martes, 21 de junio de 2022

ESCÁNDALO EN COMAS: GRÚAS SILASA SACARON LA VUELTA A FORRO

 

Sucedió lo que se sabía y se temía con la empresa chalaca SILASA y sus grúas, del abuso constante y arbitrario de parte de los operadores de dichas maquinas. Las violaciones al contrato entre las Municipalidad de Comas y SILASA han sido una constante desde su inicio. Y como se puede observar en el siguiente informe de control, se ha hecho tabla rasa de todo lo acordado en el dichoso contrato, que le permite a la empresa hacer lo que le da la gana, con la complicidad descarada y delincuencial del subgerente de Transporte y Tránsito de la muni comeña.

El informe de OCI es aplastante, no hay nada que no hayan infringido la gente de SILASA, desde las grúas inoperativas, personal que no correspondía a los declarados por la empresa, choferes truchos, extintores vencidos, personal del depósito municipal, que no eran los señalados en el contrato. Y lo más grave de todo, la falta de información digitalizada de los vehículos intervenidos, y la poca que existe está bloqueada por el subgerente de Transporte, Armando Tena Saavedra.

Se trata de un contrato de 16 millones y medio de soles o tres años, lo primero que llegue, y a un 41 % para SILASA y 59 % para la Muni, aunque por la falta de información sobre los carros intervenidos, creemos que nunca se llegará a saber cuánto ingresó realmente a las arcas municipales y cuánto a los bolsillos de  los corruptos de esta gestión.







De aquí directo a la fiscalía anticorrupción sin la menor duda, señores, esto es corrupción por donde se le mire, y lo peor es que muchos comeños siempre lo supimos, pero ningún regidor dijo esta boca es mía...


sábado, 18 de junio de 2022

COMAS, LOS CANDIDATOS Y SUS JUICIOS PENALES: SEGUNDA PARTE

 

A 48 horas de nuestro reciente informe sobre los candidatos de Comas a la alcaldía, no hay ni una sola respuesta y ni tampoco se ha tratado de minimizar lo que se haya escrito, denunciado o informado en este blog. No hay nada de eso, porque hemos conversado personalmente con uno de ellos y aún seguimos esperando sus respuestas, me refiero a Ulises Villegas Rojas, del otro candidato no esperamos ninguna respuesta ni la necesitamos dada la contundencia del documento oficial que proporciona la información mostrada no solo en noapaguenlaluzvol2, sino en otros medios digitales y que no han sido rebatidos ni negados por Miguel Saldaña Reategui, son 51 denuncias penales judicializadas de las cuales hay en promedio 9 que vienen desde tiempos inmemoriales, años 2004, 2005 y 2009, ¿qué misteriosos argumentos podrían esgrimir los jueces que tienen a su cargo la resolución de estos expedientes sin resolver desde hace aproximadamente 18 años? Para nosotros solo hay un nombre, corrupción y nada más que corrupción: leguleyadas, tinterilladas o el dulce sueño de los justos de la mano del poder del poderoso dinero.

Con el primero de los nombrados hay un documento oficial de la Fiscalía de Lima Norte, con 12 denuncias fiscales divididas en dos fuentes, 4 de las Fiscalías provinciales corporativas y 8 de las Fiscalías anticorrupción, debemos inferir que la inicial investigación preliminar del segundo despacho de la Fiscalía anticorrupción del fiscal Marco Antonio Santa Cruz Urbina numerada como Exp. Nº 4059-2020-2DP-2-0901-JR-PE-02 es la que ahora no deja dormir al candidato somista, esta denuncia fiscal ahora en manos del juez Anthony Cerna Manyari, al que no le ha temblado la mano para abrir instrucción en contra del referido Ulises Beltrán Villegas Rojas y una gavilla de fuleros que en algún momento fueron y quizás sigan siendo funcionarios de la Municipalidad de Independencia, al menos uno de ellos es el actual Gerente Municipal de Comas, increíble pero cierto, se trata nada menos que de Rubén Rivera Chumpitaz, denunciado junto a Villegas, pero helo aquí en Comas, con el cuento de la presunción de “inocencia”.


De nuestro segundo candidato Miguel Ángel Saldaña Reategui, ¿qué podemos ya decir que el pueblo comeño no sepa o no recuerde? Pero para eso está la prensa independiente, sobre  todo honesta y enemiga de la mermelada. Recuerdan ustedes aquel único caso en el que Saldaña fue sentenciado condenatoriamente por una jueza con el útero bien puesto y a la que tampoco le tembló la mano para clavarle un par de años por delito en contra del medio ambiente por permitir el funcionamiento de un basurero municipal denominado ostentosamente “planta de transferencia” por Saldaña y sus regidores adulones amén de funcionarios chicheñós. Este caso es en nuestro concepto emblemático por la corrupción que mostraron tanto el imputado como el vocal ponente quien más parecía su abogado defensor, el mismo que llegó al extremo de decir que el alcalde “no tenía por qué saber dónde iba a parar la basura recogida en el distrito” y de basureros o plantas de transferencias “no tenía la obligación de saber nada de nada”, ¿por qué? sencillo, porque es el señor alcalde pues. Algo más, este miserable magistrado tuvo la osadía de denigrar el trabajo del chofer de una compactadora al señalar que es acaso el alcalde un chofer para saber a dónde es llevada la basura. Para todos los efectos y objetivos de los vocales estaba claro que Saldaña no sabía nada de basureros y obvio menos de contratos, sin embargo acuerdos de concejo y documentos oficiales que demostraran que no solo sabía de la existencia y operatividad de los tres basureros municipales que operaron en sus gestiones sino que es más, firmó por lo menos el Acuerdo de Concejo Nº 024-2009-C/MC para contratar con la empresa GUIZA SAC. ¿Cómo qué no sabía? Y solo por la defensa del vocal ponente de la Segunda Sala Penal de Lima Norte, Miguel Saldaña Reategui fue absuelto de la sentencia de la jueza del 4to. Juzgado Penal de Lima Norte.





miércoles, 15 de junio de 2022

COMAS, LOS CANDIDATOS Y SUS JUICIOS PENALES

  

Una de las principales tareas que deberían tener los periodistas, comunicadores o como quieran llamarles a quienes ejercen este oficio de manera noble y desinteresada, teniendo como único fin informar a la opinión pública es hacer uso de la verdad, y nada más que eso, la verdad, pero en Comas no vemos absolutamente nada de eso. Los cuatro gatos que dicen hacer periodismo están más preocupados en tratar de guardar pan para mayo o hacer de rabonas de los principales candidatos y digo esto porque alegremente estos periodistas “entrevistan” en sus caricaturas de programas de TV digital o pasquines escritos a los candidatos de un forma vergonzosa por lo demás complaciente, claro pues, si no son más que cherrys en toda su extensión del sometimiento servil y chicheñó al hombre que paga por estos servicios completos del hombre de prensa.

Salvo uno que otro feisbuquero serio y decente amén de algún portal local de igual condición no vemos información comprometedora sobre los candidatos a nuestra alcaldía y eso es fatal para un pueblo generalmente desinformado y que solo lee Trome o La república o ve nada más que canales mermeleros, de esta forma  los electores comeños y de otros distritos de Lima Norte llegan casi ciegos a votar el día de las elecciones, ¿qué sabemos realmente del pasado y presente judicial de estos señores y señoras? Nada o muy poco, ese viejo cuento de que las denuncias penales ante las fiscalías son producto de la envidia de sus enemigos ya no corre, ahora  parece que las denuncias volaran, en unas pocas semanas el fiscal a cargo de la denuncia ya está iniciando la investigación preliminar y unos meses después prejudicializa la denuncia ante el juez. Así que sí, resulta bueno saber de los juicios o denuncias fiscales que presentan los candidatos, algo más, en muchos casos vamos a ver que hay juicios que ya tienen más de 10 a 15 años esperando el juicio oral y siguen durmiendo el sueño de los injustos por obra y gracia de jueces corruptos, porque no hay otro nombre para esa ratas inmorales y coimeras.

Para muestra empecemos con los dos principales candidatos a la alcaldía comeña y que por rara coincidencia fueron uno y dos además de socios no solo políticos sino también en los enjuagues de la gestión municipal de 2015 al 2018, sin más preámbulos, aquí vamos con Miguel Saldaña y Ulises Villegas, de Jean Pool Granados Lazo y el INSTITUTO AMAUTA ya escribiremos en la segunda parte de este informe.


-Casos fiscales de Ulises Villegas Rojas:


    -Casos fiscales de Miguel Saldaña Reategui:





 




domingo, 12 de junio de 2022

¡BUENA, REGIDORA ROXANA ARI ACUÑA!

 

Esta pequeña nota es un merecido homenaje a una mujer cabal, honesta y luchadora que como regidora de Comas, en un segundo periodo, nos muestra a una joven política en ciernes. ¿Es posible que algunos desubicados digan que la Ari tuvo una actuación algo opaca en su debut en la arena política? Quizás, se paga derecho de piso, y por último, nadie nació sabiendo.

Lo que sí sabemos es que ahora la Srta. Roxana Ari nos viene dando cátedra de honestidad y valentía en sus labores como regidora al fiscalizar, sin medias tintas, la gestión del alcalde Raúl Díaz Pérez y sus funcionarios, a diferencia de los felipillos y malinches que abundan en ese concejo municipal traidor a los intereses de los comeños.

Mucho cuidado que tampoco es que fiscalice porque está en campaña electoral por el Frente por la Esperanza en estas elecciones, no, nada de eso, su labor fiscalizadora viene desde el 2019, desde el inicio de la gestión rauldiizta, cuando tuvo la osadía de ser la única regidora que votó en contra del acuerdo de concejo entreguista que ponía a disposición de EMAPE y el COSAC nuestra avenida Universitaria para la ampliación del Metropolitano, en el tramo comprendido entre Comas y Carabayllo. Fue la única, de 15 regidores, que sostuvo su posición de que un proyecto como el que presentaba y apadrinaba el infeliz del alcalde debía contar con dictamen previo antes de votar, como borregos, a favor de lo que ahora, como bien dice Nadia Cruz Estrella, es un daño irreparable para el distrito. 



Pero no acaba ahí la labor de fiscalización y denuncia de Roxana Ari. En el 2020, esta dama tuvo el coraje de denunciar penalmente nada menos que al alcalde en ejercicio por aparentes irregularidades en la disposición de varias toneladas de alimentos donados por varias empresas como: GLORIA SA, QUÍMICA MARTEL y CORPORACIÓN PERUANA ARROCERA ATENCIO SAC.



Creo, firmemente, que Comas tiene en Roxana Ari Acuña a una política que bien puede depararnos una grata sorpresa en estas elecciones próximas. ¿Por qué? Recuerden que desde este blog les venimos pidiendo a los principales candidatos a nuestra alcaldía que asuman un mayor compromiso en la lucha contra la corrupción de Raúl Díaz y su organización criminal, pero nada de nada, todos se han hecho los locos, o cojudos que en la práctica da lo mismo.

Roxana Ari Acuña nos demuestra, con sus actos, honestidad, coraje y honradez. No son palabras líricas ni cantos de sirena, sino hechos concretos. Roxana Ari ha denunciado la corrupción en silencio, sin figuretismo desde el 2019. Su campaña electoral es austera, donde no hay gastos millonarios en publicidad que satura e impacta el medio ambiente visual comeño. No hay publirreportajes comprados en medios digitales mermeleros, esto es bueno, muy bueno porque así no hay compromisos de campaña ni compromisos políticos con nadie.

Como en los últimos 20 años, que no nos engañen de nuevo. Los comeños debemos elegir bien esta vez, porque si nos equivocamos eligiendo a uno de los superconocidos candidatos corruptos, terminaremos con un nuevo Saldaña, Díaz o Villegas. Y ya sabemos cómo termina esa historia y no hay donde quejarse, como ahora. Roxana Ari Acuña puede ser una buena opción, al menos démosle una chance y conozcamos su plan de gobierno y propuestas.

 

De todo un poco en Comas:

En las siguientes imágenes compartiremos la sinvergüencería e inescrupulosidad de muchos malos vecinos que atentan contra la vida e integridad física de los peatones que tienen la mala suerte de transitar por las calles donde viven, o se estacionan, los choferes de estos vehículos. 



Aquí les dejamos un videíto para que nuestros lectores aprecien como se divierten “sanamente” los fiscalizadores de Control y Operaciones de Comas, dicen la malas lenguas que este local fue intervenido previamente por los asistentes, por lo que suponemos que el alquiler de dicho local, así como el alquiler de los equipos de sonido no fue gran problema.

En las imágenes podrán ver a una fiscalizadora que no fiscaliza, por ser mano derecha del supervisor jefe de esta subgerencia, y que actualmente viene atravesando una profunda “depre” por el abandono de su esposo…  Se ve cómo sufre la susodicha: «¡¡Eso, eso, con todo»… Provecho, bebé Stiben. 




miércoles, 8 de junio de 2022

¿SALDAÑA, EL MEJOR ALCALDE DE COMAS? SÍ, & ¡!% * !! #, CÓMO NO...

 

miércoles, 7 de enero de 2015

NO SON BUENOS NI MALOS: SON INCORREGIBLES

 

“No son buenos ni malos: son incorregibles”. Así definía a los peronistas el genial Jorge Luis Borges. Igual, creo que se podría definir a ciertos  alcaldes del Perú: “No son ni buenos ni malos: son incorregibles”.

El caso de Miguel Saldaña es particularmente increíble: el 2010 pierde las elecciones ante un candidato que resumía el cansancio, el desencanto, y por qué no decirlo, la cólera del pueblo comeño. La frustración de un pueblo eternamente olvidado por los alcaldes de turno que solo sirven para las elecciones y una vez conseguido su propósito, adiós, y si te vi no te conozco.

Fueron cuatro años de un primer gobierno para el olvido, y un segundo periodo más o menos. Pero podríamos creer que estos años, en total ocho, debieran haber servido de algo, pero no, nada de eso. Resulta estúpido, por decir lo menos, que una persona espere tener una denuncia penal en su contra para recién hacer lo correcto, y lo peor de todo es que Saldaña es abogado. Las leyes se respetan y se cumplen, sino para qué están.

Aquí, (en noapaguenlaluz.blogspot.com) no somos ayayeros de nadie, no somos adulones. Si en algún momento apoyé a Miguel Saldaña Reátegui fue porque creí en él. Pensé que algo había aprendido en sus ocho años de gobierno municipal. Parece que me equivoqué. Digo y escribo todo esto porque me parece injusto, realmente injusto y desatinado lo siguiente:

Primero: Sacar a dos personas que hicieron tanto en tan poco tiempo, y sobre todo con tanta calidad humana en el trato con sus compañeros y público en general. Obviamente, nos referimos a Raúl Rojas y Alfredo Berrocal. Honor al mérito, caballeros, muchos hogares tuvieron un feliz año gracias a ustedes. Bien por ello.

Segundo: Resulta intolerable persistir en el error, ya lo dijo San Agustín: “Errar es humano, perdonar es divino, pero persistir en el error es diabólico”. De qué otra manera podemos calificar la imprudencia de designar como funcionarios a tres personas severamente cuestionadas, peor aún, cuando MIRANDA FARFÁN no solicitó el cargo (difícil de creer, pero la fuente es buena). Miranda quería ser proveedor de servicios. Según nos cuentan, fue Miguel Saldaña quien le impuso el cargo.

Ahora bien, ¿Quién impuso en el cargo a Edgar Gutiérrez Tijero? Este caso es peor que el de Miranda. Según el DS 058-2014-PCM, el MOF de Comas vigente y el art. 381 del Código Penal, este señor no cumple los requisitos mínimos señalados por la ley. Más claro, ni el agua.

Lo de la Paulino Huaringa es sencillamente una prueba más de la soberbia incorregible de Saldaña. Al final,  si denuncian penalmente al alcalde Miguel Saldaña, el único beneficiado sería Ulises Villegas Rojas, el tnte. alcalde que, ‘sin querer, queriendo’, terminaría sentado en el sillón municipal.

Mucho cuidado que en el caso de la Canchaya se utilizaron triquiñuelas legales para anular la sentencia en el Tribunal Constitucional, amén de que esta señora era congresista. Pero la resolución constitucional ordenó un nuevo juicio en el que se debía agregar el delito de Nombramiento indebido de cargo, los delitos de estafa y falsedad genérica… Están advertidos.

Por otro lado, quiero terminar con el siguiente comentario, esas frases infames de “ROBA, PERO HACE OBRAS”, están siendo aplicadas en Comas: LIMPIA... PERO CON REPERSA. Así no es, ya los comeños sufrimos con esta empresa, de Alex Arguelles Atahualpa, en las pasadas gestiones de Miguel Saldaña, nada menos... ¿Otra vez la mula al trigo?  foto



 Después de esta pequeña nota periodística, hecha a inicios de 2015.., ¿el mermelero del diario Sin Razón, nos puede decir que Miguel Saldaña es el mejor alcalde de Comas?

¿Nos vas a seguir diciendo que Miguel Saldaña tiene un posicionamiento personal del 99 % y un 75 % de opinión muy favorable de los vecinos comeños?

¿Vas a repetir que Saldaña obtuvo el 52 % del voto emitido, 172,472 votos, y eso le permite mantener la fortaleza que hasta hoy lo consolida como el mejor alcalde de Comas y aprueba su gestión, o sus gestiones?

¿La siguiente encuesta la hicieron entre sus amigos o sus serviles funcionarios y trabajadores de confianza, o todos juntos?

Ya pues, Miguel Saldaña Reátegui, tu memoria es ingrata. En esa “campaña fabulosa”, yo estuve allí, no lo olvides.


sábado, 4 de junio de 2022

REYNA TORRES ¿HABITUAL EN EL DELITO?

 

¿Cuántas resoluciones judiciales de reposición laboral y cumplimiento de cronogramas de pago incumplidos pese a los mandatos judiciales se han dado en la Corte Superior de Lima Norte en los últimos años? Resoluciones judiciales que tienen como beneficiarios a cientos o tal vez a miles de trabajadores municipales, que no solo han luchado para ganar sus juicios, sino que han empezado otra batalla legal para que esas resoluciones sean acatadas por malos funcionarios municipales.

En esta dura lucha contra la corrupción hay dos problemas principales que van de la mano el uno con el otro. El primero es la desidia o negligencia punible de los jueces y juezas laborales que impunemente permiten que sus resoluciones de reposición sean ignoradas, desobedecidas, desacatadas, en lo que muy bien ha calificado la fiscal del primer despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte como delitos. Pero la ley orgánica del Ministerio Público contempla la queja o denuncia contra los jueces o juezas por la negligencia mostrada en el cumplimiento de sus mandatos judiciales en desmedro y/o agravio de los demandantes que llevan esperando años de años que malos funcionarios municipales de confianza les dé su regalada gana de acatar las resoluciones judiciales.




Y pensar que en una resolución judicial de reposición se puede leer lo siguiente. Sin embargo, se debe tener en cuenta que el artículo 22 de la Constitución Política del Perú establece lo siguiente: “EL TRABAJO ES UN DEBER Y UN DERECHO. ES BASE DEL BIENESTAR SOCIAL Y MEDIO DE REALIZACIÓN DE LAS PERSONAS”. El artículo 27 señala: “LA LEY OTORGA AL TRABAJADOR ADECUADA PROTECCIÓN CONTRA EL DESPIDO ARBITRARIO”, es decir no se puede afectar un contenido constitucionalmente protegido del derecho al trabajo y el derecho contra la protección adecuada contra el despido arbitrario.

Por último, no se puede desconocer las garantías mínimas previstas en el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, sin tener en cuenta las graves consecuencias socioeconómicas para las personas despedidas y sus familiares y dependientes, tales como la pérdida de ingresos y la disminución del patrón de vida. Lo verdaderamente irreal es la parte final de la resolución judicial de marras. Es de antología.

Por último, en el caso de autos, la parte demandante ha presentado los medios probatorios idóneos y pertinentes que corroboren que le avala el derecho, demostrando que concurren todos los requisitos:

a) verosimilitud del derecho invocado,

b) peligro en la demora del proceso,

c) la razonabilidad de la medida para garantizar la eficacia de la pretensión.

Nada de esto sirve en la práctica cuando al juez (o jueza) se le pasea el alma y el demandante sigue mendigando su reposición, ya que ahora el funcionario municipal se arroga funciones presupuestales para ignorar el mandato judicial, olvidando que esa es tarea de la gerencia de Planificación y Presupuesto, así como de la gerencia de Administración y Finanzas, no de RR HH. Esto tiene su contrapartida en la queja o denuncia ante la ODECMA.

¿QUÉ ES LA ODECMA?

La ODECMA de Lima es el órgano desconcentrado de la OCMA, que se encarga de investigar y sancionar la conducta de los Magistrados y auxiliares jurisdiccionales (excepto jueces supremos) que según la Ley configuren supuestos de responsabilidad funcional. Está encargada además de velar por la honestidad, imparcialidad y desempeño ético de los Magistrados y Servidores Judiciales, por ello tiene facultades preventivas y disciplinarias.

¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES FUNCIONES DE LA ODECMA?

ü Procesar las quejas y reclamos de los usuarios sea verbales, escritas o telefónicas.

ü Iniciar procedimientos disciplinarios contra Magistrados y auxiliares jurisdiccionales.

ü En caso de encontrar responsabilidad funcional, aplicar las sanciones de amonestación, multa, suspensión preventiva así como proponer las sanciones de suspensión y destitución.

ü Realizar Visitas Judiciales a los órganos jurisdiccionales y dependencias judiciales.

4. Abrir investigaciones por mandato de la Jefatura de la OCMA o cuando, por cualquier medio que no sea queja, tome conocimiento de actos que por su naturaleza constituyan conductas funcionales irregulares de magistrados y auxiliares jurisdiccionales.

5. Admitir a trámite las quejas presentadas y en el mismo acto disponer el inicio del procedimiento administrativo disciplinario.

6. Iniciar de modo excepcional investigación preliminar debidamente motivada, bajo responsabilidad; designando al magistrado investigador quien dispondrá las actuaciones necesarias para posteriormente recibir el informe respectivo, calificando y de ser el caso abrir procedimiento administrativo disciplinario o archivar los actuados.

¿La ODECMA LIMA NORTE atenderá las quejas de los demandantes contra los jueces negligentes, desidiosos, que no hacen cumplir sus resoluciones de reposición laboral y cumplimiento de cronogramas de pago, entre otras perlas?

“Ver para creer”, decía San Agustín, y en Lima Norte eso es una obligación, dada la conducta reiterante, sistemática y abusiva del subgerente de RR HH de Comas.

Desde su llegada a Comas vía Resolución de Alcaldía N° 193-2019-AL/MDC, designado como subgerente de RR HH, Ricardo Javier Reyna Torres demostró a los trabajadores municipales de la Municipalidad comeña que con él no iban a encontrar a un funcionario proclive al dialogo y mucho menos de respeto por la ley.

Solo citemos tres casos concretos: la denuncia penal por homicidio culposo de varios trabajadores ediles en plena pandemia al no cumplir con los dispuesto en el DU239-2020-MINSA; la multa millonaria impuesta por SUNAFIL a Reyna Torres por violar la ley al no cumplir con las condiciones sanitarias en la lucha contra la Covid 19, y por no asistir a las dos citaciones de SUNAFIL, con el agravante de que las dos citaciones eran en el mismo Centro Cívico, que cada multa era del orden de los 160,000, fuera delas demás multas por violar las normas sanitarias, que totalizan 1,200,000.

Si esos dos hechos no sirven para mostrar la catadura moral de este sujeto, vamos con el tercer caso que para nosotros es de lejos el más grave y peligroso para el personal de trabajadores municipales de la muni comeña: la reposición laboral de los cientos de trabajadores, que después de largos y engorrosos juicios laborales donde hay gastos de abogados, pérdida de tiempo y la carga procesal de los jueces laborales como eterno pretexto del Poder Judicial, a la negativa sistemática y reiterativa de Reyna Torres de acatar, de obedecer los mandatos judiciales de reposición, cumplimiento de cronogramas de pagos -y cuándo no- del pago del beneficio de sepelio y luto, porque, según este infeliz, no le gusta tal o cual resolución judicial, está mal hecha, no hay cupos en las áreas de reposición y/o cualquier pretexto que se le ocurra.

Vale una aclaración que creemos justa para nuestros lectores, nosotros no somos abogados, pero contamos con un equipo legal que nos asesora permanentemente cuando tocamos temas legales. Hecha la respectiva aclaración, pasemos al análisis de lo que en nuestra opinión sería la conducta de Reyna Torres, que no sería otra que la habitualidad en el delito, como veremos:




“Otros legisladores consideran que la reincidencia instituye un concepto propenso a desaparecer, y así ser substituido por el de la habitualidad; y de esta manera no deba reputarse como una circunstancia ya sea de agravación ni de atenuación de la pena; puesto que con la experiencia queda demostrado que el delincuente habitual es insensible a la sanción, y se mantiene en un estado de peligrosidad del cual hay que defenderse y a la sociedad, con medidas especiales. Y ello lleva implícito algo más que una agravante: la eliminación o el encierro perpetuo.”

“En lo penal, la habitualidad es circunstancia reveladora de peligrosidad extrema, por comprobar la permanencia en los impulsos antijurídicos, que, cuando encuentra precedentes judiciales, constituye las calificadas agravantes de reiteración, en lo delictivo genérico, y de reincidencia (v.), en tanto que especialidad transgresora. Habitualidad penal: En el campo del Derecho Penal, la habitualidad implica la comisión reiterada de delitos, generalmente del mismo orden. El delincuente habitual es el que incursiona reiteradamente en el campo de la delincuencia”.

CONCEPTOS DE LA HABITUALIDAD

Peña Cabrera (2017:732), “La habitualidad consiste en la perpetración delictiva que el autor ejecuta de forma reiterada en el tiempo, actitud antisocial que revela una peligrosidad inherente a su personalidad. La habitualidad a diferencia del delito continuado, es un supuesto de unidad de acción.

“El termino <habitualidad> comprende al proclive al delito (tendencia instintiva), al incorregible (no acepta las pautas de conducta) y al profesionalismo (modo de vida u oficio); en otras palabras, es un sujeto que alarma a la sociedad con su accionar peligroso, pues las recaídas en el delito ponen acento en la personalidad del delincuente, permitiéndose al juzgador incrementar su responsabilidad penal por el hábito, (aplicándose sus efectos punitivos solo en el tercer delito cometido dentro de los cinco años y luego se sumaran la pena resultante a las penas concretas correspondientes a los otros delitos del concurso real, pero respetándose los limites punitivos del artículo 50 y 51 del Código Penal) y, por ende, la pena se incrementara hasta en un tercio por encima del máximo legal del tercer ilícito; o incrementándose la pena en una mitad por encima del máximo legal fijado para el tipo penal (treinta y cinco años) en su forma cualificada, y sin que sean aplicables los beneficios penitenciarios de semilibertad y liberación condicional llevándonos así, a la idea del enemigo de la sociedad y del Estado, es decir, que el legislador patrio pretende robustecer el Derecho Penal de autor reformulándolo en el Derecho Penal del enemigo”.

Un caso más patético, por la salud del trabajador municipal quejoso, es el del obrero Julio César Ríos Cárdenas, quien desde hace cuatro (4) años viene batallando por el pago del beneficio de sepelio y luto ante la muerte de uno de sus hijos. Mediante la siguiente resolución de alcaldía le fue concedido un beneficio legal por pacto colectivo que hasta la fecha duerme el sueño de los injustos, hasta que se tenga que tomar el camino de la denuncia penal. .


Un pasaje lleno de desmonte, intransitable en estos momentos, y un  edificio en construcción sin licencia de obra, ¿para cuándo las multas y paralización de obra, señores de Control y Operaciones? O es qué hay cariño de por medio, u ordenes de arriba. En fin, ya veremos…






miércoles, 1 de junio de 2022

EJEMPLO A SEGUIR EN TODO LIMA NORTE Y EL RESTO DEL PAÍS

 


 Lo que viene haciendo el FOPODDEC en defensa de los legítimos intereses de Carabayllo es lo que deben y tiene que hacer todos los vecinos decentes y dignos que los hay y a montones en los diferentes distritos del país, me toca en esta oportunidad recurrir al viejo método de copia y pega la valiente lucha de este frente de defensa  carabayllano contra la feroz corrupción enquistada en el gobierno de uno de los más infelices alcalde que le ha tocado en suerte a Carabayllo.

Marquitos como te dije personalmente en tu oficina ,teniendo como testigos a tu Gerentes de Salud IVAN RIVANEREYRA y GERENTE DE SEGURIDAD CIUDADANA VICTOR ÑOPO QUIEN SIEMPRE LUCHÓ CONTRA LA CORRUPCION,POR LO CUAL YA NO ESTÁ EN ÉSTA GESTIÓN,al Presidente del FOPODDEC Raúl Tinco , Marina García , Andrea Ávalos ,miembros del FOPODDEC. Al procurador Paul Espinoza , al Sub Gerente de Fiscalización Administrativa . QUE TU GESTIÓN NO ES NADA TRANSPARENTE . Me dijiste que lo demostrará y te lo demostré , hablándote de las Fábricas ilegales que trabajan sin Licencias de Funcionamiento por estar en zona Residencial de LOS SUYOS , EN ESPECIAL DE REINPLAST ,que hasta la actualidad sigue trabajando perjudicando la Salud Pública. Esa reunión fue en Setiembre del año 2021. Para que una Gestión sea transparente tienes que RENDIR CUENTAS DE TODA LA GESTIÓN .Hoy en tu "Audiencia Pública" dónde sólo asistieron tus allegados te faltó Rendir Cuentas de éstas Fábricas que dañan la Salud Pública de los pobladores y qué solución les has dado. Te Faltó Rendir Cuentas sobre el caso de LA CONTRALORIA QUE ENCONTRÓ IRREGULARIDADES EN LA ADQUISICIÓN DE LAS CAMIONETAS PARA LA GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DONDE MENCIONA QUE EL PROCURADOR DEBÍA INICIAR LAS DENUNCIAS PENALES.DEBÍAS RENDIR CUENTA QUE HAN HECHO HASTA LA FECHA.

HAY MUCHO POR RENDIR CUENTA DESDE LA SALIDA DEL SR COLAN COMO GERENTE DE SEGURIDAD CIUDADANA Y LA LLEGADA DEL SR ARANIBAR A LA GERENCIA . LA CONTRALORIA MENCIONA A VARIOS FUNCIONARIOS IMPLICADOS EN ÉSTAS IRREGULARIDADES ENTRE ELLOS A OCTAVIO ARANIBAR. HAY MUCHO POR RENDIR CUENTAS Y NO LO HICISTE HOY EN TU AUDIENCIA.LA POBLACIÓN TIENE DERECHO A SABER EN QUE SE EMPLEA SU DINERO. EL FOPODDEC DEFENDIÓ LOS DERECHOS DEL PUEBLO ,LOGRANDO QUE EL PODER JUDICIAL SENTENCIARA AL HOY PRÓFUGO EX ALCALDE ALVAREZ JUSTO AL FINAL DE SU GESTIÓN, TRAS UN ÁRDUO SEGUIMIENTO. SEGUIMOS EN ESE CAMINO DE JUSTICIA Y FISCALIZACIÓN. ÉSTE CASO DE LAS CAMIONETAS LO VENIMOS SIGUIENDO PASO A PASO.MÍNIMO YA DEBERIA ESTAR EN LA FISCALIA ESPECIALIZADA DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS COMO DICEN MUCHOS CIUDADANOS.

PRONTO INFORMAREMOS QUE MÁS HIZO LA CONTRALORIA Y EL PROCURADOR EN ARAS DE LA HONESTIDAD Y LA TRANSPARENCIA. FOPODDEC Y ESTUDIO JURÍDICO PARRA. APOYAN. Y “LO BUENO" DEBE CONTINUAR.



Fuente: cuenta de facebook de Alex Aredi.

CORRUPCION TOTAL EN INDEPENDENCIA

  Desde el enfoque estrictamente normativo de la Ley de Contrataciones del Estado (Ley N.° 30225 y su Reglamento) y los principios de la Ges...