📄Empezaron los cambios de funcionarios en la municipalidad de Comas y la primera en caer fue la inefable gerenta municipal Fanny Roció Flores Purizaca, quien además de no cumplir con los requisitos para el cargo que requiere la Ley Servir, Ley # 30057, trataba y humillaba a los trabajadores de la peor manera en concordancia con su cara: es decir de una manera horrible👹. Esperemos que el designado José Pitillo Huamanchumo, hombre allegado al alcalde Renan Espinoza de Puente Piedra, tenga un respetuoso y cordial trato con los trabajadores cómeños, quienes exigen ser tratados y considerados como las personas de bien que son.
➤Estaremos atentos a la gestión de José Huamanchumo junto a sus
funcionarios y velaremos por que en cada una de las designaciones con la antes
mencionada ley se cumplan, y no se haga tabla rasa de ella, como se ha venido
haciendo en los 3 años de gestión de Ulises Villegas Rojas -el no habido ex
alcalde de Comas- quien con la complicidad del señor Rodolfo Chi Atuncar/ex
subgerente de RRHH, la complacencia de la sra. Linda Sánchez Leyva/Gerenta de
la OCI de Comas y la ceguera dolosa del lujurioso Procurador municipal Humberto
Hidalgo, HAN PERMITIDO
QUE FUNCIONARIOS QUE NO CUMPLEN CON LAS EXIGENCIAS DE LA LEY HAYAN LABORADO ILEGALMENTE.
Ojo que algunos se han quedado en esta nueva gestión, pero serán nuevamente
evaluados y denunciados ante SERVIR y Fiscalía Anticorrupción de funcionarios,
ya que en Comas se zurraron en las denuncias presentadas por incumplimiento de
la Ley con la respectiva alcahuetería de los ya mencionados funcionarios.
Atenta sra. alcaldesa Mónica Acuña; usted es abogada, tenga presente que
las designaciones irregulares en contra del mandato de la ley 30057 comprometen
penalmente a quien designa, al funcionario de RRHH y al que acepta el cargo
SEGÚN LO NORMADO POR EL ART. 381 DEL CÓDIGO PENAL, sin embargo y si bien el alcalde
delega la función no se exonera de la responsabilidad.
Un consejo hasta de un conejo, revise, revise que funciones indelegables se están
ejecutando por obra y gracia del todo poderoso ex alcalde y que usted debería
derogar para no ser responsable.
Y también se fue el autodenominado Coordinador de alcaldía Richard
Arroyo, soplón del ex alcalde y extorsionador de los trabajadores de la planta,
un operador mafioso menos, y ojalá sigan cayendo, felicitaciones alcaldesa,
esperamos que todos sean medidos con la misma vara.
➤Para terminar esta breve nota, sra. Mónica Acuña Jara, recuerde las siguientes palabras de un experto en el tema:
LA NUEVA LEY N° 32507: ¿REALMENTE GARANTIZA LA IDONEIDAD EN EL ACCESO Y EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA?
Esta Ley 32507 modifica los requisitos para designar funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aunque su discurso oficial es “fortalecer la meritocracia”, pero su impacto real depende de cómo interactúa con la dinámica política peruana.
Los presento un análisis que va más allá del texto legal y entra en el terreno de, cómo esta ley puede influir en el poder, la gobernabilidad y la calidad institucional; pudiendo pensar una reconfiguración del poder dentro del Estado, supuestamente esta ley endurece los requisitos formales, lo que en teoría reduce la discrecionalidad política.
Pero en la práctica; los perfiles pueden ser diseñados por la misma autoridad que nombra, la verificación de requisitos sigue dependiendo de la entidad que designa; significa que el poder político mantiene el control, pero ahora con un marco de blindaje técnico que legitima las decisiones, irrisoriamente permite justificar nombramientos controvertidos bajo el argumento de “cumple el perfil”, así reduce la capacidad de cuestionamiento externo, porque los requisitos están formalizados; donde existe un impacto en la meritocracia real, pero… la meritocracia sigue dependiendo de la voluntad política; pone en riesgo a las instituciones con perfiles rígidos que excluyen talento, pudiendo excluir profesionales competentes, favorecer a los que están dentro del sistema, creará barreras artificiales de acceso; creara mayor burocratización con más requisitos → más trámites → más tiempo → más costos, pudiendo ralentizar la gestión pública, siendo inclusive una herramienta para favorecer a aliados, por lo que no elimina la influencia política, solo la formaliza, no garantiza meritocracia, pero crea un marco más exigente, puede mejorar la gestión pública, si existe voluntad política, puede convertirse en un instrumento político, si se usa estratégicamente, pienso que esta ley mejora el marco legal, pero no cambia la lógica del poder en el Estado peruano.
Por ahora lo dejamos ahí, hasta la siguiente nota, solo pidiéndole un poco de reflexión en sus designaciones...










