jueves, 5 de febrero de 2026

LA CORRUPCI脫N E IMPUNIDAD COMO BANDERA


馃搫A lo largo de los 煤ltimos 23 a帽os de gesti贸n municipal en Comas, no hemos visto ni recordamos un solo candidato que haya salido p煤blicamente a denunciar los actos de corrupci贸n de los alcaldes y sus funcionarios de confianza.


Es algo gen茅tico en estos candidatos el miedo cerval que sienten por el amo de turno, por el patr贸n del mal que funge de alcalde, pero realmente ¿es solo miedo o es algo m谩s mundano, como la corrupci贸n enquistada en el alma y cerebro moneuronal de estas lacras que la pegan de candidatos as铆 como de los regidores?

Es desde el 2003 con la llegada de Miguel Salda帽a Re谩tegui a la alcald铆a come帽a que se instala de manera precaria la corrupci贸n en el distrito, ya para 2006 cuando postula a la reelecci贸n este miserable que pregonaba a voz en cuello que “REELECCI脫N ES CORRUPCI脫N” y “UN PERIODO BASTA”, que ya los come帽os pod铆amos decir que la corrupci贸n y la impunidad se hab铆an mudado para vivir y medrar en Comas. Con Nico Kusunoki y su corrupci贸n artesanal pasamos de frente, es con el parasito aullador conocido como el chugurino, que la corrupci贸n alcanza nuevos niveles: sus contactos y “experiencia” en el congreso lo hicieron m谩s peligroso en cuanto a su avezamiento, crueldad y alevos铆a para con los come帽os que vimos una corrupci贸n descarada y c铆nica durante los 4 a帽os de gesti贸n… pero es con Ulises Villegas que la palabra corrupci贸n alcanza niveles m谩ximos: desde la conformaci贸n de su equipo de futuros regidores, sus funcionarios de confianza y sus miles de locadores de servicios con los que la corrupci贸n junto a la impunidad toman asiento en el concejo de regidores con capacidad de voto, funciones legislativas y cero fiscalizaci贸n.

En 2023 tuvimos sonados casos de corrupci贸n en los que jam谩s encontraron eco entre los eternos candidatos a nuestra alcald铆a: ¿d贸nde estaban, Roxana Ari, Yuriko Ni帽o de Guzm谩n, Ra煤l D铆az, Miguel Salda帽a, Jean Pool Granados, por citar unos cuantos candidatos? En 2024 pas贸 lo mismo y es en 2025 que este asunto alcanz贸 ribetes de escandalo con un alcalde pechador, malcriado, insolente, prepotente y sobre todo, desubicado, haciendo miles de tiktoks solo de puro figureti (y que en lo personal creemos que hubo un peculado feroz).

Ser铆a largo y ocioso se帽alar las denuncias en contra de Ulises Villegas por su corrupci贸n descarada y conchuda, lo mismo pasa con algunos de sus funcionarios de confianza, donde desfilan casos como el contrato con la empresa DORDIS, la entrega de las 20 camionetas del serenazgo al escuadr贸n de emergencia -entrega que no ha resuelto el avance incontenible de la delincuencia y el crimen organizado en Comas-. Una pregunta suelta: ¿qui茅n maneja los casi 2 millones de soles destinados exclusivamente para el mantenimiento y reparaci贸n de dichas camionetas y sobre todo, d贸nde est谩 ese dinero? Y acaso alguien se ha preocupado en saber c贸mo andan los casos de las rocas fantasmas, la compra sobrevalorada de las 40 camionetas del serenazgo, las cientos de contrataciones de locadores de servicios entre los cuales hay decenas de familiares de Gaspar铆n?

Desde noapaguenlaluzvol2blogspot.com lanzamos un reto a los candidatos a la alcald铆a de Comas, vamos a denunciar con pruebas los dos contratos truchos, bambas, firmados entre MUNICOMAS y la empresa PER脷 DISE脩OS Y SERVICIOS GENERALES EIRL por montos millonarios, como ver谩n a continuaci贸n.



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martes, 3 de febrero de 2026

ALCALDES CONTRATAN LOCADORAS Y LES PAGAN LO QUE LES DA LA GANA

SO PRETEXTO DE LA AUTONOM脥A MUNICIPAL, ¿ESO ES LEGAL?

 

馃搫No, los alcaldes no pueden contratar locadores de servicios libremente ni pagarles cualquier monto que se les ocurra. La Ley 31298 en Per煤 proh铆be la contrataci贸n de locadores para funciones permanentes en el sector p煤blico, limit谩ndola a servicios urgentes/temporales. Adem谩s, los honorarios deben ajustarse a la disponibilidad presupuestaria y a los principios de eficiencia, no siendo montos arbitrarios. 


➤ Aqu铆 los detalles clave sobre la contrataci贸n de locadores por alcaldes:

  • Prohibici贸n de desnaturalizaci贸n: La ley proh铆be usar locaci贸n de servicios (que es un contrato civil) para cubrir labores subordinadas, permanentes o rutinarias. Si un locador cumple horario y recibe 贸rdenes, la relaci贸n se desnaturaliza y podr铆a ser sancionado.
  • Excepciones (Servicios temporales): Solo se permiten para servicios urgentes, temporales o de car谩cter eventual, no mayores a 6 meses.
  • Contrataci贸n "a su gusto": Los sueldos u honorarios no son arbitrarios. Deben estar presupuestados y seguir las reglas de contrataci贸n p煤blica.
  • Riesgo legal: Contratar locadores para puestos permanentes puede resultar en la desnaturalizaci贸n del contrato, obligando a la municipalidad a reconocer beneficios laborales. 

 

➤ ¿Cu谩l es la entidad encargada de fiscalizar los montos de las retribuciones pagadas a los locadores de servicios en los municipios?

La Superintendencia Nacional de Fiscalizaci贸n Laboral (SUNAFIL) es la entidad encargada de fiscalizar la desnaturalizaci贸n de los contratos de locaci贸n de servicios en el Per煤. SUNAFIL investiga si los locadores, bajo una supuesta autonom铆a civil, cumplen funciones subordinadas, y sanciona a las empresas para garantizar el cumplimiento de derechos laborales. 

Aspectos claves sobre la fiscalizaci贸n de locadores de servicios:


  • Sanciones: SUNAFIL puede imponer multas a empresas que encubren una relaci贸n laboral con contratos de locaci贸n, obligando a la incorporaci贸n en planilla.
  • Indicios de Laboralidad: Si el locador recibe 贸rdenes, cumple horario, recibe beneficios o usa sus herramientas de trabajo, se desnaturaliza el contrato, aspecto que la SUNAFIL detecta.
  • Derecho a Denuncia: Los locadores de servicios pueden denunciar ante SUNAFIL si sienten que sus derechos son vulnerados o si existe una falsa contrataci贸n independiente.
  • Funciones: El locador debe trabajar con autonom铆a y sin subordinaci贸n, recibiendo una retribuci贸n por resultados o servicios espec铆ficos

➤ Si todo esto es cierto, ¿por qu茅 SUNAFIL no interviene a todos los municipios empezando por los de Lima Metropolitana y Comas en especial? En el distrito norlime帽o hay se帽oritas que con solo 5to. de secundaria y menos de 6 meses de “experiencia” ganan entre 2,500 a 6,000 soles por el solo capricho de la alcaldesa, ya sean sus amiguis, familiares, cuotas pol铆ticas, as铆 como las recomendadas de sus regidores y funcionarios. Aqu铆 tambi茅n entran los locadores varones, pero no son mayor铆a como s铆 lo son las damitas. Presentaremos a algunas de estas beneficiadas con elevados sueldos y sin la contrapartida necesaria, capacidad ni buen trato al administrado.

➤ Pero aqu铆 hay algo que no cuadra, estas locadoras son de la gesti贸n pasada, la de Ulises Villegas que no les renovaron el contrato de locaci贸n con la encargatura de la alcald铆a a manos de M贸nica Acu帽a, sin embargo su cercan铆a a la agencia de empleos “HENRY” consigui贸 el milagro del regreso a la chambita extra帽ada y amada, con buenos sueldos y cero m茅ritos; otros dicen que las ladys ser铆an parte de la port谩til de un tipo que es regidor desde hace pocos meses, antes fue un anodino presidente de la zonal 14 y ahora quiere ser nada menos que DIPUTADO por Lima con el n煤mero 29… para rematar el asunto, postula por SOMOS PURE y la alcaldesa ir铆a con el mismo partido.

¿Creen ustedes que por alguna travesura de la vida, M贸nica Acu帽a va a ser inflexible con el uso de los bienes municipales? Lo dudo, lo dudo, como reza la letra de un antiguo bolero…





jueves, 29 de enero de 2026

馃 NI A LAS MALAS ENTIENDEN LOS CORRUPTOS 馃 SEGUNDA PARTE

 

 

De la lectura de la denuncia por el delito de COLUSI脫N AGRAVADA, art. 384 del CP, se se帽ala literalmente lo siguiente:

馃搫La colusi贸n agravada en Per煤 (Art. 384 del C贸digo Penal) es un delito contra la administraci贸n p煤blica donde un funcionario, en concertaci贸n con un particular, defrauda patrimonialmente al Estado durante una contrataci贸n (bienes, obras o servicios), causando perjuicio econ贸mico real. Se diferencia de la colusi贸n simple por la existencia de un resultado lesivo concreto.  

  • Pena: Privativa de libertad no menor de 6 ni mayor de 15 a帽os.
  • Inhabilitaci贸n: Puede imponerse inhabilitaci贸n para ejercer cargos p煤blicos por 5 a 20 a帽os, e incluso inhabilitaci贸n perpetua si act煤an como organizaci贸n criminal o afectan programas sociales.
  • Elementos clave: Requiere un acuerdo (pacto) entre el funcionario y el particular, y una efectiva defraudaci贸n patrimonial al Estado.
  • Acci贸n: Se evidencia com煤nmente en licitaciones ama帽adas, sobrevaloraci贸n de costos o recepci贸n de bienes defectuosos.  

La colusi贸n agravada constituye una de las formas m谩s severas de corrupci贸n, enfocada en la afectaci贸n efectiva del erario nacional. 


De esta lectura se tiene que la colusi贸n es uno de los delitos m谩s graves de nuestro ordenamiento penal y por ende el delito que en nuestro concepto representa la m谩s pura y dura corrupci贸n en la funci贸n p煤blica, pero esto no queda ah铆, tan corruptos como los funcionarios coludidos con el empresario mafioso son los responsables de fiscalizar que abdican de sus sagradas funciones y no son otros que los regidores, otro tanto sucede con la gerente OCI y el procurador p煤blico municipal, aunque esta vez si la hizo linda Humberto Hidalgo, el encargado del 谩rea.

La denuncia ante la Fiscal铆a anticorrupci贸n nos revela la colusi贸n entre el gerente de PER脷 DISE脩OS Y SERVICIOS GENERALES EIRL, a trav茅s de sus gerentes generales, FREDDY ALVAREZ ESCOBAR y YASMIN JES脷S CASTILLO COCHELLA codo a codo con KELLY CACHIQUE ALIAGA, LEONCIO SICCHA PUNIL, ENRIQUE ANAMPA y JOS脡 NAVEDA QUIROZ. Las investigaciones de nuestro blog nos permiten adelantarles que en este caso hay mucho m谩s que barrer debajo de la alfombra, este contrato con PERU DISE脩OS y SERVICOS GENERALES no ser铆a el 煤nico, y habr铆a otro m谩s un tercero con la empresa INDUSTRIAS STAR por un monto superior a los 3’445,000 soles.

Continuando con la denuncia presentada ante la Fiscal铆a tenemos en los fundamentos de hecho la siguiente revelaci贸n que marc贸 el rumbo de las investigaciones a nivel municipal:


La supuesta experiencia de la empresa ganadora del concurso p煤blico N潞 003-2023, se vino abajo a la primera revisi贸n de los documentos presentados por los gerentes de PER脷 DISE脩OS Y SERVICOS GENERALES EIRL, esta empresa fue creada en SUNAT reci茅n en 2023.

Lo curioso del caso es que Kike Anampa sigue trabajando como si las cosas no fueran con 茅l, Siccha sigue trabajando pero ya no como funcionario, Kelly Cachique Aliaga se fue o la botaron, a nadie le interesa por ahora salvo cuando la sentencien aunque sea a 15 a帽os y de paso le caiga por las rocas fantasmas junto a sus comadres Evelyn y Fanny…




Esta se帽ora de la foto, KARINA PATRICIA RIVAS LIZARZABURU, es locadora de de servicios de  MUNICOMAS, gana 2,500 soles mensuales sin contar con estudios t茅cnicos menos profesionales, tal vez tenga estudios secundarios terminados, no lo sabemos, pero si sabemos que no cuenta con experiencia en la administraci贸n p煤blica, salvo su afilada lengua y una vocaci贸n enfermiza por la intriga no sabemos que demonios hace en la muni come帽a, quit谩ndole el trabajo a otras personas, por su presencia diaria en la oficina de atenci贸n al ciudadano cumpliendo una laborea administrativa la vamos a denunciar ante SUNAFIL y la Procuradur铆a P煤blica Municipal. 






martes, 27 de enero de 2026

馃 NI A LAS MALAS ENTIENDEN LOS CORRUPTOS 馃

 

馃搫En el juicio contra Ulises Villegas馃悁 como gerente general de su empresa UDEL GROUP y la muni de Independencia por COLUSI脫N AGRAVADA, juicio que ven铆a desde el 2017 y que en el 2020 ya hab铆a empezado con la investigaci贸n el respectivo fiscal anticorrupci贸n, que luego pas贸 a la investigaci贸n preparatoria, el control  acusatorio respectivo y voila, pasamos al inicio del juicio oral que termin贸 como casi todos ya sabemos: con una sentencia inicial de 6 a帽os de c谩rcel y una inexplicable o quiz谩s no, ejecuci贸n diferida… para que luego en la Primera sala penal de apelaciones transitoria se confirmara la pena original contra Ulises Villegas y los funcionarios de confianza de Independencia que se coludieron con el ex alcalde de Comas.


Esto que normalmente debi贸 servir de ejemplo a cualquier funcionario de la administraci贸n p煤blica peruana, ser sentenciado a 6 a帽os de c谩rcel por corrupto en esta modalidad tan grave como es la colusi贸n agravada, valga la redundancia, no sirvi贸 de nada en el caso que pasamos a narrar de principio a fin:

Corr铆a el d铆a 26 de setiembre de 2023 en MUNICOMAS cuando se celebraba el Contrato 023-2023-OGA/MDC, firmado entre la Municipalidad Distrital de Comas y la Empresa PER脷 DISE脩OS Y SERVICIOS GENERALES EIRL, creada el 13/03/2023 y actualmente sin informaci贸n de sus actividades en la misma SUNAT.


Lo curioso del caso es que a ninguno de los funcionarios le pico la curiosidad por verificar la legalidad de la documentaci贸n presentada por la empresa, as铆 como la inexistencia del informe t茅cnico sustentatorio de la orden de requerimiento para dicho servicio, considerando que Comas presta ese mismo servicio a los vecinos. La acusaci贸n municipal se inicia contra la representante legal de la empresa, YASM脥N JES脷S CASTILLO COCHELLA, por el supuesto delito de uso de falso documento privado contra MART脥N ENRIQUE ANAMPA V脥LCHEZ, subgerente de Limpieza P煤blica; LEONCIO SICCHA PUNIL (a) El Doctor, gerente de Gesti贸n Ambiental; contra KELLY LIZ CACHIQUE ALIAGA, Subgerente de abastecimientos y con ellos JOS脡 NAVEDA QUIROZ como especialista en contrataciones del estado.


CONTINUAR脕...

s谩bado, 24 de enero de 2026

AN脕LISIS LEGAL: CASO POLICLINICO DAFI

 

馃搫Carpeta fiscal N.潞 606014506-2023-1575-0

Delitos investigados:

Abuso de autoridad (arts. 376 y 382 del C贸digo Penal) Usurpaci贸n (art. 202 del C贸digo Penal)
Apropiaci贸n il铆cita / contra el patrimonio (art. 190 del C贸digo Penal)

Agravado por su condici贸n de funcionario p煤blico y por el perjuicio hacia una persona jur铆dica (EMPRESA GRUPO DAFI ASOCIADOS S.A.C.).


1.   Situaci贸n procesal

La Sexta Fiscal铆a Provincial Penal Corporativa de Lima Norte – Segundo Despacho, mediante Disposici贸n Fiscal N.潞 6 (22 de octubre de 2025), ampli贸 las diligencias preliminares por 60 d铆as naturales, conforme a los art铆culos 330 y 334 del C贸digo Procesal Penal.

Esto confirma que el Ministerio P煤blico ya considera veros铆miles los hechos denunciados y est谩 reuniendo elementos de convicci贸n adicionales

2.   Hechos relevantes

De acuerdo con lo descrito:

El alcalde Villegas habr铆a dispuesto o intentado disponer de un inmueble ocupado o en litigio con la empresa GRUPO DAFI ASOCIADOS S.A.C.

Dicho inmueble no pertenece a la Municipalidad, sino que se encuentra en controversia contractual.

Pese a esa situaci贸n, el alcalde insiste en entregarlo o asignarlo a la Polic铆a Nacional para “labores de inteligencia”.





3.   Delitos configurados seg煤n el avance fiscal

Delito

Descripci贸n legal

Aplicaci贸n al caso

Abuso de autoridad (art. 376 CP)

Funcionario que, abusando de su cargo, realiza u ordena actos arbitrarios en perjuicio de

alguien.

El alcalde usa su posici贸n para disponer de un bien que no le pertenece ni puede administrar legalmente.

Usurpaci贸n agravada (art. 202 CP)

Despojar, mantener o perturbar la posesi贸n de un

inmueble ajeno, con violencia, amenaza o abuso de confianza.

Si el bien est谩 bajo posesi贸n o derecho del Policl铆nico DAFI, y la Municipalidad

ingresa o toma control sin orden judicial, configura usurpaci贸n.

Apropiaci贸n il铆cita (art. 190 CP)

Quien se apropia de un bien que se le ha confiado o que posee sin tener derecho.

Si el inmueble se encuentra bajo administraci贸n o litigio, y el alcalde act煤a como propietario, se configura

este delito.


4.   Gravedad de los hechos

El hecho de que la Fiscal铆a haya ampliado las diligencias demuestra que existen indicios razonables de comisi贸n de delitos funcionales.

Por tanto, si durante el periodo de investigaci贸n el alcalde reitera el acto (como volver a entregar o ceder el inmueble a la PNP o a terceros), estar铆a agravando su responsabilidad penal porque: Reitera una conducta bajo investigaci贸n, lo cual podr铆a interpretarse como persistencia del dolo o reincidencia funcional.

Puede ser considerado obstrucci贸n o desobediencia indirecta a la autoridad fiscal (art. 368 CP, desobediencia a la autoridad).


5.   Conclusi贸n t茅cnica

Dado el contexto y la carpeta fiscal vigente, s铆 se configuran delitos en curso, no solo una falta administrativa.


Situaci贸n actual

Tipo de infracci贸n

Base

legal

Comentario

Disposici贸n de un bien en litigio.

Abuso de

autoridad

Art.

376 CP

Ya imputado en la carpeta fiscal

Ocupaci贸n o entrega del inmueble a terceros (PNP)

Usurpaci贸n agravada

Art. 202 CP

Se configura aunque sea para “fines p煤blicos” si no hay t铆tulo

leg铆timo

Actuar como propietario de un bien ajeno

Apropiaci贸n il铆cita

Art.

190 CP

Delito patrimonial contra DAFI

Reiteraci贸n de actos durante investigaci贸n

Desobediencia a la

autoridad

Art.

368 CP

Si ignora las advertencias del

Ministerio P煤blico


6. S铆ntesis ciudadana

El alcalde Ulises Villegas Rojas ya se encuentra formalmente investigado por delitos funcionales y patrimoniales relacionados con la posesi贸n irregular del inmueble del Policl铆nico DAFI. Si contin煤a disponiendo o entregando ese local a terceros, profundiza su responsabilidad penal y podr铆a ser denunciado nuevamente por reincidencia y desobediencia a la autoridad fiscal.

Por tanto, no se trata solo de una falta administrativa, sino de presuntos delitos en curso, cuya investigaci贸n est谩 debidamente formalizada en el Ministerio P煤blico.

 

Estando acreditado fehacientemente la vulneraci贸n de parte de la Municipalidad Distrital de Comas al Convenio que dicha entidad suscribi贸 el 23 de julio del 2015, al no haberse recurrido al fuero arbitral para concretar su intenci贸n de resolver el mismo pas贸 lo siguiente: 

  • El d铆a martes 12 de setiembre del 2023, los denunciados procedieron a movilizar contingente personal de serenazgo y de operaciones especiales de dicho distrito en los exteriores del Policl铆nico Municipal amedrentando al personal de seguridad y administrativo que se encontraba dentro de dichas instalaciones. Todo en presencia de la prensa que se hab铆a apersonado al lugar a ser testigo del descerraje ilegal, en dicho escenario con la polic铆a municipal, evitando el ingreso al local con los miembros de operaciones especiales de la municipalidad retirando el tablero de luz del local y con un cerrajero intentando abrir la puerta las personas de seguridad y el personal de administraci贸n en resguardo de su integridad se retiraron del local, pidiendo les permitan retirar sus pertenencias.
  • El d铆a mi茅rcoles 13 de setiembre de 2023, finalmente la municipalidad toma posesi贸n del mismo, intentando cubrir y enga帽ar a la sociedad sobre sus actos ilegales en un supuesto acuerdo con dicho personal no siendo representante legal oficial de la empresa, desde ese momento se configura la usurpaci贸n y el delito de abuso de autoridad. Asimismo, d铆a mi茅rcoles 13 de setiembre de 2023 el denunciante solicita el retiro de sus bienes muebles de la propiedad consistente en equipos de video y grabaci贸n los cuales hasta la fecha no han sido devueltos configur谩ndose la apropiaci贸n il铆cita”, se帽ala la denuncia fiscal.

SOBRE EL TIPO PENAL DENUNCIADO:

2.4. De la descripci贸n de los hechos antes descritos y por la forma y circunstancias en las que habr铆an sucedido, hacen advertir hechos con caracter铆sticas de delitos esto es la presunta comisi贸n del delito contra el patrimonio en las modalidades de USURPACI脫N y APROPIACI脫N IL脥CITA COM脷N, y contra la Fe P煤blica – Falsificaci贸n de Documentos en General – FALSIFICACI脫N DE DOCUMENTOS, previsto y sancionado en el art铆culo 427潞 del C贸digo Penal, que textualmente se帽ala…

Finalmente, el alcalde de Comas, Ulises Villegas Rojas, ha sido citado para el d铆a 26 de enero 2024 a las 13.00 horas, asimismo se帽ala la citaci贸n que en caso de inconcurrencia injustificada se solicitara al Ministerio P煤blico su conducci贸n compulsiva… Asimismo en los pr贸ximos d铆as prestaran su declaraci贸n los funcionarios de la Municipalidad de Comas, denunciados:

  • DE NORA CAROLINA FLORIANO SERNA
  • HUMBERTO HIDALGO REATEGUI
    Y LOS QUE RESULTEN RESPONSABLES

Este local ha sido cedido hasta en dos oportunidades, la primera al Poder Judicial, quienes lo tuvieron que devolver de inmediato al darse cuenta de que el local estaba en litigio. La segunda es la que narramos ahora y que fue cedida a la PNP, ambas entidades sab铆an que el local ten铆a serios problema judiciales pero a煤n as铆 los recibieron sin mayores problemas, sobre todo el ex alcalde, Ulises Villegas que lleg贸 a calificar de mediocre e incapaz al Ministro del Interior por negarse a recepcionar dicho local  en situaci贸n de litigio.


 

 

CORRUPCION TOTAL EN INDEPENDENCIA

  Desde el enfoque estrictamente normativo de la Ley de Contrataciones del Estado (Ley N.° 30225 y su Reglamento) y los principios de la Ges...