martes, 25 de enero de 2022

LA CRISIS EN EL PERÚ

Nuestro país se encuentra en crisis. En los tres niveles del Estado.  La crisis no solo es moral (corrupción), sino también económica.

La corrupción es, hasta la actualidad, uno de los problemas más preocupantes para la población peruana y afecta directamente la legitimidad de las instituciones públicas. Una manera de medir la incidencia de la corrupción en un país es a través del índice de percepción. Si bien esta medición puede reflejar cierta subjetividad, es importante tenerla en cuenta. El 46% de peruanos señala a la corrupción como uno de los principales problemas del país y un 82% considera que el crimen organizado ha penetrado la política, según un estudio de la Asociación Civil Proética.

La ausencia de valores en la sociedad, la que explica la interesada poca claridad para determinar lo correcto de lo incorrecto en el ejercicio de la función pública. Un ejemplo de lo mencionado lo encontramos cuando el difunto líder político Luis Bedoya Reyes señaló, respecto del proceso penal seguido contra su hijo, Bedoya de Vivanco, por complicidad en delito de peculado realizado por Vladimiro Montesinos, declaró que su hijo había cometido, en todo caso, un pecado, mas no un delito. Otro dijo por ahí, “se roba, pero se hace obras”.

Los actos de corrupción debilitan al sistema democrático porque las personas no confían en sus instituciones. Si las instituciones se debilitan, la democracia se debilita y eso es grave. 


-EN EL PODER EJECUTIVO:

Vemos como la primera autoridad del país no diferencia entre ser rondero, campesino o criador de animales y ser el responsable del manejo del país. En sus hombros no está la vida de animales, sino de seres humanos. Ya lo dijo “es fácil ganar las elecciones, lo difícil es gobernar”. En una última entrevista señaló que cometió errores en designar a ministros y asesores. En la administración pública no existen los errores, en la administración pública todo esta normado.

Pero los casos de corrupción abundan. Ahí tenemos las licitaciones, designaciones de funcionarios, etc. La Procuraduría del Perú denuncio ante la Fiscalía de la Nación al presidente Pedro Castillo por la presunta comisión de los delitos de patrocinio ilegal y tráfico de influencias en la adjudicación de obra vial en la Amazonia.

Sabemos que cinco exgobernantes se encuentran con arresto o en proceso de investigación. Desde el retorno a la democracia, todos los presidentes han estado envueltos en algún caso de corrupción o vienen siendo procesados.


-EN EL PODER LEGISLATIVO:

Tenemos congresistas que están siendo investigados por casos de corrupción, por ser parte de grupos senderistas.

Cada grupo parlamentario jala agua para su molino. No legislan para la población. Legislan para sus intereses.


-EN EL PODER JUDICIAL:

La corrupción es un flagelo del Estado peruano, en realidad no existe ninguna entidad del Estado que pueda decir que está libre de algún acto de corrupción; sin embargo, de todas las entidades públicas donde más sensibiliza la corrupción es en el Poder Judicial porque se entiende que es el juez quien juzga a los corruptos. Aún no se consigue enfrentar a la corrupción de forma ejemplar y a esto se suma que dentro del Poder Judicial siguen los magistrados que sentencian de acuerdo a la billetera del procesado.

Nunca hubo una verdadera reforma. Solo se han cambiado los nombres, pero no el sistema. Los Rios, los Hinostrozas siguen.


-EN LOS GOBIERNOS REGIONALES Y EN LOS GOBIERNOS LOCALES

Oliver Meza y Elizabeth Perez – Chiquéz, nos preguntan: ¿Se acuerdan cuándo se decía que la descentralización serviría para combatir la corrupción? Los argumentos versaban en torno a un nivel local (municipal), en el que monitorear al gobierno sería más eficiente. Esto tiene sentido pues se trata del nivel más cercano a la gente, ¿no?

Se supone que los votantes más cercanos estarían haciendo esta labor, y por tanto habría una mayor rendición de cuentas. El proyecto descentralizador, impulsado con argumentos ciertamente lógicos y sensatos, se topó contra la pared. Después de 30 años de haber impulsado este proyecto observamos que los municipios no han sido mejores para hacer que sus gobernantes rindan cuentas y mucho menos para combatir la corrupción.

Hoy en días se puede apreciar que los gobiernos regionales y las municipalidades distritales presentan un porcentaje significativo de denuncias por corrupción, y se observaba que la mayoría de casos en dichas instituciones eran por delitos de “peculado” y “colusión”, es decir, cuando el funcionario público se apropia o utiliza bienes o dinero del Estado, y cuando el funcionario interviene en los procesos de adquisición o contratación pública, concertando o acordando con interesados para defraudar al Estado.

El accionar de las organizaciones criminales se ha enquistado en determinados gobiernos regionales y locales, asociándose con políticos y funcionarios públicos, de tal manera que su estructura delictiva comienza a tener una cohesión sostenida a fin de no ser descubierta por las autoridades encargadas de perseguir el delito.

Las cifras son duras: la corrupción en la inversión pública alcanzó el 15 por ciento en los Gobiernos Regionales durante el 2020, informó la Contraloría General de la República. Esto se traduce en más de 5 mil millones de soles perdidos en perjuicio de los peruanos que viven en las diversas regiones del país.

En el ránking de corrupción e inconducta funcional, Piura, Puno, Arequipa y Loreto se encuentran en los primeros lugares, siempre de acuerdo al informe presentado por el contralor Nelson Shak. Varias de las investigaciones a gobernadores regionales incluyen presuntos actos de corrupción realizados en plena pandemia de la COVID-19, lo que no hace más que aumentar la indignación de los peruanos. 

Las cosas en los gobiernos distritales no son diferentes a los gobiernos regionales. Tenemos casos de corrupción en las adjudicaciones de obras, contratación de personal, compra de bienes y servicios, distribución de canastas, etc.

Ya en un próximo artículo hablaremos de cómo combatir la corrupción…

Atentamente,

El inocente.






sábado, 22 de enero de 2022

1,000 SERENOS PARA COMAS, PROMESA MENTIROSA DE ULISES VILLEGAS

 La pasada promesa de campaña del 2018 y ahora vuelta a retomar por el único candidato “comprometido” con nuestra seguridad ciudadana, resulta indignante cuando ya desde el año podemos leer en sus miles de banners que inundan Comas que la seguridad de nuestras familias es su preocupación. Ulises Villegas, para los que no te conocen les voy a recordar cuál es tu lema, el idéntico al del rey Luis XIV: “PRIMERO YO, SEGUNDO YO Y TERCERO YO”. No hay más, cuando ofreces 1,000 serenos para Comas lo que haces es mentir de manera descarada y abyecta porque sabes que nos estás engañando a sabiendas que tu promesa es imposible de cumplir y así te lo demuestra nuestro egregio colaborador Salomón Márquez y lo mismo vamos a hacer con cada uno de los candiasnos que pretenden ser alcalde de nuestro Comas querido solo para cumplir el sueño de todos los que han pasado por el sillón municipal: hacerse ricos en 4 años a punta de diezmos, cupos, sobrevaloraciones de obras, contrataciones de trabajadores fantasmas, las uñas en el SIAF, la venta o alquiler de las áreas más fructíferas como Rentas, Desarrollo Económico (Promoción Empresarial y Defensa Civil) Obras Privadas, Fiscalización y Transporte menor, Control y Operaciones, bueno ahí vamos con el gran Salomón:

MIL SERENOS PARA COMAS

LOS CANDIDATOS Y LOS OTROS, AL SILLON MUNICIPAL 2023-2026, TIENEN MUCHAS EXPLICACIONES QUE DAR A SUS ELECTORES

DE BUENAS INTENCIONES ESTA EMPEDRADO EL CAMINO AL CIELO

Lo que costaría este supuesto es igual al 100% de toda la recaudación de Arbitrios de parques y jardines, y el 50% de toda la recaudación anual de Impuesto Predíal anual

Un candidato nos ha sorprendido prometiendo incrementar en 1,000 serenos la capacidad operativa de la Municipalidad de Comas para combatir la delincuencia, algo que parece de muy buena intención, pero según los entendidos en este tema, es francamente una locura.

Vamos a ver de qué se trata, porque loco o estadista, parece una buena idea, así que mejor la desgranamos para ver si es por lo menos realista o es otro cuento chino.

 Sobre el régimen laboral de este tipo específico de trabajadores del estado se ha escrito bastante y varias sentencias del Tribunal Constitucional han concluido en la naturaleza permanente del trabajo desarrollado y en la desnaturalización del contrato laboral cuando se les contrata como locadores o como trabajadores CAS, y, además de varias sentencias jurisprudenciales, el Pleno Jurisdiccional Nacional Laboral y Procesal del Poder Judicial del año 2016 ha zanjado la aparente controversia del régimen laboral de los serenos de las municipalidades en los siguientes términos:

“Los policías municipales y serenos deben ser considerados como obreros de las municipalidades en razón a que del contenido y de la naturaleza de las labores que desarrollan, es posible apreciar que su trabajo es preponderantemente físico. …”, en otras palabras, son trabajadores del régimen privado.

Y ello es importante, porque, volviendo al tema que me ocupa, tiene mucho que ver el régimen de los nuevos trabajadores que se incorporarían a las huestes municipales con el presupuesto que nos costaría a todos los comeños. 

A ver, y tomando en cuenta el régimen del pelotón de 1,000 nuevos serenos que propone el candidato, veamos su presupuesto de tan solo un año:

Presupuesto por concepto de Remuneración mensual:

Total remuneración x mes = S/.1,500 x 1000 = S/.1’500,000 (un millón quinientos mil)

Total remuneración x año = S/.1’500,000 x 12 = S/.18’000,000 (dieciocho millones mil)

Presupuesto por concepto de Gratificaciones:

Total anual x sereno = ((Gratificación de Julio) + Gratificación de diciembre))

Total anual = ((Gratificación de Julio) + Gratificación de diciembre)) * (número total de trabajadores))) = (S/.1,500 + S/.1,500) x 1000 = S/.3’000,000 (tres millones)

Presupuesto por concepto de vacaciones:

Total anual x sereno = (Remuneración mensual) = S/.1,500

Total x año = ((Remuneración mensual) * (número total de trabajadores)) = S/.1,500 x 1000 = S/.1’500,000 (un millón quinientos mil)

Presupuesto por concepto de CTS:

CTS anual x sereno = ((Remuneración mensual) + (6/12 de Gratificación de Julio) + (6/12 de Gratificación de Diciembre) + (6/12 Remuneración vacacional)) = ((S/.1,500) + (S/.1,500 / 6) + (S/.1,500 / 6) + (S/.1,500 / 6)) = S/.1,500 + S/.250 + S/.250 + S/.250 = S/.2,250

Total CTS anual = ((CTS anual x sereno) * (número total de trabajadores)) = S/.2,250 x 1,000 = S/.2’250,000 (dos millones doscientos cincuenta mil)

Presupuesto por concepto de aporte previsional anual (de cargo del empleador):

Total base de cálculo = (((Total remuneraciones) + (Total remuneraciones vacacionales)) * 9%) = ((S/.18’000,000 + S/.1’500,000) * 9%) = S/.1’755,000 (un millón setecientos cincuenta y cinco mil)

Total Presupuesto anual:

Total presupuesto = (Presupuesto por concepto de Remuneración mensual + Presupuesto por concepto de Gratificaciones + Presupuesto por concepto de vacaciones + Presupuesto por concepto de CTS + Presupuesto por concepto de aporte previsional anual) = (S/.18’000,000 + S/.3’000,000 + S/.1’500,000 + S/.2’250,000 + S/.1’755,000) = S/.26’505,000 (veintiséis millones quinientos cinco mil)

Y eso sin considerar toda la logística que ello implicaría: Uniformes, equipos y accesorios básicos (cascos, varas, et.), equipos y accesorios adicionales, equipos y accesorios disuasivos, equipos de comunicación, pago mensual de los servicios, nuevas unidades vehiculares (motos, autos y camionetas), y un larguísimo etcétera, etc.

Solo por comparación, de acuerdo al Acuerdo de Concejo Nº 39-2021/MDC, el total del Presupuesto Anual Institucional de la Municipalidad de Comas para el año 2022 llega con las justas a los S/.117’422,591, es decir, don Ulises nos propone el incremento de un 22.5% del total del presupuesto anual.

Solo por comparación:

De acuerdo a la proyección del costo total de las tasas de arbitrios del año 2021 (Ordenanza Nº 597/MDC, https://elperuano.pe/NormasElperuano/2020/12/23/1913747-1/1913747-1.htm), y los montos efectivamente recaudados (Ordenanza Nº 626/MDC, https://www.sat.gob.pe/websitev9/Portals/0/Docs/Tramites/Ordenanzas/RatificacionOrdenanzas/2022/ARBITRIOS/COMAS/ELPERUANO/ordenanza%20N%C2%B0%20626-MDC.pdf?ver=2022-01-07-113208-677 ), y solo para tener una idea del costo de los sueños de opio del candidato del corazón que le palpita, haremos un ejercicio:

-El monto total de contratación de los 1,000 serenos prometidos (S/.26’505,000), es más o menos 14 veces el monto total recaudado en el año 2021 (S/.1’872,135.00), por concepto de Tasa de Barrido de Calles 2021.

-El monto total de contratación de los 1,000 serenos prometidos (S/.26’505,000), es más o menos 1.15 veces el monto total recaudado en el año 2021 (S/.22’708,008.22), por concepto de Tasa de Recolección de Residuos sólidos 2021.

-El monto total de contratación de los 1,000 serenos prometidos (S/.26’505,000), es más o menos 3.66 veces el monto total recaudado en el año 2021 (S/.7’235,763.43), por concepto de Tasa de Parques y jardines 2021.

-Y la de Ripley, el monto total de contratación de los 1,000 serenos prometidos (S/.26’505,000), es más o menos casi 4 veces el monto total recaudado en el año 2021 (S/.6’774,921.34), por concepto de Tasa de Serenazgo 2021.

La medida propuesta es francamente inviable, pero con el mejor ánimo electoral, Don Ulises Villegas tiene que explicarle al pueblo comeño cómo va a financiar esta locura.

¿Qué proyectos va a dejar de hacer?,

¿Qué obras va a cancelar?, y sobre todo:

¿Qué tributos municipales y en cúanto los va a incrementar?, y con qué campañas de “fiscalización” y de “sinceramiento tributario” nos va a atacar, ni más ni menos….

¿O de donde va a salir o con qué fuente financiaría su proyecto?

TU FAMILIA CONFÍA SU SEGURIDAD EN EL SERENAZGO DE LA MOLINA, PORQUE ALLÁ VIVEN, NO EN COMAS, MANO DURA PARA EL APRETÓN Y CORAZÓN BLANDO PARA LOS TUYOS Y TUS QUERIDAS Y QUERIDOS.......................AMIGOS, ENEMIGO DE COMAS.

Atentamente,

Salomón Márquez.

 

jueves, 20 de enero de 2022

RICARDO REYNA TORRES Y LAS REPOSICIONES JUDICIALES EN COMAS

Todo parece indicar que las palabras “reposición judicial” son las que producen náuseas y vómitos además de cefaleas o terribles migrañas al “todopoderoso” jefe de RR.HH. de la infame gestión municipal del actual alcalde de Comas, claro está que hablamos de Javier Ricardo Reyna Torres, abogado de profesión aunque parezca inverosímil y magister en Gestión Pública. Hacemos hincapié en esto porque se supone que por angas o por mangas el susodicho conoce la ley y los procedimientos administrativos de la gestión pública, por lo que resulta inaceptable el desprecio que se maneja ya que desconoce de lo aprendido en su formación académica durante los 5 años de estudios universitarios de Derecho tomados por este sujeto.

¿Qué razones, motivos, causas o circunstancias motivan a que Reyna Torres se niegue sistemáticamente, reiteradamente  a cumplir con las resoluciones  judiciales de reposición laboral de decenas de trabajadores municipales comeños? Capricho, política de gestión o pura sociopatía, odio malsano a los trabajadores, sea lo que fuere el resultado es uno solo: la total indefensión de los trabajadores ediles ante el abuso indiscriminado de este señor, por llamarlo de alguna manera. A partir del próximo párrafo vamos a seguir en la redacción del presente artículo con la ayuda del Informe  de la Defensoría del Pueblo que se pinta de cuerpo entero en estos casos específicos de incumplimiento de las resoluciones judiciales de reposición laboral.

“La Constitución peruana de 1993, en su artículo 139°, establece los principios y derechos de la función jurisdiccional. En el inciso 3) de dicha norma, se dispone como integrante de éstos: "La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional". En consecuencia, el derecho a una tutela judicial efectiva se encuentra plenamente garantizado en nuestro ordenamiento constitucional, por lo que cabe exigir su vigencia y eficacia. Una regla fundamental en materia procesal, es aquella que dispone que “las sentencias se ejecutarán en sus propios términos”. Luciano Parejo3 , al referirse a los principios y límites de la ejecución, señala que la misma: “debe estar en línea de continuidad con el título jurídico que le sirve de fundamento. Tiene por finalidad llevar a puro y debido efecto (realizar en la práctica) los pronunciamientos judiciales contenidos en la Sentencia o resolución, por lo que debe comprender todo, pero al mismo tiempo sólo lo necesario, a tal fin, de suerte que el resultado sea la identidad entre lo ejecutado y lo estatuido”. De poco serviría obtener una decisión final favorable en un proceso si esta sentencia no logra cumplirse y ejecutarse; mal podría afirmarse, en tal supuesto, que el derecho a la tutela judicial ha quedado efectivamente realizado y garantizado”.

En la práctica vemos que esta recomendación de la Defensoría del Pueblo no pasa de ser un saludo a la bandera por parte de los funcionarios municipales de Comas, quienes creen que sus “derechos” como señores feudales en la aplicación de la ley siguen inalterables como en tiempos medievales, pero sigamos leyendo amigos míos.

“No en vano el profesor García de Enterría ha cuestionado la continuidad de estos privilegios de la Administración, a los que denomina “un asombroso fósil medieval viviente fuera de su medio”. Y es que si el cumplimiento de las sentencias queda librado a la discrecionalidad de la Administración, se vulnera la noción misma del Estado de Derecho y se crean condiciones para un régimen de arbitrariedad e imprevisibilidad, contrario a principios constitucionales como la separación de poderes y la autonomía del Poder Judicial. A su vez, se rompe notoriamente el derecho de igualdad que debe asistir a las partes en el proceso, al supeditarse la ejecución de la sentencia judicial a la voluntad de una de éstas, paradójicamente la parte derrotada. La persistencia de excepciones en favor del Estado o de las entidades públicas, que dificultan o tornan impracticables los mecanismos procesales previstos para la ejecución forzosa de las decisiones judiciales, ante la renuencia o resistencia al cumplimiento por parte del obligado, convierten en ilusorio el derecho de los justiciables a alcanzar una tutela judicial real y efectiva. Debemos tener presente que la Administración no se justifica en sí misma sino en función de los intereses generales o públicos. Por ello, resulta razonable la existencia de ciertos privilegios estatales, establecidos con la exclusiva finalidad de preservar los mencionados intereses. A pesar que pudieran subsistir algunos privilegios especiales, de carácter excepcional, en ningún caso puede admitirse que ello conlleve dejar librada la ejecución y el cumplimiento de la sentencia a la voluntad unilateral del ente estatal. Por el contrario, nuestro sistema constitucional consagra una obligación de cumplimiento, cuando en el artículo 118° inciso 9) de la Constitución, se establece entre las funciones y atribuciones del Presidente de la República, "cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos judiciales”.

Ya vamos viendo que sobre el papel la ley encarnada en la Constitución Política del Estado y demás herramientas jurídicas le dan la razón al trabajador, pero que en la vida real las cosas no son ni remotamente así, porque en el caso de Comas los trabajadores que van a la muni comeña con su resolución judicial de reposición se topan con un Julio Taype: leal mastín de los corruptos que fungen de jefes de turno, o en el caso de la actual gestión en las manitas de la grácil y delicada mujercita del regidor Jhoncito Esteban Moreno: la simpática locadora de servicios Amelu. ¿Cómo la ven? Ahora no digan que el regidor no tiene la capacidad de influir en la contratación de su mujercita en la sub gerencia de RR.HH, pero en tanto sigamos que ya acabamos, paciencia cachanchanes y démosle palante como el elefante.

“Por último, cabe advertir que el Tribunal Constitucional, en la sentencia recaída en el expediente Nº 006-96-AI/TC, de fecha 30 de enero, publicada el 7 de marzo de 1997, ha considerado lo siguiente: "Cuando (el Estado) contrata y se obliga ante particulares, ambas partes deben someterse a las mismas reglas y no puede el Estado tener un nivel de preeminencia; lo contrario sería ir contra el principio de igualdad ante la ley. La persona que acude en busca de justicia, a la función jurisdiccional, sea quien fuera, recurre pidiendo solución a un conflicto de intereses intersubjetivos y no Administrativo y Editorial Jurídica Venezolana, 1995, p. 518. 6 Cfr. García de Enterría, Eduardo. Hacia una nueva Justicia Administrativa. Madrid: Civitas, 1989, p. 151. 6 puede hacerlo con más privilegios que la otra parte o contrario, así sea éste el Estado, quien con mayor obligación debe acudir sin otro privilegio que la razón o el derecho; es decir, que ambos recurrentes deben hacerlo en igualdad de condiciones y con la plena confianza que van a obtener justicia en forma igualitaria, de tal suerte que no se merme la seguridad jurídica”

¿Hasta cuándo seguiremos soportando los comeños , los trabajadores municipales en actividad y los jubilados, pero con mucha más razón los que viene de batallar en el Poder Judicial para obtener una resolución judicial de reposición que Ricardo Reyna Torres se encapricha en no acatar dándose el lujo de interpretar dichas resoluciones, prevaricando de forma reiterativa y altanera? Basta ya señores y exijamos la aplicación de la ley con las medidas que esta misma ley nos otorga, las denuncias ante las personas e instancias pertinentes. JUSTICIA CARAJO YA Y AHORA, JUSTICIA QUE TARDA NO ES JUSTICIA.

 El derecho a la ejecución de las resoluciones judiciales constituye, pues, una concreción específica de la exigencia de efectividad que garantiza el derecho a la tutela jurisdiccional y que no se agota allí, pues por su propio carácter tiene una vis expansiva que se refleja en otros derechos constitucionales de orden procesal (v. gr. derecho a un proceso que dure un plazo razonable). El derecho a la efectividad de las resoluciones judiciales garantiza que lo decidido en una sentencia se cumpla, y que la parte que obtuvo un pronunciamiento de tutela, a través de la sentencia favorable, sea repuesta en su derecho y compensada, si hubiere lugar a ello, por el daño sufrido (STC N.º 15-2001-AI, 16-2001-AI, 4-2001-AI, Fundamento 11).


14.    Debe resaltarse, por otra parte, que nuestro ordenamiento jurídico está fundamentado en la necesidad de asegurar el valor de la justicia. Por ello, el artículo 44º de la Constitución establece que entre los deberes primordiales del Estado se encuentra el de “promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia”. La capital importancia que para el interés público tiene el cumplimiento de las sentencias obliga a los jueces y tribunales a adoptar las medidas necesarias y adecuadas para garantizar la plena efectividad de los derechos fundamentales, lo mismo que a la parte vencida al cumplimiento oportuno de los fallos judiciales. El profesor González Pérez (Manual de Derecho Procesal Administrativo. Madrid: Civitas, 2001, 3ra. Edición, p. 425) enfatiza que la administración de justicia no sería efectiva si el mandato de la sentencia no fuera cumplido.

Alguien con conocimiento de las leyes en el municipio comeño debe recordarle al alcalde Raúl Díaz Pérez  que por razones desconocidas o por azares del destino  también es abogado y que las resoluciones judiciales no se interpretan solo se acatan, también que ambos terminarán sus quehaceres en Comas llevándose sus buenas denuncias penales en las fiscalías de Lima Norte, ah, algo más, con los fiscales y jueces corre eso de comida acabada, amistad terminada, después de acabada la comida todo es con la tuya chugurino.



domingo, 16 de enero de 2022

CORRUPCIÓN MÁS IMPUNIDAD = CAOS TOTAL EN COMAS

Lo ocurrido en Comas durante las fiestas de fin de año prohibidas por sendos decretos supremos, pero que pese a ello los organizadores de dichos eventos lograron sus tan ansiadas autorizaciones municipales para eventos o espectáculos públicos no deportivos. Autorizaciones que debieron y pudieron ser revocadas antes y durante el evento o espectáculo por el personal de la sub gerencia de Control y Operaciones de la Municipalidad de Comas, hechos que no sucedieron por dos razones fundamentales: las intervenciones de dos conocidos abogados, Poderoso Caballero y Don Dinero, quienes reemplazan al fallecido Doctor Chantada y al contagiado de covid 19 Dr. Billegas, sin alusiones personales a algún político.

No quiero pecar del clásico  “lo dijimos”, pero era previsible que estas reuniones aglomeraran gente en cantidades industriales y lo que es aún más grave y delictivo es la falta de control municipal para detectar la falta de distanciamiento social, el correcto uso de mascarillas, el ingreso de menores de edad  y la venta indiscriminada de alcohol tanto en el MEGAEVENTO SALSERO del MUSGA como en la corrida de toros del estadio TORO LIRA en AÑO NUEVO. Ambos terminaron como focos masivos de contagio del covid 19 con sus correspondientes consecuencias y que cuando menos, debía de investigarse a los funcionarios municipales así como a sus responsabilidades directas e indirectas, recordando que se peca por acción como por omisión señor alcalde Díaz Pérez.

Aún sin estar presente en el distrito, Raúl Díaz ha dejado actuar a sus funcionarios encargados de autorizar los eventos o espectáculos públicos no deportivos que pertenecen a la sub gerencia de Promoción Empresarial, área bajo el comando del gerente de Gestión Territorial y Desarrollo Económico, Luis Flores Orosco, personaje inepto que no sabe dónde está parado en materias municipales como las que le toca dirigir. No basta del cartón de abogado para manejar una gerencia tan importante y eso debiera servir de igual manera para el politólogo Pedro Ignacio Goñe Blas y como no para el seudo asesor legal Joaquín Espinoza Gonzales. ¿Por qué digo seudo asesor?, por una simple razón, ¿en qué puede asesorar un tipo salido hace 6 meses de una universidad de medio pelo? En nada, el título tiene que ir acompañado de experiencia y capacitación para el cargo, señores, y eso no lo digo yo, lo dice la Ley Marco del Empleo Público, que acaba de ser modificada en su artículo 7mo.

Quizás esto explique la actitud soberbia de Goñe Blas, quien se sabe apadrinado por el poder detrás del trono de Díaz Pérez, será acaso su colega de profesión, el “dark” Omar Galvez o el Porky Sucio Alan, ¿no?, tal vez sea el responsable del manejo económico de la campaña en 2018, el buen Percy Carrión, otro proveedor del municipio comeño como los dos anteriores, ¿cuál de ellos apadrina al intocable Pedro Ignacio y al protegido de su padrino, el poderoso, el temido, ex FINITO BAR, luego FINITO VIP y ahora LAS PRADERAS en TRAPICHE, ya no ya, Vladimir Alcalde de Comas 2022, que Ulises ni Miguel, par de zapatillas viejas al lado del FINITO.




Ahora bien, con el título de la presente nota me refiero a varios asuntos, cada cual más corrupto y más impune, por citar algunos, tenemos que tocar el caso denunciado por Nadia Cruz Estrella y el abusivo y sin sustento aumento de los arbitrios en Comas con argumentos tan estúpidos que dan pena no risa:

¡Qué tal descaro!

La gestión de la municipalidad de Comas ha informado que ha gastado 120.73% del presupuesto ejecutado en el 2021 y ahora quieren justificar el incremento de los arbitrios en S/1,195,729.97 para el 2022, o sea nos han aumentado en casi 20% los arbitrios en un año.

OJO, una cosa es gastar en mantenimiento y otra en inversión. Cada obra ejecutada para poner veredas y otras mejoras no va con el dinero de arbitrios. Además lo que hizo el programa "TRABAJA PERU" tampoco gasta del fondo de arbitrios.

Realmente, ¿qué ha mejorado?

-¿Fueron a todos los parque 4 veces al año a darle corte?

-¿Tuvieron agua todos los parques de Comas?

-¿Aumentaron las áreas verdes en el 2021?

-¿Le dieron mantenimiento a la Universitaria y a la Trapiche que representan el 12% del total de áreas verdes de Comas?

-¿Cómo es que se pudo gastar más dinero que el presupuestado en el 2021?

-¿Será la contratación de las cisternas para el riego de menos del 12% de áreas verdes por unos meses?

Queda mucho pan por rebanar; mientras, TODOS nuestros regidores no dicen AMÉN.

*P. S.:

¿La avenida San Felipe está tan bien cuidada?

¿La avenida Universitaria estuvo verde todo el año?

¿Los 5 parques de San Felipe que están considerado en el contrato de cisternas que justifica el incremento de arbitrios son regados a DIARIO con los metros cúbicos correspondientes?

-El parque La Paz con 11.65 m3

-El parque Central con 26.98 m3

-El parque Antúnez de Mayolo con 37.18 m3

-El parque Monitor Huáscar con 49.58m3

-El parque Amistad con 26.11 m3.


Para terminar les dejo estas frases célebres sobre la corrupción a lo largo de la historia, no las olviden antes de votar por una nueva opción de cambio para Comas:

 “Los criminales ganan más que los políticos, por eso unirse a los primeros es una gran tentación para los segundos.” Joe Barcala

“Servirse de un cargo público para enriquecimiento personal resulta ya no inmoral, sino criminal y abominable.” Cicerón

"Quien vota a los corruptos los legitima, los justifica y es tan responsable como ellos.” Julio Anguita



jueves, 13 de enero de 2022

TRES FIESTAS TRES

 

¿Hasta cuándo Raúl Díaz Pérez sigue poniendo al gato de despensero, y estos precio hasta al aire que respiramos?

Las fiestas de Año Nuevo, en Comas, se han festejado a lo lindo en el Estadio Toro Lira del PPJJ Año Nuevo y en el Estadio Musga de la zonal 14, sin distancia social, sin control de aforo, sin control de medidas de control de las medidas de bioseguridad, etc., con ausencia total del pelotón de la Subgerencia de Serenazgo y de los fiscalizadores de la Subgerencia de Control y Operaciones.

¿Por qué tanta confianza?

No lo sabemos, porque en miles de casos de bodeguitas, pequeños talleres, puestos de mercados, vendedores ambulantes de golosinas, etc., la maquinaria sancionadora municipal comeña ha hecho gala de un poder ilimitado y una dureza digna de aplicarse a delincuentes de alta monta.

Pero en estos megaeventos…, nada de nada…

La Autorización para la realización de espectáculo público no deportivo, eufemismo que significa tono, fiesta, chingada, perdida, y todo lo que huela a reunión sin medida y harta chela, y que concedía carta blanca para estas fiestas de fin de año, fue firmada por nuestro caserito Pedro Goñe Blas, Subgerente de Promoción Empresarial, en los primeros días de diciembre-2021, cuando aún se encontraba vigente el Decreto Supremo Nº 174-2021-PCM (publicada el 28-11-2021, https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-supremo-que-prorroga-el-estado-de-emergencia-naciona-decreto-supremo-n-174-2021-pcm-2016190-1), que declaró a Lima en Estado de Alerta Moderado, prolongando la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, y sus medidas, desde 01-12-2021, y por el lapso de 31 días, que prohibía las reuniones sociales.

A los pocos días, y debido a la alerta sanitaria por el crecimiento de los casos de contagio con las variantes Delta y Ómicron, del Covid-19, fue dictado el Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM (publicada el 09-12-2021, https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-supremo-que-modifica-el-decreto-supremo-n-184-2020-decreto-supremo-n-179-2021-pcm-2020161-1), que reitera a Lima en Estado de Alerta Moderado, prolongando la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, y sus medidas, desde 01-12-2021, y por el lapso de 31 días, incorporando una expresa prohibición de todo tipo de reunión o evento social. Prohibición que no nos gustó para nada, sobre todo cuando parecía que el Ejecutivo se metía en nuestra mesa familiar, pero cuyo real objetivo era protegernos de la mortal enfermedad, y de su propagación.

No hay duda de que el repunte de numerosos casos de contagios del Covid-19, principalmente de sus variantes, detectados en la primera y segunda semanas de Enero-2022, parece haberle dado la razón al Ejecutivo y a sus medidas de confinamiento y protección.

Pero la Municipalidad de Comas, y sus eternos reyezuelos y padrinazgos viven en otro planeta.., allí el que realmente manda es el poderoso caballero…, no hay otra explicación para autorizar fiestas de proporciones en 2 estadios, y al mismo tiempo para que el mismo funcionario niegue la autorización de eventos de profesionales, religiosos y hasta de autoayuda, que como todos sabemos tiene un público muy reducido.

Pero no solo eso, si la Municipalidad de Comas, creyó que le asistía la razón legal que le permitía autorizar estas mega fiestas, no tomó en cuenta que, a los pocos días, se emitió el Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM que las prohibía, y que, entre el 09-12-2021, fecha en que se dictó este dispositivo y el 01 de enero-2022, han mediado más de 20 días, tiempo por demás suficiente para dejar sin efecto las autorizaciones emitidas.

En el transcurso del mes, para desgracia de los nuevos capos de la subgerencia de licencias, el gobierno central emitió el Decreto Supremo N° 186-2021-PCM, de fecha 23-12-2021 (https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-supremo-que-prorroga-el-estado-de-emergencia-naciona-decreto-supremo-n-186-2021-pcm-2024919-2), que al modificar el Decreto Supremo N° 179-2021-PCM, dispone “la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios el viernes 24 de diciembre de 2021 y el viernes 31 de diciembre de 2021, desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente, en las provincias del nivel de alerta moderado; estando prohibido todo tipo de reunión y evento social, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Decreto Supremo 184-2020-PCM. Asimismo, los días 25, 26 y 31 de diciembre de 2021, y los días 1 y 2 de enero del 2022, queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas, y venta de alimentos en playas, ríos, lagos, lagunas, y piscinas públicas a nivel nacional.”

Vaya lio en el que se metió don Pedro Goñe Blas, pero igual se fue de parranda, 3 días antes de fin de año, es decir abandonó el barco, omitió dictar la suspensión de las autorizaciones, es decir, abdicó de sus obligaciones más delicadas, huyendo de su responsabilidad funcional y ordenando un ilegal encargo de su jefatura al bisoño con uñas largas Joaquín Gonzales Espinoza, garantizando, con su ausencia, la vigencia de las mal dadas autorizaciones, y creyendo ingenuamente que pasarían como un par de fiestas más.

Pero nada más lejos de la realidad:

-Pedro Goñe Blas incumplió la ley y concedió autorización, entre el 3 y 4-12-2021, a pesar de que las fiestas no se encontraban en los supuestos de actividades permitidas por el Decreto Supremo Nº 174-2021-PCM.

-Pedro Goñe Blas tuvo perfecto y legal conocimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM (publicada el 09-12-2021), que establecía prohibiciones expresas, y dejó las autorizaciones tal cual.

-Pedro Goñe Blas tuvo perfecto y legal conocimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 186-2021-PCM (publicada el 23-12-2021), que establecía prohibiciones muy concretas, y dejó las autorizaciones tal cual.

-Al desatarse el escándalo, poco antes de fin de año, el politólogo Pedro Goñe Blas huye de la escena del crimen, abandonando su responsabilidad.

-Del Gerente de Gestión Territorial y Desarrollo Económico, jefe del angelito, solo podemos decir que, sencillamente, pecó de falta de control, o de miedo a los padrinos mágicos, o se hizo el chueco seguro de la impunidad que reina en la Municipalidad de Comas, y especialmente en sus feudo, pero, en cualquier caso, ha cometido omisión de funciones, al no efectuar control de las acciones de su subordinado, en relación con las actividades más comunes de todo fin de año.

-En ambos casos han incumplido varias normas sanitarias, y expuesto miles de vidas al peligro.

No sé yo… Pero el concurso de varias gravísimas faltas administrativas: falta de revisión de requisitos formales y legales, omisión de uso de las disposiciones legales vigentes, elaboración de informes técnicos fraguados y a la medida del ilegal propósito, emisión de acto administrativo contrario a las disposiciones legales vigentes, renuncia ilegal a la obligación de revisión de sus propios actos al verificarse su ilegalidad, etc.), y de delitos contra la administración (omisión de funciones; renuncia, abstención o demora injustificada en el ejercicio de las atribuciones conferidas por ley, etc.), la vida y la salud (negligencia punible, contra el cuerpo y la salud, etc.), cometidas, principalmente por Pedro Goñe Blas, el Gerente de Gestión Territorial y Desarrollo Económico, y el “asesor legal” estrella Joaquín Israel Gonzales Espinoza…, que han violentado todas las normas posibles, amerita procesos administrativos especiales y las denuncias penales.

Y no me vengan con que como ya le dieron forata, ya no sirve de nada la maja, porque este sujeto, como tantos otros que a diario delinquen en la administración pública, pero especialmente en la Municipalidad de Comas, cuentan con la impunidad promovida desde los altos cargos, y la necesidad de estas mismas mafias enquistadas, que les aterran las olas y los escándalos, y prefieren fungir de bomberos, dizque por ahorro o no gastar pólvora en gallinazo, cuando en realidad están protegiendo su pingue negocio.

No nos place hacerle daño a nadie, pero justicia que tarda no es justicia, es complicidad. Las miles de vidas que unos cuantos soles han puesto en peligro mortal es un crimen sin perdón, y mejor dejamos como palo de gallinero al presunto funcionario delincuente para que aprenda la lección y le persiga su mala leche.

Pero para que no quede duda de la mala entraña de esta gestión edil, y de los funcionarios de Promoción Empresarial y de Defensa Civil, este domingo 09-01-2022, se ha llevado a cabo un fiestón de la ptm…, también autorizado por los incorregibles, y que ha roto todos los records en la Av. Trapiche, en el Local Praderas, cerca de la fábrica Anypsa, nada menos que con “Los grandes de la cumbia”, Víctor Romero, Kike Farro, El gato Bazán, Zaperoko y “La resistencia salsera del Callao”, etc..

Mucho ojo que, esta vez, no existe la menor justificación para este despropósito, ya que, además de la expresa prohibición de “todo tipo de reunión y evento social, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Decreto Supremo 184-2020-PCM” (establecida con el Decreto Supremo Nº 186-2021-PCM), 3 días antes de este nuevo evento masivo extrañamente autorizado, el jueves 06-01-2022, se ha publicado el Decreto Supremo Nº 002-2022-PCM (https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2689705/Decreto%20Supremo%20002-2022-PCM.pdf.pdf), que, entre otras novedades, ha ordenado elevar el nivel de riesgo de Lima al de Alerta Alto y con ello se ha establecido en 0% (cero por ciento) de aforo para todo tipo de eventos sociales en establecimientos abiertos (sin techo, como estadios, canchas, centros recreacionales o sociales, etc.).

Y las preguntas caen de maduras…:

¿Por qué cientos de solicitudes de reuniones profesionales, confesionales, de autoayuda y religiosas, de fin de año y comienzo del nuevo año han sido impedidas de congregarse (“porque se encuentran prohibidas por ley”), y declaradas improcedentes sus pretensiones por esta misma razón; pero a la vez ha sido autorizado el espectáculo “Los grandes de la cumbia” en el local Las Praderas, en Trapiche, de este domingo 09-01-2022, como una reunión séptica, y acorde a la ley?

¿A pesar de esta gravísima nueva denuncia contra los funcionarios responsables de este acto a todas luces ilegal (y sospechosamente corrupta), el Alcalde de Comas y la alta dirección municipal comeña
seguirán jugando al avestruz, y a los tres monos?

 

Atentamente,





Salomón Márquez.

sábado, 8 de enero de 2022

MEGA EVENTO MUSGA = MEGA CORRUPCIÓN = MEGA IMPUNIDAD EN COMAS

El Megaevento llevado a cabo el sábado 1ro. de enero del 2022 desde las 11.30 de la mañana en el estadio MUSGA de la Av. Trapiche 629-Comas contaba con autorización municipal mediante una resolución de la sub gerencia de Promoción Empresarial que pertenece a la gerencia de Gestión Territorial y Desarrollo Económico de Comas, de fuentes cercanas a Promoción Empresarial nos informan que la autorización fue dada el 03 de Diciembre de 2021. Esto nos permite suponer que el expediente para el trámite debió haber sido presentado cuando menos 7 días antes del permiso, entre los días 23 o 24 de diciembre con la inspección de Defensa Civil dentro de las 72 horas posteriores a la presentación en Mesa de Partes, ¿por qué ponemos énfasis en las fechas? Sencillo, para determinar que el DS Nº184-2020-PCM estaba vigente cuando se otorgó el permiso para el espectáculo público no deportivo, eufemísticamente llamado evento. Algo más, el expediente de trámite no fue presentado a nombre de la empresa organizadora ORIGINAL BUSINESS SAC ni del gerente de la misma, Martín Pinto Alvarado, ¿por qué se permitió esta irregularidad? Bueno eso lo debe saber Pedro Goñe Blas y su “asesor legal” Joaquín Israel Gonzales Espinoza, en el transcurso del mes de diciembre se tramitaron decenas de expedientes solicitando permisos o autorizaciones para espectáculos públicos no deportivos, unos fueron concedidos pero la gran mayoría fueron negados, ¿por qué? Poderoso caballero es Don dinero, ahí tienen la respuesta, ¿por qué unos sí y otros no?

Ahora bien, ya tenemos varias irregularidades en curso pero viene lo mejor, cuando se dio la autorización para el MEGAEVENTO  de PALMERAS FESTIVAL estaba vigente el DS Nº184-2020-PCM, el mismo que fue modificado por el DS Nº186 el 24 de diciembre de 2021 y dejaba sin efecto todas las autorizaciones dadas y por dar, ¿por qué no fue anulada y/o revocada la autorización para ese evento así como tampoco fue anulado y/o revocado el permiso para la corrida de toros en el estadio Toro Lira de Año Nuevo? Ya vamos avanzando en responsabilidades, de Pedro Goñe y Joaquín Gonzales pasamos a Luis Flores Orosco en su condición de gerente de Gestión Territorial y Desarrollo Económico, ¿verificó, controló, revocó la autorización concedida por su subalterno para dicho megaevento? No, no lo hizo. Así como tampoco enviaron la relación de eventos con permisos a la sub gerencia de Control y Operaciones para las fiscalizaciones respectivas, una suma de errores de oficina en oficina, por esta suma de “errores” pasaron la gerencia de Fiscalización y Transporte y como no la gerencia de Seguridad Ciudadana además  del inefable GM Rubén Rivera Chumpitaz, de la PNP mejor ni hablemos, el personal de la comisaría de SANTA LUZMILA junto a su comisario deben ser cambiados de inmediato, pero a Challapalca.

                                                                    Fuente: Latina TV

Advertimos estas fechorías hace buen tiempo, cuando denunciamos las ilícitas actividades del FINITO RESTOBAR, sábado a sábado, ahora vienen las responsabilidades de ambas partes, de los organizadores del MEGAEVENTO por una parte y de las autoridades municipales por la otra, ¿a quién le cae el art. 292 o 289 del Código Penal, Delito contra la Salud Pública? Hasta la fecha ninguna autoridad municipal ha dicho esta boca es mía, lo mismo podemos decir del comando de la PNP y obvio microbio que con la Fiscalía de Lima Norte no pasa nada, de los políticos comeños y de los comeños de corazón, aguanta esa Billegas, no es con ellos, ni uno solo, Saldaña, Jean Pool, Gupioc, Roxana Ari, la inefable Monica Acuña, ¿y Raúl Díaz Pérez, alcalde de Comas? Vacacionando en su natal Chugur pues, ¿dónde más? Bueno eso era hasta el miércoles 5 de enero, de paso tampoco hay sueldos de diciembre para los empleados municipales comeños, buen comienzo de año muchachones del SUTRAMUN.

No podíamos cerrar este artículo sobre el MEGAEVENTO en el estadio MUSGA sin dar a conocer la necesaria opinión al respecto de la candidata del PRIN a la alcaldía de Comas, NADIA CRUZ ESTRELLA, como siempre una mujer sale a dar el ejemplo y fajarse por la verdad  cuando los hombres aflojan:

En estos días, comeños hemos conversado sobre este tema. (NO) Sorprende la cantidad de denuncias e irregularidades sobre los eventos y reuniones sociales, que también incluyeron un evento en LA FOGATA CAMPESTRE con desmanes que afectaron principalmente a los vecinos de La Alameda. Desde el miércoles, he recibido llamadas de personas con necesidad de oxígeno y de pruebas de descarte de COVID19, tanto de Comas como de Carabayllo. No sé si será un indicador de que los casos están aumentando o simplemente es una coincidencia. Esperemos poder evaluar las cifras de Comas en los registros oficiales del MINSA y emitir un comentario próximamente (los informes de DIRIS Norte aún no permiten evaluar las cifras de los efectos de la semana 52-2021 ni 01-2022 ni 02-2022). Creo que esta falta de regulación y de principio de autoridad por parte del municipio de Comas es evidente. Aquí hay que entender varios aspectos técnicos legales. Lo primero es enmarcar el rol del ESTADO para reducir los factores de riesgo y asegurar las condiciones de seguridad que requiere todo evento público masivo. Resulta clave leer el DS 02-2018-PCM incluyendo los ANEXOS. Creo que lo primero que debe quedar claro es que se trataba de un evento público y no privado como lo quieren hacer ver algunas autoridades. Un evento privado es responsabilidad de quien lo realiza. En el art. 43, se precisa que no están obligados los eventos privados; y en el manual que es parte del marco legal se precisa que cuando se trata de eventos en espacios privados no tenga el carácter evento privado - exclusivo de los socios se rige como evento público. Teniendo claro ello, vienen otros aspectos claves: 

1. CONDICIONES DE SEGURIDAD, vinculadas principalmente a la aglomeración, a la distribución y densidad de la ocupación, adecuación de infraestructura, como ha sido el caso de MUSGA que básicamente es para temas deportivos y no para eventos. Las autoridades de seguridad: POLICIA NACIONAL DEL PERU, SUBPREFECTURA, BOMBEROS y MUNICIPALIDAD DE COMAS, olvidaron sus roles y obligaciones en este tipo de eventos, y más bajo las condiciones de la PANDEMIA. 2. PERTURBACIÓN: El nivel de ruido es algo que está regulado a nivel nacional y local. La ordenanza 385-MDC regula varios aspectos, la zonificación (cuando es zona industrial los decibeles permitidos son mayores), la medición, la acústica de los locales - si no la tienen cómo la van a mitigar, las sanciones de ser el caso. Y esa es una constante, bajo el PRETEXTO de que la municipalidad de Comas no tiene SONOMETRO, al final nadie hace nada. 

¿Dónde estaba el alcalde? Si pidió licencia, porque hasta hoy al mediodía no hay un acuerdo de concejo publicado por dicha licencia. ¿Quién aceptó el cargo? ¿La teniente alcaldesa u otro regidor? Y de los gerentes y subgerentes vinculados mejor no decir nada, porque de por sí han evidenciado una falta de manejo. Y qué hizo la POLICIA NACIONAL, ¿por qué no avisaron a DIVIPOL LIMA NORTE ante tanto reclamo de la población? Creo que los eventos públicos se pueden realizar de mejor forma, pero implica involucrar a todos los agentes claves, garantizar la seguridad. Si es necesario, el municipio debe prever un costo adicional por servicio de seguridad específica o exigir contratos de seguridad en función al aforo autorizado y la supervisión del mismo y más hoy en pandemia. Y por su parte los demás agentes como la Policía, la Subprefectura y los bomberos, también deben tener un rol activo sin perjudicarse económicamente por actividades de este tipo.”


domingo, 2 de enero de 2022

LA CANDIDATA QUE COMAS ESPERABA

 

En este primer artículo de noapaguenlaluzvol2.blogspot.com, del nuevo año, año electoral, en el que trataremos de elegir a un nuevo alcalde o alcaldesa para que dirija los destinos de Comas para los próximos 4 años, y sin equivocarnos una vez más. Ya lo hicimos, desde los últimos 29 años, cuando Roberto Martos Gonzales accedió a la alcaldía en 1993, pasando por los tres periodos de Miguel Saldaña Reátegui, uno de Nicolás Kusunoki  Fuero, y este, que actualmente padecemos con el peor alcalde de los 60 años desde la fundación de Comas, con una gestión sumamente corrupta, con los peores regidores de los que tengamos memoria y con los funcionarios de confianza de Raúl Díaz Pérez, solo de él y de nadie más; ineptos, incapaces pero fundamentalmente corruptos hasta la médula.

En esta oportunidad, quiero ceder mi espacio a Nadia Cruz Estrella, candidata del PRIN a la alcaldía de Comas, en quien veo las cualidades que los vecinos, contribuyentes comerciantes y MYPE en general necesitamos. Una mujer sin denuncias de cualquier tipo, sin rabo de paja, honesta, honrada, decente, luchadora y profesional a carta cabal, que vive de su trabajo. Cómo no recordar a Nadia Cruz y su heroica lucha por la defensa del PARQUE MANHATTAN, junto a sus bravas compañeras de SAN FELIPE. Mejor dejemos que Nadia haga su presentación y analicemos lo que ella nos dice:

Estimados amigos y amigas,

Soy una comeña, dirigente y profesional que vive y convive con la realidad del distrito, con una gran pasión por la investigación. Eso fue lo que ayudó en su momento a liderar, conjuntamente con mis vecinos y ciudadanos de diversas partes de Lima que destacaron por su persistencia y coraje, exitosamente la defensa del parque Manhattan que casi es convertido en centro comercial. También nos permitió combatir la corrupción en una institución educativa logrando la destitución de la directora que tanto daño le hacía a la educación de nuestros hijos y lograr la renovación total de la infraestructura, siempre de la mano con un equipo de personas íntegras. He apoyado a la Comisión del Hospital Sergio Bernales en lograr a inclusión de la construcción en el Presupuesto Multianual del MINSA. Con esta presentación, lo que busco es que sepan que mi vocación de servicio es de hace varios años atrás, y que el empeño que se le pone nos permite lograr mejoras. De hecho, no siempre logramos ser escuchados o atendidos pero al menos hacemos nuestro mejor esfuerzo para cumplir nuestros objetivos comunitarios.

Como muchos de ustedes, suelo indignarme ante tanta corrupción, negligencia, indiferencia y abuso; más en la dura realidad de nuestro distrito – atenuada por la pandemia.

Pero también tengo sueños compartidos con muchos vecinos que soñamos con un Comas con identidad y orgulloso de la cultura Collik, con un Comas Limpio, con un Comas verde regado con aguas del río Chillón, con un río Chillón recuperado donde podamos volver a bañarnos, con un Comas donde prevalezca el respeto entre todos, con nuestros niños bien alimentados, educados y motivados, con niños, adolescentes y familias en general con acceso a infraestructura deportiva competitiva plenamente como parte de su recreación activa, con nuestras familias que se sientan más seguras, con familias con acceso al agua, desagüe, gas y luz; con acceso a atención médica de calidad, con comeños caminando sobre veredas, con jardines y pistas implementadas, que acceden a un buen transporte, con un comercio ambulatorio debidamente regulado, con centros de abastos capaces de brindar mejores precios y productos de excelente calidad, con universitarios poniendo en marcha programas de mejora distrital y haciendo la debida evaluación, con empresarios organizados impulsando nuestra economía, tantos sueños. Y con una gran demanda: UNA GESTIÓN MUNICIPAL EFICIENTE Y TRANSPARENTE, CON UN TRATO EQUITATIVO SIN DISCRIMINACIÓN O SOMETIMIENTO ALGUNO, TRABAJANDO EN MANCOMUNIDAD.

El PARTIDO REGIONALISTA DE INTEGRACIÓN NACIONAL – PRIN – me ha invitado a integrarme y ser precandidata a la Alcaldía de Comas, con la posibilidad de armar el equipo de trabajo con total independencia. He evaluado sus principios, estatutos y sobretodo he conocido a las personas que lo integran, encontrando ciudadanos comprometidos con su comunidad, con su distrito, con su región y sobretodo con nuestro Perú.

Sabemos que la única forma de hacer bien las cosas, no es con una persona correcta, es con un equipo realmente comprometido de personas correctas. Y en tal sentido, hemos estado conversando entre diversos vecinos comeños comprometidos con el distrito, convencidos de cambiar la gestión municipal que nos ha mantenido en un gran retraso.

El sueño es grande, va más allá de las elecciones municipales, es comprometernos en el verdadero cambio de la política para el país. Sé que muchos hemos tenido desconfianza de integrarnos a un partido, pero vale recordar: “Lo único que necesita el mal para triunfar es que los hombres buenos no hagan nada” ― Edmund Burke.

Ayer ya se solicitó la inscripción del partido, pues hay bastante expectativa de lograr la inscripción para este proceso electoral – dado todo el esfuerzo a nivel nacional, a pesar de la pandemia.

Es el momento de integrarnos a un partido que nos está permitiendo forjar una gran base distrital, libre de corrupción, integrados en una red nacional partidaria, donde los protagonistas somos los buenos vecinos, los buenos ciudadanos, los buenos peruanos.

Por ello, hoy les invito a ser parte del equipo PRIN Comas. Como muestra de su apoyo, les agradeceré que se pongan en contacto para concretar su adhesión a nuestra candidatura y a nuestro partido.

(https://www.facebook.com/permalink.php?story_fbid=116695074197677&id=104889938711524)

¡Bienvenidos todos y de antemano gracias por su respaldo!

Este 2022, será realmente diferente.



CORRUPCION TOTAL EN INDEPENDENCIA

  Desde el enfoque estrictamente normativo de la Ley de Contrataciones del Estado (Ley N.° 30225 y su Reglamento) y los principios de la Ges...