Y DEBE SER RESUELTO POR LA SUBGERENCIA, SEÑOR GUTIÉRREZ TIJERO, ¿TANTO LE TEMEN A DON BILLEGAS?
Tenemos el deber moral y periodístico de informar a la opinión pública un clamoroso caso de abuso de autoridad y a la vez de represalia contra la política de este blog. Lo penoso del caso es que la victima de este abuso no es quien escribe, sino un amigo cercano y joven empresario, Hugo Nole Martínez, quien es víctima de una conspiración orquestada por un personaje siniestro que amparado en su momentáneo poder político y la obsecuencia servil y genuflexa de dos “funcionarios” que le deben el puesto a este “político, a Hugo Nole le “fabrican” una infracción al RAS 275. Una seudo inspección técnica determinó la falta, una “fuga de agua” del techo que a la vez es piso de un local desocupado en el segundo nivel determina, según el inspector a cargo, un “riesgo alto” por lo que se clausuró el local el día 10 de julio.  La ley 27444 señala los plazos para interponer los alegatos necesarios para la defensa de los administrados; el 13 de julio se presentó el recurso correspondiente solicitando la nulidad de la notificación municipal, como comprenderán la subgerencia de Control Municipal dijo NO y sancionó con una UIT,  además de la clausura temporal del local. Como quiera que la “falta” ya había sido subsanada, se solicitó la debida inspección técnica para el levantamiento de las “observaciones”, esto sucedía el 15 de Julio, ¿saben ustedes, amigos lectores, cuándo se realizó la inspección técnica? Recién el 25 de julio de 2016 y, obviamente, el local fue declarado de riesgo bajo, ya que jamás hubo peligro en las estructuras del local. Un local desocupado no tiene uso de agua, ¿cómo podía tener fuga de agua y poner en riesgo la estructura del local ubicado en el primer piso y encima ser pasible de una multa por riesgo alto, amén de la clausura temporal? Salvo caso expreso de que alguien quiera verlo cerrado sí o sí. Desde el día 26 de julio, el señor Nole Martínez solicitó el levantamiento de la clausura para poder seguir trabajando y sostener a su familia, estamos a 25 de Agosto y Flor Ramírez no le da curso a la solicitud, ¿capricho, desidia, negligencia? no, simple y llana venganza, no pueden conmigo, entonces con mis amigos. Ahora, en el colmo de la miseria humana, le revocan el certificado de defensa civil arguyendo una infracción al DS 058, miserables. Bueno, así las cosas, no queda otra que ir al Poder Judicial, a la Fiscalía Penal de turno y a la Contraloría de la Republica. ¡¡¡Qué pena que Comas esté en manos de gente de esta calaña!!!
Casos similares de abuso y secuestro de expedientes siguen sucediendo en Control Municipal. Ah, doña Flor, el acta de constatación por la escalera en la casa familiar, le va a pasar la factura, no solo no multó, sino que se dio un plazo fuera de lugar, amén de la construcción sin licencia de obra.
Hay más, se están quejando los promotores de fiestas, hay cobranzas de madrugada. Seguiremos informando.
Pregunta final, ¿por qué sigue trabajando Michel o Maicol Sánchez Díaz? Si Miguel Saldaña ya le había bajado el dedo por presuntas irregularidades, encima lo envían a hacer un curso para supervisores a Lima. ¿Quién apoya a los que hacen fiestas de madrugada instalando toldos en las calles de Comas? En este negocio ilegal estarían involucrados dos hermanitos, uno de Serenazgo y la otra de Control Municipal.

¡¡Último    minuto!! de Huánuco, nos llegan noticias de que la concesión del parque Manhattan sería réplica de un faenón en el Parque PUELLES, cometido por el miserable exalcalde de esa ciudad, KOKO GILES y la constructora URBI, la misma de ahora en Comas, ¿qué cosas no?
YA VIENE, LA DEBIDA MOTIVACIÓN EN LA RESOLUCIONES, TAMBIÉN VIENE, MEDIDAS CAUTELARES ADMINISTRATIVAS, CORTESÍA DE NUESTROS ASESORES LEGALES,  ESTUDIO JURÍDICO BUENO SÁNCHEZ Y ASOCIADOS, JR. LAMPA Nº 879 OF. 510 - LIMA TEL. 5263246.


¡¡REGRESAMOS!!

FUERA DE LUGAR, ABUSIVA E IRRACIONAL


El título de la nota no puede ser más expresivo para los métodos vedados y utilizados por el inefable Gerente de Rentas de la Municipalidad de Comas. En su afán de obtener recaudación, este “funcionario” suele recurrir a  métodos poco ortodoxos, o en castellano a métodos poco pegados a la ley, como en este caso, que la puerta de su casa o negocio aparezca con pegatinas donde un poco más y le anuncian el apocalipsis. EMBARGO COACTIVO, se lee en los avisos de marras. Alegres y orondos, los trabajadores municipales de Rentas se dedican a inundar el distrito con estas pegatinas sin siquiera cuestionar la legalidad de estos procedimientos, que a la larga pueden generar situaciones enojosas con los agraviados, y si encima algunos trabajadores sueltan expresiones ofensivas contra algunos locales afectados, cuestionando el accionar de estos, expresiones fuera de lugar como: “Estos antros deben ser clausurados y tapiados por ser antros del vicio, lugares de perdición”, repitiendo, vía Facebook, las pobres expresiones de un conocido regidor, y que están demás. En lo personal, creo que deberían ser sancionadas por injuriosas.
La ley es clara al respecto y lo demuestra la ley del protección al consumidor que ustedes pueden leer más adelante, más claro y preciso no hay. Las medidas utilizadas por el señor Orbezo Zamudio son ilegales y abusivas, sancionadas por INDECOPI como protección al consumidor y por el Código Civil en torno a las indemnizaciones por estos métodos vedados y abusivos, pero igual o más responsabilidad tendría el subgerente coactivo tributario Grover Padilla, ya que este sujeto es abogado. Denuncie y demande si usted es víctima de estas prácticas, al final dele usted al municipio de su propia medicina, por allí hay una ley que sanciona económicamente a los funcionarios que meten la pata. Y en el caso de este impresentable gerente, esta no es la primera vez ni será la última, con tal de quedar bien con su jefe es capaz de cualquier estupidez, al igual que muchos de los “funcionarios” de esta horrorosa gestión.


El Código de Protección y Defensa del Consumidor deja en claro que el cobro de una deuda es totalmente legal, pero poniendo la atingencia que hay límites que se deben respetar

Artículo IV.- Definiciones Para los efectos del presente Código, se entiende por:
 1. Consumidores o usuarios 
1.1 Las personas naturales o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como destinatarios finales productos o servicios materiales e inmateriales, en beneficio propio o de su grupo familiar o social, actuando así en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional. No se considera consumidor para efectos de este Código a quien adquiere, utiliza o disfruta de un producto o servicio normalmente destinado para los fines de su actividad como proveedor. 
1.2 Los microempresarios que evidencien una situación de asimetría informativa con el proveedor respecto de aquellos productos o servicios que no formen parte del giro propio del negocio. 
1.3 En caso de duda sobre el destino final de determinado producto o servicio, se califica como consumidor a quien lo adquiere, usa o disfruta.
2Proveedores.- Las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que de manera habitual fabrican, elaboran, manipulan, acondicionan, mezclan, envasan, almacenan, preparan, expenden, suministran productos o prestan servicios de cualquier naturaleza a los consumidores.   
El Artículo 61 y siguientes de la norma incoada señala:
Artículo 61.- Procedimientos de cobranza El proveedor debe utilizar los procedimientos de cobranza previstos en las leyes. Se prohíbe el uso de métodos de cobranza que afecten la reputación del consumidor, que atenten contra la privacidad de su hogar, que afecten sus actividades laborales o su imagen ante terceros. 
Artículo 62.- Métodos abusivos de cobranza A efectos de la aplicación del artículo 61, se prohíbe: 
a. Enviar al deudor, o a su garante, documentos que aparenten ser notificaciones o escritos judiciales. 
b. Realizar visitas o llamadas telefónicas entre las 20.00 horas y las 07.00 horas o los días sábados, domingos y feriados. 
c. Colocar o exhibir a vista del público carteles o escritos en el domicilio del deudor o del garante, o en locales diferentes de éstos, requiriéndole el pago de sus obligaciones. 
d. Ubicar a personas con carteles alusivos a la deuda, con vestimenta inusual o medios similares, en las inmediaciones del domicilio o del centro de trabajo del deudor, requiriéndole el pago de una obligación. 
e. Difundir a través de los medios de comunicación nóminas de deudores y requerimientos de pago sin mediar orden judicial. Lo anterior no comprende a la información que se proporcione a las centrales privadas de información de riesgos reguladas por ley especial, la información brindada a la Central de Riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ni la información que por norma legal proporcione el Estado. 
f. Enviar comunicaciones o realizar llamadas a terceros ajenos a la obligación informando sobre la morosidad del consumidor. 
g. Enviar estados de cuenta, facturas por pagar y notificaciones de cobranza, sea cual fuera la naturaleza de estas últimas, al domicilio de un tercero ajeno a la relación de consumo, salvo que se trate de un domicilio contractualmente acordado o que el deudor haya señalado un nuevo domicilio válido. 
h. Cualquier otra modalidad análoga a lo señalado anteriormente. 
Artículo 100.- Responsabilidad civil
 El proveedor que ocasione daños y perjuicios al consumidor está obligado a indemnizarlo de conformidad con las disposiciones del Código Civil en la vía jurisdiccional correspondiente, sin perjuicio de la responsabilidad penal, así como de las sanciones administrativas y medidas correctivas reparadoras y complementarias que se puedan imponer en aplicación de las disposiciones del presente Código y otras normas complementarias de protección al consumidor. 


domingo, 21 de agosto de 2016

CÓMO SE PARTE LA TORTA Y MÁS…


Después del clamoroso fracaso de Miguel Saldaña Reátegui, en su intento de llevar adelante la firma de un convenio totalmente oneroso para Comas con la empresa LEPSA SAC, ese que nos prometía áreas verdes a través del riego de nuestros parques y jardines, además de bermas centrales mediante la conversión del agua residual doméstica en agua limpia, Comas iba  a ser el nuevo oasis de verdor en Lima Norte por la insignificante suma de 36millones de soles, hipotecando los tres primeros años de la próxima gestión municipal, nada menos. Si le sumamos el otro fracaso con REPERSA y los casi 25millones de soles que se iban a gastar en el recojo trucho de la basura con camiones chancheros, el gran negociado de SARAVÁ Y CHAPARRÓN BONAPARTE (¿por qué los regidores se hacen los locos con INDUSTRIAS ARGUELLES y la ausencia de un contrato firme?), tenemos la firma de un convenio con una empresa fantasmal llamada SOLDADOS POR LA PAZ, que nos representa en el mundo como distrito, ¿qué estarán haciendo y consiguiendo a nombre de COMAS?
Ahora Saldaña y compañía nos salen con otro cuentazo: la INICIATIVA PRIVADA, PARQUE MANHATTAN. Así se llama el proyecto de marras con el que pretenden concesionar 6,836 mts²,  so pretexto de darnos una vida mejor, más deporte, más vida social digna, más rentas para el municipio, revalorizar las viviendas de la zona, pistas y veredas refaccionadas, en fin, una serie de mejoras, que nosotros los comeños, ignaros y zafios, no queremos ver. Miguelito Saldaña, cuándo no, preocupado por nosotros, quiere darnos una vida mejor y nosotros no nos dejamos. La actual piscina desaparecerá para que el SUPERMERCADO que ha presentado esta iniciativa nos construya otra piscina mucho mejor, posiblemente olímpica, techada, con agua temperada y Michael Phelps de entrenador al lado de Rossy Malaria ARIas… sí cómo no. Yo pregunto a los comeños: ¿cuándo, en nueve años y casi ocho meses de gestión, este sujeto se ha interesado en Comas, salvo para verlo como fuente de sus logros personales? Lo he dicho una y otra vez, Saldaña Reátegui entró a la alcaldía de Comas como Felipe, con una mano atrás y otra adelante, 13 años después su vida ha cambiado a fondo, principalmente en lo económico, buenas camionetas, posiblemente propiedades inmobiliarias y sobre todo un cinismo a prueba de balas: hace poco, en unas declaraciones suyas a un pasquín local, donde muy suelto de huesos decía: “EN AÑO Y SEIS MESES DE GESTIÓN MEJORÓ LA RECAUDACIÓN, PERO NO LO SUFICIENTE”, qué tal conchaza, “Si ustedes se encuentran con un parque con pocas áreas verdes, con falta de veredas y poca o nula iluminación, es porque la amnistía no ha permitido mejorarla. Si ven  calles y avenidas en mal estado o sin asfaltado es por culpa de las continuas medidas de perdón de las deudas a quienes no tienen la cultura del pago en desmedro de los buenos pagadores (…)”. Y así, siguen un montón de cojudeces, contando, claro está, con la complacencia del entrevistador. ¡¡Basura!!, pura basura, nos han acogotado con las cobranzas coactivas de deudas tributarias ya prescritas, con un celo digno de mejores causas han utilizado las medidas coactivas, ¿para qué? PARA PAGAR OBRAS SOBREVALORADAS, COMPRAS SOBREVALORADAS, PAGAR PERSONAL DE ÍNFIMA CATEGORIA Y COMPRAS SIN JUSTIFICACIÓN ALGUNA, PARA NEGOCIAR CONCILIACIONES  CON EMPRESAS “AMIGAS” PREVIO %, ¿o no, sinvergüenzas de mierda?
¿Hasta cuándo los comeños soportaremos este estado de cosas? Basta ya, es hora de tomar el toro por las astas, los comeños debemos organizarnos y salir a protestar a las calles.

Operativo en el boulevard del Retablo, hoy día gran función circense

Un operativo destinado a desaparecer de una vez por todas el Bulevard del Retablo, ¿Por qué y para qué? Misterios del Orinoco. ¿Qué hay detrás de este remedo de operativo municipal? Eso solo lo sabe su inspirador, el inefable regidor Ulises Villegas, transformado por una suerte de celo purificador en un ángel chicha de la fiscalización. Para los que tienen  buena memoria deben recordar que por los años 90, el buen Ulises hacia sus pininos en esta zona de Comas so pretexto de recaudar fondos para la campaña de don Arnulfo Medina. ¡¡Qué tiempos aquellos!! Ulises era muy buen amigo de los clásicos del Bulevar: el Gordo Pipo, el Chato Paz y los peces grandes: “OLLUCO”, Reyes León Calle, dueño del MUELLE; Hernán Montoya Tejada, capo del KAPITAL, ambos locales extrañamente clausurados en esta actual gestión, ironías de la vida, CRIA CUERVOS Y….
Lo grave de esta función circense es que existiría la orden de utilizar recursos vedados, de utilizar cualquier pretexto para sancionar y clausurar los diversos negocios que operan en dicha zona, para lo cual contarían con el apoyo incondicional y sometón de los encargados de Control Municipal, de Saneamiento Ambiental y de Prevención de Riesgos de Desastres y Defensa Civil a fin de sancionar para luego cerrar los locales agraviados; hay varios expedientes secuestrados por la subgerenta de Control Municipal, por órdenes directas de un oscuro personaje (ni tan oscuro, porque todos saben de quien se trata, ¿o no, DON BILLEGAS?) a fin de no otorgar los levantamientos de clausura una vez superados los motivos que dieron lugar al cierre de los establecimientos, tal es el caso de un Exp. presentado el 26 de julio de 2016, que estaría durmiendo el sueño de los justos en un cajón del escritorio de esta “funcionaria”; al parecer estaría esperando una denuncia por abuso de autoridad y por omisión de deberes funcionales. Doña Flor, estás buscando juicios penales como cancha y sin ser abogada.
ESTO ES COSTUMBRE EN DEFENSA CIVIL DE COMAS
(Clic en imagen)

Otro tanto está ocurriendo en Defensa Civil, donde los inspectores técnicos son unas ratas de muelle: cobran a todo lo que se mueva; pese  a estar prohibido, hacen planes de contingencia, protocolos de pozo tierra, inspecciones de detalle sin inspeccionar los locales (habría un gimnasio involucrado), también hacen planos, en este ilícito negocio está involucrado Vásquez Zorrillo, (tenemos nombres y fechas).
Los trabajadores de oficina no les van a la zaga, cobran hasta por respirar, INGA Y ALZAMORA dan la hora, si hasta tiene querida trabajando en seguridad interna y la hija como secretaria de este sujeto que tiene de inga como de mandinga.



Nos informan que producto de este operativo se han clausurado LA CHOZA, BONGÓ, LA ROCA y LA ROCKOLA. Se inspeccionaron el TEKILA, PK2 sin resultados negativos. No trabajaron algunos locales ya clausurados. Pero lo grave del asunto es que sí trabajaron y no fueron inspeccionados el HAREM y el local de DAVY (José de la Torre Ugarte 449, ANTRO QUE FUERA CERRADO POR VENTA DE DROGAS Y PRESENCIA DE MENORES DE EDAD) ¿TIENEN CORONA O ESTÁN AMARRADOS? YA LO SABREMOS.
Para terminar, suena a chiste de mal gusto decir: “PONIENDO EL PRINCIPIO DE  ORDEN Y AUTORIDAD MUNICIPAL EN ESTOS LOCALES DE PERDICION QUE ATENTAN CONTRA NUESTROS JOVENES”, si fuera así, mi querido Ulises Villegas, ¿Por qué NO CLAUSURAS LA FOGATA, D’MARKO, EL HAREM?
¿Quién o quiénes estarán interesados en cerrar el Bulevard? ¿y para qué? ¿Tanto dan los muebles?

REGIDOR VILLEGAS EN PLENA USURPACIÓN DE FUNCIONES



¡¡Hasta la próxima!!

martes, 16 de agosto de 2016

NOS PREOCUPA IV


Lo ocurrido el pasado 09 de Agosto del presente año, en la sede del MINTRA, día en que fueron convocados por la SUNAFIL para una reunión a fin de tratar un tema laboral, los miembros del SUTRAMUN-COMAS y el tipejo que funge de GERENTE MUNICIPAL. El motivo de la citación es el mismo de siempre, la negativa de la gestión actual a cumplir con lo que ya de antemano habían aceptado: los acuerdos del PACTO COLECTIVO 2015, en la que se comprometen a reconocer el pliego de reclamos a través de la firma de un acta final de conciliación, la misma que se obliga a reconocer una serie de beneficios en favor de los trabajadores municipales.
Hasta acá lo conocido. Lo que muy pocos saben es la conducta indigna y a la vez recurrente del gerente municipal Miguel Ángel Ascencio Chávez. En plena sede de la SUNAFIL, le faltó el respeto, tanto en su condición de persona como de trabajador y dirigente sindical, al secretario de Organización delSUTRAMUN, Crescenciano Balboa Rivera, increpándole de manera arrogante el motivo de su presencia en dicha reunión. Al darle Balboa la respuesta de ser miembro de la dirigencia sindical, fue rebatido con la siguiente y estúpida respuesta: YO NO TE CONOZCO como dirigente sindical. Luego vendría lo aberrante de este sujeto al dar órdenes a personal de Recursos Humanos (personal) que explicara bajo qué circunstancias había salido este trabajador, y ya con la respuesta en la mano, el referido “funcionario” habría ordenado el “secuestro” de la papeleta de salida de Balboa para así dejarlo, aparentemente, indefenso e inerme ante cualquier jugada ilegal de parte de este sujeto que ahora funge, también, de jefe de personal ante la usencia del titular.
Cabe recordar, amigos lectores de este blog., que este personaje es el mismo que hace un año se negara a presentarse ante la SUNAFIL, siempre por lo mismo, la negativa patológica de cumplir con los compromisos adquiridos vía pactos colectivos. También recordemos que sus inasistencias a las citaciones de la SUNAFIL, implicaron dos multas que totalizan más de 145, 000 soles. ¿Quién o quiénes pagarán estas multas? ¿Le buscaran un huequito en el presupuesto de 2017? ¿Hasta cuándo el pueblo de Comas tendrá que soportar la presencia de este CHAPARRÓN BONAPARTE? TODO LO QUE ESTE SUJETO HA HECHO HASTA LA FECHA HA SIDO MALO PARA COMAS. SON RESPUESTAS QUE ESPERAMOS DESDE HACE BUEN TIEMPO… ¿Y LOS REGIDORES? ¿Y EL GERENTE DE LA OCI? A la lista de iniquidades de esta gestión, se suma la gran cantidad de soplones que, por prebendas o por patería zalamera y servil, están listos a wuasapear a “los enemigos de la gestión”. A los regidores les decimos, revisen sus credenciales del JNE, solo dicen cuatro (4) años, no 40 años, babosos. Cuando terminen su gestión, la mayoría volverán a ser los mismos infelices que son. A los amigos del SUTRAMUN, envíen un escrito con sus reclamos o un comunicado para el pueblo comeño a este blog., que gustosos les daremos espacio para sus quejas y denuncias, ah, y es gratis, por si acaso.

LOS CORONADOS SIN CORONA

En Comas hay una serie de personajes que sobre sus cabezas ostentan las coronas de reyes de la concha. Decimos esto porque hay personas a las que Control Municipal NO TOCA ni con el pétalo de una rosa. Hacen lo que les da la gana con nuestros espacios públicos, veredas y pistas, retiros municipales, siendo el Rey de todos estos, el ganador indiscutible, Michel VEGA, dueño y señor de las calles de Comas. Otro conchudazo es Armando BEGAZO, que junto a su esposa y una socia con su Feria de los Muebles, en su local de la Av. El RETABLO, ocupan los más de 3,000 mts²., con tres licencias de funcionamiento, cada una de menos de 500 mts² para evitar la INSPECCIÓN DE DETALLE. Nos dicen, que próximamente estarían inaugurando otro local en las instalaciones de lo que fuera EL MUELLE, ¿será cierto eso? También está en esta lista, REFRIGERACIÓN SEGURA,que tienen varios locales en COMAS, ocupando las veredas peatonales sin mayores preocupaciones, lo que nos obliga a preguntar: ¿Doña Flor, tiene usted memoria selectiva? O es verdad, según un audio, que usted antes de multar a un grande, tiene que consultar con Ulises, para no volver a meterse en problemas. Especifique, antes de que ese audio se haga público. El RESTAURANTE “ENBOGA” tiene dos licencias, una como Restaurante y otra como Restaurante Karaoke lo cual está prohibido, ya que la Avenida El Parral zonifica como comercio vecinal ¿Quién firmó la segunda Licencia? Respuestas, queremos respuestas.

Nos interesa que algunos amigos lectores de profesión ingenieros ambientales y a los expertos en administración municipal, nos ayuden a determinar la validez de las multas por carecer de acondicionamiento acústico en locales públicos, cuando a raíz de la OM 1965-2016 MML SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE JUEGO para recién cuando los municipios se adecuen e implementen sus PLANES DE ACCIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN SONORA, así como identifiquen las ZONAS CRÍTICAS Y EL MAPA DE RUIDOS, herramientas sin las cuales Comas no debería ni podría sancionar a alguien, más aun cuando sus resoluciones carecen de la debida motivación. ¿Sería una infracción constitucional sancionar sin motivación?

Deja mucho que desear la forma en la que fueron distribuidos los 36,000 frasquitos de yogur que fueran donados y aceptados por el Concejo Municipal previo Acuerdo de Concejo, Nº 039-2016. Nos indican, que esos productos jamás ingresaron al Almacén Central, y Logística nunca supo de su existencia. También nos cuentan que regidores y funcionarios hicieron su agosto llevándose el yogur por cajas, ¿no se supone que las donaciones son para la gente humilde y más necesitada del distrito? Por otro lado, ¿es Luis Flores Granados la persona más idónea para distribuir esos productos? ¿No hubiera sido mejor hacerlo a través de la DEMUNA?

Gracias. Seguiremos con estos temas y más. Hasta la próxima


miércoles, 10 de agosto de 2016

DE TODO UN POCO, COMO EN BOTICA


La idea que ronda en la cabeza de muchas personas, incluida la mía, es que esta pretendida gestión política enquistada en Comas desde 2003 al 2010, con un receso de cuatro años para luego retornar en 2015, gestión que llegara bajo las banderas de SOLIDARIDAD y que fueran arriadas ni bien iniciaran sus actividades, traición que le dicen, los más pragmáticos dirían, NO MÁS CUPOS, no sería tal, sino más bien una suerte de Asociación ilícita u Organización delictiva. Tal y como lo definen algunos criminólogos y abogados penalistas, cuando un grupo de personas se reúnen y se organizan para determinados fines: enriquecerse a como dé lugar. La forma y los medios no importan. No es necesario, en principio, utilizar la violencia, sino la astucia y el hecho de que llegaron al poder vía elecciones electorales. Luego, en el poder, se sacan las caretas y ya. Porque, ¿de qué otra manera podríamos explicar lo que viene ocurriendo en nuestro distrito? Un pequeño grupo de personas imponen su voluntad, su criterio, su capricho, y todo esto tiene un fin, un fondo: enriquecerse, como esta no hay otra, ya no hay reelección así que para qué guardar formalismos, respetos, maneras, cortesías, ustedes, pueblo comeño, no nos interesan, salvo para que sigan pagando vía coactivos, amnistías, arbitrios, multas administrativas legales o ilegales, con razón o sin razón, la política del YO TE MULTO PORQUE PUEDO, YO TE CLAUSURO PORQUE PUEDO, YO TE TAPIO PORQUE PUEDO, ME VALE MADRE TUS DERECHOS, QUÉJATE DONDE QUIERAS, TUS ARGUMENTOS ME LLEGAN.
Así de cruda es esta realidad que nos acompaña día tras día. En Comas no valen los argumentos legales. Ya lo hemos dicho una y otra vez: las leyes y las normas no se respetan, si hoy día fue blanco mañana puede ser negro, y cuidado, algunos de estos infelices tienen un cartón que los hace abogados. En Comas los plazos, los tiempos no valen. Lo escrito y firmado por autoridad competente no vale si es que a algún desubicado le da la gana.
Cuando decíamos que si el gobierno central quiere combatir la corrupción debería modificar algunos artículos de la ley de municipalidades, era claro que nos referíamos a esta absurda situación de que cualquier alcalde puede, y lo hacen, designar a X hijo de vecino en cargo de GERENTE O SUBGERENTE, sin mayores calificaciones o sin mayores estudios en estos delicadísimos cargos de funcionarios públicos; cargos donde van a decidir y/o manejar los problemas y necesidades de miles de personas. ¿Qué resultan de estas aberraciones? Fácil, sujetos que necesitan del favor del alcalde o sus paniaguados, de sus socios y cómplices, en respuesta ofrecen una total e incondicional sumisión y una partecita de la torta, así de fácil. Estos personajes son tipos y tipas sin dignidad, sin decencia, A LAS QUE SOLO LE IMPORTAN ENRIQUECERSE y nada  más.







Cómo explicar, de manera digna e inteligente, la prepotencia del sujeto que ha ordenado, de manera ilegal, la instalación del TÓTEM O UNIPOLAR al costado del local del BBVA, en la auxiliar de la Av. Túpac Amaru y la Av. Belaunde Este, infringiendo toda norma de seguridad habida. Ese TÓTEM no cuenta con AUTORIZACION MUNICIPAL y, sin embargo, sigue allí, inamovible. ¿Por qué no multan y retiran dicho panel publicitario? Señora Flor Ramírez, jefa de Control Municipal, ¿por qué no muestra ese celo que pone en otros lugares? ¿Será porque es una orden de GEPETO?











¿Por qué hasta la fecha no hay denuncia penal por el caso REPERSA  y la buena pro a través de bases hechas y direccionadas para que ganara la empresa de Alex Arguelles? Mucho ojo, se estaría maquinando violar las leyes y las normas del Procedimiento Administrativo, a través de la gerencia de Desarrollo Económico en torno al DS 058. ESTAREMOS VIGILANTES Y ATENTOS.
Algo más, me preocupa el hecho de que en Control Municipal, las resoluciones emitidas por los fantoches que fungen de resolutores, en un gran porcentaje adolezcan de la debida motivación, requisito sin el cual dichas resoluciones carecen de valor legal, según sendas resoluciones del Tribunal Constitucional, así como de sentencias del Poder judicial. Pero, ojo, que en estos casos estamos hablando de Comas y de esta nefasta y pútrida gestión municipal.

A continuación transcribimos parte de una sentencia de la tercera sala en lo contencioso administrativo de la Corte Superior de Lima.

En su Quinto considerando señala: "La omisión existente en ambas decisiones, de resolver sobre la defensa argüida por el administrado, configura vulneración de su derecho a la motivación de las resoluciones que el inciso 5) del Artículo 139° de la Constitución Política regula como un principio de la función jurisdiccional, pero que forma parte del derecho al debido proceso reconocido en el inciso 3) de la propia norma. El derecho a la motivación garantiza a los administrados o justiciables que las resoluciones administrativas o judiciales no reposen en el capricho de quienes las expiden, sino en datos objetivos del ordenamiento jurídico o que deriven del caso, y que se respeten la congruencia entre lo pedido y lo resuelto. Sobre el particular, el Tribunal Constitucional en la sentencia de la causa N° 00896-2009-HC ha calificado que vulnera tal derecho, la resolución con motivación aparente, calificando a esta como la que se produce cuando "no (se) da cuenta de las razonas mínimas que sustentan la decisión o que no responde a las alegaciones de las partes del proceso, o porque solo intenta dar un cumplimiento formal al mandato, amparándose en frases sin ningún sustento factico o jurídico."

En su Sexto considerando señala: "En ese orden de ideas no debe hacerse lugar a los agravios del recurso, pues si la administración expidió sus decisiones sin motivación adecuada incurriendo en el vicio previsto por el inciso 1) del Artículo 10° de la Ley N° 27444.

Queda claro el asunto, “resolutores de pacotilla” que han hecho del término IMPROCEDENTE su máxima, su lema.

Señores lectores de este blog., no permitamos que esta sarta de infelices y miserables siga haciendo de nuestras vidas un infierno. 53 “funcionarios” de medio pelo, 14regidores “fantasmas”, un regidor con “funciones ejecutivas”, un gerente municipal que se hace  la pichi en la Constitución y las Leyes, un gerente OCI que vive en la luna de Paita, no nos pueden vencer, somos más de 600,000 comeños que les damos de tragar a estos csm. CUIDADO, QUE ESTARÍAN TRATANDO DE PRIVATIZAR CONTROL MUNICIPAL, ASÍ COMO YA LO HICIERON EN TRANSPORTE MENOR, FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA Y CONTROL DE TRANSPORTE MAYOR, VÍA CONVENIO CON LA MML. 

DORDIS OTRA VEZ EN COMAS

  Esta vez la empresa DORDIS reaparece en Comas bajo el nombre de INVERSIONES DORDIS EIRL , ya no como lo hizo anteriormente con el nombre...